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Unidad 2. Población del Estado Mexicano.

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UNIDAD 2. POBLACIÓN DEL ESTADO MEXICANO.
2.1 Nacionalidad.
2.1.1 Concepto.
Es quien pertenece a una nación, o sea, quien f...
Por nacer dentro del territorio nacional, es mexicano por nacimiento, quien nace en el territorio
nacional de México, y vi...
o Hijos de ambos padres mexicanos nacidos en territorio nacional.
o Hijos de padre mexicano nacido en territorio nacional ...
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  1. 1. UNIDAD 2. POBLACIÓN DEL ESTADO MEXICANO. 2.1 Nacionalidad. 2.1.1 Concepto. Es quien pertenece a una nación, o sea, quien forma parte, ya sea por origen o pro naturalización, de la población de una nación determinada. Nación, es un término de carácter sociológico, que significa “la comunidad de persona jurídicamente organizadas bajo un gobierno, asentada en un territorio soberano y que se identifican entre sí por su raza, pasado histórico, cultura, costumbres, religión e idioma”. México es una nación y a los miembros de esta se les llama “mexicanos”. El concepto de nacionalidad mexicana tiene su fundamento en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en sus artículos: 30 Se indican las diferentes maneras de atribución de la nacional mexicana. 31 Se indican las obligaciones de los mexicanos. 32 Se regula a los mexicanos que posean otra nacionalidad. 33 Se define a los extranjeros, se dispone que gozaran de garantías individuales con la facultad discrecional del presidente de expulsión, igualmente se les prohíbe inmiscuirse en los asuntos políticos del país. 37 Se indica que ningún mexicano por nacimiento podrá perder la nacionalidad mexicana y regula los casos sobre perdida de nacionalidad mexicana por naturalización. 73 fracción XVI Se precisa la facultad del Congreso Federal para dictar leyes sobre nacionalidad y condición jurídica de extranjeros, ciudadanía, naturalización, colonización, emigración e inmigración. 2.1.2 Criterios de atribución. a. Criterios de atribución de la nacionalidad mexicana por nacimiento. Se atribuye la nacionalidad mexicana, de una manera “originaria”, es decir, por el origen mismo de la persona, que basta que suceda el hecho de “nacer” en determinadas condiciones, para que se considere mexicano al individuo. El sujeto a quien se le atribuye la nacionalidad mexicana no opina al respecto, sino que la Ley le atribuye la nacionalidad mexicana sin su consentimiento. Hay dos hechos jurídicos que atribuyen la nacionalidad mexicana por nacimiento:
  2. 2. Por nacer dentro del territorio nacional, es mexicano por nacimiento, quien nace en el territorio nacional de México, y viva 24 hora deprendido del seno materno o sea presentado vivo al Registro Civil. Este es un criterio de atribución que se refiere al lugar donde se nace, al cual se le conoce como el principio del JUS SOLI (derecho de la tierra). Por tener padres de nacionalidad mexicana, es mexicano por nacimiento, quien al nacer, tiene un vínculo de sangre, ya sea con ambo padres de nacionalidad mexicana o con alguno de los dos padres que sea de nacionalidad mexicana. Este es un criterio de atribución se refiere al parentesco consanguíneo con los padres del nacido, por ello se le conoce como principio del JUS SANGUINIS (derecho de sangre). Hay cuatro posibles tipos de personas físicas que adquieren nacionalidad mexicana por nacimiento (artículo 30 constitucional, apartado A). Los mexicanos nacidos en territorio mexicano (JUI SOLI). Se trata de las personas que nazcan en cualquier parte del territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres. o Elementos del territorio.  El espacio terrestre. Compuesta por el suelo, tierras emergidas o islas, el subsuelo, la aguas internacionales y los lechos de ríos y lagos nacionales.  El espacio marítimo. Con los conceptos de mar territorial y mar patrimonial.  El espacio aéreo nacional. Formado en conjunto los tres espacios del territorio estatal o nacional de los Estados Unidos Mexicanos. o Por ficción jurídica, se entiende como territorio nacional:  La embajada y los consulados mexicanos en el extranjero.  Las embarcaciones y las aeronaves naciones. Mexicanos nacidos a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes (JUIS SOLI). Según la Ley de Aviación Civil, las aeronaves mexicanas se clasifican en: o Civiles.  De servicio público.  Privadas. o De Estado.  Las de la federación.  Las militares. o Por su uso.  De transporte de extranjeros.  De trasporte de carga.  De pesca.  De recreo y deportivas.  De extraordinaria especialización.  Mixto de carga y pasaje.  De dragado. Mexicanos nacidos en el extranjero de padres mexicanos nacidos en territorio nacional (JUS SANGUINIS). Se trata de personas que nacen en territorio extranjero, con las siguientes tres variantes posibles:
  3. 3. o Hijos de ambos padres mexicanos nacidos en territorio nacional. o Hijos de padre mexicano nacido en territorio nacional y de madre extranjera. o Hijo de madre mexicana nacida en territorio nacional y padre extranjero. Mexicanos nacidos en el extranjero de adres mexicanos por naturalización (JUI SANGUINIS). Las personas que nazcan en el extranjero, fuera del territorio nacional, también con las tres variantes posibles: o Hijo de ambos padres mexicanos por naturalización. o Hijo de padre mexicano por naturalización y madre extranjera. o Hijo de madre mexicana por naturalización y padre extranjero. 2.1.3 La adquisición de la nacionalidad mexicana por naturalización. Aquí, se atribuye la nacionalidad, de manera “derivada”, no por el origen, sino por el acto voluntario posterior al hecho mismo de nacer. El termino naturalización, significa “hacerse natural de un Estado” por adquirir voluntariamente una nueva nacionalidad diferente a la originaria, a la cual, sustituye. En este caso, la nacionalidad mexicana se otorga con posterioridad al nacimiento de la persona. Hay tres vías de atribución de la nacionalidad mexicana por naturalización: Por la vía ordinaria, a través de la manifestación expresa de su consentimiento. Por la vía especial, también a través de la manifestación expresa de su consentimiento, pero en seis casos privilegiados. Por la vía de consecuencia, donde el consentimiento para naturalizarse, lo dan los padres actuando en ejercicio de la patria potestad en representación legal de sus hijos y nietos menores, como consecuencia de que ellos mismos se han naturalizado mexicanos y desean mantener unida a la familia con ese vínculo. Existen, según el apartado B del artículo 30 Constitucional, los tres tipos de siguientes de mexicanos por naturalización. Mexicanos por naturalización voluntaria ordinaria. Es el caso del extranjero que libremente quiere renunciar a su nacionalidad y manifiesta a la Secretaría de Relaciones Exteriores se voluntad de adquirir la nacionalidad mexicana. Obtiene de dicha Secretaría la carta de naturalización, siempre que cumpla con los siguientes seis requisitos. o Que lo solicite a la SRE mediante escrito firmado manifestando su voluntad. o Que pruebe que sabe hablar español. o Que pruebe conocer la historia de México. o Que pruebe que esta integrado a la cultura nacional. o Que pruebe que tiene su domicilio en territorio nacional y ha residido en territorio nacional los últimos cinco años inmediatos anteriores a su solicitud de manera ininterrumpida, acreditándolo con el documento migratorio de inmigrante o de inmigrado de la SEGOB, con excepción de los que se consideran refugiados (arts. 19 y 20 LN y 14 RLN). o Que cuando se haya tomado la decisión de otorgar la nacionalidad mexicana al solicitante, este formule ante la SRE las siguientes renuncias y protestas:  Renuncia a lo siguiente: A la nacionalidad que le sea atribuida.
  4. 4. A toda sumisión, obediencia y fidelidad a cualquier estado extranjero. A toda protección extraña a las leyes y autoridades mexicanas. A todo derecho que los tratos o convenciones internacionales concedan a los extranjeros.  Protesta lo siguiente: Una adhesión, obediencia y sumisión a las leyes y autoridades mexicanas. Una abstención de realizar conducta que implique sumisión a un estado extranjero. Mexicanos por naturalización voluntaria privilegiada. Se otorga de manera especial a los extranjeros que tienen un vínculo especial con México y que están más identificados con el país. El privilegio consiste en que se disminuye el requisito del plazo de residencia de cinco a dos años únicamente, se trata de los siguientes seis casos. o La mujer o varón extranjero que se case con varón o mujer mexicana. o Matrimonio entre extranjeros. o El extranjero que sea descendiente en línea recta de un mexicano por nacimiento. o El extranjero que en territorio nacional tenga hijos mexicanos por nacimiento, o El extranjero que sea originario de un país latinoamericano o de la península ibérica. o El extranjero que haya contribuido con México. Mexicanos por naturalización por consecuencia. En estos casos no se requiere de la voluntad de la persona que va a adquirir la nacionalidad mexicana, pero si la de sus representantes legales y opera por consecuencia, es decir, si los padres han adoptado ya la nacionalidad mexicana por naturalización, resulta lógico y congruente, que los hijos bajo la patria potestad también la adquieran. Se trata de una modalidad de la voluntad, y que los extranjeros incapaces no la solicitan, sino que la reciben de oficio de manera por vía de consecuencia, siempre que lo soliciten sus padres, quienes actúan como su representantes legales en el trámite. Se trata de los siguientes dos casos: o Los hijos y nietos menores extranjeros sujetos a patria potestad de mexicanos. o Los hijos adoptados extranjeros sujetos a patria potestad de mexicanos. 2.1.4 Derechos y obligaciones de los nacionales. 2.1.5 Causas de pérdida de la nacionalidad. Actualmente el artículo 37 incisos A de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos dispone que “… ningún mexicano por nacimiento podrá ser privado de su nacionalidad…”. Esta disposición es tajante y no deja lugar a dudas. En México, la Ley Suprema, la Constitución, estable que no puede sancionarse a un mexicano por nacimiento puede en México renunciar ya a su nacionalidad mexicana para adoptar una nacionalidad extranjera. A diferencia de la nacionalidad mexicana por nacimiento, que nunca puede perderse, la nacionalidad mexicana por naturalización se puede perder en los siguientes cinco casos: Por adquirir voluntariamente una nacionalidad extranjera. Por hacerse pasar en cualquier instrumento público como extranjero. Por usar un pasaporte extranjero. Por aceptar o usar título nobiliario que implique sumisión a un Estado extranjero. Por residir durante 5 años continuos en el extranjero.
  5. 5. El procedimiento de pérdida de la nacionalidad mexicana por naturalización está previsto en los artículos 22 y 23 RLN. 2.1.6 La doble nacionalidad. La doble nacionalidad se presenta cuando dos estados consideran a un mismo individuo como miembro integrante de su pueblo. Es uno de los problemas más frecuentes en el ámbito del derecho de la nacionalidad. Se presenta por diferentes razones de carácter técnico jurídico, pero también por l derecho que se les reconoce a las personas de cambiar de nacionalidad. En la doctrina se le reconoce como conflicto positivo de nacionalidades; puede presentarse entre dos o más estados. Su regulación y la solución de los problemas que provoca corresponden tanto al derecho interno de los estados como al derecho internacional público. Los individuos con doble o múltiple nacionalidad gozan de una situación privilegiada en el sentido de que pueden ejercer sus derechos como nacionales en más de un estado: libertad de tránsito, de trabajo de residencia, etc., sin necesidad de recabar visas, permisos o autorizaciones, sin tener que cubrir cuota ni atenerse a restricciones. Pero también están sujetos a cumplir con sus obligaciones respecto de dos entidades estatales: servicio militar, reclutamiento forzoso, doble carga impositiva o fiscal, restricciones al acceso de la protección diplomática, etc. Entre febrero y marzo de 1995, con el propósito de resolver el problema que se encuentran los emigrantes mexicanos en Estados Unidos se inició en México un proceso de consulta y análisis sobre la modificación de los criterios que actualmente informan la regulación constitucional y legal de la nacionalidad, se ha elaborado un proyecto de reformas a la Constitución en el que se establece el carácter permanente de la nacionalidad mexicana por origen. No se prohíbe la renuncia a ella; solo se impide que esta nacionalidad se pierda por otros motivos. 2.2 Ciudadanía. 2.2.1 Concepto. La noción de ciudadanía tiene tres grandes usos, permite referirse a la cualidad y derecho de ciudadano, al conjunto de los ciudadanos de una nación y al comportamiento propio de un buen ciudadano. Un ciudadano es un habitante que es sujeto de derechos políticos, estos derechos le permiten intervenir en el gobierno de su país a través del voto. La ciudadanía también implica ciertas obligaciones y deberes. La acción de la ciudadanía debe ser responsable, pacífica y autoregulada. Si principal objetivo es mejorar el bienestar público. Las acciones que solo buscan el beneficio individual, en cambio no están vinculadas a la ciudadanía. 2.2.2 Derechos y obligaciones de los ciudadanos. Derechos. o Artículo 3°. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. o Artículo 4°.Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. o Toda persona tiene derecho a la protección de la salud (art. 4°). o Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado para su desarrollo y bienestar (art.4°). o Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. (art.4°)
  6. 6. o Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral.(ART.4°) o Artículo 9°. No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito o Artículo 10°. Los habitantes de los Estados Unidos Mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio, para su seguridad y legítima defensa, con excepción de las prohibidas por la Ley Federal. o Artículo 11°. Todo hombre tiene derecho para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo- conducto u otros requisitos semejantes. o Los derechos de toda persona imputada: A que se presuma su inocencia (ART.20) o Artículo 24°. Todo hombre es libre para profesar la creencia religiosa que más le agrade y para practicar las ceremonias, devociones o actos del culto respectivo, siempre que no constituyan un delito o falta penados por la ley. o Derecho a la propiedad privada (art. 27°). Obligaciones. o Artículo 31. Son obligaciones de los mexicanos:  I. Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener a educación preescolar, primaria y secundaria, y reciban la militar, en los términos que establezca la ley.  II. Asistir en los días y horas designados por el Ayuntamiento del lugar en que residan, para recibirinstrucción cívica y militar que los mantenga aptos en el ejercicio de los derechos de ciudadano, diestros en el manejo de las armas, y conocedores de la disciplina militar.  III. Alistarse y servir en la Guardia Nacional, conforme a la ley orgánica respectiva, para asegurar y defender la independencia, el territorio, el honor, los derechos e intereses de la Patria, así como latranquilidad y el orden interior;  IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes. o Artículo 36. Son obligaciones del ciudadano de la República:  I. Inscribirse en el catastro de la municipalidad, manifestando la propiedad que el mismo ciudadanotenga, la industria, profesión o trabajo de que subsista; así como también inscribirse en el RegistroNacional de Ciudadanos, en los términos que determinen las leyes.  II. Alistarse en la Guardia Nacional;  III. Votar en las elecciones populares en los términos que señale la ley;  IV. Desempeñar los cargos de elección popular de la Federación o de los Estados, que en ningúncaso serán gratuitos;  V. Desempeñar los cargos concejiles del municipio donde resida, las funciones electorales y las dejurado. 2.2.3 Pérdida de la ciudadanía. La ciudadanía mexicana se pierde: Por aceptar o usar títulos nobiliarios que no impliquen sumisión a un gobierno extranjero. Por prestar voluntariamente servicios oficiales a un gobierno extranjero sin permiso del Congreso Federal o de su Comisión Permanente.
  7. 7. Por aceptar o usar condecoraciones sin permiso del Congreso Federal o de su Comisión Permanente. Por admitir del gobierno de otro país títulos o funciones, sin previa licencia del Congreso Federal o de su Comisión Permanente, exceptuando títulos literarios, científicos o humanitarios que pueden aceptarse libremente. Por ayudar, en contra de la nación, a un extranjero, o a un gobierno extranjero en cualquier reclamación diplomática, o ante un tribunal internacional. En los demás casos que fijan las leyes. 2.2.4 Suspensión de los derechos de los ciudadanos. Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: I. Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36. Esta suspensión durara un año y se impondráademás de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley; II. Por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión; III. Durante la extinción de una pena corporal; IV. Por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes; V. Por estar prófugo de la justicia, desde que se dicte la orden de aprehensión hasta que prescriba la acción penal, y (modificado por la reimpresión de la constitución, publicada en el diario oficial de la federación el 6 de octubre de 1986) VI. Por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión. La ley fijara los casos en que se pierden, y los demás en que se suspenden los derechos de ciudadano, y la manera de hacer la rehabilitación. 2.3 La ciudadanía y la doble nacionalidad. La nacionalidad es el vínculo que une a una persona con un Estado, de esa relación entre el individuo y el Estado, surgen derechos y obligaciones, el cual está regulado por las normas del derecho interno, y por ello hace la necesidad de legislar sobre su adquisición, pérdida y recuperación. En cambio la ciudadanía abarca el ejercicio de los derechos políticos, los cuales no solo implica ejercer el sufragio en toda elección, sino que implican el también ser elegido, los derechos políticos son considerados derechos humanos de primera generación, y el ejercicios de los mismos. 2.4 Situación jurídica de los extranjeros. Extranjero es todo individuo que se desplaza de su habitad cotidiano a un país ajeno al suyo bajo diversas modalidades migratorias. El artículo 33° constitucional prescribe que son extranjeros los que no posean las cualidades determinadas en el artículo 30°, que no reúnen las características de ser mexicanos por nacimiento o por naturalización, como también lo dispone el artículo 2° de la ley de nacionalidad. La situación de los extranjeros consiste en determinar los mínimos derechos de que gozan en cada país en que se encuentre, así como las obligaciones y restricciones a que se hacen acreedores. La expresión “condición jurídica de los extranjeros” alude a la esfera de las personas físicas o morales no nacionales de un Estado determinado. Dicha
  8. 8. esfera jurídica se conforma de derechos subjetivos y deberes subjetivos de normas jurídicas internas e internacionales. Todo extranjero, por el solo hecho de encontrarse en el territorio nacional, gozara de las garantías individuales que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para garantizar las libertades y seguridades a que tiene derecho como persona, independientemente de su nacionalidad. Bibliografía. ARREDONDO GALVÁN, Francisco Xavier. Personas físicas nacionales y extranjera. Porrúa, México 2010. http://www.juridicas.unam.mx http://www.diccionariojuridico.mx http://www.diputados.gob.mx http://biblio.juridicas.unam.mx

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