1. Revisión y Análisis de los Peritajes Psicológicos Presentados ante la Corte Interamericana en la
Etapa de Reparaciones (1989-2002)
Alicia B. Neuburger
Introducción
La presentación de informes psicológicos ante la Corte se ha caracterizado hasta la actualidad por peritajes
documentales y/o testimoniales como prueba de los efectos que produjo en las víctimas directas y familiares
la violación de sus derechos humanos.
Para responder a los lineamientos y objetivos de este proyecto, es necesario hacer una revisión histórica de
esos peritajes, detectar sus semejanzas y diferencias, sus énfasis, la incidencia que han tenido en las
sentencias de reparaciones, y las concepciones que los sustentan. A partir de allí se podrá facilitar y
estimular en el grupo de trabajo la discusión y generación de ideas, articulando los discursos jurídicos y
psicológicos. Con este proyecto se abre la posibilidad de construir, para los abogados y psicólogos
participantes, una forma de trabajo diferente con las víctimas ante el Sistema Interamericano de Protección
de los DDHH.
1. Cuadro General de Casos y Peritajes Psicológicos en las Audiencias de la Corte (1989-2002)
Año País Caso Peritajes Modalidad y Concepción
Testimonio Pericial sin
Informe Escrito -
1989 Honduras Desaparación 1 Psiquiátrico
Testimonio Pericial sin
Informe Escrito -
1989 Honduras Desaparación 1 Psiquiátrico
Testimonios Periciales sin
Informe Escrito - Uno
Médico - Dos Psiquiátricos
con Aplicación de Pruebas -
1998 Perú Tortura-Asilo 5 Dos Médico-psiquiátricos
Ensayo Teórico - Sin
998 Perú Desaparación 1 declaración
Testimonio Pericial sin
Informe Escrito -
1998 Ecuador Detención y Tortura 1 Psicológico
Testimonio Pericial sin
Informe Escrito -
1998 Perú Detención y Tortura 1 Psicológico
Testimonio Pericial sin
Informe Escrito -
2000 Guatemala Tortura y Muerte 1 Psicológico
Testimonio Pericial sin
Informe Escrito -
2001 Guatemala Tortura y Asesinato 1 Psicológico
Declaraciones Juradas –
2002 Venezuela Ejecuciones Extrajudiciales 2 Psicológicos*
Testimonio Pericial sin
Informe Escrito -
2002 Colombia Ejecuciones Extrajudiciales 1 Psicológico
Testimonio Pericial sin
Informe Escrito -
2002 Guatemala Desaparición Forzada y Tortura 1 Psicológico
2. *En uno de los dos peritajes de este caso, denominado El Caracazo, se adosan 10 breves diagnósticos
clínicos de 10 diferentes víctimas, que por su naturaleza de diagnósticos, no fueron considerados como
peritajes.
Los datos que figuran en el cuadro anterior fueron tomados de las transcripciones de la Corte. Es preciso
señalar que esas transcripciones no están ordenadas cronológicamente y que algunas están incompletas y/
o con traducción incompleta.
Análisis del Cuadro
a. En el lapso de 14 años, aparecen registrados peritajes y/o informes psicológicos de solamente doce
casos, lo que da un promedio de menos de un caso por año.
b. Entre el año 1989 y el año 1998 no hay peritajes psicológicos.
c. Hay una concentración de casos con peritajes en el año 1998, luego se reducen a uno por año
hasta el 2002, año en el que aumentan a tres.
d. Los países con mayor incidencia de peritajes son Perú y Guatemala, con cuatro y tres
respectivamente.
e. Se litigaron seis casos de tortura con peritajes en la Corte: dos de Perú, uno de Ecuador y tres de
Guatemala. Y cinco casos de desaparición con peritajes: dos de Honduras, uno de Perú, uno de
Venezuela y uno de Guatemala.
f. Con la salvedad de los casos Castillo Páez (Perú, 1998) y El Caracazo (Venezuela, 2002), no se
han presentado informes psicológicos escritos en la Corte, sino que sólo se han tomado las
declaraciones del perito.
g. Los dos únicos casos donde las pericias fueron documentales y no testimoniales, fueron los del
punto f.
2. Estructura y Línea Conceptual
No hay una sola línea conceptual, coexisten la terminología y el informe psiquiátrico y médico-psiquiátrico
con el psicológico. Y dentro del enfoque psicológico hay líneas más conductuales-descriptivas y líneas más
psicodinámicas.
Es interesante señalar que los enfoques de orientación médico-psiquiátrica tuvieron más presencia en los
primeros casos litigados en la Corte anteriores a 1998 -por ejemplo Perú y Honduras-. A partir de esa fecha
tuvo más relevancia una concepción más psicológica.
En los peritajes médico-psiquiátricos y/o psicológico-conductuales hay una mayor tendencia a priorizar los
síntomas -individuales y familiares- y a clasificarlos en síndromes. La subjetividad tiende a transformarse en
una subjetividad individual, con dificultades para trascender “el lugar de la víctima”.
Los factores socio-culturales y los efectos colectivos de la impunidad aparecen más acentuados en los
peritajes con un enfoque psicodinámico. Aquí, además de los efectos individuales, aparecen con frecuencia
referencias al “daño al proyecto de vida”: -caso Loaiza Tamayo (Perú, 1998); “violación al derecho a la
vida”, “necesidad de una reparación simbólica”, “rescate de la memoria colectiva”; -casos: Los Niños de la
Calle (Guatemala, 2001); El Caracazo (Venezuela, 2002); Las Palmeras (Colombia, 2002); Bámaca
Velásquez (Guatemala, 2002).
3. Metodología y Estrategias de Abordaje
Como casi no hay informes y algunas declaraciones periciales aparecen incompletas, resultó difícil detectar
con claridad la metodología de los peritajes. Sin embargo, se pueden hacer algunas observaciones:
a. En la mayoría de los peritajes la metodología fue de entrevistas individuales a las víctimas y/o
familiares, una o dos, según los casos, de entre 1 hora y media y dos horas de duración, realizadas
en general en sus lugares de residencia. En los peritajes psiquiátricos se incluyeron algunas
pruebas y escalas para medir la incidencia, lo que originó algunas preguntas respecto a la
confiabilidad de esas pruebas y escalas. Los peritajes con enfoque psicológico-dinámico incluyeron
una o dos entrevistas grupales -familiares o semifamilares- al inicio y/o al final, además de las
entrevistas individuales. La duración de éstas últimas también fue de entre una hora y media y dos
cada una.
2
3. b. La estrategia de abordaje se relaciona indudablemente con la concepción teórica del o de la perito,
y esto motiva también preguntas diferentes de los representantes de la Comisión y los Jueces.
c. En ningún caso se planteó una intervención más allá del peritaje en sí, aunque se dio más
contención y se estableció un vínculo más confiable entre testigos y peritos cuando se incluyeron
entrevistas grupales.
4. Interrogatorios
Si bien es imprescindible enfatizar las preguntas respecto a los efectos subjetivos, las reacciones ante el
trauma, las consecuencias en la familia, los duelos, etc; los interrogatorios a los/las peritos han resultado
ser, muchas veces, reiterativos, y en algunos casos prácticamente iguales unos a otros -ejemplo: caso
Velásquez Rodríguez y Godinez Cruz, Perú, 1989-. En ambos casos el perito psiquiatra fue el mismo.
La variedad en las preguntas, su amplitud o limitación, la posibilidad que tienen los peritos de explayarse y
profundizar, y el énfasis mayor o menor en determinados conceptos, parecen depender de varios y diversos
factores:
a. La importancia que para la sentencia de reparaciones tenga la pericia psicológica.
b. El idioma en el que el perito se maneje -las declaraciones que no son en español son más lentas y
producen mayor cansancio-.
c. El intercambio previo entre el/la abogado y el perito.
d. La preparación de el/la perito para declarar ante la Corte.
e. La existencia o no de un informe escrito pericial, antes de las audiencias, del que los abogados se
puedan nutrir para la elaboración de las preguntas.
f. La pericia del que interroga y la experticia del perito interrogado.
5. Correlación entre peritajes y sentencias de reparaciones
Este punto está directamente vinculado al anterior, ya que no pareciera haber una incidencia única de los
peritajes en las sentencias, sino una determinación múltiple de factores, algunos de ellos mencionados en el
punto Nº 4.
a. La hora de la declaración de los/las peritos influye mucho en la calidad y cantidad de preguntas, no
sólo de los representantes, sino de la Comisión y los Jueces.
b. El formato del interrogatorio y su repetición o innovación, las preguntas, más puntuales o más
generales, y el interés por ahondar y enfatizar algunos aspectos.
c. La correcta enunciación de la pregunta es deriva en una respuesta adecuada.
d. La concepción y metodología empleadas para el peritaje han resultado ser un factor de relevancia
en la sentencia. Si la declaración de el/la perito es integral, clara y profunda, suele despertar más
interés en Jueces y Comisionados.
e. El interés del caso, sus implicaciones, etc.
f. La actitud de los agentes del Estado -según sean más renuentes o no a aceptar responsabilidades-.
6. Interés de los Jueces
Es interesante consignar que en los últimos años, desde 1998 en adelante, los Jueces expresaron mayor
motivación y sensibilización respecto a los aspectos psicosociales. Por ejemplo en el caso Suárez Rosero -
Ecuador, 1998-, mostraron interés en cuanto a las implicaciones sociales y laborales después de una
detención, y a los efectos de la psicoterapia en la reparación del daño psicológico.
En el mismo año, en las audiencias del caso Cantoral Benavídez –Perú-, hay varias preguntas sobre los
efectos psicológicos individuales y familiares de la tortura, y sobre el riesgo de una auto-
victimización, aun con ayuda terapéutica. Lo anterior está vinculado a los efectos de la impunidad y a las
formas de reparación.
En el caso Las Palmeras –Colombia, 2002-, el interrogatorio del representante de los familiares fue muy
amplio, lo que permitió a la perito explicar con claridad los mecanismos psicológicos subyacentes como
consecuencia de las ejecuciones extrajudiciales. Es importante aclarar que esta declaración pericial se
rindió durante horas de la mañana, y hubo varias intervenciones de los representantes de la Comisión y de
los Jueces respecto a los efectos psicológicos de la impunidad, y pedidos de aclaración de conceptos
3
4. teóricos -referidos fundamentalmente al trabajo de duelo-. Las sentencias de reparaciones en este caso
hicieron énfasis en la determinación de justicia para acabar con la impunidad, la sanción a todos los
responsables y la importancia de la divulgación pública de los fallos.
7. Consideraciones
7.1 Conceptos para revisar
a. Sentimientos de culpabilidad: -referencia a una pregunta de la representante de la Comisión en el
caso Bámaca Velásquez- ¿Qué pasa cuando nadie asume la culpa real, cuando no hay
responsables del daño?
b. Tortura psicológica: este concepto aparece en las Consideraciones de la Corte, en el caso
Cantoral Benavidez -Perú-, referido a la víctima y sus familiares. Es fundamental retomarlo para
darle relevancia en las sentencias de reparaciones, ampliando el concepto médico-forense clásico
de tortura.
c. Derecho a la Salud: en las declaraciones de los peritos y en las sentencias aparecen referencias
“al derecho de las víctimas y sus familiares a una buena atención médica y psicológica” o “a tener
acceso a profesionales de la salud”. Estas referencias aluden a los efectos del daño, pero no al
derecho violado.
d. Auto-victimización: en algunas ocasiones, tanto la Comisión como los Jueces
-ejemplo: caso Cantoral Benavidez- se han interesado en “los riesgos de la auto-victimización, aun
con tratamiento psicoterapéutico”. Las preguntas aludieron a la posibilidad de que la reparación
perpetúe la condición de víctima. Es importante aclarar y diferenciar estos conceptos, ligándolos a la
función des-victimizante de la reparación individual y social.
e. Impunidad: este concepto está ligado al anterior, ya que la impunidad re-victimiza porque es la
negación de la Ley. El valor simbólico de la palabra -Ley- opera como un límite a la satisfacción
violenta de la pulsión agresiva: la venganza. De los peritajes revisados se desprende un mayor
énfasis en los efectos subjetivos individuales y familiares de la impunidad y uno menor en los
efectos sociales: desorganización de las relaciones, limitación del desarrollo psicológico y la
creatividad, y peligro de regresar a épocas primitivas. En este sentido habría que enfatizar la
necesidad de la divulgación pública de las sentencias de la Corte.
7.2 Uso y abuso de la clasificación “Síndrome de Stress Post-Traumático”
La normativización de los síntomas es un criterio muy general y poco específico, y si se prioriza esta
clasificación médico-psiquiátrica para explicar los efectos psicológicos y emitir un diagnóstico, se corre el
riesgo de su propia invalidación. En varias ocasiones durante las audiencias de reparación, tanto los
representantes como los Jueces y los agentes del Estado, preguntaron a los peritos si era posible “preparar
a las víctimas para que éstas simulen un cuadro de stress post-traumático”, o “si éstas tuvieron acceso a
esa bibliografía específica”. Es indudable que, por parte de los agentes del Estado, estas preguntas tienen
el objetivo de debilitar el valor de la pericia, pero además, si el soporte teórico del perito está basado en esta
categoría diagnóstica -y no la utiliza sólo como un referente-, puede convertirse en un factor que complique
y desvirtúe su declaración.
7.3 La importancia de enfatizar el carácter reparatorio, subjetivo y social, de instancias como la
Comisión y la Corte
Las declaraciones periciales e informes documentales no enfatizan, en general, la función reparatoria,
psicológica y emocional, que tiene el acceder al Sistema Interamericano de Protección, Comisión y Corte.
En el plano jurídico, los testigos son informados de la importancia del juicio penal, pero no se ha resaltado la
función reparatoria que implica que una Corte Internacional intente resarcir los daños infligidos por los
propios Estados. Comparecer ante la Corte es un acto de “Salud Mental” en sí mismo.
7.4 Revisión del Interrogatorio a los peritos
Para reducir en lo posible las reiteraciones y limitaciones del interrogatorio a los peritos, que suelen cansar a
los Jueces y arriesgar una incidencia negativa en las sentencias de reparaciones, habría que tomar en
cuenta dos factores. El primero es el orden de comparecencia de los peritos en las audiencias, que como ya
se ha señalado es un elemento importante para beneficiar o perjudicar las declaraciones. El segundo se
refiere a la insuficiente integración del trabajo jurídico-psicológico. Los representantes de los testigos y los
peritos tienen insuficiente contacto para la preparación del interrogatorio. Si bien es cierto que la fecha de
4
5. las audiencias se fija con muy poco tiempo de antelación, lo que limita la disponibilidad de tiempo de los
representantes, es necesario realizar un esfuerzo adicional para la preparación conjunta del interrogatorio a
los peritos.
Conclusión
Los que hemos escogido la reparación psicológica como uno de los objetivos importantes de nuestro
quehacer a través del estudio y develamiento de las leyes de la realidad interna, y los que han escogido el
camino de la reparación legal a través del estudio y conocimiento de las leyes del mundo externo, tenemos
la posibilidad, con este proyecto que se inicia, de aprender mutuamente, de crear un lenguaje compartido,
de movernos desde una comprensión de fantasías internas, hacia una aceptación de un mundo externo
violento y cruel -y viceversa- que toca la vida cotidiana de mucha gente, de interrogarnos juntos y de buscar
también juntos alternativas creativas y gratificantes en este complejo y difícil ámbito de los DDHH.
ANEXO
Guía Metodológica para el Perito
Proceso previo al Peritaje
a. Contacto con los abogados y acceso a la información sobre los antecedentes del caso antes del
peritaje.
b. Contacto con los testigos y/o víctimas antes del peritaje (si es posible directamente o vía abogados).
Peritaje
a. Recabar datos que permitan elaborar un informe diagnóstico pericial.
b. Brindar información a los testigos y/o víctimas respecto al procedimiento en la Corte y a la
importancia de comparecer en ella.
c. Aclarar dudas, discutir expectativas y preparar a los testigos y/o víctimas para declarar en las
audiencias.
d. Contención emocional de las víctimas.
Estrategias de abordaje
Se sugiere una entrevista grupal inicial para tener conocimiento del entorno y detectar modos de
vinculación, y establecer el primer contacto cara a cara con las víctimas y familiares, lo que les permitirá
sentirse más contenidos y reducir ansiedades. Luego, como mínimo dos entrevistas individuales con cada
uno de los testigos; la cantidad de entrevistas variará según las características culturales y personales de
cada uno de ellos. Como cierre se realizará otra entrevista grupal, que permitirá aclarar interrogantes,
reconfirmar hipótesis y completar la información.
Las entrevistas grupales no tendrán que ser necesariamente sólo con miembros de la familia, se podrán
integrar las personas muy allegadas que las víctimas deseen que estén y/o que los peritos consideren
importante integrar.
Proceso posterior al peritaje
a. Elaboración de un informe previo a la declaración en la Corte. Esto le facilita a los abogados la
elaboración de los interrogatorios.
b. Confección conjunta -abogado y perito- de los interrogatorios a las víctimas y al perito.
c. Reencuentro con las víctimas antes de las audiencias para contener ansiedades y disminuir
temores, antes de su declaración.
d. Preparación de los peritos para rendir declaración pericial en las audiencias de reparaciones.
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