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Taller de Comercio electrónico

       Escola Galega de Consumo.
      Instituto Galego de Consumo.
              Xunta de Galicia

    Gloria Gómez-Diago. Octubre 2006.
contenidos


Normativas
    • Correo Electrónico
     A ley de Servizos da
       Sociedade da
    • Información e do
       Comercio Electrónico
       (LSSI),
contenidos

Certificado Digital
Transacciones Seguras
Volumen de Negocio del Comercio Electrónico en España
Perfil del Internauta Comprador
Motivaciones de los usuarios para comprar en Internet
Cómo llegan los usuarios, en su navegación, a los
productos que compran
Normativas. Correo electrónico



A) Modificación da Ley 34/2002, do 11 de xullo,
  de Servizos da Sociedade da Información e
  Comercio Electrónico.
artículo 21:
Prohibición de comunicacións comerciais
realizadas ao traverso do correo electrónico ou
  de medios de comunicación electrónica
  equivalentes
Normativas. Correo electrónico



• B) Modifícase o artigo 22 da Ley de
  Servicizos da Sociedade da Información e
   de Comercio Electrónico, coa seguinte
  redacción: «Artículo 22. Dereitos dos
  destinatarios de servicios.
Normativas. Correo electrónico



• 1. Queda prohibido o envío de
  comunicacións         publicitarias  ou
  promocionais polo correo electrónico ou
  outro medio de comunicación electrónica
  equivalente que previamente non foran
  solicitadas ou expresamente autorizadas
  polos destinatarios das mesmas
Normativas. Correo electrónico



• o destinatario poderá revocar en
  cualquera momento o consentimiento
  prestado á recepción de comunicacións
  comerciais coa simple notificación da súa
  vontade ao remitente. A tal efecto, os
  prestadores de servicios deberán habilitar
  procedentos sinxelos e gratuitos para que
  os destinatarios de servicios podan
  revocar o consentimiento que prestaran
Normativas. Correo electrónico



• Asimesmo, deberán facilitar información
  accesible por medios electrónicos sobre
  ditos procedimentos.
Normativas. Correo electrónico



2. O disposto no apartado anterior non será
 de aplicación cuando exista unha relación
 contractual previa, sempre que 0
 prestador obtivera de forma lícita os datos
 de contacto do destinatario o os empleara
 para o envío de comunicacións comerciais
 referentes a productos ou servizos da súa
 propia empresa que sean similares aos
 que inicialmente foron obxeto de
 contratación co cliente.
Normativas. Correo electrónico



• En todo caso, o prestador deberá ofrecer
  ao destinatario a posibilidade de oponerse
  ao tratamento dos seus datos con fins
  promocionais mediante un procedimiento
  sinxelo e gratuito, tanto no momento de
  recollida dos datos coma en cada unha
  das comunicacións comerciais que lle
  dirixa.
Normativas. Correo electrónico



• Modifícase o artículo 43.1 da Ley de
  Servizos da Sociedade da Información e
  de Comercio Electrónico, que quedará
  redactado como segue:
• «1. A imposición de sancións polo
  incumplimiento do previsto nesta ley
  corresponderá, no caso de infracción moi
  graves, ao Ministro de Ciencia e
  Tecnoloxía e no de infraccións graves e
  leves, ao Secretario de Estado de
  Telecomunicacións e para a Sociedade
Normativas. Correo electrónico



2.     Cando os prestadores de servizos
     empregen           dispositivos         de
     almacenamento e recuperación de datos
     en equipos terminais, informarán aos
     destinatarios de manera clara e completa
     sobre a súa utilización e finalidade,
     ofreciéndoles la posibilidad de rechazar el
     tratamiento de los datos mediante un
     procedimiento sencillo y gratuito.
Normativas. Correo electrónico



• Lo anterior no impedirá el posible
  almacenamiento o acceso a datos con el
  fin de efectuar o facilitar técnicamente la
  transmisión de una comunicación por una
  red de comunicaciones electrónicas o, en
  la medida que resulte estrictamente
  necesario, para la prestación de un
  servicio de la sociedad de la información
  expresamente       solicitado     por    el
  destinatario.»
La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y
           de Comercio Electrónico (LSSI)

La Ley de Servicios de la Sociedad de la
Información y de Comercio Electrónico
  (LSSI), en
vigor desde julio de 2002, ata los cabos
  sueltos en
el medio digital en cuanto a comercio y
  publicidad.
Estos aspectos, regidos anteriormente por la
  Ley
de Ordenación de Comercio Minorista de
  1996 y
¿cuál es la ley que protege al consumidor en internet?


• Anteriormente a la aparición de la LSSI, los
  conflictos en la Red reflejaban en muchos casos
  la desprotección del consumidor. Actualmente,
  además de la vía judicial, existe la alternativa de
  los órganos de arbitraje, en los que participan
  tanto asociaciones de comercio electrónico y
  autorregulación publicitaria como el Ministerio
  de Sanidad y Consumo, a través del Instituto
  Nacional de Consumo (INC).
Para hacer certificado digital:
• Camefirma
• http://www.camerfirma.com/mod_web/hucd/
• Agencia tributaria
• http://www.aeat.es/
• Fabrica nacional de moneda y timbre
• http://www.cert.fnmt.es/
• Seguridad social. Secretaría de estado
• Tesoro Público
•   http://www.tesoro.es/sp/index.asp
consejos prácticos para la compra online



1. Utilizar una tarjeta de crédito únicamente para
   sus compras on-line. Le será más fácil seguir
   la pista a cada adquisición que realice.

2. Fijarse en dónde está ubicada la tienda: para
   Internet no hay distancias, pero para Correos
   sí.
consejos prácticos para la compra online




3. Visite sitios-web que comparan precios en
  diferentes tiendas, sobre todo, cuando se trata
  de productos idénticos (electrónica, discos,
  libros). Cuando los dos comercios tienen la
  misma credibilidad, no merece la pena pagar
  más por lo mismo
consejos prácticos para la compra on-line



5. Compruebe que la empresa tiene un
  teléfono de contacto y una dirección
  postal. Un correo electrónico y la dirección
  de una web no son suficientes para
  descubrir quién se encuentra detrás del
  ordenador.
consejos prácticos para la compra on-line

6. Muchas tiendas virtuales ofrecen la
  posibilidad de publicar un comentario a los
  clientes que ya han completado la
  compra. Lea todas las opiniones sobre el
  producto deseado

7. Exija que la transacción se efectúe sobre
  un servidor seguro
consejos prácticos para la compra on-line

• Use su intuición No sea ingenuo, si el precio del
  producto que desea comprar es demasiado bajo
  para ser real, seguramente es que no lo es.
• Conozca el sitio antes de comprar. Desconfíe de
  las empresas que no tienen dirección física y
  que sólo facilitan un número de móvil para
  contactar.
• Si existe dirección física, trate de verificarla. Una
  opción es buscar la calle en un callejero online
  de la ciudad.
consejos prácticos para la compra on-line

• Llame al número de teléfono que le facilitan para
  asegurarse de que la empresa existe.
• Por último, evalúe el sitio:
   – ¿Hay algo sospechoso en la publicidad de un
     producto o negocio?
   – ¿Están demasiado bajos los precios?
   – ¿Es un negocio nuevo?
   – ¿El sitio tiene errores ortográficos y
     gramaticales?
   – ¿Nadie contesta el teléfono de la empresa?
consejos prácticos para la compra on-line

  Un negocio que no facilita una dirección posta,o
   física puede ser una señal de precaución.
• Si usted tiene alguna sospecha del
  negocio, no dude en hacer sus compras
  en otro sitio.
• Haga sus compras en sitios seguros
  ¿Cómo identificar un sitio seguro?:
consejos prácticos para la compra on-line

– Vea la ventana donde se localiza la dirección
  electrónica del negocio. Ahí encontrará las
  letras "https://". La "s" al final significa que el
  sitio es seguro, aunque en ocasiones la "s"
  sólo aparece en la página de pago.
– Otra manera de saber si el sitio es seguro es
  observando un candado que se encuentra al
  pie de la página. Un candado abierto indica
  que lo más probable es que el sitio no es
  seguro.
consejos prácticos para la compra on-line

  El tercer indicador es una llave al pie de página.
     Una
  llave entera significa un sitio seguro.

• Infórmese de las Condiciones Generales de
  Contratación de la página web La empresa debe
  facilitar esta información al usuario. Si necesita
  alguna aclaración sobre estas condiciones, no
  dude en contactar con la empresa.
• Antes de realizar una compra conozca
consejos prácticos para la compra on-line

El proceso de entrega del producto:
   • ¿Existen restricciones de entrega
     geográficas o de algún otro tipo?
   • ¿Hay otras opciones de entrega?
   • ¿Quién pagará por los costes del correo?
   • ¿Existe algún tipo de seguro para la
     entrega del producto?
   • ¿Cuáles son los costes de entrega?
consejos prácticos para la compra on-line

• Los procedimientos de reparación, reembolso y
  cancelación
• ¿Quién paga por los costes del correo?
• En el caso de devolver el producto, ¿recibirá
  crédito de tienda o un reembolso directo a su
  tarjeta de crédito? Si recibe crédito de tienda,
  pregunte si existe una fecha límite para usarlo.
consejos prácticos para la compra on-line

• Lea la política de privacidad y seguridad
  del sitio Todas las empresas que ofrecen
  sus productos en internet deben ofrece
  información sobre su transacción y sobre
  el tratamiento que van a dar a sus datos
  personales.
• Puede conocer esa información en una
  sección llamada "Política de Privacidad" o
  “Declaración de privacidad”.
consejos prácticos para la compra on-line

• A la hora de comprar, proporcione la mínima
  cantidad de información posible Hay información
  clave, como su nombre y dirección, que se debe
  de facilitar al comprar un producto por internet.
  Sin embargo, es común que un negocio solicite
  más información. Puede que le pregunten sobre
  sus hábitos de ocio o sobre sus ingresos. Esta
  información se utiliza a veces con fines
  comerciales, como mandar correos electrónicos
  "spam" (masivo), correspondencia directa o
  llamadas telefónicas
consejos prácticos para la compra on-line

• Jamás conteste a una pregunta que usted
  considere no apropiada para la transacción. La
  mayoría de los sitios identifican la información
  obligatoria con un asterisco (*). Si algún negocio
  solicita obligatoriamente información que usted
  considera no apropiada, busque otro lugar para
  realizar su compra.
consejos prácticos para la compra on-line

• Mantenga fotocopias de sus transacciones Al
  finalizar el proceso de compra debe de aparecer
  una página que resume su transacción y
  posteriormente, recibirá un correo electrónico de
  transacción. Imprímalos y quédese con una
  copia de estos documentos y de todos los
  mensajes que intercambie con la empresa.
consejos prácticos para la compra on-line



• Además, imprima la página que contiene el
  nombre del negocio, la dirección, el número
  telefónico y los términos legales de su compra.
  Como precaución, recomendamos que archive
  esta información hasta que termine el periodo
  de garantía del producto.

Fuente:
  http://cec.consumoinc.es/cec/secciones/Ayuda/Consejos
  /Comprar_Internet_es.asp.html
consejos prácticos para la compra on-line

• Si es posible, use una tarjeta de crédito con un
  "número de tarjeta substituto". Esta nueva
  tecnología, cada vez más usada, permite al
  consumidor usar su número de tarjeta de
  crédito, sin escribir nunca el verdadero número.
  Emisores importantes de tarjetas de crédito ya
  están aplicando esta técnica. Consulte con
  quien le proporciona la tarjeta, si dicha opción
  está       disponible       en      su      país.

  http://cec.consumo-
  inc.es/cec/secciones/Ayuda/Derechos/Espana/Derechos/Comercio_
  electronico_es.asp#Validez
consejos prácticos para la compra on-line

  Verifique cualquier transacción. Si un sitio Web
  luce un nombre diferente al de la organización o
  compañía en que usted está confiando, o si
  usted tiene cualquier duda sobre su veracidad,
  busque en el mismo sitio un número telefónico
  al cuál conectarse para obtener más datos. No
  se ocupe jamás de compañías

http://diariored.com/blog/ana/archivo/000525.php
consejos prácticos para la compra on-line

en Explorer se cierra el candado y en Netscap
  aparece una llave), pero no se confíe. Los
  servidores seguros son imprescindibles, pero no
  suficientes para salvaguardar su seguridad.

• Fuente:
  http://revista.consumer.es/web/es/20010501/inte
  rnet/26970.php
Red.es - AECE
Estudio sobre Comercio Electrónico B2C 2005 (Junio 2005)
http://observatorio.red.es/indicadores/areas/ciudadanos/internet/consumidor_final.html
http://observatorio.red.es/indicadores/areas/ciudadanos/inter
net/consumidor_nocompra.html
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/presentacion_uso_perfil
.pdf pág. 5
•http://observatorio.red.es/indicadores/areas/ciudadanos/seguridad/internaut
as_seguridad.html
• La legislación comunitaria protege igualmente a
  los consumidores cuando realizan compras por
  correo, Internet, televenta y otro tipo de compras
  a distancia. La legislación comunitaria prohíbe
  estrategias como la «venta forzosa» (enviar
  bienes que no se han solicitado y exigir
  posteriormente su pago)
  http://europa.eu.int/comm/consumers/cons_info/
  10principles/es.pdf
• Si solicita un producto o un servicio
  mediante Internet, correo o teléfono puede
  anular el contrato, sin tener que dar
  explicaciones, hasta siete días laborables
  después. En el caso de algunos servicios
  financieros, dispone de hasta catorce días
  naturales para anularlo.
direcciones de interés


Asociación española de comercio electrónico
http://www.aece.org/
Asociación de usuarios de la comunicación
http://www.auc.es/Paginas/inicio.htm
Asociación para la autorregulación de la
  comunicación comercial
http://www.autocontrol.es/data/paginas/menu.htm
Federación de comercio electrónico y márketing
  directo
http://www.fecemd.org/
http://www.consumo-inc.es/informes/interior/estudios/frame/pdf/Consu_tecnologia.PDF, pa.9
11
http://www.auc.es/docum/docum04/docu12.pdf
19
http://www.aece.org/noticias2.asp?noti=1004 pág.4
http://www.aece.org/noticias2.asp?noti=1004 pág. 5
http://www.consumo-inc.es/informes/interior/estudios/frame/pdf/Consu_tecnologia.P
 pág. 13
http://www.auc.es/docum/docum04/docu12.pdf
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf


13cvcbcb
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf
15
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf
16
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf 17
PERFIL DEL INTERNAUTA COMPRADOR

• El perfil del internauta comprador continúa
   siendo muy similar al perfil del internauta en
   general, caracterizándose por:
• mayor proporción de hombres
• edades entre 25 y 44 años
• estudios universitarios
• el nivel de ingresos típico es de 1.201€ a 2.400€
   mensuales



http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf 22
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf
23
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf 27
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf 28
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf
Pag.37
acceso a los productos que se desean comprar


 buscadores/ portales = 71,3%
 directamente web vendedor= 21,6%
 boca a boca = 6,4%
 revistas generales/especializadas = 5,2%
 banners o enlaces a alguna web = 3,8%
acceso a los productos que se desean comprar


  e-mail = 3,4%
  anuncios tv =2,0%
  comparadores de precios= 1,4%
  anuncios prensa escrita: 1,2%
  catálogos en papel: 0,9%
  nunca ha buscado/sólo vio un anuncio y lo
   compró= 0,6 %
Fuente: Red. Es/AECED- Fecemd
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf
(pág.34)
Fuente: Red. Es/AECED- Fecemd
http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf
(pág.36)
transaciones seguras


• Autenticidad: todas las entidades participantes
  en la transacción deben estar perfecta y
  debidamente identificadas antes de comenzar la
  misma. Debemos estar seguros de que la
  persona con la que nos comunicamos es
  realmente quién dice ser, ya que si no podemos
  estar facilitando datos íntimos y/o sensibles a
  una persona o entidad no deseada, que puede
  hacer con ellos luego lo que le venga en gana.


          taller de comercio electrónico
transaciones seguras


• En las comunicaciones "normales" entre dos
  personas casi siempre se dispone se alguna
  forma de comprobación de la Autenticidad. Si
  hablamos en directo con alguien, sabemos
  quién es, y si no lo sabemos podemos poner
  límites a la información que le facilitamos. En
  una conversación telefónica podemos oir la voz
  de nuestro interlocutor, y si lo concemos bien es
  muy dificil que otra persona se pueda hacer
  pasar por él.
• http://www.htmlweb.net/seguridad/ssl/ssl_2.html
certificados digitales


• Certificados Digitales o Certificados
  Electrónicos, documentos electrónicos
  basados en la criptografía de clave pública y en
  el sistema de firmas digitales (ver manual de
  Cripografía para más datos). La misión principal
  de un Certificado Digital es garantizar con toda
  confianza el vínculo existente entre una
  persona, entidad o servidor web con una pareja
  de claves correspondientes a un sistema
  criptográfico de clave pública.
certificados digitales


• Un Certificado Digital es un documento
  electrónico que contiene datos identificativos de
  una persona o entidad (empresa, servidor web,
  etc.) y la llave pública de la misma, haciendose
  responsable de la autenticidad de los datos que
  figuran en el certificado otra persona o entidad
  de confianza, denominada Autoridad
  Certificadora. Las principales Autoridades
  Certificadoras actuales son Verisign (filial de
  RSA Data Security Inc.) y Thawte.

          taller de comercio electrónico
certificados digitales


• El sistema es análogo a otros de uso
  común, como en D.N.I. español, en el que
  una autoridad de confianza (el estado o la
  policía) atestigua que la persona
  portadora de dicho documento es quién
  dice ser.
certificados digitales


• Quién avala a la autoridad Certificadora?. Para
  solventar esto se han creado una serie de
  entidades autorizadas a emitir certificados, de
  tal forma que éstas a su vez son avaladas por
  otras entidades de mayor confianza, hasta llegar
  a la cabeza de la jerarquía, en la que figuran
  unas pocas entidades de reconocido prestigio y
  confianza, como Verisign, que se autofirman su
  certificado.




          taller de comercio electrónico
certificados digitales


• El certificado Digital vincula pués
  indisolublemente a una persona o entidad
  con una llave pública, y mediante el
  sistema de firma digital se asegura que el
  certificado que recibimos es realmente de
  la persona que consta en el mismo. El
  sistema de firma digital liga un documento
  digital con una clave de cifrado.
certificados digitales


• Cada certificado emitido por una AC debe estar
  firmado por una AC de mayor grado en el
  esquema        jerárquico    de       autoridades
  certificadoras, formándose así una cadena de
  certificados, en los que unas AC se avalan a
  otras hasta llegar a la AC superior, que se avala
  a sí misma. La jerárquía de firmas y la cadena
  con ella formada están contempladas en el
  estándar X.509 v3, que indica la forma correcta
  de realizar estas cadenas de certificaciones
certificados digitales


• El procedimiento de firma digital lo que hace es
  obtener un resumen de un documento o de un
  texto aleatorio y cifrarlo con llave privada del
  propietario del certificado. Cuando nos llega un
  certificado, y su firma digital asociada, tan sólo
  debemos obtener nosotros el resumen el
  mismo, descifrar la firma con la llave pública del
  remitente y comprobar que ambos resúmenes
  coinciden, lo que nos hace estar totalmente
  seguros de la autenticidad del certificado.
certificados digitales




http://www.htmlweb.net/seguridad/ssl/ssl_3.html
certificados digitales


• Se firma un resumen del documento y no
  el documento mismo para evitar ataques
  contra el sistema de cifrado RSA (por
  ejemplo, encriptar un documento
  especialmente concebido por un pirata,
  con lo que éste podría llegar a obtener la
  llave privada) y para no hacer el proceso
  demasiado lento.
certificados digitales


• Un año de validez (para evitar encriptaciones)
• existe la posibilidad de revocar o anular un
  certificado, y esta revocación puede llevarla a
  cabo el propietario del mismo, la Autoridad
  Certificadora o las autoridades judiciales.
• Lista de Certificados Revocados, CRL. Un
  CRL es pués un archivo, firmado por la
  Autoridad Certificadora, que contiene la fecha
  de emisión del mismo y una lista de certificados
  revocados, figurando para cada uno de ellos su
  número de identificación y la fecha en que ha
  sido revocado.
certificados digitales


• Los Certificados Digitales, como ya hemos
  dicho, son emitidos por las Autoridades de
  Certificación, entidades consideradas de
  confianza probada, como Verisign, Cybertrust o
  Nortel. Al hacerse responsables estas entidades
  de los certificados que emiten, dando fe de la
  relación existente entre los datos que figuran en
  un certificado y la persona o entidad que lo
  solicita, una de las tareas más importantes de
  las mismas en ejercer un control estricto sobre
  la exactitud y veracidad de los datos
  incorporados en el certificado
certificados digitales


• Imaginemos una situación extrema: un pirata
  informático sin escrúpulos crea una página igual
  en todo a la de nuestro banco y nos manda un
  correo diciéndonos que es el director de nuestra
  sucursal y que hay un problema con una de
  nuestras cuentas, ofreciéndonos un enlace para
  que entremos en las páginas del banco. Pero
  cuando pinchamos ese enlace resulta que nos
  lleva a su página falsificada, en la que nos pide
  que introduzcamos nuestras claves de acceso.
certificados digitales


• Para solicitar un certificado a una AC la persona o
  entidad interesada debe cumplir unos procedimientos
  previos, confecccionando un documento, denominado
  Requerimiento de Certificación, en el que deben
  figurar los datos representativos del solicitante (nombre
  personal o de empresa, domicilio personal o social,
  dominio asociado a la empresa y al servidor seguro,
  etc.) y su llave pública. También debe manifestar su
  voluntad de aceptar dicha llave pública y demostrar que
  es el propietario real de la llave privada asociada,
  mediante el firmado digital de un mensaje.
certificados digitales


• La presentación de todos estos datos ante la
  Autoridad     Certificadora     puede    acarrear
  problemas, al estar éstas normalmente muy
  distantes de los solicitantes. Para solventar esto
  se han creado unas entidades intermedias,
  conocidas como Autoridades Registradoras,
  autorizadas por las AC, y cuya misión es
  comprobar la validez de los datos presentados
  en el Requerimiento de Certificación. Una vez
  comprobados, las AR envía el OK a las AC, que
  emiten el correspondiente Certificado Digital
• http://www.elcorteingles.es/
• http://www.diazdesantos.es/cgi-
  bin/indice/index.html
• http://www.amazon.com/exec/obidos/subs
  t/home/home.html/103-0834254-6243031
• http://www.barrabes.com/home.asp
• Pero en nuestros viajes por la red no
  tenemos ninguna forma efectiva de saber
  con quién estamos comunicándonos.
  Podemos acudir a la página de una
  empresa, ver su dirección de dominio, ver
  en su pagina lo que nos dice, pero ¿cómo
  podemos saber que es realmente quien
  dice?.
• En cuanto lo hagamos y le demos al botón
  de enviar, el pirata se hará con ellas, con
  todo lo que ello puede significar.
• Lo ideal en este sentido sería que el
  cliente en una transacción de compra por
  Internet sólo debiera garantizar que es el
  legítimo propietario de la tarjeta de crédito
  que está usando en la misma, sin tener
  que hacer pública su identidad,
• Por muchas leyes de protección de datos
  que estén vigentes, La Autenticidad se
  consigue mediante el uso de los
  certificados y firmas digitales.

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  • 1. Taller de Comercio electrónico Escola Galega de Consumo. Instituto Galego de Consumo. Xunta de Galicia Gloria Gómez-Diago. Octubre 2006.
  • 2. contenidos Normativas • Correo Electrónico A ley de Servizos da Sociedade da • Información e do Comercio Electrónico (LSSI),
  • 3. contenidos Certificado Digital Transacciones Seguras Volumen de Negocio del Comercio Electrónico en España Perfil del Internauta Comprador Motivaciones de los usuarios para comprar en Internet Cómo llegan los usuarios, en su navegación, a los productos que compran
  • 4. Normativas. Correo electrónico A) Modificación da Ley 34/2002, do 11 de xullo, de Servizos da Sociedade da Información e Comercio Electrónico. artículo 21: Prohibición de comunicacións comerciais realizadas ao traverso do correo electrónico ou de medios de comunicación electrónica equivalentes
  • 5. Normativas. Correo electrónico • B) Modifícase o artigo 22 da Ley de Servicizos da Sociedade da Información e de Comercio Electrónico, coa seguinte redacción: «Artículo 22. Dereitos dos destinatarios de servicios.
  • 6. Normativas. Correo electrónico • 1. Queda prohibido o envío de comunicacións publicitarias ou promocionais polo correo electrónico ou outro medio de comunicación electrónica equivalente que previamente non foran solicitadas ou expresamente autorizadas polos destinatarios das mesmas
  • 7. Normativas. Correo electrónico • o destinatario poderá revocar en cualquera momento o consentimiento prestado á recepción de comunicacións comerciais coa simple notificación da súa vontade ao remitente. A tal efecto, os prestadores de servicios deberán habilitar procedentos sinxelos e gratuitos para que os destinatarios de servicios podan revocar o consentimiento que prestaran
  • 8. Normativas. Correo electrónico • Asimesmo, deberán facilitar información accesible por medios electrónicos sobre ditos procedimentos.
  • 9. Normativas. Correo electrónico 2. O disposto no apartado anterior non será de aplicación cuando exista unha relación contractual previa, sempre que 0 prestador obtivera de forma lícita os datos de contacto do destinatario o os empleara para o envío de comunicacións comerciais referentes a productos ou servizos da súa propia empresa que sean similares aos que inicialmente foron obxeto de contratación co cliente.
  • 10. Normativas. Correo electrónico • En todo caso, o prestador deberá ofrecer ao destinatario a posibilidade de oponerse ao tratamento dos seus datos con fins promocionais mediante un procedimiento sinxelo e gratuito, tanto no momento de recollida dos datos coma en cada unha das comunicacións comerciais que lle dirixa.
  • 11. Normativas. Correo electrónico • Modifícase o artículo 43.1 da Ley de Servizos da Sociedade da Información e de Comercio Electrónico, que quedará redactado como segue: • «1. A imposición de sancións polo incumplimiento do previsto nesta ley corresponderá, no caso de infracción moi graves, ao Ministro de Ciencia e Tecnoloxía e no de infraccións graves e leves, ao Secretario de Estado de Telecomunicacións e para a Sociedade
  • 12. Normativas. Correo electrónico 2. Cando os prestadores de servizos empregen dispositivos de almacenamento e recuperación de datos en equipos terminais, informarán aos destinatarios de manera clara e completa sobre a súa utilización e finalidade, ofreciéndoles la posibilidad de rechazar el tratamiento de los datos mediante un procedimiento sencillo y gratuito.
  • 13. Normativas. Correo electrónico • Lo anterior no impedirá el posible almacenamiento o acceso a datos con el fin de efectuar o facilitar técnicamente la transmisión de una comunicación por una red de comunicaciones electrónicas o, en la medida que resulte estrictamente necesario, para la prestación de un servicio de la sociedad de la información expresamente solicitado por el destinatario.»
  • 14. La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI) La Ley de Servicios de la Sociedad de la Información y de Comercio Electrónico (LSSI), en vigor desde julio de 2002, ata los cabos sueltos en el medio digital en cuanto a comercio y publicidad. Estos aspectos, regidos anteriormente por la Ley de Ordenación de Comercio Minorista de 1996 y
  • 15. ¿cuál es la ley que protege al consumidor en internet? • Anteriormente a la aparición de la LSSI, los conflictos en la Red reflejaban en muchos casos la desprotección del consumidor. Actualmente, además de la vía judicial, existe la alternativa de los órganos de arbitraje, en los que participan tanto asociaciones de comercio electrónico y autorregulación publicitaria como el Ministerio de Sanidad y Consumo, a través del Instituto Nacional de Consumo (INC).
  • 16. Para hacer certificado digital: • Camefirma • http://www.camerfirma.com/mod_web/hucd/ • Agencia tributaria • http://www.aeat.es/ • Fabrica nacional de moneda y timbre • http://www.cert.fnmt.es/ • Seguridad social. Secretaría de estado • Tesoro Público • http://www.tesoro.es/sp/index.asp
  • 17. consejos prácticos para la compra online 1. Utilizar una tarjeta de crédito únicamente para sus compras on-line. Le será más fácil seguir la pista a cada adquisición que realice. 2. Fijarse en dónde está ubicada la tienda: para Internet no hay distancias, pero para Correos sí.
  • 18. consejos prácticos para la compra online 3. Visite sitios-web que comparan precios en diferentes tiendas, sobre todo, cuando se trata de productos idénticos (electrónica, discos, libros). Cuando los dos comercios tienen la misma credibilidad, no merece la pena pagar más por lo mismo
  • 19. consejos prácticos para la compra on-line 5. Compruebe que la empresa tiene un teléfono de contacto y una dirección postal. Un correo electrónico y la dirección de una web no son suficientes para descubrir quién se encuentra detrás del ordenador.
  • 20. consejos prácticos para la compra on-line 6. Muchas tiendas virtuales ofrecen la posibilidad de publicar un comentario a los clientes que ya han completado la compra. Lea todas las opiniones sobre el producto deseado 7. Exija que la transacción se efectúe sobre un servidor seguro
  • 21. consejos prácticos para la compra on-line • Use su intuición No sea ingenuo, si el precio del producto que desea comprar es demasiado bajo para ser real, seguramente es que no lo es. • Conozca el sitio antes de comprar. Desconfíe de las empresas que no tienen dirección física y que sólo facilitan un número de móvil para contactar. • Si existe dirección física, trate de verificarla. Una opción es buscar la calle en un callejero online de la ciudad.
  • 22. consejos prácticos para la compra on-line • Llame al número de teléfono que le facilitan para asegurarse de que la empresa existe. • Por último, evalúe el sitio: – ¿Hay algo sospechoso en la publicidad de un producto o negocio? – ¿Están demasiado bajos los precios? – ¿Es un negocio nuevo? – ¿El sitio tiene errores ortográficos y gramaticales? – ¿Nadie contesta el teléfono de la empresa?
  • 23. consejos prácticos para la compra on-line Un negocio que no facilita una dirección posta,o física puede ser una señal de precaución. • Si usted tiene alguna sospecha del negocio, no dude en hacer sus compras en otro sitio. • Haga sus compras en sitios seguros ¿Cómo identificar un sitio seguro?:
  • 24. consejos prácticos para la compra on-line – Vea la ventana donde se localiza la dirección electrónica del negocio. Ahí encontrará las letras "https://". La "s" al final significa que el sitio es seguro, aunque en ocasiones la "s" sólo aparece en la página de pago. – Otra manera de saber si el sitio es seguro es observando un candado que se encuentra al pie de la página. Un candado abierto indica que lo más probable es que el sitio no es seguro.
  • 25. consejos prácticos para la compra on-line El tercer indicador es una llave al pie de página. Una llave entera significa un sitio seguro. • Infórmese de las Condiciones Generales de Contratación de la página web La empresa debe facilitar esta información al usuario. Si necesita alguna aclaración sobre estas condiciones, no dude en contactar con la empresa. • Antes de realizar una compra conozca
  • 26. consejos prácticos para la compra on-line El proceso de entrega del producto: • ¿Existen restricciones de entrega geográficas o de algún otro tipo? • ¿Hay otras opciones de entrega? • ¿Quién pagará por los costes del correo? • ¿Existe algún tipo de seguro para la entrega del producto? • ¿Cuáles son los costes de entrega?
  • 27. consejos prácticos para la compra on-line • Los procedimientos de reparación, reembolso y cancelación • ¿Quién paga por los costes del correo? • En el caso de devolver el producto, ¿recibirá crédito de tienda o un reembolso directo a su tarjeta de crédito? Si recibe crédito de tienda, pregunte si existe una fecha límite para usarlo.
  • 28. consejos prácticos para la compra on-line • Lea la política de privacidad y seguridad del sitio Todas las empresas que ofrecen sus productos en internet deben ofrece información sobre su transacción y sobre el tratamiento que van a dar a sus datos personales. • Puede conocer esa información en una sección llamada "Política de Privacidad" o “Declaración de privacidad”.
  • 29. consejos prácticos para la compra on-line • A la hora de comprar, proporcione la mínima cantidad de información posible Hay información clave, como su nombre y dirección, que se debe de facilitar al comprar un producto por internet. Sin embargo, es común que un negocio solicite más información. Puede que le pregunten sobre sus hábitos de ocio o sobre sus ingresos. Esta información se utiliza a veces con fines comerciales, como mandar correos electrónicos "spam" (masivo), correspondencia directa o llamadas telefónicas
  • 30. consejos prácticos para la compra on-line • Jamás conteste a una pregunta que usted considere no apropiada para la transacción. La mayoría de los sitios identifican la información obligatoria con un asterisco (*). Si algún negocio solicita obligatoriamente información que usted considera no apropiada, busque otro lugar para realizar su compra.
  • 31. consejos prácticos para la compra on-line • Mantenga fotocopias de sus transacciones Al finalizar el proceso de compra debe de aparecer una página que resume su transacción y posteriormente, recibirá un correo electrónico de transacción. Imprímalos y quédese con una copia de estos documentos y de todos los mensajes que intercambie con la empresa.
  • 32. consejos prácticos para la compra on-line • Además, imprima la página que contiene el nombre del negocio, la dirección, el número telefónico y los términos legales de su compra. Como precaución, recomendamos que archive esta información hasta que termine el periodo de garantía del producto. Fuente: http://cec.consumoinc.es/cec/secciones/Ayuda/Consejos /Comprar_Internet_es.asp.html
  • 33. consejos prácticos para la compra on-line • Si es posible, use una tarjeta de crédito con un "número de tarjeta substituto". Esta nueva tecnología, cada vez más usada, permite al consumidor usar su número de tarjeta de crédito, sin escribir nunca el verdadero número. Emisores importantes de tarjetas de crédito ya están aplicando esta técnica. Consulte con quien le proporciona la tarjeta, si dicha opción está disponible en su país. http://cec.consumo- inc.es/cec/secciones/Ayuda/Derechos/Espana/Derechos/Comercio_ electronico_es.asp#Validez
  • 34. consejos prácticos para la compra on-line Verifique cualquier transacción. Si un sitio Web luce un nombre diferente al de la organización o compañía en que usted está confiando, o si usted tiene cualquier duda sobre su veracidad, busque en el mismo sitio un número telefónico al cuál conectarse para obtener más datos. No se ocupe jamás de compañías http://diariored.com/blog/ana/archivo/000525.php
  • 35. consejos prácticos para la compra on-line en Explorer se cierra el candado y en Netscap aparece una llave), pero no se confíe. Los servidores seguros son imprescindibles, pero no suficientes para salvaguardar su seguridad. • Fuente: http://revista.consumer.es/web/es/20010501/inte rnet/26970.php
  • 36. Red.es - AECE Estudio sobre Comercio Electrónico B2C 2005 (Junio 2005) http://observatorio.red.es/indicadores/areas/ciudadanos/internet/consumidor_final.html
  • 40. • La legislación comunitaria protege igualmente a los consumidores cuando realizan compras por correo, Internet, televenta y otro tipo de compras a distancia. La legislación comunitaria prohíbe estrategias como la «venta forzosa» (enviar bienes que no se han solicitado y exigir posteriormente su pago) http://europa.eu.int/comm/consumers/cons_info/ 10principles/es.pdf
  • 41. • Si solicita un producto o un servicio mediante Internet, correo o teléfono puede anular el contrato, sin tener que dar explicaciones, hasta siete días laborables después. En el caso de algunos servicios financieros, dispone de hasta catorce días naturales para anularlo.
  • 42. direcciones de interés Asociación española de comercio electrónico http://www.aece.org/ Asociación de usuarios de la comunicación http://www.auc.es/Paginas/inicio.htm Asociación para la autorregulación de la comunicación comercial http://www.autocontrol.es/data/paginas/menu.htm Federación de comercio electrónico y márketing directo http://www.fecemd.org/
  • 53. PERFIL DEL INTERNAUTA COMPRADOR • El perfil del internauta comprador continúa siendo muy similar al perfil del internauta en general, caracterizándose por: • mayor proporción de hombres • edades entre 25 y 44 años • estudios universitarios • el nivel de ingresos típico es de 1.201€ a 2.400€ mensuales http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf 22
  • 58. acceso a los productos que se desean comprar  buscadores/ portales = 71,3%  directamente web vendedor= 21,6%  boca a boca = 6,4%  revistas generales/especializadas = 5,2%  banners o enlaces a alguna web = 3,8%
  • 59. acceso a los productos que se desean comprar  e-mail = 3,4%  anuncios tv =2,0%  comparadores de precios= 1,4%  anuncios prensa escrita: 1,2%  catálogos en papel: 0,9%  nunca ha buscado/sólo vio un anuncio y lo compró= 0,6 % Fuente: Red. Es/AECED- Fecemd http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf (pág.34)
  • 60. Fuente: Red. Es/AECED- Fecemd http://observatorio.red.es/estudios/documentos/estudio%20_b2c_2005.pdf (pág.36)
  • 61. transaciones seguras • Autenticidad: todas las entidades participantes en la transacción deben estar perfecta y debidamente identificadas antes de comenzar la misma. Debemos estar seguros de que la persona con la que nos comunicamos es realmente quién dice ser, ya que si no podemos estar facilitando datos íntimos y/o sensibles a una persona o entidad no deseada, que puede hacer con ellos luego lo que le venga en gana. taller de comercio electrónico
  • 62. transaciones seguras • En las comunicaciones "normales" entre dos personas casi siempre se dispone se alguna forma de comprobación de la Autenticidad. Si hablamos en directo con alguien, sabemos quién es, y si no lo sabemos podemos poner límites a la información que le facilitamos. En una conversación telefónica podemos oir la voz de nuestro interlocutor, y si lo concemos bien es muy dificil que otra persona se pueda hacer pasar por él. • http://www.htmlweb.net/seguridad/ssl/ssl_2.html
  • 63. certificados digitales • Certificados Digitales o Certificados Electrónicos, documentos electrónicos basados en la criptografía de clave pública y en el sistema de firmas digitales (ver manual de Cripografía para más datos). La misión principal de un Certificado Digital es garantizar con toda confianza el vínculo existente entre una persona, entidad o servidor web con una pareja de claves correspondientes a un sistema criptográfico de clave pública.
  • 64. certificados digitales • Un Certificado Digital es un documento electrónico que contiene datos identificativos de una persona o entidad (empresa, servidor web, etc.) y la llave pública de la misma, haciendose responsable de la autenticidad de los datos que figuran en el certificado otra persona o entidad de confianza, denominada Autoridad Certificadora. Las principales Autoridades Certificadoras actuales son Verisign (filial de RSA Data Security Inc.) y Thawte. taller de comercio electrónico
  • 65. certificados digitales • El sistema es análogo a otros de uso común, como en D.N.I. español, en el que una autoridad de confianza (el estado o la policía) atestigua que la persona portadora de dicho documento es quién dice ser.
  • 66. certificados digitales • Quién avala a la autoridad Certificadora?. Para solventar esto se han creado una serie de entidades autorizadas a emitir certificados, de tal forma que éstas a su vez son avaladas por otras entidades de mayor confianza, hasta llegar a la cabeza de la jerarquía, en la que figuran unas pocas entidades de reconocido prestigio y confianza, como Verisign, que se autofirman su certificado. taller de comercio electrónico
  • 67. certificados digitales • El certificado Digital vincula pués indisolublemente a una persona o entidad con una llave pública, y mediante el sistema de firma digital se asegura que el certificado que recibimos es realmente de la persona que consta en el mismo. El sistema de firma digital liga un documento digital con una clave de cifrado.
  • 68. certificados digitales • Cada certificado emitido por una AC debe estar firmado por una AC de mayor grado en el esquema jerárquico de autoridades certificadoras, formándose así una cadena de certificados, en los que unas AC se avalan a otras hasta llegar a la AC superior, que se avala a sí misma. La jerárquía de firmas y la cadena con ella formada están contempladas en el estándar X.509 v3, que indica la forma correcta de realizar estas cadenas de certificaciones
  • 69. certificados digitales • El procedimiento de firma digital lo que hace es obtener un resumen de un documento o de un texto aleatorio y cifrarlo con llave privada del propietario del certificado. Cuando nos llega un certificado, y su firma digital asociada, tan sólo debemos obtener nosotros el resumen el mismo, descifrar la firma con la llave pública del remitente y comprobar que ambos resúmenes coinciden, lo que nos hace estar totalmente seguros de la autenticidad del certificado.
  • 71. certificados digitales • Se firma un resumen del documento y no el documento mismo para evitar ataques contra el sistema de cifrado RSA (por ejemplo, encriptar un documento especialmente concebido por un pirata, con lo que éste podría llegar a obtener la llave privada) y para no hacer el proceso demasiado lento.
  • 72. certificados digitales • Un año de validez (para evitar encriptaciones) • existe la posibilidad de revocar o anular un certificado, y esta revocación puede llevarla a cabo el propietario del mismo, la Autoridad Certificadora o las autoridades judiciales. • Lista de Certificados Revocados, CRL. Un CRL es pués un archivo, firmado por la Autoridad Certificadora, que contiene la fecha de emisión del mismo y una lista de certificados revocados, figurando para cada uno de ellos su número de identificación y la fecha en que ha sido revocado.
  • 73. certificados digitales • Los Certificados Digitales, como ya hemos dicho, son emitidos por las Autoridades de Certificación, entidades consideradas de confianza probada, como Verisign, Cybertrust o Nortel. Al hacerse responsables estas entidades de los certificados que emiten, dando fe de la relación existente entre los datos que figuran en un certificado y la persona o entidad que lo solicita, una de las tareas más importantes de las mismas en ejercer un control estricto sobre la exactitud y veracidad de los datos incorporados en el certificado
  • 74. certificados digitales • Imaginemos una situación extrema: un pirata informático sin escrúpulos crea una página igual en todo a la de nuestro banco y nos manda un correo diciéndonos que es el director de nuestra sucursal y que hay un problema con una de nuestras cuentas, ofreciéndonos un enlace para que entremos en las páginas del banco. Pero cuando pinchamos ese enlace resulta que nos lleva a su página falsificada, en la que nos pide que introduzcamos nuestras claves de acceso.
  • 75. certificados digitales • Para solicitar un certificado a una AC la persona o entidad interesada debe cumplir unos procedimientos previos, confecccionando un documento, denominado Requerimiento de Certificación, en el que deben figurar los datos representativos del solicitante (nombre personal o de empresa, domicilio personal o social, dominio asociado a la empresa y al servidor seguro, etc.) y su llave pública. También debe manifestar su voluntad de aceptar dicha llave pública y demostrar que es el propietario real de la llave privada asociada, mediante el firmado digital de un mensaje.
  • 76. certificados digitales • La presentación de todos estos datos ante la Autoridad Certificadora puede acarrear problemas, al estar éstas normalmente muy distantes de los solicitantes. Para solventar esto se han creado unas entidades intermedias, conocidas como Autoridades Registradoras, autorizadas por las AC, y cuya misión es comprobar la validez de los datos presentados en el Requerimiento de Certificación. Una vez comprobados, las AR envía el OK a las AC, que emiten el correspondiente Certificado Digital
  • 77. • http://www.elcorteingles.es/ • http://www.diazdesantos.es/cgi- bin/indice/index.html • http://www.amazon.com/exec/obidos/subs t/home/home.html/103-0834254-6243031 • http://www.barrabes.com/home.asp
  • 78. • Pero en nuestros viajes por la red no tenemos ninguna forma efectiva de saber con quién estamos comunicándonos. Podemos acudir a la página de una empresa, ver su dirección de dominio, ver en su pagina lo que nos dice, pero ¿cómo podemos saber que es realmente quien dice?.
  • 79. • En cuanto lo hagamos y le demos al botón de enviar, el pirata se hará con ellas, con todo lo que ello puede significar. • Lo ideal en este sentido sería que el cliente en una transacción de compra por Internet sólo debiera garantizar que es el legítimo propietario de la tarjeta de crédito que está usando en la misma, sin tener que hacer pública su identidad,
  • 80. • Por muchas leyes de protección de datos que estén vigentes, La Autenticidad se consigue mediante el uso de los certificados y firmas digitales.