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4 NORMAS LEGALES Martes 2 de marzo de 2021 / El Peruano
Alarcón Guizado en el cargo de confianza de Jefa
de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del
Programa CONTIGO; sin embargo, la referida profesional,
presenta su renuncia al cargo en mención;
Que, mediante Memorando Nº 000015-2021-MIDIS/
PNPDS-DE de fecha 25 de febrero de 2021, el Despacho
de la Dirección Ejecutiva solicita dar trámite a la propuesta
de designación de la profesional Zeida Mabel Aguilar
Pianto en el cargo de Jefa de Planeamiento, Presupuesto
y Modernización del Programa CONTIGO;
Que, mediante Informe Nº 000096-2021-MIDIS/
PNPDS-CRHU de fecha 26 de febrero de 2021, la
Coordinadora de Recursos Humanos de la Unidad de
Administración, evalúa la hoja de vida de la profesional
Zeida Mabel Aguilar Pianto, señalando que cumple con
los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de
Cargos para el Programa CONTIGO aprobado mediante
Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 007-2020-MIDIS/
PNPDS-DE;
Que, mediante Memorando Nº 000072-2021-MIDIS/
PNPDS-UPPM de fecha 26 de febrero de 2021, la Unidad
de Planeamiento, Presupuesto y Modernización informa
que existe disponibilidad presupuestal para atender
la propuesta de la Dirección Ejecutiva, en atención al
Memorando Nº 000015-2021-MIDIS/PNPDS-DE;
Que, mediante Informe Nº 000046-2021-MIDIS/
PNPDS-UAJ de fecha 01 de marzo de 2021, la Unidad de
Asesoría Jurídica estima procedente la emisión del acto
resolutivo que apruebe la designación de la profesional
propuesta y emite opinión legal favorable conforme lo
solicitado por la Unidad de Administración mediante
Memorando Nº 000111-2021-MIDIS/PNPDS-UA;
Que, estando a las competencias de la Dirección
Ejecutiva de conformidad con la Resolución Ministerial
Nº 012-2020-MIDIS, que aprueba el Manual de
Operaciones del Programa Nacional CONTIGO y con
el visto de la Coordinadora de Recursos Humanos
de la Unidad de Administración, la Unidad de
Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Unidad
de Administración y de la Unidad de Asesoría Jurídica
del Programa CONTIGO.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar, la renuncia formulada por la
profesional Roxana Jacqueline Alarcón Guizado en el
cargo de confianza de Jefa de Planeamiento, Presupuesto
y Modernización del Programa Nacional de entrega de
la pensión no contributiva a personas con discapacidad
severa en situación de pobreza – CONTIGO, efectuado
mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº
099-2020-MIDIS/PNPDS-DE, dándole las gracias por los
servicios prestados.
Artículo 2.- Designar a partir de la publicación de
la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”,
a la profesional Zeida Mabel Aguilar Pianto en el cargo
de confianza de Jefa de la Unidad de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización del Programa Nacional
de Entrega de la Pensión no Contributiva a personas
con discapacidad severa en situación de Pobreza –
CONTIGO.
Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Administración
la publicación de la presente resolución en el Diario
Oficial “El Peruano” y, en coordinación con la Unidad
de Comunicación e Imagen, en el Portal Institucional
del Programa Nacional de entrega de la pensión no
contributiva a personas con discapacidad severa en
situación de pobreza – CONTIGO (https://contigo.gob.
pe/).
Regístrese, comuníquese y notifíquese.
DIANA ELIZABETH PRUDENCIO GAMIO
Directora Ejecutiva
Programa Nacional de entrega de la pensión no
contributiva a personas con discapacidad severa
en situación de pobreza - CONTIGO
1931500-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Designan Directora de la Dirección de
Gobiernos Locales de la Dirección General
de Contabilidad Pública
Resolución MinisteRiAl
nº 088-2021-eF/43
Lima, 1 de marzo del 2021
CONSIDERANDO:
Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente
al puesto de Director(a) de la Dirección de Gobiernos
Locales de la Dirección General de Contabilidad Pública
del Ministerio de Economía y Finanzas;
Que, en este contexto, resulta necesario designar a
la persona que ejerza las funciones inherentes al referido
puesto; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158,
Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de funcionarios públicos;
y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Economía y
Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N°
213-2020-EF/41;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora Rosa Rumilda
Gil Rodríguez en el puesto de Directora de la Dirección de
Gobiernos Locales de la Dirección General de Contabilidad
Pública del Ministerio de Economía y Finanzas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALDO MENDOZA BELLIDO
Ministro de Economía y Finanzas
1931496-1
EDUCACION
Aprueban el documento normativo
denominado “Disposiciones que regulan el
concurso público para el ascenso de escala
de los profesores de Educación Básica en la
Carrera Pública Magisterial”
Resolución ViceMinisteRiAl
n° 057-2021-MineDu
Lima, 1 de marzo de 2021
VISTOS, el Expediente N° 162059-2021, el Informe
N° 00022-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED
de la Dirección de Evaluación Docente, el Informe
Nº 00141-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la
Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe N°
00220-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de
Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General
de Educación, establece que el Ministerio de Educación
es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por
finalidad definir, dirigir y articular la política de educación,
recreación y deporte, en concordancia con la política
general del estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del
artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio
de Educación definir las políticas sectoriales de personal,
Firmado Digitalmente por:
EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS
EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU
Fecha: 02/03/2021 04:29:10
5
NORMAS LEGALES
Martes 2 de marzo de 2021
El Peruano /
programas de mejoramiento del personal directivo,
docente y administrativo del sector e implementar la
Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial, señala que el Ministerio de Educación
establece la política y las normas de evaluación docente,
formula los indicadores e instrumentos de evaluación, en
coordinación con los gobiernos regionales, es responsable
de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos
para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos
dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su
transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 26 de la Ley N° 29944 establece que
el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las
escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita
al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad,
este se realiza a través de concurso público anual y
considerando las plazas previstas para tal efecto;
Que, asimismo, de conformidad con lo señalado en el
artículo 27 de la Ley N° 29944, el Ministerio de Educación,
en coordinación con los gobiernos regionales convoca
a concursos para el ascenso, los que se implementan
en forma descentralizada, de acuerdo a las normas y
especificaciones técnicas que se emitan;
Que, el artículo 28 de la Ley N° 29944 dispone
que la evaluación para el ascenso tiene una finalidad
primordialmente formativa, orientada a mejorar el
desempeño docente;
Que,segúnloseñaladoenelartículo51delReglamento
de la Ley N° 29444, aprobado por Decreto Supremo N°
004-2013-ED, la evaluación de ascenso tiene, entre sus
objetivos, promover el reconocimiento social y profesional
de los profesores, basado en la calidad del desempeño, la
idoneidad profesional, la formación y los méritos;
Que, en el marco de las disposiciones legales antes
señaladas, mediante el Oficio N° 00092-2021-MINEDU/
VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo
Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica el Informe N° 00022-2021-MINEDU/VMGP-
DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación
Docente, dependiente de la referida Dirección General,
a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar
el documento normativo denominado “Disposiciones que
regulan el concurso público para el ascenso de escala
de los profesores de Educación Básica en la Carrera
Pública Magisterial”, cuyo objeto es establecer los
criterios técnicos y procedimientos para la organización,
implementación y ejecución del referido concurso
público;
Que, conforme al citado informe, se advierte que el
documento normativo cuenta con la opinión favorable
de la Dirección General de Gestión Descentralizada,
de la Dirección General de Educación Básica Regular,
de la Dirección General de Servicios Educativos
Especializados, de la Dirección General de Educación
Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios
Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección Técnico
Normativa de Docentes, de la Dirección de Formación
Docente en Servicio, de la Dirección de Promoción del
Bienestar y Reconocimiento Docente y de la Dirección de
Formación Inicial Docente;
Que, mediante Informe Nº 00141-2021-MINEDU/SPE-
OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto,
dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica,
emite opinión favorable al documento normativo; en el
marco de sus respectivas competencias;
Que, asimismo, con Informe Nº 00220-2021-MINEDU/
SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el
marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta
las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación
del documento normativo resulta legalmente viable,
sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su
aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo
1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU,
se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica
del Ministerio de Educación, entre otras facultades y
atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos
que aprueban, modifican o dejan sin efecto los
Documentos Normativos del Ministerio de Educación en
el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 29944,
Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; en
el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial,
aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y sus
modificatorias; en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por
Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de
las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial
Nº 571-2020-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el documento normativo
denominado “Disposiciones que regulan el concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de
Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”,
el mismo que, como anexo, forma parte de la presente
resolución.
Artículo 2.- Encargar el cumplimiento del documento
normativo aprobado por el artículo precedente a la
Dirección General de Desarrollo Docente dependiente
del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica
del Ministerio de Educación y a las instancias de gestión
educativa descentralizada dependientes de los Gobiernos
Regionales, en el marco de sus competencias.
Articulo 3.- Disponer la publicación de la presente
resolución y su anexo en el Sistema de Información
Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/
minedu), el mismo día de la publicación de la presente
resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS
Viceministra de Gestión Pedagógica
1931375-1
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Aprueban los “Lineamientos para emitir
opiniónpreviasobrelosactosdedisposición
de bienes inmuebles de las Sociedades
de Beneficencia” en el marco del Decreto
Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que
regula la naturaleza jurídica, funciones,
estructura orgánica y otras actividades de
las Sociedades de Beneficencia
Resolución MinisteRiAl
nº 059-2021-MiMP
Lima, 1 de marzo de 2021
Vistos, el Informe Técnico N° D000002-2021-MIMP-
DIBP-FOD, la Nota N° D000062-2021-MIMP-DIBP y
la Nota N° D000069-2021-MIMP-DIBP de la Dirección
de Beneficencias Públicas, la Nota N° D000044-2021-
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Comunidad, la Nota N° D000149-2021-MIMP-DVMPV del
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de Modernización Institucional y el Memorándum N°
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Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000035-
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  • 1. 4 NORMAS LEGALES Martes 2 de marzo de 2021 / El Peruano Alarcón Guizado en el cargo de confianza de Jefa de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa CONTIGO; sin embargo, la referida profesional, presenta su renuncia al cargo en mención; Que, mediante Memorando Nº 000015-2021-MIDIS/ PNPDS-DE de fecha 25 de febrero de 2021, el Despacho de la Dirección Ejecutiva solicita dar trámite a la propuesta de designación de la profesional Zeida Mabel Aguilar Pianto en el cargo de Jefa de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa CONTIGO; Que, mediante Informe Nº 000096-2021-MIDIS/ PNPDS-CRHU de fecha 26 de febrero de 2021, la Coordinadora de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, evalúa la hoja de vida de la profesional Zeida Mabel Aguilar Pianto, señalando que cumple con los requisitos establecidos en el Manual de Clasificador de Cargos para el Programa CONTIGO aprobado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 007-2020-MIDIS/ PNPDS-DE; Que, mediante Memorando Nº 000072-2021-MIDIS/ PNPDS-UPPM de fecha 26 de febrero de 2021, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización informa que existe disponibilidad presupuestal para atender la propuesta de la Dirección Ejecutiva, en atención al Memorando Nº 000015-2021-MIDIS/PNPDS-DE; Que, mediante Informe Nº 000046-2021-MIDIS/ PNPDS-UAJ de fecha 01 de marzo de 2021, la Unidad de Asesoría Jurídica estima procedente la emisión del acto resolutivo que apruebe la designación de la profesional propuesta y emite opinión legal favorable conforme lo solicitado por la Unidad de Administración mediante Memorando Nº 000111-2021-MIDIS/PNPDS-UA; Que, estando a las competencias de la Dirección Ejecutiva de conformidad con la Resolución Ministerial Nº 012-2020-MIDIS, que aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional CONTIGO y con el visto de la Coordinadora de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, la Unidad de Administración y de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa CONTIGO. SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar, la renuncia formulada por la profesional Roxana Jacqueline Alarcón Guizado en el cargo de confianza de Jefa de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO, efectuado mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 099-2020-MIDIS/PNPDS-DE, dándole las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar a partir de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, a la profesional Zeida Mabel Aguilar Pianto en el cargo de confianza de Jefa de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a personas con discapacidad severa en situación de Pobreza – CONTIGO. Artículo 3.- Encargar a la Unidad de Administración la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” y, en coordinación con la Unidad de Comunicación e Imagen, en el Portal Institucional del Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza – CONTIGO (https://contigo.gob. pe/). Regístrese, comuníquese y notifíquese. DIANA ELIZABETH PRUDENCIO GAMIO Directora Ejecutiva Programa Nacional de entrega de la pensión no contributiva a personas con discapacidad severa en situación de pobreza - CONTIGO 1931500-1 ECONOMIA Y FINANZAS Designan Directora de la Dirección de Gobiernos Locales de la Dirección General de Contabilidad Pública Resolución MinisteRiAl nº 088-2021-eF/43 Lima, 1 de marzo del 2021 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al puesto de Director(a) de la Dirección de Gobiernos Locales de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 213-2020-EF/41; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora Rosa Rumilda Gil Rodríguez en el puesto de Directora de la Dirección de Gobiernos Locales de la Dirección General de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALDO MENDOZA BELLIDO Ministro de Economía y Finanzas 1931496-1 EDUCACION Aprueban el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial” Resolución ViceMinisteRiAl n° 057-2021-MineDu Lima, 1 de marzo de 2021 VISTOS, el Expediente N° 162059-2021, el Informe N° 00022-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente, el Informe Nº 00141-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto, el Informe N° 00220-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del estado; Que, conforme a lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, Firmado Digitalmente por: EMPRESA PERUANA DE SERVICIOS EDITORIALES S.A. - EDITORA PERU Fecha: 02/03/2021 04:29:10
  • 2. 5 NORMAS LEGALES Martes 2 de marzo de 2021 El Peruano / programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial; Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, formula los indicadores e instrumentos de evaluación, en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad; Que, el artículo 26 de la Ley N° 29944 establece que el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita al profesor para asumir cargos de mayor responsabilidad, este se realiza a través de concurso público anual y considerando las plazas previstas para tal efecto; Que, asimismo, de conformidad con lo señalado en el artículo 27 de la Ley N° 29944, el Ministerio de Educación, en coordinación con los gobiernos regionales convoca a concursos para el ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a las normas y especificaciones técnicas que se emitan; Que, el artículo 28 de la Ley N° 29944 dispone que la evaluación para el ascenso tiene una finalidad primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño docente; Que,segúnloseñaladoenelartículo51delReglamento de la Ley N° 29444, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, la evaluación de ascenso tiene, entre sus objetivos, promover el reconocimiento social y profesional de los profesores, basado en la calidad del desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos; Que, en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante el Oficio N° 00092-2021-MINEDU/ VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N° 00022-2021-MINEDU/VMGP- DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”, cuyo objeto es establecer los criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y ejecución del referido concurso público; Que, conforme al citado informe, se advierte que el documento normativo cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección Técnico Normativa de Docentes, de la Dirección de Formación Docente en Servicio, de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente y de la Dirección de Formación Inicial Docente; Que, mediante Informe Nº 00141-2021-MINEDU/SPE- OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable al documento normativo; en el marco de sus respectivas competencias; Que, asimismo, con Informe Nº 00220-2021-MINEDU/ SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, opina que la aprobación del documento normativo resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación; Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU, se delega en la Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modificado por la Ley Nº 26510; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y sus modificatorias; en el Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y sus modificatorias; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial”, el mismo que, como anexo, forma parte de la presente resolución. Artículo 2.- Encargar el cumplimiento del documento normativo aprobado por el artículo precedente a la Dirección General de Desarrollo Docente dependiente del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación y a las instancias de gestión educativa descentralizada dependientes de los Gobiernos Regionales, en el marco de sus competencias. Articulo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. KILLA SUMAC SUSANA MIRANDA TRONCOS Viceministra de Gestión Pedagógica 1931375-1 MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban los “Lineamientos para emitir opiniónpreviasobrelosactosdedisposición de bienes inmuebles de las Sociedades de Beneficencia” en el marco del Decreto Legislativo N° 1411, Decreto Legislativo que regula la naturaleza jurídica, funciones, estructura orgánica y otras actividades de las Sociedades de Beneficencia Resolución MinisteRiAl nº 059-2021-MiMP Lima, 1 de marzo de 2021 Vistos, el Informe Técnico N° D000002-2021-MIMP- DIBP-FOD, la Nota N° D000062-2021-MIMP-DIBP y la Nota N° D000069-2021-MIMP-DIBP de la Dirección de Beneficencias Públicas, la Nota N° D000044-2021- MIMP-DGFC de la Dirección General de la Familia y la Comunidad, la Nota N° D000149-2021-MIMP-DVMPV del Despacho Viceministerial de Poblaciones Vulnerables, el Informe N° D000031-2021-MIMP-OMI de la Oficina de Modernización Institucional y el Memorándum N° D000128-2021-MIMP-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° D000035- 2021-MIMP-OGAJ y el Informe N° D000040-2021-MIMP- OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; y,