3. OBJETO DEL IMPUESTO
Se constituyen ingresos,
cualquiera fuere su
denominación o forma
de pago a:
o Lo provenientes de
alquiler, subalquiler u
otra forma de
explotación de
inmuebles urbanos o
rurales.
4. OBJETO DEL IMPUESTO
o Los provenientes de la
colocación de capitales
sean estos intereses,
rendimientos y
cualquier otro ingreso
proveniente de la
inversión de aquellos,
que no constituyan
ingresos sujetos al
impuesto sobre
utilidades de las
empresas.
5. SE CONSTITUYEN INGRESOS, A:
Los
sueldos, salarios, jornales, s
obre-sueldo, horas
extras, categorizaciones, pri
mas, premios, bonos de
cualquier clase o
denominación, dietas
gratificaciones, compensaci
ones en dinero o en
especie, incluidas las
asignaciones por
vivienda, alquiler y
otros, gastos de
representación y en general
toda retribución ordinaria o
extraordinaria
suplementaria.
6. TAMBIÉN SE CONSTITUYEN INGRESOS, A:
Los honorarios de
directores y síndicos
de sociedades
anónimas y en
comandita por
acciones y los sueldos
de los socios de todo
otro tipo de sociedad y
del único dueño de
empresa unipersonal.
7. NO ESTÁN COMPRENDIDOS EN EL OBJETO
DEL IMPUESTO:
Los dividendos, sean estos en efectivo, o
acciones de S.A, ni la distribución de utilidad.
8. El aguinaldo de navidad.
NO ESTÁN COMPRENDIDOS EN EL OBJETO
DEL IMPUESTO:
Los beneficios sociales por concepto de
indemnizaciones y desahucio de retiro voluntario o
por despido, subsidios prefamiliar, matrimonial,
lactancia, familiar.
Las jubilaciones y pensiones;
los subsidios por
enfermedades, natalidad,
sepelio y riesgos
profesionales; las rentas de
invalidez, vejez y muerte.
9. Las pensiones vitalicias que
perciben del Tesoro General
de la Nación, los
beneméritos de la Patria, las
viudas, ex-enfermeras de la
guerra y los inválidos y
mutilados del Ejército
Nacional.
Los viáticos y gastos de
representación sujetos a
rendición de cuentas
documentadas, debidament
e respaldadas con
facturas, notas fiscales o
documentos equivalentes.
D.S 21531 Anexo I art 1 a) b)
c) d) e
NO ESTÁN COMPRENDIDOS EN EL OBJETO
DEL IMPUESTO:
10. QUE GRAVA?
Sueldos y salarios de los dependientes
Jornales, sobresueldos, horas extras
bonos, dietas, etc
11. Personas naturales y sucesiones indivisas que
perciben ingresos en forma habitual por:
Alquileres
Intereses de depósitos de cajas de ahorros a plazo fijo
y cuenta corriente.
Honorarios directos, y síndicos
Anticréticos
Sueldos de personal contratado localmente por
Misiones diplomáticas, organismos internacionales y
Gobiernos extranjeros.
Ingresos de personas contratadas por el sector publico
(cnsultores)
12. SUJETO PASIVO
Son sujetos pasivos de este
impuesto las personas naturales
y las sucesiones indivisas
13. REGIMEN COMPLEMENTARIO AL IVA (RC-
IVA)
BASE JURICCIONAL DEL IMPUESTO
• Están sujetos al impuesto la totalidad de los
ingresos de fuente boliviana cualquiera fuera el
domicilio o residencia de los sujetos de este
impuesto, que fueran titulares de los mismo
• Ley 843 art. 20, 21
14. BASE DE CALCULO – CONTRIBUYENTES
EN RELACION DE DEPENDENCIA
608
• Agente de retención
• Presentación Mensual
110
• Facturas dependientes
1000
• Pago de multas sanciones
o impuesto diferido
15. BASE DE CALCULO –
CONTRIBUYENTES DIRECTOS
610
• Sujeto pasivo (consultor)
• Presentación Trimestral
110
• Facturas dependientes
1000
• Pago de multas sanciones
o impuesto diferido
Son todas las
personas naturales
que perciben
ingresos en forma
habitual:
Alquileres
Anticréticos
Honorarios
de directores