1. Art: 156.Refire a la
paz, la defensa y
suprema vigilancia de
los intereses generales
de la república.
Art: 167.Refiere al
Poder Público
Estadal y a los
ingresos del
Estado,
procedentes de su
patrimonio y de la
administración de
sus bienes para:
Art: 179.Refiere al
Poder Público
Municipal, y todos
los ingresos
monetarios
recaudados por la
sociedad natural y
jurídica ,entre
ellos:
Art: 13 Obligación
Tributaria vinculo
de carácter
personal.
(Art.36-38)
Hecho Imponible
(Art. 18)
Sujetos Activo.
Acreedor del
tributo.
Acreedor + Deudor
Asume obligaciones
(Art. 19 al 29)
Sujetos Pasivos
(Art.3)
Base Imponible y Alícuota
Referencia a cantidades de
dinero como "monto a
gravable”
C.O.TC.R.B.V
2. • la defensa y suprema vigilancia de los intereses generales de la República