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Ley de Simplicidad Tributaria
A partir de las 15:30 de este lunes 9, la Asamblea Nacional se reuneá para debatir en
segunda instancia el proyecto de Ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria,
que fue aprobada el pasado 4 de diciembre en la Comisión de Régimen Económico.
En noviembre pasado, la Asamblea negó y archivó el proyecto de ley conocida como de
Crecimiento Económico, por lo que el Ejecutivo presentó otro.
Con este nuevo proyecto se busca recaudar 620 millones de dólares. El presidente de la
comisión y ponente del proyecto ante la Asamblea, Daniel Mendoza, aspira a que en el
pleno se refleje el mismo apoyo que dieron los bloques al informe final.
Este nuevo proyecto de ley recoge varios aspectos del que fue negado, sin embargo,
incorpora unos nuevos como el impuesto a consumos especiales en planes de telefonía
celular.
Esto es lo que dice el nuevo proyecto de ley:
Remisión de intereses, multas y recargos derivados de créditos educativos y becas.
Remisión del 100 % del capital, intereses y multas, correspondientes al copago o cualquier
obligación de pago o aporte derivado de los programas de vivienda de emergencia
destinados a los damnificados del terremoto del 16 de abril de 2016, en las provincias de
Manabí y Esmeraldas.
Remisión de pago de intereses, intereses por mora y costas judiciales en operaciones de
crédito para los sectores agrícola, pecuario y pesquero que hayan contratado créditos con
la Corporación Financiera Nacional y BanEcuador hasta por 100 mil dólares de capital
inicial.
Se establece un régimen impositivo simplificado para las microempresas y un régimen de
impuesto único para el sector agropecuario.
Por única vez se establece la reducción del 10% del impuesto a la renta a pagar en el
ejercicio fiscal 2019 para los contribuyentes domiciliados a septiembre de 2019 en
Imbabura, Bolívar, Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi y Cañar cuya actividad económica
principal sea la agrícola, ganadera, agroindustrial y/o turismo afectadas por los graves
incidentes derivados de la paralización.
El proyecto disminuye el número de agentes de retención para reducir la carga de las
obligaciones tributarias de los contribuyentes, pues solo serán agentes de retención
aquellos previamente calificados por el Servicio de Rentas Internas (SRI).
Eliminación del Anticipo del Impuesto a la Renta, se pagará cuando se generen utilidades.
Se establece la posibilidad de deducción de hasta 150% por gastos en la organización y
patrocinio de eventos artísticos y culturales.
Tarifa cero % IVA (impuesto al valor agregado) para insumos y maquinaria agrícola, flores,
papel periódico y revistas.
IVA cero % a tiras reactivas para medición de glucosa; bombas de insulina; marcapasos; a
los servicios de suministro de dominios de páginas web, servidores (hosting), computación
en la nube (cloud computing).
Se establece el ICE (impuesto a consumos especiales) en telefonía móvil a personas
naturales y únicamente para los servicios de postpago.
Se disminuye el ICE a la cerveza artesanal: pasa de 2,00 a 1,50; se aumenta en 10% el ICE a
la cerveza industrial y no se aumenta a las bebidas azucaradas.
ICE a las fundas plásticas; se grava con ICE a estos bienes a razón de 0,10 centavos por
funda solicitadas por el consumidor. La implementación será progresiva 0,03 el primer
año, 0,05 el segundo, 0,07 el cuarto y desde 2023 será de 0,10.
Reducción de ICE para fundas recicladas, biodegradables y compostables.
Se crea una contribución temporal a las sociedades con ingresos gravados, en 2018,
mayores a un millón de dólares.
Quienes perciben ingresos mayores a 100 000 dólares: solo podrán deducir de su
Impuesto a la Renta los gastos correspondientes a enfermedades catastróficas, huérfanas
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Ley de simplicidad tributaria

  • 1. Ley de Simplicidad Tributaria A partir de las 15:30 de este lunes 9, la Asamblea Nacional se reuneá para debatir en segunda instancia el proyecto de Ley Orgánica de Simplicidad y Progresividad Tributaria, que fue aprobada el pasado 4 de diciembre en la Comisión de Régimen Económico. En noviembre pasado, la Asamblea negó y archivó el proyecto de ley conocida como de Crecimiento Económico, por lo que el Ejecutivo presentó otro. Con este nuevo proyecto se busca recaudar 620 millones de dólares. El presidente de la comisión y ponente del proyecto ante la Asamblea, Daniel Mendoza, aspira a que en el pleno se refleje el mismo apoyo que dieron los bloques al informe final. Este nuevo proyecto de ley recoge varios aspectos del que fue negado, sin embargo, incorpora unos nuevos como el impuesto a consumos especiales en planes de telefonía celular. Esto es lo que dice el nuevo proyecto de ley: Remisión de intereses, multas y recargos derivados de créditos educativos y becas. Remisión del 100 % del capital, intereses y multas, correspondientes al copago o cualquier obligación de pago o aporte derivado de los programas de vivienda de emergencia destinados a los damnificados del terremoto del 16 de abril de 2016, en las provincias de Manabí y Esmeraldas. Remisión de pago de intereses, intereses por mora y costas judiciales en operaciones de crédito para los sectores agrícola, pecuario y pesquero que hayan contratado créditos con la Corporación Financiera Nacional y BanEcuador hasta por 100 mil dólares de capital inicial. Se establece un régimen impositivo simplificado para las microempresas y un régimen de impuesto único para el sector agropecuario. Por única vez se establece la reducción del 10% del impuesto a la renta a pagar en el ejercicio fiscal 2019 para los contribuyentes domiciliados a septiembre de 2019 en Imbabura, Bolívar, Chimborazo, Tungurahua, Cotopaxi y Cañar cuya actividad económica principal sea la agrícola, ganadera, agroindustrial y/o turismo afectadas por los graves incidentes derivados de la paralización.
  • 2. El proyecto disminuye el número de agentes de retención para reducir la carga de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, pues solo serán agentes de retención aquellos previamente calificados por el Servicio de Rentas Internas (SRI). Eliminación del Anticipo del Impuesto a la Renta, se pagará cuando se generen utilidades. Se establece la posibilidad de deducción de hasta 150% por gastos en la organización y patrocinio de eventos artísticos y culturales. Tarifa cero % IVA (impuesto al valor agregado) para insumos y maquinaria agrícola, flores, papel periódico y revistas. IVA cero % a tiras reactivas para medición de glucosa; bombas de insulina; marcapasos; a los servicios de suministro de dominios de páginas web, servidores (hosting), computación en la nube (cloud computing). Se establece el ICE (impuesto a consumos especiales) en telefonía móvil a personas naturales y únicamente para los servicios de postpago. Se disminuye el ICE a la cerveza artesanal: pasa de 2,00 a 1,50; se aumenta en 10% el ICE a la cerveza industrial y no se aumenta a las bebidas azucaradas. ICE a las fundas plásticas; se grava con ICE a estos bienes a razón de 0,10 centavos por funda solicitadas por el consumidor. La implementación será progresiva 0,03 el primer año, 0,05 el segundo, 0,07 el cuarto y desde 2023 será de 0,10. Reducción de ICE para fundas recicladas, biodegradables y compostables. Se crea una contribución temporal a las sociedades con ingresos gravados, en 2018, mayores a un millón de dólares. Quienes perciben ingresos mayores a 100 000 dólares: solo podrán deducir de su Impuesto a la Renta los gastos correspondientes a enfermedades catastróficas, huérfanas o raras.