Introducción:Los objetivos de Desarrollo Sostenible
Res. 62 14-ministerio_de_educacion_-_pag_1
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BUENOS AIRES,
31 ENE
21114
VISTO las Resolueiones Nros. 24 del 7 de noviembre de 2007 del
CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION Y Ministerial 1.588 del 13 de septiembre de
2012,Y
CONSIDERANDO:
.Que la resolucton mencionada en segundo termino tiene por objeto
aprobar las condiciones y procedimientos para la tramitaci6n de la validez nacional
de tl1ulos y certificaciones de estudios presenciales de formaci6n docente, segun 10
dispone el articulo 15 de la Ley de Educacion Na9iQnaiN° 26.206.
Que 18 referida norma establece asu
vez los componentes basicos
exigidos para la presentacicn de los disefios curriculares en las solicitudes de validez
nacional.
Que estas previsiones se enmarcan en los "lineamientos Curriculares
Nacionales para la Forrnaeien Docente Inicial', aprobados por la Resoluci6n N°
24/07 del CONSEJO FEDERAL DE EDUCACION, que establece distintos niveles de
concrecion curricular: nacional, jurisdiccional e institucional.
Que de conformidad con la referida norma, la Resctucton Ministerial N°
1.588/12 en su Anexo II, punto segundo, apartado "d" establece que las diserios
curriculares ceberan contener la carga horaria total de la carrera incluyendo los
espacios de definicion institueional.
Que para el caso de la bibliografla, el eitado Anexo II menciona su
caracter de baslca.
Que en vista de los considerandos precedenles se advierte la
necesidad de explicitar la redacci6n original de la Resoluclon Ministerial N° 1.588/12
en cuanto a los componentes mencionados en los anteriores considerandos.
Que la DIRECCI6N GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS ha tomado
la intervenclon que Ie compete.
Que la presente medlda sa dicta en virtud de las facuttades conferidas
por la Ley de Ministerios (to. 1992). sus modificatorias y complementarias.
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