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En el presente trabajo veremos el reglamento estudiantil, los 
derecho, deberes de los estudiantes y todas las normativas 
que cada uno de los estudiantes debe conocer para que no 
sean vulnerados y también no violarlos. 
También encontraran los requisitos que se deben cumplir para 
lograr la graduación en cualquieras de las facultades, como 
conseguir exámenes supletorios, diferidos, el régimen de 
sanciones disciplinarias y académicas.
• El reglamento es toda disposición jurídica de carácter general 
dictada por la Administración pública y con valor subordinado a la 
ley. Que la norma reglamentaria es de rango inferior a la ley 
significa, en primer lugar, que aunque sea posterior a ésta, no puede 
derogarla y por el contrario, toda norma con rango de ley tiene 
fuerza derogatoria sobre cualquier reglamento. Pero también 
significa que no hay materias reservadas a la potestad reglamentaria 
en el sentido de que la ley puede entrar a regular cualquiera que con 
anterioridad haya sido regulada por el reglamento. 
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• El Reglamento Interno es el instrumento por medio del cual el 
empleador regula las obligaciones y prohibiciones a que deben 
sujetarse los trabajadores, en relación con sus labores, permanencia 
y vida en la empresa. 
Así, debe contener a lo menos: las horas en que empieza y termina 
la jornada de trabajo y las de cada turno, los descansos, los diversos 
tipos de remuneración; el lugar, día y hora de pago; las personas a 
quienes los trabajadores deben dirigir sus reclamos, consultas y 
sugerencias; la forma de comprobación del cumplimiento de las 
normas 
• paritarios.cl/actualidad_reglamento_interno.htm
El reglamento Institucional son una serie de mecanismo de índole 
social que procuran ordenar y normalizar el comportamiento de un 
grupo de individuos (que puede ser de cualquier dimensión, reducido o 
amplio, hasta coincidir con toda una sociedad). Las instituciones 
trascienden las voluntades individuales, al identificarse con la 
imposición de un propósito considerado como un bien social, es decir, 
"normal" para ese grupo. Su mecanismo de funcionamiento varía 
ampliamente en cada caso, aunque se destaca la elaboración de 
numerosas reglas o normas que suelen ser poco flexibles y amoldable.
Yo diría que no son ventajas, en mi caso seria un derecho el cual toda 
institución esta en el deber de dársela a conocer a toda persona que 
este incluida dentro de la institución cualquiera que fuere. 
1. Se sabría cuales son los deberes como estudiante de la UPC 
2. El beneficio que se tiene al estar incluido en los programas del 
bienestar universitario en este caso. 
3. Se tiene conocimiento de los incentivos que brinda la institución 
por el rendimiento académico del estudiante. 
4. Conocer del régimen de sanciones disciplinaria y académica para 
no caer en la violación de ellos. 
5. Conocer cuales son los deberes de la institución con cada 
individuo.
El estudiante del primer semestre que dese cambiarse de carrera, la 
respuesta que recibiría para mi concepto si no a terminado el periodo 
académico debe ser que termine y en el tiempo estipulado por la 
institución debe pedir la transferencia o cambio de carrera al concejo 
de facultad a la cual desea ingresar y este se la concederá siempre y 
cuando haya disponibilidad de cupo. 
Nosotros los estudiantes del primer semestre debemos esperar que se 
culmine el periodo académico para pretender el cambio de carrera y 
esta debe tener afinidad con la deseada.
Cuando una prueba sea anulada por fraude, se calificara con cero (0) y 
el profesor de la asignatura informará por escrito al Consejo de 
Facultad por medio del director de departamento. 
Al estudiante reincidente le será cancelada la matricula para el 
respectivo periodo académico.
1. Amonestación privada, por escrito, que hará el Director del 
Departamento. 
2. Amonestación pública, que hará el Consejo de Facultad 
correspondiente, mediante resolución motivada y fija en lugar 
público. 
3. Matrícula condicional. La impondrá el Consejo académico. 
4. Cancelación de la matricula, que impondrá el Consejo académico, 
sanción apelable ante el Consejo Superior. 
5. El Director de Departamento podrá levantar esta sanción en un 
período académico posterior con la aprobación del Consejo 
Académico.
1. Cuando no este de acuerdo con la calificación de un 
examen, el estudiante tendrá derecho a otro calificador. 
2. Cuando con justa causa presenta una incapacidad al 
no hacer el parcia en la fecha establecida y este es 
negado. 
3. Cuando sea tratado de manera indiferente por 
presentar una discapacidad.
Después de haber leído el reglamento Estudiantil de la Universidad 
veo que enriquecedor es conocer las normas que lo rigen a uno como 
estudiante. 
Pero detallado cada uno de sus artículos, se consiguen unas falencia 
que seria bueno reestructurarla, como por ejemplo la exigencia de la 
libreta militar; la cual no es aceptada en ninguna parte como 
identificación más aun cuando se trata de una persona con 
discapacidad. Hay que especificar lo de la población con discapacidad 
al igual como aparece para los indígenas y los afro. 
La ley 1618 de 2013 inciso K, establece en el articulo 11 de los 
beneficios con que deben contar las personas con discapacidad en la 
Educación Superior; en todo caso las personas con discapacidad que 
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REGLAMENTO ESTUDIANTIL

  • 1.
  • 2. En el presente trabajo veremos el reglamento estudiantil, los derecho, deberes de los estudiantes y todas las normativas que cada uno de los estudiantes debe conocer para que no sean vulnerados y también no violarlos. También encontraran los requisitos que se deben cumplir para lograr la graduación en cualquieras de las facultades, como conseguir exámenes supletorios, diferidos, el régimen de sanciones disciplinarias y académicas.
  • 3. • El reglamento es toda disposición jurídica de carácter general dictada por la Administración pública y con valor subordinado a la ley. Que la norma reglamentaria es de rango inferior a la ley significa, en primer lugar, que aunque sea posterior a ésta, no puede derogarla y por el contrario, toda norma con rango de ley tiene fuerza derogatoria sobre cualquier reglamento. Pero también significa que no hay materias reservadas a la potestad reglamentaria en el sentido de que la ley puede entrar a regular cualquiera que con anterioridad haya sido regulada por el reglamento. • seguridadpublica.es
  • 4. • El Reglamento Interno es el instrumento por medio del cual el empleador regula las obligaciones y prohibiciones a que deben sujetarse los trabajadores, en relación con sus labores, permanencia y vida en la empresa. Así, debe contener a lo menos: las horas en que empieza y termina la jornada de trabajo y las de cada turno, los descansos, los diversos tipos de remuneración; el lugar, día y hora de pago; las personas a quienes los trabajadores deben dirigir sus reclamos, consultas y sugerencias; la forma de comprobación del cumplimiento de las normas • paritarios.cl/actualidad_reglamento_interno.htm
  • 5. El reglamento Institucional son una serie de mecanismo de índole social que procuran ordenar y normalizar el comportamiento de un grupo de individuos (que puede ser de cualquier dimensión, reducido o amplio, hasta coincidir con toda una sociedad). Las instituciones trascienden las voluntades individuales, al identificarse con la imposición de un propósito considerado como un bien social, es decir, "normal" para ese grupo. Su mecanismo de funcionamiento varía ampliamente en cada caso, aunque se destaca la elaboración de numerosas reglas o normas que suelen ser poco flexibles y amoldable.
  • 6. Yo diría que no son ventajas, en mi caso seria un derecho el cual toda institución esta en el deber de dársela a conocer a toda persona que este incluida dentro de la institución cualquiera que fuere. 1. Se sabría cuales son los deberes como estudiante de la UPC 2. El beneficio que se tiene al estar incluido en los programas del bienestar universitario en este caso. 3. Se tiene conocimiento de los incentivos que brinda la institución por el rendimiento académico del estudiante. 4. Conocer del régimen de sanciones disciplinaria y académica para no caer en la violación de ellos. 5. Conocer cuales son los deberes de la institución con cada individuo.
  • 7. El estudiante del primer semestre que dese cambiarse de carrera, la respuesta que recibiría para mi concepto si no a terminado el periodo académico debe ser que termine y en el tiempo estipulado por la institución debe pedir la transferencia o cambio de carrera al concejo de facultad a la cual desea ingresar y este se la concederá siempre y cuando haya disponibilidad de cupo. Nosotros los estudiantes del primer semestre debemos esperar que se culmine el periodo académico para pretender el cambio de carrera y esta debe tener afinidad con la deseada.
  • 8. Cuando una prueba sea anulada por fraude, se calificara con cero (0) y el profesor de la asignatura informará por escrito al Consejo de Facultad por medio del director de departamento. Al estudiante reincidente le será cancelada la matricula para el respectivo periodo académico.
  • 9. 1. Amonestación privada, por escrito, que hará el Director del Departamento. 2. Amonestación pública, que hará el Consejo de Facultad correspondiente, mediante resolución motivada y fija en lugar público. 3. Matrícula condicional. La impondrá el Consejo académico. 4. Cancelación de la matricula, que impondrá el Consejo académico, sanción apelable ante el Consejo Superior. 5. El Director de Departamento podrá levantar esta sanción en un período académico posterior con la aprobación del Consejo Académico.
  • 10. 1. Cuando no este de acuerdo con la calificación de un examen, el estudiante tendrá derecho a otro calificador. 2. Cuando con justa causa presenta una incapacidad al no hacer el parcia en la fecha establecida y este es negado. 3. Cuando sea tratado de manera indiferente por presentar una discapacidad.
  • 11. Después de haber leído el reglamento Estudiantil de la Universidad veo que enriquecedor es conocer las normas que lo rigen a uno como estudiante. Pero detallado cada uno de sus artículos, se consiguen unas falencia que seria bueno reestructurarla, como por ejemplo la exigencia de la libreta militar; la cual no es aceptada en ninguna parte como identificación más aun cuando se trata de una persona con discapacidad. Hay que especificar lo de la población con discapacidad al igual como aparece para los indígenas y los afro. La ley 1618 de 2013 inciso K, establece en el articulo 11 de los beneficios con que deben contar las personas con discapacidad en la Educación Superior; en todo caso las personas con discapacidad que ingresen a una universidad pública pagarán el valor de matrícula mínimo establecido por la institución de educación superior