1. PS
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
TRABAJADORES
DERECHOS
Art.14.LPRL:Protección eficaz en
Seguridad y Salud en el trabajo.
Ser informados y formados
en la Prevención de
Riesgos Laborales.
Que sean consultados y
participen en materia
Preventiva.
DEBERES
Art.5.a.ET:cumplir con las
obligaciones
del puesto de trabajo.
Art.5.b.ET:observar las medidas
de seguridad e higiene.
Art.19.2.LPRL: obligado a
observar las medidas
legales y reglamentaria
en seguridad e higiene.
Utilizar adecuadamente herramientas,
máquinas, sustancias peligrosas,
equipos de transporte, cualquier
medio con el cual el trabajador realice
su actividad.
Interrumpir la actividad en caso
de riesgo grave e inminente.
Utilizar correctamente los EPIs
Vigilancia del estado de salud
Utilizar correctamente los dispositivos
de seguridad de máquinas, herramientas,
etc, y no ponerlos fuera de
funcionamiento.