Hoy visita Madrid el presidente de Colombia Juan Manuel Santos dentro de su gira oficial por Europa. Mientras el proceso de paz entre Gobierno colombiano y guerrilla avanza, diversas organizaciones sociales denuncian que no se ha hecho justicia en los casos de violencia sexual.
Los crímenes sexuales durante el conflicto armado continúan impunes en Colombia
1. Los crímenes sexuales durante el conflicto armado
continúan impunes en Colombia
(Por Enric Llopis)
El presidente de Colombia, Juan Manuel Santos, en una imagen de
archivo, durante un acto electoral en junio de 2010. / SEAN HAWKEY.
Recibido de Javier Arjona, corresponsal de Prensa Indígena. Valencia,
21 de enero.- Los crímenes sexuales durante el conflicto armado
continúan impunes en Colombia.
Hoy visita Madrid el presidente de Colombia Juan Manuel Santos
dentro de su gira oficial por Europa. Mientras el proceso de paz entre
Gobierno colombiano y guerrilla avanza, diversas organizaciones
sociales denuncian que no se ha hecho justicia en los casos de
violencia sexual.
Señalan que no se ha cumplido el auto 092 en el que se reconoce que
la violencia sexual era una “práctica habitual" y exige que se
investiguen y reparen los hechos.
En 2008 la Corte Constitucional colombiana emitió el auto 092. No se
trataba de un mero formalismo judicial. Reconocía que la violencia
sexual constituía una “práctica habitual, extendida, sistemática e
invisible en el contexto del conflicto armado colombiano”.
También en los desplazamientos forzados. Pero, sobre todo, exhortó
a la Fiscalía para que se iniciaran las investigaciones o avanzaran si
estás ya se habían abierto.
Pasados cinco años, una diversas organizaciones sociales, agrupadas
en torno a la denominada Mesa de Seguimiento, ha publicado en
octubre de 2013 el quinto informe en el que se analiza el
cumplimiento del citado auto.
2. La conclusión general, que aparece ya en las primeras páginas, deja
pocos atisbos a la duda: “La respuesta brindada por el Estado para
superar la impunidad y los obstáculos que enfrentan las mujeres para
acceder a la justicia han sido claramente insuficientes. La mayor
parte de la respuesta ha sido de carácter normativo, sin que haya
tenido un efecto directo en el goce efectivo de los derechos de las
mujeres víctimas de estos delitos”.
«»Diversas organizaciones de derechos humanos.
La Mesa de Seguimiento está formada por la Alianza Iniciativa de
Mujeres Colombianas por la Paz; Centro de Estudios de Derecho,
Justicia y Sociedad; colectivo de Abogados José Alvear Restrepo;
Comisión Colombiana de Juristas; Consultoría para los Derechos
Humanos y el Desplazamiento.
Corporación Casa de la Mujer; Sisma Mujer; Liga de Mujeres
Desplazadas; Mesa de Trabajo Mujer y Conflicto Armado;
Observatorio Género, Democracia y Derechos Humanos; Organización
Nacional Indígena de Colombia y Ruta Pacífica de las Mujeres. El
informe de seguimiento se ha realizado con el apoyo de ONU Mujeres.
La Corte Constitucional tuvo conocimiento de 183 casos de violencia
sexual al conflicto armado, que incluyó en un Anexo al auto, y pidió a
la Fiscalía celeridad en las investigaciones. Además, el alto tribunal
señaló que se debía incluir la respuesta a estos actos hechos en “el
más alto nivel de prioridad de la agenda oficial de la nación”.
La Corte Constitucional tuvo conocimiento de 183 casos de violencia
sexual al conflicto armado y pidió a la Fiscalía celeridad en las
investigaciones La impunidad se observa, por ejemplo, en la “escasa
actividad investigativa” sobre los 183 casos citados.
Según la Mesa (a partir de información reportada por la
Procuraduría), sólo en 11 de los casos se ha dado una sentencia
condenatoria (en cinco de ellos han sido víctimas mujeres o niñas en
situación de desplazamiento forzado). Existen 21 casos con presunto
autor identificado y en fase procesal de acusación o juicio.
Del resto, lo más significativo, y preocupante, es que 69 expedientes
se encuentran archivados y 76 todavía en investigación preliminar.
Ocurre, además, que la información oficial tampoco resulta fiable.
La Mesa de organizaciones sociales apunta que de los cinco casos con
resolución
condenatoria
(asociados
a
violencia
sexual
en
desplazamiento forzado), en uno no se ha producido realmente una
sentencia de condena, sino un traslado a la jurisdicción
correspondiente.
Hay asimismo al menos otro caso en que la sentencia no es
condenatoria, sino que declara la absolución por delito de violencia
sexual. Más allá de resoluciones judiciales y sentencias, la violencia
sexual se encarniza con el cuerpo de mujeres reales. Laceradas por el
3. azote de una guerra que ha durado décadas, y a las que ahora
tampoco se hace justicia.
La Fiscalía llegó a “precluir” (extinción por agotamiento de los
plazos) un caso de violencia sexual cometido contra una niña
afrodescendiente y discapacitada, que además era víctima de un
desplazamiento forzoso. La Corte Constitucional consideró que el
fiscal había faltado a su deber de investigar, sancionar, conocer la
verdad y reparar los daños ocasionados.
«»Falta de implicación de la Fiscalía.
En una sentencia de 2011 la Corte Constitucional enmienda la plana
de nuevo a la Fiscalía, según recoge el informe de la Mesa. Se trataba
de una niña discapacitada, víctima de violencia sexual y
desplazamiento forzado.
La Corte Constitucional consideró que el Fiscal no había actuado con
diligencia, entre otras razones, porque exigió como prueba esencial
para adelantar la investigación el testimonio de la víctima, sin tener
en cuenta –según el alto tribunal- “que era imposible de recaudar y
de valorar”.
En los crímenes sexuales durante el conflicto armado se reproducen y
agrandan las causas por las que las mujeres, en general, no
denuncian las situaciones de violencia de género: el miedo por su
seguridad, vergüenza, culpa, desconocimiento de las instancias de
atención, falta de recursos económicos o estigmatización.
Otros factores apuntados en el quinto informe abundan en la
situación de impunidad: La remisión de las mujeres víctimas de una
entidad a otra sin recibir un trato digno; falta de información;
ausencia de auxilios; la aceptación de la denuncia supeditada al
conocimiento del agresor por parte de la víctima.
Negación de la atención médica por no encontrarse afiliadas al
sistema público de salud y el desconocimiento de sus derechos, entre
otros. El miedo a la estigmatización y al rechazo por la denuncia se
ha constatado, por ejemplo, en las mujeres indígenas,
particularmente Wiwas y Nukaks.
Muchas mujeres no denuncian las situaciones de violencia de género
por el miedo a su seguridad, vergüenza, culpa, desconocimiento de
las instancias de atención, falta de recursos económicos o
estigmatización Se suma a ello todo tipo de barreras de acceso a la
justicia, falta de dotación de recursos y palmarias discriminaciones de
género.
Así, Las organizaciones sociales critican que en el trámite de los casos
“subsisten interpretaciones que subvaloran los crímenes sexuales”, y
ha pedido sanciones para el funcionariado que en el curso de las
investigaciones incurran en estos actos. Tampoco se ha creado, cinco
4. años después del auto, un registro claro y fiable que dé cuenta de los
casos.
Leo Castaño es una refugiada política colombiana que lleva una
década residiendo en Alicante. Forma parte de la Asociación Nacional
de Mujeres Campesinas, Negras e Indígenas (ANMUCIC), SISMA
Mujer y la Asociación de Mujeres y Derechos Humanos, entre otras.
Reporta que, según las últimas cifras, el número de desplazados
internos en Colombia por el conflicto armado se eleva a cinco
millones, de los que el 80% son mujeres y menores. De las mujeres
en situación de desplazamiento, un 36% han sufrido violencia sexual,
según SISMA Mujer.
Recuerda Leo Castaño una lapidaria conclusión de la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos en 2011: El principal
responsable de la violencia sexual contra las mujeres durante el
conflicto ha sido la fuerza pública. Asimismo, “tras la fallida Ley de
Justicia y Paz (2005), que supuestamente desmovilizaba a los grupos
paramilitares, los crímenes contra las mujeres se han incrementado”.
¿Qué respuesta ofrecen los poderes públicos a este fenómeno? “La
impunidad se da en el 99% de los casos; los grupos paramilitares
nunca han reconocido estos actos de violencia sexual, pero hay
investigadores que consideran que no son crímenes que prescriban y,
por lo tanto, podrían ser juzgados en cualquier momento por la Corte
Penal Internacional”.
Otra cuestión es que cuando se identifica un crimen de violencia
sexual “han logrado que la responsabilidad se agote en el mando
militar o paramilitar, por lo que únicamente se juzga al comandante”.
“Mucha gente está quedando absuelta”, remata la activista.
En enero 2013: Asesinato de matriarca de Trujillo que se había
recibido a delegación asturiana: