2. 0 La Lex Artis Medica o “ley del arte medico” corresponde al
conjunto de normas o criterios valorativos que permiten que el
médico o profesional de la salud actué en forma correcta
usando todos los recursos que sus
conocimientos, habilidades, destrezas y formación le
permiten, manteniendo como principio fundamental en su
actuar la búsqueda del bien del paciente por sobre cualquier
otro interés, tomando siempre en cuenta el lugar geográfico en
la cual se realiza la prestación, los apoyos tecnológicos que se
tenga y la oportunidad en que se prestó la atención.
3. 0 Debemos tener claro que la medicina no es una ciencia
exacta, por lo que no pueden asegurar resultados
favorables en todos los casos.
Limitaciones
Propias del
profesional
En la interpretación de la información,
como cuando el cuadro clínico no se ha
manifestado completamente y por
ende realiza una mala toma de
decisiones
Propias del
paciente
Paciente no comprende los riesgos y
beneficios de un procedimiento
diagnóstico o terapéutico, y este no
brinda toda la información necesaria
para que el clínico logre desarrollar un
buen diagnóstico y plan de tratamiento
Circunstancias
El ambiente en que se da la relación
clínica pueden limitar la certeza del
diagnóstico y la eficacia de medidas
terapéuticas, por ejemplo, falta de
recursos o instrumentos diagnósticos
4. 0 Por lo tanto la lex artis con la cual va a ser evaluado un
profesional no será la misma para el médico u odontólogo
General de Zona, en el cual las circunstancias en que está
ejerciendo la medicina o la odontología son bastante
precarias en donde no siempre se podrá realizar un
tratamiento ideal, pero sí el tratamiento más adecuado de
acuerdo a los recursos disponibles, que aquel profesional
que ejerce en una clínica privada u hospital público, en la
cual cuenta con mayor cantidad de recursos.
5. 0 La lex artis determina la forma en que cualquier profesional
promedio habría actuado frente a las mismas circunstancias,
evaluando el denominado “riesgo permitido”. Enfrentado a una
situación de enfermedad el profesional utiliza técnicas
quirúrgicas, terapias farmacológicas, no exentas de riesgo, pero
que buscan un bien
superior. Por lo tanto
el profesional tiene
la facultad de
someter al paciente a
este “riesgo
permitido” si está en
juego su salud y vida,
eso será en definitiva
lo que el peritaje
terminará evaluando.
6. 0 Hay que tener claro que el ejercicio profesional no se basa solo en la
competencia del médico en la toma de decisiones frente a una situación
clínica determinada, eso sería reducir el acto médico a la idea de la
aplicación del conocimiento del experto en una determinada área del
conocimiento. Debemos saber que además existen actitudes de alto valor
moral, que deben acompañar a todo acto médico. El actuar profesional
debe ser enriquecido con virtudes tales como:
Estas virtudes que deben
acompañar al acto médico
deben ser cultivadas por el
profesional a lo largo de su
vida. La relación clínica
adornada con estas virtudes
transforma al médico, de un
médico competente a un
médico bueno, en que además
de actuar como un experto
actúa como agente moral
Benevolencia
Compasión
Sinceridad
Prudencia en su
actuar
Cuidado
Conocer
responsablement
e los límites de
su capacidad
Respeto a la
autonomía del
paciente
7. 0 Como se ha señalado anteriormente la Medicina no es
una ciencia exacta, es más bien un arte de las
probabilidades. La existencia de matices en el curso
de una enfermedad que padece un paciente concreto y
las limitaciones o interpretaciones erradas de los
hechos clínicos por parte del médico, pueden inducir
al realización de un diagnóstico y tratamiento
erróneo. Este tipo de error, aunque no exime de
responsabilidad al médico que lo comete, no reviste la
gravedad de la negligencia médica. Se habla entonces
de un error excusable.
8. 0 Lo que se le pide al buen medico
es aplicar sus conocimientos,
habilidades y destrezas con
diligencia, compasión,
compartiendo con el paciente
autónomo la información
pertinente, haciéndole presente
sus dudas y certezas, tomando
en cuenta los valores y creencias
del paciente en la toma de
decisiones y actuando con
responsabilidad y prudencia
9. 0 El término malpraxis médica se utiliza para señalar conductas
impropias del profesional frente a un paciente, que no se siguen las
normas que señala la Lex Artis médica, pero en este caso no hay un
error de juicio por
parte del médico, sino
que, la actuación del
médico que está en
posesión de
conocimientos y
habilidades no ha sido
diligente, o este ha
actuado con impericia e imprudencia
frente a una situación clínica para la cual
no está capacitado. Este tipo de conducta
médica constituye un error médico
inexcusable y el médico debe responder
por esta negligencia médica