El documento discute el concepto de fuero constitucional en México y cómo se relaciona con la inmunidad parlamentaria. Explica que el fuero protege a funcionarios públicos de ser procesados penalmente durante su mandato para evitar interrupciones a su trabajo. Sin embargo, recientes reformas han fortalecido estas protecciones y privilegios, lo que plantea interrogantes sobre si el fuero cumple realmente con su objetivo original de servir al interés público sobre el interés de los funcionarios.
4. En México se ha denominado fuero
constitucional a lo que se le conoce
en el constitucionalismo como
inmunidad parlamentaria, y se ha
denominado procedimiento para la
declaración de procedencia al
mecanismo de resolución del
suplicatorio.
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11. Respaldado por el artículo 61:
los diputados y senadores son
inviolables por las opiniones
que manifiesten en el
desempeño de sus cargos, y
jamás podrán ser
reconvenidos por ellas. El
presidente de cada cámara
velara por el respeto al fuero
constitucional de los
miembros de la misma y por la
inviolabilidad del recinto
donde se reúnan a sesionar.
12. Artículo 111. para proceder penalmente
contra los diputados y senadores al congreso
de la unión, los ministros de la suprema corte
de justicia de la nación, los magistrados de la
sala superior del tribunal electoral, los
consejeros de la judicatura federal, los
secretarios de despacho, los jefes de
departamento administrativo, los diputados a
la asamblea del distrito federal, el jefe de
gobierno del distrito federal, el procurador
general de la república y el procurador general
de justicia del distrito federal, así como el
consejero presidente y los consejeros
electorales del consejo general del instituto
federal electoral, por la comisión de delitos
durante el tiempo de su encargo, la cámara de
diputados declarara por mayoría absoluta de
sus miembros presentes en sesión, si hay o no
lugar a proceder contra el inculpado.
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14. “Constituye un requisito de
procedibilidad sin el cual no se
puede ejercitar la acción penal
correspondiente ante las
autoridades judiciales” (Jiménez,
2007) por tanto, es un
procedimiento autónomo del
proceso que no habla sobre la
culpabilidad del servidor. El
resultado del primero no
trasciende necesariamente al
sentido del fallo en el proceso
penal. Por eso, la Constitución
Federal prevé que en caso de que
la Cámara de Diputados decida
suprimir el fuero ha determinado
servidor público” (Federación,
1996).
15. Objetivo del fuero
¿cumplido?
El objetivo del fuero es evitar
interrumpir el cargo de un
funcionario público para
brindar un mejor servicio a la
sociedad y no “afectarla”, sin
embargo, su nombre lo dice
son “públicos”, sirven a la
sociedad por lo que no deben
ser juzgados entre iguales, sino
por el pueblo mexicano.
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17. Pero la jurisprudencia marca que
“siendo mayor el interés que tiene
la sociedad en que se respete el
fuero de que gozan los funcionarios
y empleados públicos que el interés
general que tiene en la averiguación
y castigo de los delitos, procede
conceder la suspensión contra los
actos cometidos por las
autoridades, que violan ese fuero”
(Montejano, 2011) . Y a partir de
esta opinión podemos entrar de
manera directa al tema de
desafuero que se verá en el
siguiente capítulo.
18. Si “la inmunidad
parlamentaria tiene su
excepción, que consiste en
que se podrá detener a un
parlamentario cuando éste
sea sorprendido
cometiendo o realizando un
acto sancionado por las
leyes penales” ¿por qué
muchos procesos son
entorpecidos a causa de
que los funcionarios se
amparan del fuero?
19. O bien ¿Por qué los mismos
funcionarios públicos o
militares tienden a enfatizar
que ellos no pueden ser
detenidos puesto que su labor
y su persona son
imprescindibles? Si es cierto,
que al inicio del ensayo
mostramos que el fuero se
constituyó porque el
parlamento es imprescindible
y no puede removerse, pero
también se dice que el
parlamentario no lo es.
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21. Al reformarse el
artículo 61, se
cambia el
término “fuero
constitucional”
por el de
“inmunidad
constitucional”
22. Antes de esta reforma
los funcionarios si podían
ser detenidos, pero
ahora pueden ser
juzgados desde la
comodidad de su hogar,
de su trabajo o de donde
sea que este sujeto
quiera estar.
23. Por otro lado el presidente
de cada Cámara de
Congreso “velara” para que
estas modificaciones se
respeten. Ahora sí, los
órganos que están
obligados a velar por el
interés y la seguridad del
pueblo, primero se cuidan a
sí mismos ¿Quiénes
protegen a la sociedad de
las injusticias?
24. La modificación al artículo
114 donde se establece “que
la responsabilidad por delitos
cometidos durante el tiempo
del encargo por cualquier
servidor público, será exigible
de acuerdo con los plazos de
prescripción consignados en
la Ley penal, que nunca serán
inferiores a tres años”
(DIPUTADOS, 2013)
25. CONCLUSIÓN: El fuero constitucional
tiene mayor inclinación a proteger y
privilegiar a quienes gobiernan y
protegen el país por lo que debe ser
removido, no solo desforar si así lo
deciden ellos, debido a que como
funcionarios sirven el país y por ende un
privilegio, pero sobre todo contar con un
comportamiento ejemplar al menos
durante su mandato o bien en el caso de
los militares mientras portan el uniforme
que los identifica.
26. Bibliografía
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