SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 12
ALUMNA: CATHERINE SARAVIA RAMIREZ
 Los derechos de los internos vienen a ser
aquellas garantías que el recluso tiene por
disposición de ley y obligación de las
autoridades penitenciarias, para asegurarse
su normal desenvolvimiento durante el
cumplimiento de su sentencia
condenatoria, la defensa de sus derechos
humanos, y sobretodo de exigir derechos
esenciales que coadyuven a su propia
resocialización o recuperación social.
 se establece que: “El interno debe observar
las disposiciones sobre orden, aseo y
disciplina”. Ello, conjuntamente con el
deber de respetar y obedecer a las
autoridades y funcionarios del Centro
Penitenciario, constituye una obligación
básica, que es piedra angular del
sistema, que basa sus efectos
resocializadores en la disciplina, el
tratamiento y el orden.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993:
El derecho de los reclusos y sentenciados de
ocupar establecimientos adecuados. (Art.
139 Inciso 21)
Derecho del Interno a la
reeducación, rehabilitación y
reincorporación a la sociedad (Art. 139
Inciso 22)
Principios sobre los derechos esenciales de los
internos ;
Artículo II, de su título preliminar, señala que
la ejecución penal tiene por objeto la
reeducación, rehabilitación y reincorporación
del penado a la sociedad. El Artículo V señala
que el régimen penitenciario se desarrolla
respetando los derechos del interno no
afectados por la condena. Asimismo, se precisa
que está prohibida toda discriminación
racial, social, política, religiosa, económica, c
ultural o de cualquier otra índole.
Derechos Generales
En tal sentido, el artículo 1º del
CEP, establece que: “El interno goza de los
mismos derechos que el ciudadano en
libertad, sin más limitaciones que las
impuestas por la ley y la sentencia
respectiva”.
 Reglamento del Código de Ejecución
Penal, aprobado por el Decreto Supremo N°
015-2003-JUS, establece que “el trabajo es
un elemento fundamental para la
rehabilitación del interno o interna.
 Conforme a la legislación penitenciaria
(artículo 65 CEP), el trabajo constituye un
deber-derecho del interno, que a la par que
contribuye a su rehabilitación, procura para
él una remuneración que le permitirá ayudar
en su propio sustento y colaborar con su
familia.
El interno tiene derecho a ocupar un ambiente
adecuado que permita la realización del
tratamiento penitenciario.
 Otros Derechos Importantes : Con la finalidad
de proteger la integridad física del interno, se
dispone que, al ingresar al establecimiento, sea
examinado por el servicio de salud.Cabe
resaltar el Artículo 76 del Código, que
establece que el interno tiene derecho a
alcanzar, mantener o recuperar el bienestar
físico y mental.
 Este reglamento dado por el Decreto
Supremo N.º 015-2003-JUS, establece en su
Artículo 3, que la ejecución de la pena se
cumplirá respetando los derechos
fundamentales de la persona consagrados en
la Constitución Política del Perú, y en el
resto del ordenamiento jurídico peruano.
 Mantener o recuperar el bienestar físico y mental;
 Tener acceso a una atención adecuada y oportuna de salud;
 Recibir agua apta para consumo humano y para su higiene personal;
 Recibir alimentación balanceada y en condiciones higiénicas;
 Acceder y ejercitar su defensa legal;
 Recibir educación en diversas modalidades;
 Acceder al trabajo en los Establecimientos Penitenciarios;
 Comunicarse periódicamente, en forma oral, escrita y en su propio idioma o dialecto, con
sus familiares, amigos y organismos e instituciones de asistencia penitenciaria;
 Comunicar inmediatamente a su familia o abogado dentro de las 24 horas, su ingreso o
traslado de otro Establecimiento Penitenciario. En el caso de los internos
extranjeros, esta comunicación deberá hacerse también a su representante diplomático o
consular;
 Ser informado por escrito sobre su situación jurídica y régimen penitenciario bajo el cual
se encuentra, así como acerca de sus derechos y obligaciones cuando ingrese y durante su
permanencia en el Establecimiento Penitenciario. En caso de ser analfabeto, esta
información deberá ser proporcionada en forma oral. La comunicación será hecha en un
idioma que el interno pueda entender; deberán agotarse para tal efecto todos los recursos
que sean posibles;
 Ser llamado por su nombre;
 Vestir su propia ropa. Puede preferir la que proporcione la Administración Penitenciaria.
En este caso, la ropa no deberá tener ninguna característica que afecte la dignidad de los
internos, salvo su identificación;
 Contar con un espacio físico adecuado para la atención de los niños en los
establecimientos penitenciarios para mujeres. En el caso de embarazo, a que no se utilice
ninguna clase de medios de coerción; y
 Formar agrupaciones culturales, deportivas, laborales, artísticas y religiosas.
 Mantener o recuperar el bienestar físico y mental.
 Tener acceso a una atención adecuada y oportuna de salud.
 Recibir agua apta para consumo humano y para su higiene personal.
 Recibir alimentación balanceada y en condiciones higiénicas.
 Acceder y ejercitar su defensa legal.
 Recibir educación en diversas modalidades.
 Acceder al trabajo en los Establecimientos Penitenciarios.
 Comunicarse periódicamente, en forma oral, escrita y en su propio idioma o dialecto, con
sus familiares, amigos y organismos e instituciones de asistencia penitenciaria.
 Comunicar inmediatamente a su familia o abogado dentro de las 24 horas, su ingreso o
traslado de otro Establecimiento Penitenciario. En el caso de los internos extranjeros, esta
comunicación deberá hacerse también a su representante diplomático o consular.
 Ser informado por escrito sobre su situación jurídica y régimen penitenciario bajo el cual se
encuentra, así como acerca de sus derechos y obligaciones cuando ingrese y durante su
permanencia en el Establecimiento Penitenciario. En caso de ser analfabeto, esta
información deberá ser proporcionada en forma oral. La comunicación será hecha en un
idioma que el interno pueda entender; deberán agotarse para tal efecto todos los recursos
que sean posibles.
 Ser llamado por su nombre.
 Vestir su propia ropa. Puede preferir la que proporcione la Administración Penitenciaria. En
este caso, la ropa no deberá tener ninguna característica que afecte la dignidad de los
internos, salvo su identificación.
 Contar con un espacio físico adecuado para la atención de los niños en los establecimientos
penitenciarios para mujeres. En el caso de embarazo, a que no se utilice ninguna clase de
medios de coerción.
 Formar agrupaciones culturales, deportivas, laborales, artísticas y religiosas.
 El Interno en la ley penitenciaria
nacional, conforme al Código de Ejecución Penal
y a su reglamento, se constituye en el sujeto
central provisto de derechos y
obligaciones, sobre el cual se concentra la
finalidad del régimen y legislación penitenciaria
peruana, en cuanto a la rehabilitación y
reinserción social de los mismos
reclusos, clasificándose los derechos de los
internos en aquellos que amparan sus derechos
esenciales, como en aquellos de competencia
penitenciaria para que pueda desenvolverse en
un régimen penitenciario adecuado y que facilite
su recuperación

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La actualidad más candente (20)

Inejecucion de las obligaciones c
Inejecucion de las obligaciones cInejecucion de las obligaciones c
Inejecucion de las obligaciones c
 
Prueba testimonial
Prueba testimonialPrueba testimonial
Prueba testimonial
 
Delitos Despojo, Daño en Propiedad Ajena y Abigeato
Delitos Despojo, Daño en Propiedad Ajena y Abigeato Delitos Despojo, Daño en Propiedad Ajena y Abigeato
Delitos Despojo, Daño en Propiedad Ajena y Abigeato
 
Cooperacion judicial int., exequatur y la extradicion
Cooperacion judicial int., exequatur y la extradicionCooperacion judicial int., exequatur y la extradicion
Cooperacion judicial int., exequatur y la extradicion
 
Ejecución de penas y el sistema penitenciario en la corte penal internacional
Ejecución de penas y el sistema penitenciario en la corte penal internacionalEjecución de penas y el sistema penitenciario en la corte penal internacional
Ejecución de penas y el sistema penitenciario en la corte penal internacional
 
Daño en pripiedad ajena
Daño en pripiedad ajenaDaño en pripiedad ajena
Daño en pripiedad ajena
 
Distinción entre cosa y bien
Distinción entre cosa y bienDistinción entre cosa y bien
Distinción entre cosa y bien
 
Responsabilidad por Hecho de los Animales
Responsabilidad por Hecho de los AnimalesResponsabilidad por Hecho de los Animales
Responsabilidad por Hecho de los Animales
 
ANALISIS SEMANA 02 .pdf
ANALISIS SEMANA 02 .pdfANALISIS SEMANA 02 .pdf
ANALISIS SEMANA 02 .pdf
 
Acciones derecho romano
Acciones derecho romanoAcciones derecho romano
Acciones derecho romano
 
Delito contra la cosa publica
Delito contra la cosa publicaDelito contra la cosa publica
Delito contra la cosa publica
 
La prueba documental proceso civil df
La prueba documental proceso civil dfLa prueba documental proceso civil df
La prueba documental proceso civil df
 
Procedimiento ordinario agrario
Procedimiento ordinario agrarioProcedimiento ordinario agrario
Procedimiento ordinario agrario
 
Sucesiones
Sucesiones Sucesiones
Sucesiones
 
Derecho penal el robo
Derecho penal el roboDerecho penal el robo
Derecho penal el robo
 
Delitos contra la inviolabilidad del domicilio, delitos contra la administrac...
Delitos contra la inviolabilidad del domicilio, delitos contra la administrac...Delitos contra la inviolabilidad del domicilio, delitos contra la administrac...
Delitos contra la inviolabilidad del domicilio, delitos contra la administrac...
 
Teoría romana sobre derechos reales de garantía
Teoría romana sobre derechos reales de garantíaTeoría romana sobre derechos reales de garantía
Teoría romana sobre derechos reales de garantía
 
Sistemas registrales.
Sistemas registrales.Sistemas registrales.
Sistemas registrales.
 
Garantia Constitucional: Habeas Corpus
Garantia Constitucional: Habeas CorpusGarantia Constitucional: Habeas Corpus
Garantia Constitucional: Habeas Corpus
 
MAPA CONCEPTUAL. SISTEMAS PROBATORIOS
MAPA CONCEPTUAL. SISTEMAS PROBATORIOSMAPA CONCEPTUAL. SISTEMAS PROBATORIOS
MAPA CONCEPTUAL. SISTEMAS PROBATORIOS
 

Destacado

presentación de la tesis Internet
presentación de la tesis Internetpresentación de la tesis Internet
presentación de la tesis Internet
Javier Contreras
 
Derechos de los niños y niñas indigenas
Derechos de los niños y niñas indigenasDerechos de los niños y niñas indigenas
Derechos de los niños y niñas indigenas
Gotemburgo Suecia
 
La ley del talión
La ley del taliónLa ley del talión
La ley del talión
jhoako
 
La teoria_del_conflicto
 La teoria_del_conflicto La teoria_del_conflicto
La teoria_del_conflicto
infoudch
 
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
mirtaderecho
 
Antecedentes del comercio y del derecho mercantil
Antecedentes del comercio y del derecho mercantilAntecedentes del comercio y del derecho mercantil
Antecedentes del comercio y del derecho mercantil
Corina Sangüeza
 

Destacado (20)

Proyecto hacinamiento carcelario
Proyecto hacinamiento carcelarioProyecto hacinamiento carcelario
Proyecto hacinamiento carcelario
 
presentación de la tesis Internet
presentación de la tesis Internetpresentación de la tesis Internet
presentación de la tesis Internet
 
Procedimiento para la reparacion de daños
Procedimiento para la reparacion de dañosProcedimiento para la reparacion de daños
Procedimiento para la reparacion de daños
 
3.1.3 venganza privada 01.10.13
3.1.3 venganza privada 01.10.133.1.3 venganza privada 01.10.13
3.1.3 venganza privada 01.10.13
 
Amplitud del campo victimologico y Las victimas del sistema penal
Amplitud del campo victimologico  y Las victimas del sistema penalAmplitud del campo victimologico  y Las victimas del sistema penal
Amplitud del campo victimologico y Las victimas del sistema penal
 
Responsabilidad del estado
Responsabilidad del estadoResponsabilidad del estado
Responsabilidad del estado
 
Rodriguezchristian
RodriguezchristianRodriguezchristian
Rodriguezchristian
 
Derechos y obligaciones de los presos
Derechos y obligaciones de los presosDerechos y obligaciones de los presos
Derechos y obligaciones de los presos
 
La Vìctima
La VìctimaLa Vìctima
La Vìctima
 
Derechos de los niños y niñas indigenas
Derechos de los niños y niñas indigenasDerechos de los niños y niñas indigenas
Derechos de los niños y niñas indigenas
 
Victimología presentación
Victimología presentaciónVictimología presentación
Victimología presentación
 
La ley del talión
La ley del taliónLa ley del talión
La ley del talión
 
Tipología y caracterología victimal
Tipología y caracterología victimalTipología y caracterología victimal
Tipología y caracterología victimal
 
La teoria_del_conflicto
 La teoria_del_conflicto La teoria_del_conflicto
La teoria_del_conflicto
 
La victimologìa
La victimologìaLa victimologìa
La victimologìa
 
Victimologia
VictimologiaVictimologia
Victimologia
 
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
Litigación oral (prisión preventiva y otras medidas cautelares pesonales)
 
Victimologia
VictimologiaVictimologia
Victimologia
 
Antecedentes del comercio y del derecho mercantil
Antecedentes del comercio y del derecho mercantilAntecedentes del comercio y del derecho mercantil
Antecedentes del comercio y del derecho mercantil
 
ELEMENTOS DE DERECHO MERCANTIL
ELEMENTOS DE DERECHO MERCANTILELEMENTOS DE DERECHO MERCANTIL
ELEMENTOS DE DERECHO MERCANTIL
 

Similar a Derechos y obligaciones_de_los_internos

Responsabilidad de el estado en centros penitenciarios [recuperado]
Responsabilidad de el estado en centros penitenciarios [recuperado]Responsabilidad de el estado en centros penitenciarios [recuperado]
Responsabilidad de el estado en centros penitenciarios [recuperado]
lariosmarquina
 
Guía para privados de libertad
Guía para privados de libertadGuía para privados de libertad
Guía para privados de libertad
Graciela Slekis Riffel
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
CEPGDO
 

Similar a Derechos y obligaciones_de_los_internos (20)

MANUAL_DDHH_GENCHI_FINAL.pdf
MANUAL_DDHH_GENCHI_FINAL.pdfMANUAL_DDHH_GENCHI_FINAL.pdf
MANUAL_DDHH_GENCHI_FINAL.pdf
 
Responsabilidad de el estado en centros penitenciarios [recuperado]
Responsabilidad de el estado en centros penitenciarios [recuperado]Responsabilidad de el estado en centros penitenciarios [recuperado]
Responsabilidad de el estado en centros penitenciarios [recuperado]
 
DERECHO, DEBERES Y GARANTIA
DERECHO, DEBERES Y GARANTIADERECHO, DEBERES Y GARANTIA
DERECHO, DEBERES Y GARANTIA
 
Código de ejecución penal1
Código de ejecución penal1Código de ejecución penal1
Código de ejecución penal1
 
6. trabajo 3
6. trabajo 36. trabajo 3
6. trabajo 3
 
Proyecto computo
Proyecto computoProyecto computo
Proyecto computo
 
Habeas corpus en el estado constitucional de derechos
Habeas corpus en el estado constitucional de derechosHabeas corpus en el estado constitucional de derechos
Habeas corpus en el estado constitucional de derechos
 
Habeas corpus en el estado constitucional de derechos
Habeas corpus en el estado constitucional de derechosHabeas corpus en el estado constitucional de derechos
Habeas corpus en el estado constitucional de derechos
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
 
Derechos humanos J. ivancho
Derechos humanos J. ivanchoDerechos humanos J. ivancho
Derechos humanos J. ivancho
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
 
Hablemos de penitenciarista
Hablemos de penitenciaristaHablemos de penitenciarista
Hablemos de penitenciarista
 
Guía para privados de libertad
Guía para privados de libertadGuía para privados de libertad
Guía para privados de libertad
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
 
Derechos humanos
Derechos humanosDerechos humanos
Derechos humanos
 
Derechos Humanos de los privados de Libertad
Derechos Humanos de los privados de Libertad Derechos Humanos de los privados de Libertad
Derechos Humanos de los privados de Libertad
 
Tema 2. Sujetos e Intervinientes en Ejecución Penal.pptx
Tema 2. Sujetos e Intervinientes en Ejecución Penal.pptxTema 2. Sujetos e Intervinientes en Ejecución Penal.pptx
Tema 2. Sujetos e Intervinientes en Ejecución Penal.pptx
 

Último

2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
naomivillacres0
 

Último (11)

Retiro de los fondo AFP en el Perú Año 2024
Retiro de los fondo AFP en el Perú Año 2024Retiro de los fondo AFP en el Perú Año 2024
Retiro de los fondo AFP en el Perú Año 2024
 
Manual Corporativo Cafe Daelicia en pdf.
Manual Corporativo Cafe Daelicia en pdf.Manual Corporativo Cafe Daelicia en pdf.
Manual Corporativo Cafe Daelicia en pdf.
 
Patologia General DRA Tiñini Banknco.pdf
Patologia General DRA Tiñini Banknco.pdfPatologia General DRA Tiñini Banknco.pdf
Patologia General DRA Tiñini Banknco.pdf
 
DIARIO EL PERUANO 19-06-202hhhhhhhh3.pdf
DIARIO EL PERUANO 19-06-202hhhhhhhh3.pdfDIARIO EL PERUANO 19-06-202hhhhhhhh3.pdf
DIARIO EL PERUANO 19-06-202hhhhhhhh3.pdf
 
Explora el boletín del 3 de mayo de 2024
Explora el boletín del 3 de mayo de 2024Explora el boletín del 3 de mayo de 2024
Explora el boletín del 3 de mayo de 2024
 
MODERNISMO VS POSMODERNISMO CUADRO SINOPTICO
MODERNISMO VS POSMODERNISMO CUADRO SINOPTICOMODERNISMO VS POSMODERNISMO CUADRO SINOPTICO
MODERNISMO VS POSMODERNISMO CUADRO SINOPTICO
 
UNIDAD 2 DX DE NECESIDADES (1).fggfgfgfppt
UNIDAD 2 DX DE NECESIDADES (1).fggfgfgfpptUNIDAD 2 DX DE NECESIDADES (1).fggfgfgfppt
UNIDAD 2 DX DE NECESIDADES (1).fggfgfgfppt
 
PPT UNSA - Talento Humano y Habilidades Blandas - Sesión 3.pdf
PPT UNSA - Talento Humano y Habilidades Blandas - Sesión 3.pdfPPT UNSA - Talento Humano y Habilidades Blandas - Sesión 3.pdf
PPT UNSA - Talento Humano y Habilidades Blandas - Sesión 3.pdf
 
2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
2 CONCEPTOS BASICOS EN FARMACOLOGIA.pptx
 
Mercado de trabajo y discapacidad. Inclusión laboral.
Mercado de trabajo y discapacidad.  Inclusión laboral.Mercado de trabajo y discapacidad.  Inclusión laboral.
Mercado de trabajo y discapacidad. Inclusión laboral.
 
DECRETO 356 vigilancia y seguridad privada
DECRETO 356 vigilancia  y seguridad privadaDECRETO 356 vigilancia  y seguridad privada
DECRETO 356 vigilancia y seguridad privada
 

Derechos y obligaciones_de_los_internos

  • 2.  Los derechos de los internos vienen a ser aquellas garantías que el recluso tiene por disposición de ley y obligación de las autoridades penitenciarias, para asegurarse su normal desenvolvimiento durante el cumplimiento de su sentencia condenatoria, la defensa de sus derechos humanos, y sobretodo de exigir derechos esenciales que coadyuven a su propia resocialización o recuperación social.
  • 3.  se establece que: “El interno debe observar las disposiciones sobre orden, aseo y disciplina”. Ello, conjuntamente con el deber de respetar y obedecer a las autoridades y funcionarios del Centro Penitenciario, constituye una obligación básica, que es piedra angular del sistema, que basa sus efectos resocializadores en la disciplina, el tratamiento y el orden.
  • 4. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993: El derecho de los reclusos y sentenciados de ocupar establecimientos adecuados. (Art. 139 Inciso 21) Derecho del Interno a la reeducación, rehabilitación y reincorporación a la sociedad (Art. 139 Inciso 22)
  • 5. Principios sobre los derechos esenciales de los internos ; Artículo II, de su título preliminar, señala que la ejecución penal tiene por objeto la reeducación, rehabilitación y reincorporación del penado a la sociedad. El Artículo V señala que el régimen penitenciario se desarrolla respetando los derechos del interno no afectados por la condena. Asimismo, se precisa que está prohibida toda discriminación racial, social, política, religiosa, económica, c ultural o de cualquier otra índole.
  • 6. Derechos Generales En tal sentido, el artículo 1º del CEP, establece que: “El interno goza de los mismos derechos que el ciudadano en libertad, sin más limitaciones que las impuestas por la ley y la sentencia respectiva”.
  • 7.  Reglamento del Código de Ejecución Penal, aprobado por el Decreto Supremo N° 015-2003-JUS, establece que “el trabajo es un elemento fundamental para la rehabilitación del interno o interna.  Conforme a la legislación penitenciaria (artículo 65 CEP), el trabajo constituye un deber-derecho del interno, que a la par que contribuye a su rehabilitación, procura para él una remuneración que le permitirá ayudar en su propio sustento y colaborar con su familia.
  • 8. El interno tiene derecho a ocupar un ambiente adecuado que permita la realización del tratamiento penitenciario.  Otros Derechos Importantes : Con la finalidad de proteger la integridad física del interno, se dispone que, al ingresar al establecimiento, sea examinado por el servicio de salud.Cabe resaltar el Artículo 76 del Código, que establece que el interno tiene derecho a alcanzar, mantener o recuperar el bienestar físico y mental.
  • 9.  Este reglamento dado por el Decreto Supremo N.º 015-2003-JUS, establece en su Artículo 3, que la ejecución de la pena se cumplirá respetando los derechos fundamentales de la persona consagrados en la Constitución Política del Perú, y en el resto del ordenamiento jurídico peruano.
  • 10.  Mantener o recuperar el bienestar físico y mental;  Tener acceso a una atención adecuada y oportuna de salud;  Recibir agua apta para consumo humano y para su higiene personal;  Recibir alimentación balanceada y en condiciones higiénicas;  Acceder y ejercitar su defensa legal;  Recibir educación en diversas modalidades;  Acceder al trabajo en los Establecimientos Penitenciarios;  Comunicarse periódicamente, en forma oral, escrita y en su propio idioma o dialecto, con sus familiares, amigos y organismos e instituciones de asistencia penitenciaria;  Comunicar inmediatamente a su familia o abogado dentro de las 24 horas, su ingreso o traslado de otro Establecimiento Penitenciario. En el caso de los internos extranjeros, esta comunicación deberá hacerse también a su representante diplomático o consular;  Ser informado por escrito sobre su situación jurídica y régimen penitenciario bajo el cual se encuentra, así como acerca de sus derechos y obligaciones cuando ingrese y durante su permanencia en el Establecimiento Penitenciario. En caso de ser analfabeto, esta información deberá ser proporcionada en forma oral. La comunicación será hecha en un idioma que el interno pueda entender; deberán agotarse para tal efecto todos los recursos que sean posibles;  Ser llamado por su nombre;  Vestir su propia ropa. Puede preferir la que proporcione la Administración Penitenciaria. En este caso, la ropa no deberá tener ninguna característica que afecte la dignidad de los internos, salvo su identificación;  Contar con un espacio físico adecuado para la atención de los niños en los establecimientos penitenciarios para mujeres. En el caso de embarazo, a que no se utilice ninguna clase de medios de coerción; y  Formar agrupaciones culturales, deportivas, laborales, artísticas y religiosas.
  • 11.  Mantener o recuperar el bienestar físico y mental.  Tener acceso a una atención adecuada y oportuna de salud.  Recibir agua apta para consumo humano y para su higiene personal.  Recibir alimentación balanceada y en condiciones higiénicas.  Acceder y ejercitar su defensa legal.  Recibir educación en diversas modalidades.  Acceder al trabajo en los Establecimientos Penitenciarios.  Comunicarse periódicamente, en forma oral, escrita y en su propio idioma o dialecto, con sus familiares, amigos y organismos e instituciones de asistencia penitenciaria.  Comunicar inmediatamente a su familia o abogado dentro de las 24 horas, su ingreso o traslado de otro Establecimiento Penitenciario. En el caso de los internos extranjeros, esta comunicación deberá hacerse también a su representante diplomático o consular.  Ser informado por escrito sobre su situación jurídica y régimen penitenciario bajo el cual se encuentra, así como acerca de sus derechos y obligaciones cuando ingrese y durante su permanencia en el Establecimiento Penitenciario. En caso de ser analfabeto, esta información deberá ser proporcionada en forma oral. La comunicación será hecha en un idioma que el interno pueda entender; deberán agotarse para tal efecto todos los recursos que sean posibles.  Ser llamado por su nombre.  Vestir su propia ropa. Puede preferir la que proporcione la Administración Penitenciaria. En este caso, la ropa no deberá tener ninguna característica que afecte la dignidad de los internos, salvo su identificación.  Contar con un espacio físico adecuado para la atención de los niños en los establecimientos penitenciarios para mujeres. En el caso de embarazo, a que no se utilice ninguna clase de medios de coerción.  Formar agrupaciones culturales, deportivas, laborales, artísticas y religiosas.
  • 12.  El Interno en la ley penitenciaria nacional, conforme al Código de Ejecución Penal y a su reglamento, se constituye en el sujeto central provisto de derechos y obligaciones, sobre el cual se concentra la finalidad del régimen y legislación penitenciaria peruana, en cuanto a la rehabilitación y reinserción social de los mismos reclusos, clasificándose los derechos de los internos en aquellos que amparan sus derechos esenciales, como en aquellos de competencia penitenciaria para que pueda desenvolverse en un régimen penitenciario adecuado y que facilite su recuperación