2. Sustancias peligrosas
Son elementos químicos y compuestos
que presentan algún riesgo para la salud, para
la seguridad o el medio ambiente. En el año
2005 se calculaba que existían unas 30000
sustancias químicas de uso cotidiano sin
conocer ni a medio ni largo plazo los posibles
efectos para la salud.
3. LEY SOBRE SUSTANCIAS, MATERIALES
Y DESECHOS PELIGROSOS
Artículo 1. Esta Ley tiene por objeto regular la
generación, uso, recolección, almacenamiento,
transporte, tratamiento y disposición final de las
sustancias, materiales y desechos peligrosos, así
como cualquier otra operación que los involucre,
con el fin de proteger la salud y el ambiente
4. Artículo 2. También serán objeto de regulación,
en todo lo relativo a la incidencia y a sus efectos
en la salud y en el ambiente, aquellas sustancias y
materiales peligrosos y otros similares, de origen
nacional o importado, que vayan a ser destinados
para uso agrícola, industrial, de investigación
científica, educación, producción u otros fines.
Artículo 3. Se declara de utilidad pública e interés
social el control de la utilización de sustancias y
materiales peligrosos, la recuperación de los
materiales peligrosos, y la eliminación y
disposición final de los desechos peligrosos.
5. Artículo 4. La falta de certeza científica no
podrá servir de fundamento para postergar la
adopción de medidas preventivas y correctivas
que fueren necesarias para impedir el daño a
la salud y al ambiente.
Artículo 5. Se prohíbe la introducción de
desechos patológicos y peligrosos al país, de
conformidad con lo establecido en el Artículo
9, numerales 4 y 5 de esta Ley.
6. Clasificación
La clasificación se realiza en función de sus
características físico-químicas y de toxicidad. Las
definiciones que da la Directiva (Art. 2) son las
siguientes:
• Explosivo: Son sustancias que, incluso en ausencia
de oxígeno atmosférico, puedan reaccionar de
forma exotérmica con rápida formación de gases y
que, en determinadas condiciones de ensayo,
detonan, deflagran rápidamente o bajo el efecto
del calor, en caso de confinamiento parcial,
explosionan.
7. • Comburente Las sustancias y preparados que,
en contacto con otras sustancias, en especial
con sustancias inflamables, produzcan una
reacción fuertemente exotérmica.
• Extremadamente inflamable Las sustancias y
preparados líquidos que tengan un punto de
ignición extremadamente bajo y un punto de
ebullición bajo, y las sustancias y preparados
gaseosos que, a temperatura y presión
normales, sean inflamables en contacto con el
aire.
8. • Fácilmente inflamable: Las sustancias y
preparados:
• a) Que puedan calentarse e inflamarse en el aire
a temperatura ambiente sin aporte de energía.
• b) Los sólidos que puedan inflamarse fácilmente
tras un breve contacto con una fuente de
inflamación y que sigan quemándose o
consumiéndose una vez retirada dicha fuente.
• c) Los líquidos cuyo punto de ignición sea muy
bajo.
• d) Que, en contacto con el agua o con el aire
húmedo, desprendan gases extremadamente
inflamables en cantidades peligrosas.
9. • Inflamable: Las sustancias y preparados
líquidos cuyo punto de ignición sea bajo.
• Muy tóxico: Las sustancias y preparados que,
por inhalación, ingestión o penetración
cutánea en muy pequeña cantidad puedan
provocar efectos agudos o crónicos e incluso
la muerte.
• Tóxico: Las sustancias y preparados que, por
inhalación, ingestión o penetración cutánea
en pequeñas cantidades puedan provocar
efectos agudos o crónicos e incluso la muerte.
10. • Nocivo: Las sustancias y preparados que, por
inhalación, ingestión o penetración cutánea
puedan provocar efectos agudos o crónicos e
incluso la muerte.
• Corrosivo: Las sustancias y preparados que, en
contacto con tejidos vivos puedan ejercer una
acción destructiva de los mismos.
• Irritante: Las sustancias y preparados no
corrosivos que, en contacto breve, prolongado
o repetido con la piel o las mucosas puedan
provocar una reacción inflamatoria.
11. • Sensibilizante: Las sustancias y preparados que,
por inhalación o penetración cutánea, puedan
ocasionar una reacción de hipersensibilidad, de
forma que una exposición posterior a esa
sustancia o preparado dé lugar a efectos
negativos característicos.
• Carcinogénico: Las sustancias y preparados que,
por inhalación, ingestión o penetración cutánea
puedan producir cáncer o aumentar su
frecuencia.
• Mutagénico: Las sustancias y preparados que,
por inhalación, ingestión o penetración cutánea,
puedan producir alteraciones genéticas
hereditarias o aumentar su frecuencia.
12. • Tóxico para la reproducción: Las sustancias y
preparados que, por inhalación, ingestión o
penetración cutánea, puedan producir efectos
negativos no hereditarios en la descendencia, o
aumentar la frecuencia de éstos, o afectar de
forma negativa a la función o a la capacidad
reproductora.
• Peligroso para el ambiente: Las sustancias y
preparados que presenten o puedan presentar un
peligro inmediato o futuro para uno o más
componentes del medio ambiente.
•
13.
14. Frases de peligro y consejos de
precaución
Con el fin de estandarizar las descripciones
de los riesgos específicos atribuidos a las
sustancias y preparados peligrosos en todos
los idiomas de la Unión Europea se han
definido una serie de frases, llamadas frases R,
que se encuentran en el Anexo III de la
Directiva.
15. Ficha de datos de seguridad
La ficha de datos de seguridad recoge, en
16 apartados, toda la información relativa a la
seguridad de la sustancia, a las condiciones de
uso y manejo, y a los métodos de actuación en
caso de accidente o malestar.
16. Medidas de Prevención
• Diseñar procesos y controles de trabajo, y
utilizar equipos y materiales adecuados para
reducir la liberación de sustancias peligrosas.
• Aplicar medidas de protección colectiva en el
origen de los riesgos, como ventilación y
medidas organizativas adecuadas.
• Aplicar medidas de protección individual,
incluido el uso de equipos de protección
personal. De conformidad con la ley, éste es el
último recurso, y sólo debería emplearse en
caso de que no pueda controlarse
adecuadamente la exposición por otros
medios.