1. SI TE DEJAS LAS LLAVES OLVIDADAS EN CASA SI NECESITAS CAMBIAR LA CERRADURA EL CONTENIDO DE ESTE E-MAIL ES IMPORTANTE PARA LA SEGURIDAD DE TU FAMILIA ¡Ojo con los “Cerrajeros”!
10. Cuando pedimos a un cerrajero que nos abra la puerta de nuestra casa ¿debe hacerlo sin más o debe asegurarse de que somos los propietarios ? El artículo 18.2 de la Constitución española proclama que el domicilio es inviolable sin que ninguna entrada o registro pueda hacerse sin el consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito. El cerrajero debe exigir la documentación que garantice nuestro derecho a entrar en la vivienda. El cerrajero podrá ser cooperador necesario a un delito de allanamiento de morada. Recomendación NECESITO UN CERRAJERO QUE GARANTICE LA SEGURIDAD DE MI FAMILIA
11. QUÉ ES UNA EMPRESA HOMOLOGADA UCES Empresa y profesionales registrados en el Ministerio de Interior Garantía de que estos cerrajeros no tienen antecedentes penales Carnet y placa de identificación para la seguridad de nuestra familia Comprobación y registro de los datos de la persona que solicita el servicio Recomendación
13. Ayúdanos a compartir esta información con tus amigos, nuestra seguridad y la de nuestras familias está en juego Gracias www.cerrajeriadeseguridad.es