Obligaciones fiscales empresarios y profesionales

Comparativa de Bancos
Comparativa de BancosFinanzas Personales at Comparativa de Bancos
Portada y contra AE 2011 13/2/12 10:50 P gina 1
ÍNDICE

INTRODUCCIÓN	                                                                                     4

1.	DECLARACIÓN CENSAL, MODELOS 036 Ó 037	                                                         5
	   •	 Declaración de alta. Solicitud de NIF	                                                     5
	   •	 Declaración de modificación y baja	                                                        6

2.	IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS	                                                         8

3.	IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS	                                              10
	   •	   Incompatibilidad entre regímenes	                                                       10
	   •	   Renuncia	                                                                               10
	   •	   Exclusión	                                                                              11
	   •	   Estimación directa normal	                                                              11
	   	    −	 A quién se aplica el método de estimación directa normal	                            11
	   	    −	 Cálculo del rendimiento neto	                                                        11
	   	    −	 Obligaciones contables y registrales	                                                12
	   •	   Estimación directa simplificada	                                                        12
	   	    −	 A quién se aplica el método de estimación directa simplificada	                      12
	   	    −	 Cálculo del rendimiento neto	                                                        12
	   	    −	 Obligaciones contables y registrales	                                                12
	   	    −	 Tabla de amortización simplificada	                                                  13
	   •	   Estimación objetiva	                                                                    14
	   	    −	 A quién se aplica el método de estimación objetiva	                                  14
	   	    −	 Cálculo del rendimiento neto	                                                        14
	   	    −	 Cálculo del rendimiento neto en las actividades agrícolas, ganaderas y forestales	   15
	   	    −	 Cálculo del rendimiento neto en el resto de actividades	                             15
	   	    −	 Obligaciones contables y registrales	                                                16
	   •	   Pagos fraccionados	                                                                     16
	   •	   Declaración anual de Renta. Modelo D-100	                                               17

4.	IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES	                                                                    18
	   •	   Período impositivo y devengo	                                                           19
	   •	   Esquema de liquidación	                                                                 19
	   •	   Base Imponible	                                                                         20
	   •	   Tipo de gravamen y cuota íntegra	                                                       20
	   •	   Deducciones y bonificaciones	                                                           21
	   •	   Deducciones para incentivar determinadas actividades	                                   22
	   •	   Retenciones e ingresos a cuenta	                                                        22

                                                                  1
ÍNDICE

	   •	   Pagos fraccionados	                                                     23
	   	    −	 Modalidades de pagos fraccionados	                                   23
	   	    −	 Modelos de pagos fraccionados	                                       24
	   •	   Declaración	                                                            24
	   	    −	 Plazo de presentación	                                               24
	   	    −	 Modelos de autoliquidaciones	                                        25
	   	    −	 Forma de presentación	                                               25
	   •	   Obligaciones contables y registrales	                                   25

5.	IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO	                                              27
	   •	   Actividades exentas	                                                    27
	   •	   Regímenes de tributación	                                               27
	   •	   Régimen general	                                                        28
	   	    −	 A quién se aplica el régimen general	                                28
	   	    −	 En qué consiste el régimen general	                                  28
	   	    −	 Modelos de autoliquidaciones	                                        28
	   	    −	 Forma de presentación	                                               29
	   	    −	 Obligaciones formales	                                               29
	   •	   Régimen especial simplificado	                                          29
	   	    −	 A quién se aplica el régimen simplificado	                           30
	   	    −	 En qué consiste el régimen simplificado	                             30
	   	    −	 Liquidación	                                                         30
	   	    −	 Autoliquidación trimestral. Ingreso a cuenta	                        30
	   	    −	 Autoliquidación final. Liquidación anual	                            31
	   	    −	 Modelos de autoliquidaciones	                                        32
	   	    −	 Obligaciones formales	                                               32
	   •	   Régimen especial del recargo de equivalencia	                           33
	   	    −	 A quién se aplica el régimen especial del recargo de equivalencia	   33
	   	    −	 En qué consiste el régimen especial del recargo de equivalencia	     34
	   	    −	 Modelos de autoliquidaciones	                                        34
	   	    −	 Obligaciones formales	                                               34
	   •	   Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAG y P)	       35
	   	    −	 A quién se aplica el REAG y P	                                       35
	   	    −	 En qué consiste el REAG y P	                                         35
	   	    −	 Modelos de autoliquidaciones	                                        36
	   	    −	 Obligaciones formales	                                               36
	   •	   Operaciones Intracomunitarias	                                          36


                                                                  2
ÍNDICE

	   •	   Las facturas	                                                                          37
	   	    −	 Obligación de facturar	                                                             37
	   	    −	 Requisitos	                                                                         37
	   	    −	 Plazo de expedición y envío de facturas	                                            38
	   	    −	 Facturas rectificativas	                                                            38
	   	    −	 La factura electrónica	                                                             38
	   	    −	 Otros documentos de facturación	                                                    39
	   	    −	 Conservación de facturas o documentos sustitutivos	                                 39

6.	OTRAS OBLIGACIONES FISCALES. RETENCIONES	                                                    40
	   •	   Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas,
	   	    premios y determinadas imputaciones de renta. Modelos 111 y 190	                       41
	   •	   Retenciones por arrendamiento de bienes inmuebles. Modelos 115 y 180	                  41
	   •	   Retenciones del capital mobiliario. Modelos 123 y 193	                                 42

7.	DECLARACIONES INFORMATIVAS	                                                                  43
	   •	 Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro. Modelo 340	     43
	   •	 Declaración anual de partícipes y aportaciones a planes de pensiones. Modelo 345	        44
	   •	 Declaración anual de operaciones con terceros. Modelo 347	                               44

8.	FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES	                                                 46

9.	NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS OBLIGATORIAS	                                                    50

10. CERTIFICADO ELECTRÓNICO	                                                                    50
	   •	   Obtención del certificado	                                                             51
	   •	   Instalación del certificado	                                                           51
	   •	   Periodo de validez del certificado	                                                    51
	   •	   Renovar un certificado	                                                                51
	   •	   Revocar un certificado	                                                                51
	   •	   Eliminar un certificado	                                                               51
	   •	   Documentación para acreditar la identidad	                                             51
	   	    –	 Persona física	                                                                     51
	   	    –	 Persona jurídica	                                                                   52
	   	    –	 Entidades sin personalidad jurídica	                                                53
	   •	   Servicios con certificado electrónico	                                                 54

NORMATIVA BÁSICA	                                                                               55

                                                                  3
INTRODUCCIÓN

Iniciar una actividad económica empresarial o profesional,                 Iniciada la actividad, los ingresos percibidos por autónomos
origina un conjunto de obligaciones fiscales de carácter                   y entidades sin personalidad jurídica, tributan por el
estatal. Algunas anteriores al inicio de la actividad y otras que          Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IRPF
deben cumplirse durante su desarrollo.                                     (pagos fraccionados y declaración anual). Las sociedades
                                                                           mercantiles tributan por el Impuesto sobre Sociedades, IS
Estas actividades económicas pueden realizarse por
                                                                           (pagos fraccionados y declaración anual).
personas físicas (autónomos), personas jurídicas (entidades
mercantiles) o por entidades sin personalidad jurídica                     Además, se deben cumplir las obligaciones relativas al
(sociedades civiles y comunidades de bienes).                              Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), declaraciones
                                                                           informativas (operaciones con terceros, declaración anual de
Con carácter general, antes de iniciar una actividad
                                                                           retenciones, etc.) y otras que correspondan, en función de las
económica debe presentarse declaración censal, modelos
                                                                           actividades desarrolladas.
036 ó 037. El modelo 840 del Impuesto de Actividades
Económicas (IAE) lo presentarán sólo  aquéllos que no estén
exentos del pago del Impuesto, y antes del transcurso de 1
mes desde el inicio de la actividad.

           RESUMEN DE OBLIGACIONES FISCALES POR ACTIVIDADES ECONÓMICAS


                                                                PERSONAS       PERSONAS             ENTIDADES SIN
                                                                 FÍSICAS       JURÍDICAS        PERSONALIDAD JURÍDICA

             ANTES DE INICIAR LA ACTIVIDAD:
                     Declaración censal (alta, solicitud NIF)

             DURANTE LA ACTIVIDAD:
                         Declaración censal (modificación)
                                                         IAE
                                                        IRPF
                                                                                                (régimen de atribución de rentas)
                                                          IS
                                                         IVA
             Declaración anual de operaciones con terceros

             DESPUÉS DE LA ACTIVIDAD:
                                  Declaración censal (baja)
                                                         IAE


A continuación se recogen los aspectos más generales de las distintas obligaciones fiscales, para mayor detalle consultar la
normativa correspondiente.


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1. DECLARACIÓN CENSAL, modelos 036 ó 037

Declaración de alta. Solicitud de NIF                                    Las personas jurídicas y entidades sin personalidad
                                                                         jurídica deben aportar, para que la Agencia Estatal de
Quienes vayan a desarrollar actividades económicas deben                 Administración Tributaria (AEAT) les asigne el NIF provisional,
solicitar la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales       el acuerdo de voluntades o el documento en que conste la
y retenedores. Además, indicarán los datos identificativos de la         cotitularidad. Para asignar el NIF definitivo deben presentar
actividad, los regímenes y obligaciones tributarias del IRPF, IS         junto al modelo 036, la siguiente documentación:
e IVA, u otras según corresponda.
                                                                         •	 En personas jurídicas (Sociedades Anónimas,
Asimismo, deben solicitar el NIF antes de realizar cualquier                Limitadas, Anónimas y Limitadas Laborales, Colectivas
entrega, adquisición o importación de bienes o servicios, de                y Comanditarias):
percibir cobros o abonar pagos, o de contratar personal para
desarrollar su actividad.                                                  –	 Original y fotocopia de la escritura pública o documento
                                                                              fehaciente de constitución y de los estatutos sociales o
Para ello consignarán en el modelo 036 los motivos de la                      documento equivalente.
presentación: alta y solicitud del Número de Identificación
Fiscal (NIF). Las personas físicas que dispongan de NIF                    –	 Certificado de inscripción en el Registro Mercantil o,
deberán consignar en el modelo 036, o en el modelo 037,                       en su defecto, aportación de la escritura con sello de
como motivo: alta.                                                            inscripción registral.

El modelo 037 de declaración censal simplificada se podrá                  –	 Fotocopia del NIF del representante de la sociedad (el
utilizar por personas físicas con determinadas condiciones,                   que firme la declaración censal) y original y fotocopia del
entre ellas:                                                                  documento que acredite la capacidad de representación.

•	 Tengan NIF, no actúen por medio de representante y sean               •	 En entidades sin personalidad jurídica (Sociedades
   residentes en España.                                                    civiles y Comunidades de bienes):

•	 Su domicilio fiscal debe coincidir con el de gestión                    –	 Original y fotocopia del contrato privado de constitución o
   administrativa.                                                            escritura pública, con identificación y firma de los socios o
                                                                              comuneros, cuota de participación y objeto de la entidad.
•	 No estén incluidos en los regímenes especiales del IVA con
   excepción del simplificado, agricultura, ganadería y pesca o            –	 Inscripción en el Registro Civil de sociedades profesionales
   de recargo de equivalencia.                                                que adopten la forma jurídica de Sociedad civil.

•	 No figuren en el registro de devolución mensual (REDEME), el            –	 Fotocopia del NIF del socio, comunero o partícipe que
   de operadores intracomunitarios, o el de grandes empresas.                 firme la declaración censal y del representante en su caso.

Las personas físicas deben aportar, junto al modelo de                   La presentación de la declaración de alta en el censo de
declaración censal, la acreditación del declarante, y si                 empresarios, profesionales y retenedores podrá sustituirse
actua por representante su DNI/NIE y acreditación de la                  por la presentación del Documento Único Electrónico (DUE)
representación.                                                          cuando la normativa lo autorice.




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Se puede tramitar telemáticamente la constitución de                  Los empresarios, profesionales y retenedores con domicilio
Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL) y la Sociedad             fiscal en el País Vasco o Navarra presentarán los modelos
Limitada Nueva Empresa y a los empresarios individuales.              036 ó 037 ante la Administración tributaria del Estado cuando
                                                                      deban presentar ante ésta, autoliquidaciones, resúmenes o
El procedimiento telemático requiere la visita al “Punto
                                                                      declaraciones anuales o cuando sean sujetos pasivos del IAE
de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT)” que
                                                                      y desarrollen actividades económicas en territorio común.
informa e inicia la creación de la sociedad; en particular
cumplimentando el DUE, guardando la documentación que
aporte el emprendedor, solicitando el código ID-CIRCE del
                                                                      Declaración de modificación y baja
Centro de Información y Red de Creación de Empresas, etc.
                                                                      La declaración censal de modificación de la situación
                                                                      tributaria inicial se comunicará en los modelos 036 ó 037.
Cuándo                                                                Entre otros, por los siguientes motivos:

La declaración de alta en el Censo se debe presentar antes            •	 Modificación del domicilio fiscal, social o de gestión
de iniciar las actividades, de realizar operaciones o del                administrativa y del domicilio a efectos de notificaciones,
nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta.              de otros datos identificativos, de representante, junto a la
Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica,            escritura donde conste la modificación o documento que
deberán solicitar el NIF dentro del mes siguiente a la fecha de          la acredite y, cuando proceda, inscripción en el Registro
su constitución o de su establecimiento en territorio español.           Público correspondiente.

                                                                      •	 Modificación de las actividades económicas, de locales,
                                                                         registros especiales.
Dónde
                                                                      •	 Modificación de datos relativos al IRPF, Impuesto sobre la
Los modelos 036 ó 037 de declaración censal se presentarán
                                                                         Renta de No Residentes (IRNR), IS, IVA y otros impuestos.
en la oficina de la AEAT correspondiente al domicilio
fiscal, entregando el impreso (junto a la documentación               •	 Renuncia o exclusión a regímenes de tributación.
complementaria) o por correo certificado (junto a la
                                                                      La declaración censal de baja se presentará en los modelos
documentación complementaria o entregándola en la oficina
                                                                      036 ó 037 cuando cesen en las actividades económicas.
de Gestión Tributaria correspondiente) o por Internet con
certificado electrónico (la documentación complementaria se           Los herederos presentarán la declaración de baja de personas
presentará en el registro electrónico de la AEAT, en 10 días          físicas fallecidas.
hábiles desde la presentación del modelo).
                                                                      La baja de sociedades o entidades sólo se podrá solicitar
Es obligatorio presentar el modelo 036 por Internet para              cuando se disuelvan conforme a la normativa que las regula (en
solicitar la inscripción en el REDEME del IVA.                        sociedades mercantiles: cancelación efectiva de los asientos
                                                                      en el Registro Mercantil). Mientras estos requisitos no se
                                                                      cumplan se podrá presentar una declaración de modificación




                                                                  6
dando de baja todas las obligaciones fiscales, salvo la del IS.

Los documentos a aportar junto a la declaración de baja son:

•	 Escritura pública o documento que acredite la extinción
   y certificación de la cancelación definitiva de los
   correspondientes asientos en el Registro Mercantil
   (disolución, absorción, fusión y otras causas de extinción).

•	 Por fallecimiento de persona física: certificado de defunción.



Cuándo

Con carácter general, 1 mes desde las circunstancias que
modificaron la situación inicial o desde el cese en la actividad
o desde la disolución. En caso de fallecimiento de persona
física el plazo es de 6 meses.



Dónde

Los modelos 036 ó 037 de declaración censal se presentarán
en la oficina de la AEAT correspondiente al domicilio fiscal,
entregando el impreso directamente (junto a la documentación
complementaria) o por correo certificado (junto a la
documentación complementaria o entregándola en la oficina
de Gestión Tributaria correspondiente) o por Internet con
certificado electrónico (la documentación complementaria se
presentará en el registro electrónico de la AEAT, en 10 días
hábiles desde la presentación del modelo).




                                                                    7
2. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

El IAE es un tributo municipal que grava el mero ejercicio de
actividades económicas en territorio nacional. Existen tres
tipos de cuotas: nacionales, provinciales y municipales. La
AEAT gestiona las nacionales y provinciales. Respecto a las
municipales solo le corresponde la gestión censal (recibir
declaraciones y elaborar la Matrícula) y la inspección (salvo
delegación en una Entidad Local).

Son sujetos pasivos del IAE las personas físicas
(autónomos) personas jurídicas (sociedades) y entidades
sin personalidad jurídica (sociedades civiles y comunidades
de bienes) que realicen, en territorio nacional, actividades
empresariales, profesionales y artísticas; salvo las agrícolas,
las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras.

No tienen que presentar declaración por el IAE (sujetos
exentos) entre otros:
                                                                       Cuándo
•	 Las personas físicas.
                                                                       •	 Modelo 840
•	 Las sociedades, entidades y contribuyentes por el IRNR
   con establecimiento permanente con un importe neto de                –	 Declaración de alta por inicio de actividad: 1 mes
   cifra de negocio inferior a 1.000.000 de € (del penúltimo año           desde el inicio.
   anterior al del devengo del impuesto), con carácter general.
                                                                        –	 Declaración de alta por dejar de disfrutar de exención:
                                                                           diciembre anterior al año en que estén obligados a tributar
                                                                           por dejar de cumplir las condiciones para disfrutarla.
Modelos
                                                                        –	 Declaración de variación: 1 mes desde la variación.
La declaración de alta, modificación y baja del IAE, por sujetos
pasivos exentos del mismo por todas sus actividades, se                 –	 Declaración de baja por cese: 1 mes desde el cese.
realizará a través de los modelos 036 ó 037, en caso contrario             En caso de fallecimiento del sujeto pasivo, sus herederos
se presentará además el modelo 840.                                        presentarán declaración de baja en 1 mes desde el
                                                                           fallecimiento.
Los sujetos pasivos que tributen efectivamente por el IAE
deben presentar el modelo 848 para consignar el importe                 –	 Declaración de baja por disfrutar de exención:
neto de su cifra de negocios; salvo que hayan hecho constar                diciembre anterior al año en que dejen de estar obligados
su importe en la declaración del IS, la del IRNR o en el modelo            a tributar por acceder a una exención.
184 “Declaración informativa. Entidades en régimen de
atribución de rentas”.




                                                                   8
•	 Modelo 848

Entre el 1 de enero y el 14 de febrero del ejercicio en que
deba surtir efectos dicha comunicación en el IAE.



Dónde

Los modelos 840 y 848 se podrán presentar en impreso
con carácter general, en oficinas de la AEAT. Además, el
modelo 840, por Internet (salvo que implique la aportación
de documentos).



Clasificación de las actividades

La relación ordenada de actividades de las tarifas del IAE ha
procurado ajustarse a la Clasificación Nacional de Actividades
Económicas que elabora el Instituto Nacional de Estadística
para clasificar las empresas y los establecimientos de un país
en categorías homogéneas.

La clasificación de las actividades de las tarifas del IAE las
agrupa en 3 secciones: actividades empresariales (sección
1ª), profesionales (sección 2ª) y artísticas (sección 3ª). Y dentro
de cada sección, en epígrafes con la descripción, contenido y
cuota de cada actividad.

En los modelos 036 ó 037 se debe consignar el epígrafe que
le corresponda.




                                                                      9
3.	IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE
	 LAS PERSONAS FÍSICAS
Aplicable a empresarios y profesionales, personas físicas            Incompatibilidad entre regímenes
y personas físicas miembros de entidades en régimen de
atribución de rentas.                                                Entre los regímenes de estimación directa y el de estimación
                                                                     objetiva, se establece por una rígida incompatibilidad:
Un contribuyente realiza una actividad económica cuando
ordena por cuenta propia medios de producción y recursos             •	 Si el contribuyente está en estimación directa debe
humanos o uno solo de ambos, con el fin de intervenir                   determinar el rendimiento de todas sus actividades por este
en la producción o distribución de bienes o servicios. La               régimen, aunque alguna de sus actividades sea susceptible
actividad de arrendamiento de bienes inmuebles se califica              de estar incluida en estimación objetiva.
de económica si para ello se cuenta con un local dedicado            •	 Si determina el rendimiento de una actividad en la
exclusivamente a este fin y al menos una persona empleada               modalidad normal del método de estimación directa, debe
con contrato laboral y a jornada completa.                              determinar en esta modalidad el rendimiento de todas las
En el IRPF los métodos de determinación del rendimiento de              demás actividades.
las actividades económicas, según la actividad desarrollada          Cuando durante el año se inicie una actividad por la que se
son:                                                                 renuncie a la modalidad simplificada, o una actividad no
•	 Estimación directa con dos modalidades:                           incluida o por la que se renuncie a estimación objetiva, la
                                                                     incompatibilidad no surtirá efectos en ese año respecto de las
  –	 Normal                                                          actividades que venía realizando, sino a partir del año siguiente.
  –	 Simplificada

•	 Estimación objetiva.                                              Renuncia
La transmisión de elementos patrimoniales del inmovilizado           Los contribuyentes que cumplan los requisitos para aplicar
material o inmaterial, afectos a la actividad económica,             el método de estimación directa simplificada o del método
cualquiera que sea el régimen de determinación del                   de estimación objetiva, podrán renunciar a su aplicación
rendimiento, origina ganancias o pérdidas patrimoniales que          presentando los modelos 036 ó 037 de declaración censal.
no se incluyen en el rendimiento neto de la actividad. Su
cuantificación y tributación se realiza con las reglas de las        Cuándo debe renunciar: diciembre anterior al año natural
ganancias o pérdidas patrimoniales del impuesto.                     en que deba surtir efecto. En caso de inicio de la actividad,
                                                                     antes del inicio.
Los contribuyentes aplicarán alguno de estos métodos de
determinación del rendimiento de las actividades económicas,         También se entiende efectuada la renuncia al método de
considerando las reglas de incompatibilidad y los supuestos          estimación objetiva si se presenta en plazo el pago fraccionado
de renuncia y exclusión.                                             del primer trimestre del año natural con el modelo 130, previsto
                                                                     para el método de estimación directa (renuncia tácita). Si se
                                                                     inicia la actividad se renunciará tácitamente presentando el
                                                                     modelo 130 del primer trimestre de ejercicio de la actividad.




                                                                10
La renuncia tendrá efectos por un mínimo de 3 años.                    Estimación directa normal
Transcurrido este plazo, se entenderá prorrogada tácitamente
para cada uno de los años siguientes en que resulte aplicable,
salvo que se revoque aquélla en el mes de diciembre anterior           A quién se aplica el método de estimación directa normal
al año en que deba surtir efecto.
                                                                       Se aplica, con carácter general, a los empresarios y
La renuncia al método de estimación directa simplificada               profesionales no acogidos a la modalidad simplificada o al
supone que el contribuyente determinará el rendimiento neto            método de estimación objetiva.
de todas sus actividades por la modalidad normal del método
                                                                       En todo caso se aplica si la cifra de negocios del conjunto de
de estimación directa.
                                                                       actividades supera los 600.000 € anuales en el año inmediato
La renuncia al método de estimación objetiva supone                    anterior o se renuncia a la estimación directa simplificada.
la inclusión en la modalidad simplificada del método de
estimación directa si se cumplen los requisitos establecidos
para esta modalidad, salvo que se renuncie al mismo.                   Cálculo del rendimiento neto

                                                                       Con carácter general, el rendimiento neto se calcula por
                                                                       diferencia entre los ingresos computables y los gastos
Exclusión
                                                                       deducibles, aplicando, con matices, la normativa del IS (se
En estimación directa modalidad simplificada, la exclusión             aplican los incentivos y estímulos a la inversión del IS).
del método se produce cuando en el año anterior, el importe
                                                                       Son ingresos computables los derivados de las ventas, de la
neto de la cifra de negocios para el conjunto de todas las
                                                                       prestación de servicios, del autoconsumo y las subvenciones,
actividades del contribuyente, supere 600.000 €.
                                                                       entre otros.
El contribuyente, en tal caso, determinará el rendimiento de
                                                                       Son gastos los que se producen en el ejercicio de la actividad:
todas sus actividades por la modalidad normal del método de
                                                                       suministros, consumo de existencias, gastos del personal,
estimación directa, como mínimo durante los 3 años siguientes.
                                                                       reparación y conservación, arrendamiento y amortizaciones
En estimación objetiva, la exclusión se produce cuando                 (por la depreciación efectiva de los elementos patrimoniales
supere el volumen de rendimientos íntegros o de compras                en funcionamiento, además de los supuestos de libertad de
en bienes y servicios, fijados reglamentariamente, cuando la           amortización establecidos).
actividad se desarrolle fuera del ámbito de aplicación espacial
                                                                       El rendimiento neto calculado se reducirá si es irregular. Si
del IRPF o cuando supere los límites establecidos en la Orden
                                                                       se cumplen los requisitos establecidos se minorará por el
Ministerial de desarrollo de este régimen.
                                                                       ejercicio de determinadas actividades económicas.
La exclusión de este método de estimación objetiva, supondrá
la inclusión en la modalidad simplificada del método de
estimación directa, durante los 3 años siguientes, salvo que
se renuncie al mismo.




                                                                  11
Obligaciones contables y registrales                                    Cálculo del rendimiento neto

Actividades mercantiles: contabilidad ajustada al Código de             El rendimiento neto se calcula conforme a las normas del IS
Comercio y al Plan General de Contabilidad.                             (ingresos menos gastos) como en estimación directa normal,
                                                                        con las siguientes particularidades:
Actividades no mercantiles (agrícolas, ganaderas y las de
artesanía, las ventas de objetos construidos por artesanos              1.	Las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación
que se realice por éstos en sus talleres): libros registro de              se cuantifican aplicando un 5% del rendimiento neto
ventas e ingresos, de compras y gastos y bienes de inversión.              positivo, excluido este concepto. No se aplicará cuando
                                                                           se opte por la reducción por el ejercicio de determinadas
Actividades profesionales: libros registro de ingresos, de
                                                                           actividades económicas.
gastos, de bienes de inversión y de provisiones de fondos y
suplidos.                                                               2.	Las amortizaciones del inmovilizado material se practican
                                                                           de forma lineal, en función de la tabla específica de
                                                                           amortización simplificada. Además de los supuestos de
Estimación directa simplificada                                            libertad de amortización establecidos.

                                                                        Para adquisiciones de activos nuevos realizadas entre el 1 de
                                                                        enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2004, los coeficientes
A quién se aplica el método de estimación directa
                                                                        de amortización lineales máximos establecidos en las tablas
simplificada
                                                                        oficiales de coeficientes de amortización se entenderán
Se aplica a los empresarios y profesionales cuando concurran            sustituidos, en todas las menciones a ellos realizadas, por
las siguientes circunstancias:                                          el resultado de multiplicarlos por 1,1. El nuevo coeficiente se
                                                                        aplicará durante su vida útil.
1.	Que sus actividades no estén acogidas al método de
   estimación objetiva.                                                 El rendimiento neto calculado se reducirá si es irregular. Si
                                                                        se cumplen los requisitos establecidos se minorará por el
2.	Que, en el año anterior, el importe neto de la cifra de
                                                                        ejercicio de determinadas actividades económicas.
   negocios para el conjunto de actividades desarrolladas no
   supere los 600.000 €. Cuando en el año inmediato anterior
   se hubiese iniciado la actividad, el importe neto de la cifra
                                                                        Obligaciones contables y registrales
   de negocios se elevará al año.
                                                                        Actividades empresariales: libros registro de ventas e
3.	Que no se haya renunciado a su aplicación.
                                                                        ingresos, de compras y gastos y de bienes de inversión.
4.	Que ninguna actividad ejercida se encuentre en la modalidad
                                                                        Actividades profesionales: libros registro de ingresos, de
   normal del método de estimación directa.
                                                                        gastos, de bienes de inversión y de provisiones de fondos y
                                                                        suplidos.




                                                                   12
Tabla de amortización simplificada


  Grupo                  Elementos patrimoniales                  Coeficiente lineal máximo (%)   Período Máximo (Años)



     1      Edificios y otras construcciones                                   3                           68


            Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del
     2                                                                         10                          20
            inmovilizado material


     3      Maquinaria                                                         12                          18



     4      Elementos de Transporte                                            16                          14


            Equipos para tratamiento de la información y
     5                                                                         26                          10
            sistemas y programas informáticos


     6      Útiles y herramientas                                              30                          8



     7      Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino                            16                          14



     8      Ganado equino y frutales no cítricos                               8                           25



     9      Frutales cítricos y viñedos                                        4                           50



    10      Olivar                                                             2                          100




                                                             13
Estimación objetiva                                                     6.	Que no hayan renunciado o estén excluidos del régimen
                                                                           simplificado del IVA y del régimen especial simplificado del
                                                                           Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Que no hayan
A quién se aplica el método de estimación objetiva                         renunciado al régimen especial de la agricultura, ganadería
                                                                           y pesca del IVA, ni al régimen especial de la agricultura y
Se aplica a empresarios incluyendo determinadas actividades
                                                                           ganadería del IGIC.
profesionales (accesorias a otras empresariales de carácter
principal), que cumplan los siguientes requisitos:                      7.	Que ninguna actividad ejercida se encuentre en estimación
                                                                           directa, en cualquiera de sus modalidades.
1.	Que cada una de sus actividades estén incluidas en la Orden
   anual que desarrolla el régimen de estimación objetiva y no          En estos importes (puntos 2 y 3) se computan las operaciones
   rebasen los límites establecidos para cada actividad.                desarrolladas por el contribuyente, por su cónyuge,
                                                                        ascendientes y descendientes y por las entidades en atribución
2.	Que el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato
                                                                        de rentas en las que participen cualquiera de ellos siempre
   anterior, no supere 300.000 € para las actividades agrícolas
                                                                        que las actividades sean similares por estar clasificadas en el
   y ganaderas y 450.000 € para el conjunto de las actividades
                                                                        mismo grupo del IAE y exista dirección común compartiendo
   económicas, incluidas las agrarias.
                                                                        medios personales o materiales.
3.	Que el volumen de compras en bienes y servicios en
                                                                        Estos importes se elevarán al año cuando hubiera iniciado la
   el ejercicio anterior, excluidas las adquisiciones de
                                                                        actividad en el año en que se calculan los mismos.
   inmovilizado, no supere 300.000 € anuales. En obras y
   servicios subcontratados, su importe se tendrá en cuenta
   para el cálculo de este límite.                                      Cálculo del rendimiento neto
4.	Que las actividades económicas no sean desarrolladas,                El rendimiento neto se calcula según la Orden anual que
   total o parcialmente, fuera del ámbito de aplicación del IRPF        desarrolla este método, multiplicando los importes fijados
   (se entenderá que las actividades de transporte urbano               para los módulos, por el número de unidades empleadas, o
   colectivo y de viajeros por carretera, de transporte por             multiplicando el volumen total de ingresos por el índice de
   autotaxis, de transporte de mercancías por carretera y de            rendimiento neto que corresponda en actividades agrícolas,
   servicios de mudanzas se desarrollan dentro del ámbito de            ganaderas y forestales.
   aplicación del IRPF).
                                                                        La cuantía deducible por amortización del inmovilizado
5.	Que no hayan renunciado expresa o tácitamente a la                   resultará de aplicar la tabla de amortización de dicha Orden.
   aplicación de este régimen.                                          Si se cumplen los requisitos establecidos se minorará por el
                                                                        ejercicio de determinadas actividades económicas.




                                                                   14
Cálculo del rendimiento neto en actividades agrícolas,              Cálculo del rendimiento neto en el resto de actividades
ganaderas y forestales


 FASE 1:	VOLUMEN TOTAL DE INGRESOS                                   FASE 1:	UNIDADES DE MÓDULO EMPLEADAS,
 	       (incluidas subvenciones, indemnizaciones	                           UTILIZADAS O INSTALADAS
         y ayudas PAC)                                               	       (x)	RENDIMIENTO ANUAL POR UNIDAD DE	
 	       (x)	ÍNDICE DE RENDIMIENTO NETO                                      	 MÓDULO
 	       =	 RENDIMIENTO NETO PREVIO                                  	       =	 RENDIMIENTO NETO PREVIO

 FASE 2:	(-)	 REDUCCIONES (que se establezcan cada año,              FASE 2:	MINORACIONES:
         	 por ejemplo, por adquisición de gasóleo agrícola          	       (-)	 INCENTIVOS AL EMPLEO
 	       (-)	 AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL	                	       (-)	 INCENTIVOS A LA INVERSIÓN	
         	 E INTANGIBLE (excluidas actividades forestales)                   	 (amortizaciones)
 	       = 	 RENDIMIENTO NETO MINORADO                               	       = 	 RENDIMIENTO NETO MINORADO

 FASE 3:	(x)	ÍNDICES CORRECTORES                                     FASE 3:	(x)	ÍNDICES CORRECTORES
         	 (según la actividad y determinadas circunstancias)                	 (según la actividad y determinadas circunstancias)
 	       =	 RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS                              	       = 	 RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS

 FASE 4:	(-)	 REDUCCIÓN GENERAL DEL RENDIMIENTO NETO                 FASE 4:	(-) REDUCCIÓN GENERAL DEL RENDIMIENTO NETO
                                                                     	       (-)	 GASTOS EXTRAORDINARIOS POR	
 	        (-)	 REDUCCIÓN LEY 19/1995: 25%	
                                                                             	 CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES	
          	   (agricultores jóvenes)                                         	 (incendios, inundaciones,... comunicadas a la	
 	        (-)	 GASTOS EXTRAORDINARIOS POR	                                   	 AEAT en tiempo y forma)
                                                                     	       =	 RENDIMIENTO NETO CALCULADO POR	
          	   CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES	
                                                                             	 ESTIMACIÓN OBJETIVA
          	   (incendios, inundaciones,... comunicadas a la	
                                                                     FASE 5:	(+)	OTRAS PERCEPCIONES EMPRESARIALES
          	   AEAT en tiempo y forma)
                                                                             	 (subvenciones)
 	        =	 RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD                        	       =	 RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD

 FASE 5:	(-)	 REDUCCIÓN RENTAS IRREGULARES: 40%                      FASE 6:	(-)	 REDUCCIÓN RENTAS IRREGULARES: 40%
         	 (en general, por generación superior a 2 años 	                   	 (en general, por generación superior a 2 años	
         	 y en particular, las establecidas reglamentariamente)             	 y en particular, las establecidas reglamentariamente)
 	       =	 RENDIMIENTO NETO REDUCIDO                                	       = 	 RENDIMIENTO NETO REDUCIDO




                                                               15
Obligaciones contables y registrales                                      aplicado la deducción por obtención de rendimientos del
                                                                          trabajo o de actividades económicas. Se deducirán también,
Es obligatorio conservar las facturas emitidas, recibidas y los
                                                                          en la actividad de arrendamiento de inmuebles y de cesión
justificantes de los módulos aplicados.
                                                                          de derechos de imagen, las retenciones y los ingresos a
Si se practican amortizaciones debe llevarse el libro registro            cuenta, desde el primer día del año al último del trimestre a
de bienes de inversión.                                                   que se refiere el pago fraccionado.
Cuando el rendimiento neto se calcule sobre el volumen de               2.	Actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras:
operaciones, debe llevarse libro registro de ventas o ingresos.            2% del volumen de ingresos del trimestre, excluidas las
                                                                           subvenciones de capital y las indemnizaciones. De la
                                                                           cantidad resultante se deducirán las retenciones y los
Pagos fraccionados                                                         ingresos a cuenta correspondientes al trimestre.
Los contribuyentes en estimación directa normal                         3.	Actividades profesionales: 20% del rendimiento neto, desde
o simplificada, realizarán cuatro pagos fraccionados                       el inicio del año hasta el último día del trimestre al que se
trimestrales en el modelo 130, entre el 1 y 20 de abril, julio             refiere el pago. De la cantidad resultante se deducirán los
y octubre, y entre el 1 y 30 de enero del año siguiente.                   pagos fraccionados ingresados por los trimestres anteriores
Deben presentar declaración negativa en los trimestres que                 del mismo año y las retenciones y los ingresos a cuenta que
no resulte cantidad a ingresar.                                            les hayan practicado desde el inicio del año hasta el último
                                                                           día del trimestre al que se refiere el pago fraccionado.
Los que desarrollan actividades agrícolas, ganaderas, forestales
y los profesionales, no están obligados a efectuar pagos                Los contribuyentes en estimación objetiva, realizarán cuatro
fraccionados si en el año natural anterior, al menos el 70%             pagos fraccionados, trimestrales, en el modelo 131 entre el 1
de los ingresos de su actividad (excluidas indemnizaciones y            y 20 de abril, julio y octubre, y el entre el 1 y 30 enero del
subvenciones de actividades agrícolas, ganaderas y forestales)          año siguiente. Deben presentar declaración negativa en los
fueron objeto de retención o ingreso a cuenta. El primer año            trimestres que no resulte cantidad a ingresar.
de actividad, para calcularlo, se tendrán en cuenta los ingresos
                                                                        El importe de cada uno de los pagos fraccionados se calcula
objeto de retención o ingreso a cuenta en cada período
                                                                        (% a la mitad, en actividades desarrolladas en Ceuta, Melilla):
trimestral al que se refiere el pago fraccionado.
                                                                        1.	Actividades empresariales (excepto agrícolas y ganaderas):
El importe de cada uno de los pagos fraccionados se calcula
(% a la mitad, en actividades desarrolladas en Ceuta, Melilla):           •	 4% del rendimiento resultante de la aplicación de los
                                                                             módulos sobre los datos-base a 1 de enero (si algún dato-
1.	Actividades empresariales: 20% del rendimiento neto
                                                                             base no pudiera determinarse a 1 de enero, se tomará el del
   obtenido desde el inicio del año hasta el último día del
                                                                             año anterior; si no puede determinarse ningún dato-base,
   trimestre al que se refiera el pago. Se deducirán los pagos
                                                                             el pago fraccionado será el 2% del volumen de ventas o
   fraccionados que habría correspondido ingresar por los
                                                                             ingresos del trimestre). Cuando se inicie una actividad, los
   trimestres anteriores del mismo año, si no se hubiera
                                                                             datos-base serán los del día de inicio.




                                                                   16
•	 3% cuando se tenga una persona asalariada.                         •	 En actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras
                                                                           con ingresos inferiores a 33.007,20 €: 2% del volumen de
  •	 2% cuando no se disponga de personal asalariado.
                                                                           ingresos del trimestre, excluidas las subvenciones del capital
2.	Actividades agrícolas, ganaderas y forestales: 2% del                   e indemnizaciones (máximo 660,14 € al periodo impositivo).
   volumen de ingresos del trimestre, excluidas las subvenciones
                                                                        Los miembros en régimen de atribución de rentas tienen
   de capital y las indemnizaciones.
                                                                        la obligación tributaria de realizar los pagos fraccionados del
	 Las actividades económicas en estimación objetiva, podrán             IRPF si la entidad realiza actividades económicas, sin perjuicio
  deducir del importe a ingresar por el pago fraccionado, las           de las obligaciones de la entidad.
  retenciones e ingresos a cuenta del trimestre y con límites
  por obtención de rendimientos del trabajo y de actividades
  económicas hasta una cuarta parte de 400 €. Si estas
  últimas son superiores podrá deducirse la diferencia en los
                                                                        Declaración anual de Renta. Modelo D-100
  siguientes pagos fraccionados del mismo período impositivo.           El modelo D-100 se presenta desde el 3 de mayo hasta
                                                                        30 de junio del año siguiente al ejercicio que se declara. Si
                                                                        resulta a ingresar se puede domiciliar en cuenta, hasta el día
                                                                        que se establezca y con cargo el último día del plazo.

                                                                        Si la declaración es a ingresar, se puede efectuar el ingreso en
                                                                        uno o dos plazos. Si el segundo plazo no se domicilia, debe
                                                                        presentarse el modelo 102 y efectuar el ingreso hasta el 5 de
                                                                        noviembre del año en que se presenta la declaración.

                                                                        Los contribuyentes que realizan actividades económicas no
                                                                        tienen perfil borrador, pudiendo solicitar los datos fiscales.

Temporalmente, los que utilicen financiación ajena para
adquirir o rehabilitar su vivienda habitual por las que tengan
derecho a deducción por inversión en vivienda habitual,
tendrán derecho a las siguientes deducciones:

•	 Para estimación directa con rendimientos íntegros inferiores
   a 33.007,20 €: 2% del rendimiento neto desde el primer día
   del año (máximo 660,14 € al trimestre).

•	 Para estimación objetiva con rendimientos netos resultantes
   de aplicar la estimación objetiva inferiores a 33.007,20 €:
   0,5% sobre dichos rendimientos.




                                                                   17
4. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

El IS grava la renta de los sujetos pasivos residentes en todo         Están también sujetas al IS (sin personalidad jurídica propia):
el territorio español. Deben presentar declaración del IS
                                                                       •	 Las uniones temporales de empresas.
aunque no hayan desarrollado actividades durante el periodo
impositivo o no hayan obtenido rentas sujetas al Impuesto.             •	 Los fondos de pensiones, inversión, capital-riesgo,
                                                                          regulación del mercado hipotecario, titulización hipotecaria,
Son residentes en territorio español las entidades en las que
                                                                          titulización de activos y de garantía de inversiones.
se cumpla alguno de los siguientes requisitos:
                                                                       •	 Las comunidades de titulares de montes vecinales en mano
•	 Que se hubiesen constituido conforme a las leyes españolas.
                                                                          común.
•	 Que tengan su domicilio social en territorio español.
                                                                       •	 Las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT).
•	 Que tengan la sede de dirección efectiva en territorio
                                                                       No son sujetos pasivos del IS y tampoco tributan en impuesto
   español (cuando en él radique la dirección y control del
                                                                       sobre la renta alguno, determinados entes sin personalidad
   conjunto de sus actividades).
                                                                       jurídica (herencias yacentes, comunidades de bienes, etc.) y
En la Comunidad Foral de Navarra y en los Territorios                  las sociedades civiles, salvo las SAT. Tributan en el régimen
Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco se aplica           de atribución de rentas: las rentas obtenidas por la entidad (la
el IS según el régimen de Convenio y Concierto Económico,              obtención de rentas la realiza materialmente la propia entidad,
respectivamente.                                                       que además es sujeto pasivo del IAE y del IVA), se atribuyen a
                                                                       los socios, herederos, comuneros o partícipes.
Están sujetas al IS las entidades con personalidad jurídica
propia, excepto las sociedades civiles (tributan por el régimen        Hay excepciones a la obligación de declarar. Gozan de
de atribución de rentas). Se incluyen, entre otras:                    exención total determinados entes del sector público (Estado,
                                                                       CCAA, Entidades Locales y sus organismos autónomos,
•	 Las sociedades mercantiles         (Anónimas,     Limitadas,
                                                                       entidades gestoras de la Seguridad Social, Banco de España,
   Colectivas, Laborales, etc.).
                                                                       etc.). Otras entidades están parcialmente exentas (entidades
•	 Las sociedades estatales, autonómicas, provinciales y               e instituciones sin ánimo de lucro, benéficas o de utilidad
   locales.                                                            pública, organizaciones no gubernamentales, cámaras
                                                                       oficiales, sindicatos, partidos políticos, etc.).
•	 Las sociedades cooperativas.

•	 Las sociedades unipersonales, agrupaciones de interés
   económico.

•	 Asociaciones, fundaciones e instituciones, tanto públicas
   como privadas y los entes públicos.




                                                                  18
Periodo impositivo y devengo                                          Esquema de liquidación
El periodo impositivo del IS, coincide con el ejercicio
económico de cada entidad, no pudiendo exceder de 12                  FASE 1:	RESULTADO CONTABLE
meses. La fecha de cierre del ejercicio económico o social, se        	       (+/-)	 Ajustes
determina en los estatutos de las sociedades. En su defecto           	       • Diferencias permanentes
termina el 31 de diciembre de cada año. El IS se devenga el           	       • Diferencias temporarias	
último día del periodo impositivo.                                    	       	 (por la diferente valoración contable y fiscal	
                                                                      	       	 de un activo, pasivo o instrumento de patrimonio	
Aunque no haya finalizado el ejercicio económico, el periodo
                                                                      	       	 propio, con incidencia en la carga fiscal futura)
impositivo se entiende concluido:
                                                                      	       = 	 RESULTADO FISCAL
•	 Cuando la entidad se extinga (asiento de cancelación de la
                                                                      FASE 2:	(-)	 Compensación base imponible negativa de
   sociedad en el Registro Mercantil).
                                                                      	       	 ejercicios anteriores
•	 Cuando cambie la residencia de la entidad, del territorio          	       =	 BASE IMPONIBLE
   español al extranjero.
                                                                      FASE 3:	(x)	Tipo de gravamen
•	 Cuando se transforme la forma jurídica de la entidad y ello        	       =	 CUOTA ÍNTEGRA
   determine la no sujeción al IS de la entidad resultante, la
                                                                      FASE 4:	(-)	 Deducciones por doble imposición
   modificación de su tipo de gravamen o la aplicación de un
                                                                      	       (-)	 Bonificaciones
   régimen tributario especial.
                                                                      	       = 	 CUOTA ÍNTEGRA AJUSTADA POSITIVA

                                                                      FASE 5:	(-)	 Deducción para incentivar determinadas
                                                                      	       	 actividades
                                                                      	       =	 CUOTA LÍQUIDA POSITIVA

                                                                      FASE 6:	(-)	 Retenciones e ingresos a cuenta
                                                                      	       =	 CUOTA DEL EJERCICIO A INGRESAR	
                                                                      	       	 O A DEVOLVER

                                                                      FASE 7:	(-)	 Pagos fraccionados
                                                                      	       =	 CUOTA DIFERENCIAL

                                                                      FASE 8:	(+)	Incremento por pérdida de beneficios fiscales de
                                                                      	       	 ejercicios anteriores
                                                                      	       (+)	Intereses de demora
                                                                      	       =	 LÍQUIDO A INGRESAR O A DEVOLVER




                                                                 19
Base Imponible                                                                  impositivos que concluyan dentro de los 18 años (para periodos
                                                                                impositivos iniciados desde el 1 de enero de 2012) inmediatos y
La base imponible (BI) es el importe de la renta del periodo impositivo         sucesivos a aquél en que se originó la BI negativa. Las entidades
minorada por las bases imponibles negativas de ejercicios                       de nueva creación pueden compensar las bases imponibles
anteriores. Se regula el cálculo de la BI con particularidades para             negativas con las rentas positivas de los periodos impositivos que
algunos regímenes fiscales como el de cooperativas o entidades                  concluyan en el referido plazo a partir del primer periodo impositivo
sin ánimo de lucro.                                                             cuya renta sea positiva. El límite de compensación máximo de
Para determinar la BI, se parte del resultado contable en el                    cada ejercicio es la cuantía de renta positiva del mismo.
método de estimación directa (el aplicado con carácter general).
El resultado contable se calcula según la normativa mercantil y se
corrige aplicando los principios y criterios de calificación, valoración        Tipo de gravamen y cuota íntegra
e imputación temporal de la Ley del IS (ajustes extracontables).                El tipo de gravamen es el porcentaje que multiplicado por la
Según el Plan General Contable los ingresos y gastos del ejercicio              BI permite obtener la cuota íntegra. El resultado puede ser
se imputarán a la cuenta de pérdidas y ganancias y formarán                     positivo (si la BI es positiva) o cero (con BI cero o negativa).
parte del resultado, excepto cuando proceda su imputación                       Los tipos de gravamen aplicables son los siguientes:
directa al patrimonio neto, de acuerdo con lo previsto en las
normas de registro y valoración. Los gastos tienen, en general, el              •	 Tipo de gravamen general: 30% (períodos impositivos
carácter de deducibles fiscalmente, no obstante, la norma fiscal                   iniciados desde 1-1-2008).
señala algunos gastos no deducibles que con carácter general y                  •	 Tipos de gravamen especiales, destacan:
matices son: retribuciones a los fondos propios, tributos, multas
y sanciones penales y administrativas, donativos y liberalidades,                 –	 Entidades de reducida dimensión: 25% sobre los
fondos internos para cubrir contingencias análogas a planes y                        primeros 300.000 € de BI y 30% sobre el resto de BI
fondos de pensiones, gastos de servicios en operaciones con                          (períodos impositivos iniciados desde 1-1-2011).
paraísos fiscales, salvo que se pruebe que corresponden a una                     –	Cooperativas fiscalmente protegidas: 20%, (los
operación efectivamente realizada.                                                  resultados extracooperativos irán al tipo general).
Los ajustes son consecuencia de las discrepancias existentes                      –	 Entidades con importe neto de cifra de negocios
entre la norma contable y la fiscal. Los ajustes permiten conciliar el               inferior a 5.000.000 de € y plantilla media inferior a 25
resultado contable con lo establecido en las normas que regulan                      empleados:
la obtención de la BI, y pueden diferir en la calificación, en la
                                                                                     -	 20% sobre los primeros 120.202,41 € de BI (periodos
valoración o en la imputación temporal.
                                                                                        iniciados en 2009 y 2010) y 300.000 € (periodos
Asimismo, se puede compensar la renta positiva obtenida en                              iniciados en 2011 y 2012).
el ejercicio con las bases imponibles negativas de ejercicios
                                                                                     -	 25% sobre el resto de BI
anteriores. Así, la BI negativa de un periodo impositivo puede ser
compensada con las rentas positivas generadas en los periodos




                                                                           20
Deducciones y bonificaciones                                               Bonificaciones. Se destacan:

Sobre la cuota íntegra se aplican las siguientes deducciones y             •	 50% de bonificación de la cuota del IS correspondiente a
bonificaciones (con requisitos):                                              rentas obtenidas en Ceuta, Melilla, por las entidades que allí
                                                                              operen.
Deducciones por doble imposición. Permiten paliar la doble
imposición de rentas que ya han tributado en otra sociedad.                •	 25% de bonificación de la cuota del IS correspondiente
La doble imposición puede ser:                                                a rentas derivadas de la actividad exportadora de
                                                                              producciones cinematográficas o audiovisuales españolas
•	 Doble imposición interna (dividendos y plusvalías de                       y de libros (13% para los que se inicien desde 2013,
   sociedades residentes en territorio español). La sociedad                  derogándose a partir de 2014).
   podrá deducirse:
                                                                           •	 50% de bonificación de la cuota del IS correspondiente a
  –	 El 50% de la cuota íntegra correspondiente a la BI de los                resultados obtenidos por las cooperativas especialmente
     dividendos o participaciones en beneficios.                              protegidas.
  –	 El 100% cuando los dividendos o participaciones en
     beneficios procedan de entidades con un porcentaje de
     participación, directo o indirecto, igual o superior al 5%, si
     se ha mantenido durante el año anterior al día en que sea
     exigible el beneficio que se distribuya o, en su defecto,
     durante el tiempo necesario para completar un año.

•	 Doble imposición internacional (por impuestos soportados,
   rentas obtenidas a través de establecimiento permanente y
   dividendos y participaciones en beneficios, con requisitos).

  –	 Cuando la sociedad residente integre rentas gravadas en
     el extranjero podrá deducir el menor de:

    -	 El impuesto satisfecho en el extranjero.

    -	 El que correspondería pagar en España por dichas rentas.

  –	 Cuando integre dividendos o participación en beneficios
     gravados en el extranjero: el impuesto pagado por los
     beneficios con cargo a los que se abonan los dividendos,
     en la cuantía correspondiente.




                                                                      21
Deducciones para incentivar                                              Están sometidas a retención:

determinadas actividades                                                 •	 Rentas de capital mobiliario.

Se practican tras las deducciones para evitar la doble                   •	 Premios de juegos, concursos, rifas o combinaciones
imposición y las bonificaciones. Son un incentivo fiscal para               aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o
estimular diversas actividades:                                             venta de determinados bienes, productos o servicios que
                                                                            superen 300,51 €.
•	 Investigación y desarrollo e innovación tecnológica (I+D+IT).
                                                                         •	 Contraprestaciones obtenidas por los cargos            de
•	 Familiarización de los empleados con la utilización de
                                                                            administrador o consejero en otras sociedades.
   nuevas tecnologías de la comunicación e información
   (prórroga para 2011 y 2012).                                          •	 Rentas obtenidas de la cesión del derecho a la explotación
                                                                            de la imagen o del consentimiento o autorización, aun
•	 Inversiones medioambientales (instalaciones).
                                                                            cuando se obtengan en el desarrollo de una actividad
•	 Creación de empleo para trabajadores minusválidos.                       económica.

•	 Edición de libros (a eliminar en 2014) y producción                   •	 Rentas procedentes del arrendamiento o subarriendo de
   cinematográfica (a eliminar en 2013).                                    inmuebles urbanos, aun cuando constituyan ingresos
                                                                            derivados de explotaciones económicas.
•	 Reinversión de beneficios extraordinarios.
                                                                         •	 Rentas obtenidas por las transmisiones o reembolsos de
•	 Adquisición, conservación y rehabilitación de bienes del
                                                                            acciones o participaciones representativas del capital o
   Patrimonio Histórico Español (a eliminar en 2014).
                                                                            patrimonio de instituciones de inversión colectiva.
Sólo es deducible un porcentaje de la inversión efectuada (%
                                                                         Si estas rentas se abonan en especie, deberá practicarse el
de deducción) cuyo valor varía de unas modalidades a otras
                                                                         ingreso a cuenta.
de inversión y ha sido sucesivamente alterado.



Retenciones e ingresos a cuenta
Practicadas las deducciones por inversiones sobre la cuota
íntegra ajustada positiva o cuota íntegra minorada, se obtiene
la cuota líquida positiva del ejercicio (cero o positiva). A esta
cantidad se le restan las retenciones e ingresos a cuenta,
dando lugar a la cuota del ejercicio a ingresar o devolver.

Están obligadas a retener las entidades sujetas al impuesto
y a empresarios individuales y profesionales, respecto de las
rentas que abonen en el ejercicio de su actividad económica.




                                                                    22
Pagos fraccionados                                                           •	 Sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no haya
                                                                                superado 6.010.121,04 e durante los 12 meses anteriores a
Para obtener la cuota diferencial se tienen en cuenta los                       la fecha en que se inicien los periodos impositivos dentro de
pagos fraccionados.                                                             los años indicados: resultado de multiplicar por 5/7 el tipo
Están obligados a efectuar pagos fraccionados a cuenta                          de gravamen redondeado por defecto.
de la liquidación del IS, los residentes en España y los                     •	 Sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones haya
establecimientos permanentes en territorio español de                           superado 6.010.121,04 e durante los 12 meses anteriores
sociedades no residentes a cuenta del IRNR.                                     a la fecha en que se inicien los periodo impositivo dentro de
                                                                                los años indicados:

Modalidades de pagos fraccionados                                              –	 Resultado de multiplicar 5/7 el tipo de gravamen
                                                                                  redondeado por defecto cuando en esos 12 meses
Hay dos modalidades para determinar la base de los pagos
                                                                                  el importe neto de la cifra de negocios sea inferior a
fraccionados.
                                                                                  20.000.000 e .
1.	Modalidad aplicable con carácter general
                                                                               –	 Resultado de multiplicar 8/10 el tipo de gravamen
	 El pago fraccionado se calcula aplicando el 18% sobre                           redondeado por defecto cuando en esos 12 meses
  la cuota íntegra del último período impositivo cuyo plazo                       el importe neto de la cifra de negocios sea al menos
  de declaración estuviese vencido el primer día de los 20                        20.000.000 e e inferior a 60.000.000 e.
  naturales de abril, octubre o diciembre minorada por las
                                                                               –	 Resultado de multiplicar 9/10 el tipo de gravamen
  deducciones y bonificaciones a las que tenga derecho el
                                                                                  redondeado por defecto cuando en esos 12 meses
  sujeto pasivo y  por las retenciones e ingresos a cuenta.
                                                                                  el importe neto de la cifra de negocios sea al menos
	 Si el último período impositivo tuviera una duración inferior                   60.000.000 e.
  al año, se toma igualmente en cuenta la parte proporcional
                                                                             Si el período impositivo no coincide con el año natural, se
  de la cuota de períodos impositivos anteriores, hasta
                                                                             toma como BI la de los días transcurridos desde el inicio del
  completar un período de doce meses.
                                                                             período impositivo hasta el día anterior al inicio de los períodos
2.	Modalidad opcional (obligatoria si el volumen de                          señalados anteriormente (31 de marzo, 30 de septiembre y
   operaciones es superior a 6.010.121,04 €)                                 30 de noviembre). En estos casos, el pago fraccionado es a
                                                                             cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo
	 El pago fraccionado se calcula sobre la BI del período de los
                                                                             que esté en curso el día anterior al inicio de cada uno de los
  3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural. El porcentaje
                                                                             citados períodos.
  será el resultado de multiplicar por 5/7 el tipo de gravamen
  redondeado por defecto.                                                    De la cuota resultante se deducen las bonificaciones por
                                                                             las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, otras bonificaciones
	 Para periodos impositivos iniciados en 2011, 2012 y 2013, se
                                                                             que fueran de aplicación, las retenciones e ingresos a cuenta
  aplican las siguientes reglas para el cálculo del pago fraccionado:
                                                                             practicados y los pagos fraccionados del período impositivo.




                                                                        23
Se opta por la segunda modalidad presentando el modelo                Modelos de pagos fraccionados
036 de declaración censal, en febrero del año a partir del
                                                                      •	 Modelo 202: pago fraccionado. Régimen General.
cual debe surtir efectos, siempre que el período impositivo al
                                                                         Obligatorio presentarlo para grandes empresas aunque no
que se refiere la citada opción coincida con el año natural;
                                                                         deban efectuar ingreso.
si no, el plazo será el de 2 meses a contar desde el inicio
de dicho período impositivo o dentro del plazo comprendido            •	 Modelo 222: pago fraccionado. Régimen de tributación de
entre este inicio y la finalización del plazo para efectuar el           los grupos de Sociedades. Obligatorio presentarlo aunque
primer pago fraccionado correspondiente al referido período              no deba efectuarse ingreso (con alguna excepción).
impositivo cuando este último plazo fuera inferior a 2 meses.
                                                                      Forma de presentación
Realizada la opción, el sujeto pasivo queda obligado respecto
                                                                      El modelo 202 se puede presentar en impreso y por Internet
de los pagos fraccionados del mismo período impositivo y
                                                                      (obligatorio para SA y SL). Es obligatorio presentar por Internet
siguientes, salvo renuncia a su aplicación presentando el
                                                                      el modelo 222.
modelo 036 de declaración censal en los mismos plazos.
                                                                      Plazo de Presentación
No existe obligación de practicar pagos fraccionados en el
primer ejercicio económico de la entidad, ya que no es posible        La presentación e ingreso se realiza entre el 1 y el 20 de abril,
aplicar la primera modalidad, al ser la cuota igual a cero. No        octubre y diciembre.
obstante, se puede optar por aplicar la segunda modalidad.

                                                                      Declaración

                                                                      Plazo de presentación

                                                                      La declaración del IS debe presentarse dentro de los 25 días
                                                                      naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión
                                                                      del periodo impositivo. Así, en general, para sujetos pasivos
                                                                      cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo
                                                                      es el de los 25 primeros días naturales del mes de julio.

                                                                      Al tiempo, debe determinarse e ingresarse la deuda.

                                                                      Los sujetos pasivos cuyo período impositivo coincida con el año
                                                                      natural y presenten por Internet la declaración del IS, pueden
                                                                      domiciliar el pago. Plazo de domiciliación: 1 a 20 de julio.

                                                                      Es posible pagar la deuda tributaria entregando bienes
                                                                      integrantes del Patrimonio Histórico Español, inscritos en el
                                                                      Inventario General de Bienes Muebles o en el Registro General
                                                                      de Bienes de Interés Cultural.



                                                                 24
Modelos de autoliquidaciones                                        Obligaciones contables y registrales
•	 Modelo 200: declaración del IS e IRNR (establecimientos          El Código de Comercio obliga a llevar dos libros contables:
   permanentes y entidades en régimen de atribución de
   rentas constituidas en el extranjero con presencia en            1.	El libro diario. En el que se anota cronológicamente,
   territorio español).                                                día a día, el importe de todas las operaciones realizadas
                                                                       en desarrollo de la actividad empresarial. También
•	 Modelo 220: declaración del IS. Régimen de tributación de           puede realizarse anotación conjunta de los totales de las
   los grupos de Sociedades.                                           operaciones por períodos no superiores al mes, su detalle
                                                                       se registra en libros concordantes.

Forma de presentación                                               2.	El libro de inventarios y cuentas anuales.

El modelo 200 se puede presentar en impreso o por Internet            •	 El primer estado contable es un balance inicial detallado
(obligatorio para las SA, SL y grandes empresas). El modelo              de la empresa.
220 se presentará obligatoriamente por Internet.                      •	 El segundo estado contable es el balance de comprobación,
                                                                         en el que deben transcribirse trimestralmente las sumas y
                                                                         saldos de las cuentas.

                                                                      •	 El tercer estado contable es el inventario a cierre de
                                                                         ejercicio.

                                                                      •	 El último estado contable, a cierre de ejercicio, contiene las
                                                                         cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias,
                                                                         estados de cambio en el patrimonio neto, estados de
                                                                         flujo de efectivo y la memoria. Las cuentas anuales son el
                                                                         instrumento contable más importante para el IS, ya que
                                                                         sirven de partida para la configuración de su BI.

                                                                    Además de los libros de llevanza obligatoria se podrá llevar
                                                                    de forma voluntaria, otros libros y registros, según el sistema
                                                                    contable adoptado, o la naturaleza de su actividad.

                                                                    Por otra parte, se establece la obligación de llevar y legalizar
                                                                    ciertos “libros societarios”: libro de actas, libro de acciones
                                                                    nominativas en las SA y comanditarias por acciones, libro
                                                                    registro de socios en las SL.




                                                               25
Legalización de los libros contables: los libros obligatorios
en formato papel o digital  en soporte informático se legalizan
en el Registro Mercantil del domicilio social de la entidad en
los 4 meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio (30 de
abril para ejercicios que coinciden con el año natural).

La legalización se podrá realizar en papel, presentación digital
(CD o DVD) o por Internet mediante firma electrónica.

Conservación de los libros: la Ley General Tributaria (LGT)
impone el deber de conservar los libros relativos al negocio,
debidamente ordenados, durante 6 años, desde su último
asiento, salvo que una norma exija otro plazo.

Asimismo, la LGT y el Código de Comercio exigen la
conservación de la correspondencia, documentación y
justificantes del negocio durante 6 años, desde el día en que
se cierran los libros con los asientos que justifican.




                                                                   26
5. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

Están sujetas al IVA las entregas de bienes y prestaciones de             •	 Entre las relacionadas con el comercio exterior, la entrega
servicios realizadas en territorio de aplicación del impuesto por            de bienes expedidos y transportados fuera del territorio
empresarios o profesionales a título oneroso, en el desarrollo de            peninsular español e Islas Baleares, ya sea con destino a
sus actividades económicas. Son sujetos pasivos del mismo las                Estados miembros, o a territorios terceros.
personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica.

                                                                          Regímenes de tributación
Actividades exentas                                                       En el IVA existe un régimen general y los siguientes regímenes
En el IVA se contemplan diversas exenciones.                              especiales:

•	 Entre las exenciones interiores cabe mencionar, entre otras:           •	 Simplificado: empresarios del sector servicios, industriales,  
                                                                             comerciantes y ciertas actividades agropecuarias que
  –	 Enseñanza en centros públicos o privados y clases
                                                                             puedan tributar en este régimen.
     particulares por personas físicas sobre materias incluidas
     en los planes de estudios del sistema educativo.                     •	 Recargo de equivalencia: para comerciantes minoristas
                                                                             que reúnan los requisitos.
  –	 Asistencia a personas físicas por profesionales médicos y
     servicios sanitarios.                                                •	 Agricultura, ganadería y pesca: para agricultores y
                                                                             ganaderos salvo renuncia o exclusión.
  –	 Servicios profesionales, incluidos aquellos cuya contra-
     prestación consista en derechos de autor, prestados por              •	 Bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos
     artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios y              de colección.
     gráficos.
                                                                          •	 Agencias de viajes.
  –	 Operaciones y prestaciones de servicios relativas a
                                                                          •	 Oro de inversión.
     seguros, reaseguros y capitalización.
                                                                          •	 Servicios prestados por vía electrónica.
  –	 Servicios de mediación prestados a personas físicas en
     diversas operaciones financieras exentas.                            •	 Grupo de entidades.

  –	 Servicios de intervención prestados por fedatarios                   Tributarán en el régimen general los agricultores y ganaderos que
     públicos en operaciones financieras exentas.                         queden excluidos o renuncien al régimen especial de la agricultura,
                                                                          ganadería y pesca o régimen simplificado, los industriales que no
  –	 Arrendamiento de viviendas y entrega de terrenos rústicos
                                                                          puedan tributar en el régimen simplificado y los comerciantes
     y no edificables, así como  segunda y ulteriores entregas
                                                                          que no reúnen los requisitos necesarios para estar en el régimen
     de edificaciones.
                                                                          simplificado ni en el de recargo de equivalencia y, los profesionales,
  –	 Entrega de sellos de correos y efectos timbrados de	                 artistas y deportistas. Los empresarios del sector servicios pueden
     curso legal.                                                         tributar en el régimen general, o en el régimen simplificado en
                                                                          algunos supuestos.




                                                                     27
Régimen general                                                          Modelos de autoliquidaciones

                                                                         El modelo 303, se utiliza tanto si el período de liquidación es
                                                                         trimestral como si es mensual, excepto por las personas físicas
A quién se aplica el régimen general                                     o entidades que apliquen el régimen especial simplificado y
A los sujetos pasivos del IVA cuando no sea de aplicación                las que hayan optado por el régimen especial del grupo de
ninguno de los regímenes especiales, se haya renunciado                  entidades, que presentarán los modelos de autoliquidación
o se quede excluido del régimen simplificado o del régimen               específicos para estos regímenes.
especial de la agricultura, ganadería y pesca.                           Si el período de liquidación es trimestral, la presentación
                                                                         del modelo 303 y en su caso, el ingreso o solicitud de
                                                                         compensación se efectúa entre el 1 y el 20 de abril, julio
En qué consiste el régimen general
                                                                         y octubre, excepto la correspondiente al último período
•	 Quien realice entregas de bienes o prestaciones de servicios          de liquidación del año, en la que también puede solicitar la
   repercutirá el tipo impositivo del IVA que corresponda al             devolución, entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente.
   importe de la operación, salvo que esté exenta o no sujeta:           Para domiciliar el pago, la presentación se realiza por Internet
                                                                         entre el 1 y el 15 de abril, julio y octubre y entre el 1 y el 25
  –	 General: 18%.
                                                                         de enero.
  –	 Reducido: 8% (entrega de viviendas –4% del 20 de
                                                                         Para las grandes empresas, los que opten por inscribirse en
     agosto de 2011 al 31 de diciembre de 2012–, servicios de
                                                                         el REDEME y entidades acogidas al régimen especial del
     transporte de viajeros, de hostelería, de peluquería, etc.).
                                                                         grupo de entidades, (con el modelo 036 y el 039 para los
  –	 Súper reducido 4% (alimentos básicos, medicamentos                  grupos de entidades), el período de liquidación es mensual.
     para uso humano, libros, periódicos y revistas, etc.).              La presentación del modelo 303 y en su caso, el ingreso o
                                                                         solicitud de compensación o devolución se efectúa entre el 1
•	 Igualmente los proveedores de bienes y servicios les habrán
                                                                         y el 20 del mes siguiente a la finalización del correspondiente
   repercutido, el IVA correspondiente.
                                                                         período de liquidación mensual, salvo la liquidación de
•	 Se debe calcular y en su caso ingresar trimestralmente                julio, que se presenta durante agosto y septiembre y la de
   o mensualmente (grandes empresas, los inscritos en el                 diciembre, entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente.
   REDEME y entidades acogidas al régimen especial del
                                                                         Los inscritos en el REDEME, presentarán junto al modelo 303
   grupo de entidades) la diferencia entre el IVA devengado, es
                                                                         y en los mismos plazos y formas (Internet), el modelo 340
   decir, repercutido a clientes, y el IVA soportado deducible,
                                                                         (declaración informativa de operaciones incluidas en los libros
   el que repercuten los proveedores.
                                                                         registro del IVA e IGIC y otras operaciones).

                                                                         Si en algún trimestre no resultara cantidad a ingresar, se
                                                                         presentará, según proceda, declaración sin actividad,
                                                                         a compensar o a devolver (esta última sólo en el último




                                                                    28
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  • 1. Portada y contra AE 2011 13/2/12 10:50 P gina 1
  • 2. ÍNDICE INTRODUCCIÓN 4 1. DECLARACIÓN CENSAL, MODELOS 036 Ó 037 5 • Declaración de alta. Solicitud de NIF 5 • Declaración de modificación y baja 6 2. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS 8 3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS 10 • Incompatibilidad entre regímenes 10 • Renuncia 10 • Exclusión 11 • Estimación directa normal 11 − A quién se aplica el método de estimación directa normal 11 − Cálculo del rendimiento neto 11 − Obligaciones contables y registrales 12 • Estimación directa simplificada 12 − A quién se aplica el método de estimación directa simplificada 12 − Cálculo del rendimiento neto 12 − Obligaciones contables y registrales 12 − Tabla de amortización simplificada 13 • Estimación objetiva 14 − A quién se aplica el método de estimación objetiva 14 − Cálculo del rendimiento neto 14 − Cálculo del rendimiento neto en las actividades agrícolas, ganaderas y forestales 15 − Cálculo del rendimiento neto en el resto de actividades 15 − Obligaciones contables y registrales 16 • Pagos fraccionados 16 • Declaración anual de Renta. Modelo D-100 17 4. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES 18 • Período impositivo y devengo 19 • Esquema de liquidación 19 • Base Imponible 20 • Tipo de gravamen y cuota íntegra 20 • Deducciones y bonificaciones 21 • Deducciones para incentivar determinadas actividades 22 • Retenciones e ingresos a cuenta 22 1
  • 3. ÍNDICE • Pagos fraccionados 23 − Modalidades de pagos fraccionados 23 − Modelos de pagos fraccionados 24 • Declaración 24 − Plazo de presentación 24 − Modelos de autoliquidaciones 25 − Forma de presentación 25 • Obligaciones contables y registrales 25 5. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO 27 • Actividades exentas 27 • Regímenes de tributación 27 • Régimen general 28 − A quién se aplica el régimen general 28 − En qué consiste el régimen general 28 − Modelos de autoliquidaciones 28 − Forma de presentación 29 − Obligaciones formales 29 • Régimen especial simplificado 29 − A quién se aplica el régimen simplificado 30 − En qué consiste el régimen simplificado 30 − Liquidación 30 − Autoliquidación trimestral. Ingreso a cuenta 30 − Autoliquidación final. Liquidación anual 31 − Modelos de autoliquidaciones 32 − Obligaciones formales 32 • Régimen especial del recargo de equivalencia 33 − A quién se aplica el régimen especial del recargo de equivalencia 33 − En qué consiste el régimen especial del recargo de equivalencia 34 − Modelos de autoliquidaciones 34 − Obligaciones formales 34 • Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (REAG y P) 35 − A quién se aplica el REAG y P 35 − En qué consiste el REAG y P 35 − Modelos de autoliquidaciones 36 − Obligaciones formales 36 • Operaciones Intracomunitarias 36 2
  • 4. ÍNDICE • Las facturas 37 − Obligación de facturar 37 − Requisitos 37 − Plazo de expedición y envío de facturas 38 − Facturas rectificativas 38 − La factura electrónica 38 − Otros documentos de facturación 39 − Conservación de facturas o documentos sustitutivos 39 6. OTRAS OBLIGACIONES FISCALES. RETENCIONES 40 • Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas imputaciones de renta. Modelos 111 y 190 41 • Retenciones por arrendamiento de bienes inmuebles. Modelos 115 y 180 41 • Retenciones del capital mobiliario. Modelos 123 y 193 42 7. DECLARACIONES INFORMATIVAS 43 • Declaración informativa de operaciones incluidas en los libros registro. Modelo 340 43 • Declaración anual de partícipes y aportaciones a planes de pensiones. Modelo 345 44 • Declaración anual de operaciones con terceros. Modelo 347 44 8. FORMAS DE PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES 46 9. NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS OBLIGATORIAS 50 10. CERTIFICADO ELECTRÓNICO 50 • Obtención del certificado 51 • Instalación del certificado 51 • Periodo de validez del certificado 51 • Renovar un certificado 51 • Revocar un certificado 51 • Eliminar un certificado 51 • Documentación para acreditar la identidad 51 – Persona física 51 – Persona jurídica 52 – Entidades sin personalidad jurídica 53 • Servicios con certificado electrónico 54 NORMATIVA BÁSICA 55 3
  • 5. INTRODUCCIÓN Iniciar una actividad económica empresarial o profesional, Iniciada la actividad, los ingresos percibidos por autónomos origina un conjunto de obligaciones fiscales de carácter y entidades sin personalidad jurídica, tributan por el estatal. Algunas anteriores al inicio de la actividad y otras que Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, IRPF deben cumplirse durante su desarrollo. (pagos fraccionados y declaración anual). Las sociedades mercantiles tributan por el Impuesto sobre Sociedades, IS Estas actividades económicas pueden realizarse por (pagos fraccionados y declaración anual). personas físicas (autónomos), personas jurídicas (entidades mercantiles) o por entidades sin personalidad jurídica Además, se deben cumplir las obligaciones relativas al (sociedades civiles y comunidades de bienes). Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), declaraciones informativas (operaciones con terceros, declaración anual de Con carácter general, antes de iniciar una actividad retenciones, etc.) y otras que correspondan, en función de las económica debe presentarse declaración censal, modelos actividades desarrolladas. 036 ó 037. El modelo 840 del Impuesto de Actividades Económicas (IAE) lo presentarán sólo aquéllos que no estén exentos del pago del Impuesto, y antes del transcurso de 1 mes desde el inicio de la actividad. RESUMEN DE OBLIGACIONES FISCALES POR ACTIVIDADES ECONÓMICAS PERSONAS PERSONAS ENTIDADES SIN FÍSICAS JURÍDICAS PERSONALIDAD JURÍDICA ANTES DE INICIAR LA ACTIVIDAD: Declaración censal (alta, solicitud NIF) DURANTE LA ACTIVIDAD: Declaración censal (modificación) IAE IRPF (régimen de atribución de rentas) IS IVA Declaración anual de operaciones con terceros DESPUÉS DE LA ACTIVIDAD: Declaración censal (baja) IAE A continuación se recogen los aspectos más generales de las distintas obligaciones fiscales, para mayor detalle consultar la normativa correspondiente. 4
  • 6. 1. DECLARACIÓN CENSAL, modelos 036 ó 037 Declaración de alta. Solicitud de NIF Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica deben aportar, para que la Agencia Estatal de Quienes vayan a desarrollar actividades económicas deben Administración Tributaria (AEAT) les asigne el NIF provisional, solicitar la inscripción en el Censo de empresarios, profesionales el acuerdo de voluntades o el documento en que conste la y retenedores. Además, indicarán los datos identificativos de la cotitularidad. Para asignar el NIF definitivo deben presentar actividad, los regímenes y obligaciones tributarias del IRPF, IS junto al modelo 036, la siguiente documentación: e IVA, u otras según corresponda. • En personas jurídicas (Sociedades Anónimas, Asimismo, deben solicitar el NIF antes de realizar cualquier Limitadas, Anónimas y Limitadas Laborales, Colectivas entrega, adquisición o importación de bienes o servicios, de y Comanditarias): percibir cobros o abonar pagos, o de contratar personal para desarrollar su actividad. – Original y fotocopia de la escritura pública o documento fehaciente de constitución y de los estatutos sociales o Para ello consignarán en el modelo 036 los motivos de la documento equivalente. presentación: alta y solicitud del Número de Identificación Fiscal (NIF). Las personas físicas que dispongan de NIF – Certificado de inscripción en el Registro Mercantil o, deberán consignar en el modelo 036, o en el modelo 037, en su defecto, aportación de la escritura con sello de como motivo: alta. inscripción registral. El modelo 037 de declaración censal simplificada se podrá – Fotocopia del NIF del representante de la sociedad (el utilizar por personas físicas con determinadas condiciones, que firme la declaración censal) y original y fotocopia del entre ellas: documento que acredite la capacidad de representación. • Tengan NIF, no actúen por medio de representante y sean • En entidades sin personalidad jurídica (Sociedades residentes en España. civiles y Comunidades de bienes): • Su domicilio fiscal debe coincidir con el de gestión – Original y fotocopia del contrato privado de constitución o administrativa. escritura pública, con identificación y firma de los socios o comuneros, cuota de participación y objeto de la entidad. • No estén incluidos en los regímenes especiales del IVA con excepción del simplificado, agricultura, ganadería y pesca o – Inscripción en el Registro Civil de sociedades profesionales de recargo de equivalencia. que adopten la forma jurídica de Sociedad civil. • No figuren en el registro de devolución mensual (REDEME), el – Fotocopia del NIF del socio, comunero o partícipe que de operadores intracomunitarios, o el de grandes empresas. firme la declaración censal y del representante en su caso. Las personas físicas deben aportar, junto al modelo de La presentación de la declaración de alta en el censo de declaración censal, la acreditación del declarante, y si empresarios, profesionales y retenedores podrá sustituirse actua por representante su DNI/NIE y acreditación de la por la presentación del Documento Único Electrónico (DUE) representación. cuando la normativa lo autorice. 5
  • 7. Se puede tramitar telemáticamente la constitución de Los empresarios, profesionales y retenedores con domicilio Sociedades de Responsabilidad Limitada (SL) y la Sociedad fiscal en el País Vasco o Navarra presentarán los modelos Limitada Nueva Empresa y a los empresarios individuales. 036 ó 037 ante la Administración tributaria del Estado cuando deban presentar ante ésta, autoliquidaciones, resúmenes o El procedimiento telemático requiere la visita al “Punto declaraciones anuales o cuando sean sujetos pasivos del IAE de Asesoramiento e Inicio de Tramitación (PAIT)” que y desarrollen actividades económicas en territorio común. informa e inicia la creación de la sociedad; en particular cumplimentando el DUE, guardando la documentación que aporte el emprendedor, solicitando el código ID-CIRCE del Declaración de modificación y baja Centro de Información y Red de Creación de Empresas, etc. La declaración censal de modificación de la situación tributaria inicial se comunicará en los modelos 036 ó 037. Cuándo Entre otros, por los siguientes motivos: La declaración de alta en el Censo se debe presentar antes • Modificación del domicilio fiscal, social o de gestión de iniciar las actividades, de realizar operaciones o del administrativa y del domicilio a efectos de notificaciones, nacimiento de la obligación de retener o ingresar a cuenta. de otros datos identificativos, de representante, junto a la Las personas jurídicas y entidades sin personalidad jurídica, escritura donde conste la modificación o documento que deberán solicitar el NIF dentro del mes siguiente a la fecha de la acredite y, cuando proceda, inscripción en el Registro su constitución o de su establecimiento en territorio español. Público correspondiente. • Modificación de las actividades económicas, de locales, registros especiales. Dónde • Modificación de datos relativos al IRPF, Impuesto sobre la Los modelos 036 ó 037 de declaración censal se presentarán Renta de No Residentes (IRNR), IS, IVA y otros impuestos. en la oficina de la AEAT correspondiente al domicilio fiscal, entregando el impreso (junto a la documentación • Renuncia o exclusión a regímenes de tributación. complementaria) o por correo certificado (junto a la La declaración censal de baja se presentará en los modelos documentación complementaria o entregándola en la oficina 036 ó 037 cuando cesen en las actividades económicas. de Gestión Tributaria correspondiente) o por Internet con certificado electrónico (la documentación complementaria se Los herederos presentarán la declaración de baja de personas presentará en el registro electrónico de la AEAT, en 10 días físicas fallecidas. hábiles desde la presentación del modelo). La baja de sociedades o entidades sólo se podrá solicitar Es obligatorio presentar el modelo 036 por Internet para cuando se disuelvan conforme a la normativa que las regula (en solicitar la inscripción en el REDEME del IVA. sociedades mercantiles: cancelación efectiva de los asientos en el Registro Mercantil). Mientras estos requisitos no se cumplan se podrá presentar una declaración de modificación 6
  • 8. dando de baja todas las obligaciones fiscales, salvo la del IS. Los documentos a aportar junto a la declaración de baja son: • Escritura pública o documento que acredite la extinción y certificación de la cancelación definitiva de los correspondientes asientos en el Registro Mercantil (disolución, absorción, fusión y otras causas de extinción). • Por fallecimiento de persona física: certificado de defunción. Cuándo Con carácter general, 1 mes desde las circunstancias que modificaron la situación inicial o desde el cese en la actividad o desde la disolución. En caso de fallecimiento de persona física el plazo es de 6 meses. Dónde Los modelos 036 ó 037 de declaración censal se presentarán en la oficina de la AEAT correspondiente al domicilio fiscal, entregando el impreso directamente (junto a la documentación complementaria) o por correo certificado (junto a la documentación complementaria o entregándola en la oficina de Gestión Tributaria correspondiente) o por Internet con certificado electrónico (la documentación complementaria se presentará en el registro electrónico de la AEAT, en 10 días hábiles desde la presentación del modelo). 7
  • 9. 2. IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS El IAE es un tributo municipal que grava el mero ejercicio de actividades económicas en territorio nacional. Existen tres tipos de cuotas: nacionales, provinciales y municipales. La AEAT gestiona las nacionales y provinciales. Respecto a las municipales solo le corresponde la gestión censal (recibir declaraciones y elaborar la Matrícula) y la inspección (salvo delegación en una Entidad Local). Son sujetos pasivos del IAE las personas físicas (autónomos) personas jurídicas (sociedades) y entidades sin personalidad jurídica (sociedades civiles y comunidades de bienes) que realicen, en territorio nacional, actividades empresariales, profesionales y artísticas; salvo las agrícolas, las ganaderas dependientes, las forestales y las pesqueras. No tienen que presentar declaración por el IAE (sujetos exentos) entre otros: Cuándo • Las personas físicas. • Modelo 840 • Las sociedades, entidades y contribuyentes por el IRNR con establecimiento permanente con un importe neto de – Declaración de alta por inicio de actividad: 1 mes cifra de negocio inferior a 1.000.000 de € (del penúltimo año desde el inicio. anterior al del devengo del impuesto), con carácter general. – Declaración de alta por dejar de disfrutar de exención: diciembre anterior al año en que estén obligados a tributar por dejar de cumplir las condiciones para disfrutarla. Modelos – Declaración de variación: 1 mes desde la variación. La declaración de alta, modificación y baja del IAE, por sujetos pasivos exentos del mismo por todas sus actividades, se – Declaración de baja por cese: 1 mes desde el cese. realizará a través de los modelos 036 ó 037, en caso contrario En caso de fallecimiento del sujeto pasivo, sus herederos se presentará además el modelo 840. presentarán declaración de baja en 1 mes desde el fallecimiento. Los sujetos pasivos que tributen efectivamente por el IAE deben presentar el modelo 848 para consignar el importe – Declaración de baja por disfrutar de exención: neto de su cifra de negocios; salvo que hayan hecho constar diciembre anterior al año en que dejen de estar obligados su importe en la declaración del IS, la del IRNR o en el modelo a tributar por acceder a una exención. 184 “Declaración informativa. Entidades en régimen de atribución de rentas”. 8
  • 10. • Modelo 848 Entre el 1 de enero y el 14 de febrero del ejercicio en que deba surtir efectos dicha comunicación en el IAE. Dónde Los modelos 840 y 848 se podrán presentar en impreso con carácter general, en oficinas de la AEAT. Además, el modelo 840, por Internet (salvo que implique la aportación de documentos). Clasificación de las actividades La relación ordenada de actividades de las tarifas del IAE ha procurado ajustarse a la Clasificación Nacional de Actividades Económicas que elabora el Instituto Nacional de Estadística para clasificar las empresas y los establecimientos de un país en categorías homogéneas. La clasificación de las actividades de las tarifas del IAE las agrupa en 3 secciones: actividades empresariales (sección 1ª), profesionales (sección 2ª) y artísticas (sección 3ª). Y dentro de cada sección, en epígrafes con la descripción, contenido y cuota de cada actividad. En los modelos 036 ó 037 se debe consignar el epígrafe que le corresponda. 9
  • 11. 3. IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS Aplicable a empresarios y profesionales, personas físicas Incompatibilidad entre regímenes y personas físicas miembros de entidades en régimen de atribución de rentas. Entre los regímenes de estimación directa y el de estimación objetiva, se establece por una rígida incompatibilidad: Un contribuyente realiza una actividad económica cuando ordena por cuenta propia medios de producción y recursos • Si el contribuyente está en estimación directa debe humanos o uno solo de ambos, con el fin de intervenir determinar el rendimiento de todas sus actividades por este en la producción o distribución de bienes o servicios. La régimen, aunque alguna de sus actividades sea susceptible actividad de arrendamiento de bienes inmuebles se califica de estar incluida en estimación objetiva. de económica si para ello se cuenta con un local dedicado • Si determina el rendimiento de una actividad en la exclusivamente a este fin y al menos una persona empleada modalidad normal del método de estimación directa, debe con contrato laboral y a jornada completa. determinar en esta modalidad el rendimiento de todas las En el IRPF los métodos de determinación del rendimiento de demás actividades. las actividades económicas, según la actividad desarrollada Cuando durante el año se inicie una actividad por la que se son: renuncie a la modalidad simplificada, o una actividad no • Estimación directa con dos modalidades: incluida o por la que se renuncie a estimación objetiva, la incompatibilidad no surtirá efectos en ese año respecto de las – Normal actividades que venía realizando, sino a partir del año siguiente. – Simplificada • Estimación objetiva. Renuncia La transmisión de elementos patrimoniales del inmovilizado Los contribuyentes que cumplan los requisitos para aplicar material o inmaterial, afectos a la actividad económica, el método de estimación directa simplificada o del método cualquiera que sea el régimen de determinación del de estimación objetiva, podrán renunciar a su aplicación rendimiento, origina ganancias o pérdidas patrimoniales que presentando los modelos 036 ó 037 de declaración censal. no se incluyen en el rendimiento neto de la actividad. Su cuantificación y tributación se realiza con las reglas de las Cuándo debe renunciar: diciembre anterior al año natural ganancias o pérdidas patrimoniales del impuesto. en que deba surtir efecto. En caso de inicio de la actividad, antes del inicio. Los contribuyentes aplicarán alguno de estos métodos de determinación del rendimiento de las actividades económicas, También se entiende efectuada la renuncia al método de considerando las reglas de incompatibilidad y los supuestos estimación objetiva si se presenta en plazo el pago fraccionado de renuncia y exclusión. del primer trimestre del año natural con el modelo 130, previsto para el método de estimación directa (renuncia tácita). Si se inicia la actividad se renunciará tácitamente presentando el modelo 130 del primer trimestre de ejercicio de la actividad. 10
  • 12. La renuncia tendrá efectos por un mínimo de 3 años. Estimación directa normal Transcurrido este plazo, se entenderá prorrogada tácitamente para cada uno de los años siguientes en que resulte aplicable, salvo que se revoque aquélla en el mes de diciembre anterior A quién se aplica el método de estimación directa normal al año en que deba surtir efecto. Se aplica, con carácter general, a los empresarios y La renuncia al método de estimación directa simplificada profesionales no acogidos a la modalidad simplificada o al supone que el contribuyente determinará el rendimiento neto método de estimación objetiva. de todas sus actividades por la modalidad normal del método En todo caso se aplica si la cifra de negocios del conjunto de de estimación directa. actividades supera los 600.000 € anuales en el año inmediato La renuncia al método de estimación objetiva supone anterior o se renuncia a la estimación directa simplificada. la inclusión en la modalidad simplificada del método de estimación directa si se cumplen los requisitos establecidos para esta modalidad, salvo que se renuncie al mismo. Cálculo del rendimiento neto Con carácter general, el rendimiento neto se calcula por diferencia entre los ingresos computables y los gastos Exclusión deducibles, aplicando, con matices, la normativa del IS (se En estimación directa modalidad simplificada, la exclusión aplican los incentivos y estímulos a la inversión del IS). del método se produce cuando en el año anterior, el importe Son ingresos computables los derivados de las ventas, de la neto de la cifra de negocios para el conjunto de todas las prestación de servicios, del autoconsumo y las subvenciones, actividades del contribuyente, supere 600.000 €. entre otros. El contribuyente, en tal caso, determinará el rendimiento de Son gastos los que se producen en el ejercicio de la actividad: todas sus actividades por la modalidad normal del método de suministros, consumo de existencias, gastos del personal, estimación directa, como mínimo durante los 3 años siguientes. reparación y conservación, arrendamiento y amortizaciones En estimación objetiva, la exclusión se produce cuando (por la depreciación efectiva de los elementos patrimoniales supere el volumen de rendimientos íntegros o de compras en funcionamiento, además de los supuestos de libertad de en bienes y servicios, fijados reglamentariamente, cuando la amortización establecidos). actividad se desarrolle fuera del ámbito de aplicación espacial El rendimiento neto calculado se reducirá si es irregular. Si del IRPF o cuando supere los límites establecidos en la Orden se cumplen los requisitos establecidos se minorará por el Ministerial de desarrollo de este régimen. ejercicio de determinadas actividades económicas. La exclusión de este método de estimación objetiva, supondrá la inclusión en la modalidad simplificada del método de estimación directa, durante los 3 años siguientes, salvo que se renuncie al mismo. 11
  • 13. Obligaciones contables y registrales Cálculo del rendimiento neto Actividades mercantiles: contabilidad ajustada al Código de El rendimiento neto se calcula conforme a las normas del IS Comercio y al Plan General de Contabilidad. (ingresos menos gastos) como en estimación directa normal, con las siguientes particularidades: Actividades no mercantiles (agrícolas, ganaderas y las de artesanía, las ventas de objetos construidos por artesanos 1. Las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación que se realice por éstos en sus talleres): libros registro de se cuantifican aplicando un 5% del rendimiento neto ventas e ingresos, de compras y gastos y bienes de inversión. positivo, excluido este concepto. No se aplicará cuando se opte por la reducción por el ejercicio de determinadas Actividades profesionales: libros registro de ingresos, de actividades económicas. gastos, de bienes de inversión y de provisiones de fondos y suplidos. 2. Las amortizaciones del inmovilizado material se practican de forma lineal, en función de la tabla específica de amortización simplificada. Además de los supuestos de Estimación directa simplificada libertad de amortización establecidos. Para adquisiciones de activos nuevos realizadas entre el 1 de enero de 2003 y el 31 de diciembre de 2004, los coeficientes A quién se aplica el método de estimación directa de amortización lineales máximos establecidos en las tablas simplificada oficiales de coeficientes de amortización se entenderán Se aplica a los empresarios y profesionales cuando concurran sustituidos, en todas las menciones a ellos realizadas, por las siguientes circunstancias: el resultado de multiplicarlos por 1,1. El nuevo coeficiente se aplicará durante su vida útil. 1. Que sus actividades no estén acogidas al método de estimación objetiva. El rendimiento neto calculado se reducirá si es irregular. Si se cumplen los requisitos establecidos se minorará por el 2. Que, en el año anterior, el importe neto de la cifra de ejercicio de determinadas actividades económicas. negocios para el conjunto de actividades desarrolladas no supere los 600.000 €. Cuando en el año inmediato anterior se hubiese iniciado la actividad, el importe neto de la cifra Obligaciones contables y registrales de negocios se elevará al año. Actividades empresariales: libros registro de ventas e 3. Que no se haya renunciado a su aplicación. ingresos, de compras y gastos y de bienes de inversión. 4. Que ninguna actividad ejercida se encuentre en la modalidad Actividades profesionales: libros registro de ingresos, de normal del método de estimación directa. gastos, de bienes de inversión y de provisiones de fondos y suplidos. 12
  • 14. Tabla de amortización simplificada Grupo Elementos patrimoniales Coeficiente lineal máximo (%) Período Máximo (Años) 1 Edificios y otras construcciones 3 68 Instalaciones, mobiliario, enseres y resto del 2 10 20 inmovilizado material 3 Maquinaria 12 18 4 Elementos de Transporte 16 14 Equipos para tratamiento de la información y 5 26 10 sistemas y programas informáticos 6 Útiles y herramientas 30 8 7 Ganado vacuno, porcino, ovino y caprino 16 14 8 Ganado equino y frutales no cítricos 8 25 9 Frutales cítricos y viñedos 4 50 10 Olivar 2 100 13
  • 15. Estimación objetiva 6. Que no hayan renunciado o estén excluidos del régimen simplificado del IVA y del régimen especial simplificado del Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). Que no hayan A quién se aplica el método de estimación objetiva renunciado al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca del IVA, ni al régimen especial de la agricultura y Se aplica a empresarios incluyendo determinadas actividades ganadería del IGIC. profesionales (accesorias a otras empresariales de carácter principal), que cumplan los siguientes requisitos: 7. Que ninguna actividad ejercida se encuentre en estimación directa, en cualquiera de sus modalidades. 1. Que cada una de sus actividades estén incluidas en la Orden anual que desarrolla el régimen de estimación objetiva y no En estos importes (puntos 2 y 3) se computan las operaciones rebasen los límites establecidos para cada actividad. desarrolladas por el contribuyente, por su cónyuge, ascendientes y descendientes y por las entidades en atribución 2. Que el volumen de rendimientos íntegros en el año inmediato de rentas en las que participen cualquiera de ellos siempre anterior, no supere 300.000 € para las actividades agrícolas que las actividades sean similares por estar clasificadas en el y ganaderas y 450.000 € para el conjunto de las actividades mismo grupo del IAE y exista dirección común compartiendo económicas, incluidas las agrarias. medios personales o materiales. 3. Que el volumen de compras en bienes y servicios en Estos importes se elevarán al año cuando hubiera iniciado la el ejercicio anterior, excluidas las adquisiciones de actividad en el año en que se calculan los mismos. inmovilizado, no supere 300.000 € anuales. En obras y servicios subcontratados, su importe se tendrá en cuenta para el cálculo de este límite. Cálculo del rendimiento neto 4. Que las actividades económicas no sean desarrolladas, El rendimiento neto se calcula según la Orden anual que total o parcialmente, fuera del ámbito de aplicación del IRPF desarrolla este método, multiplicando los importes fijados (se entenderá que las actividades de transporte urbano para los módulos, por el número de unidades empleadas, o colectivo y de viajeros por carretera, de transporte por multiplicando el volumen total de ingresos por el índice de autotaxis, de transporte de mercancías por carretera y de rendimiento neto que corresponda en actividades agrícolas, servicios de mudanzas se desarrollan dentro del ámbito de ganaderas y forestales. aplicación del IRPF). La cuantía deducible por amortización del inmovilizado 5. Que no hayan renunciado expresa o tácitamente a la resultará de aplicar la tabla de amortización de dicha Orden. aplicación de este régimen. Si se cumplen los requisitos establecidos se minorará por el ejercicio de determinadas actividades económicas. 14
  • 16. Cálculo del rendimiento neto en actividades agrícolas, Cálculo del rendimiento neto en el resto de actividades ganaderas y forestales FASE 1: VOLUMEN TOTAL DE INGRESOS FASE 1: UNIDADES DE MÓDULO EMPLEADAS, (incluidas subvenciones, indemnizaciones UTILIZADAS O INSTALADAS y ayudas PAC) (x) RENDIMIENTO ANUAL POR UNIDAD DE (x) ÍNDICE DE RENDIMIENTO NETO MÓDULO = RENDIMIENTO NETO PREVIO = RENDIMIENTO NETO PREVIO FASE 2: (-) REDUCCIONES (que se establezcan cada año, FASE 2: MINORACIONES: por ejemplo, por adquisición de gasóleo agrícola (-) INCENTIVOS AL EMPLEO (-) AMORTIZACIÓN DEL INMOVILIZADO MATERIAL (-) INCENTIVOS A LA INVERSIÓN E INTANGIBLE (excluidas actividades forestales) (amortizaciones) = RENDIMIENTO NETO MINORADO = RENDIMIENTO NETO MINORADO FASE 3: (x) ÍNDICES CORRECTORES FASE 3: (x) ÍNDICES CORRECTORES (según la actividad y determinadas circunstancias) (según la actividad y determinadas circunstancias) = RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS = RENDIMIENTO NETO DE MÓDULOS FASE 4: (-) REDUCCIÓN GENERAL DEL RENDIMIENTO NETO FASE 4: (-) REDUCCIÓN GENERAL DEL RENDIMIENTO NETO (-) GASTOS EXTRAORDINARIOS POR (-) REDUCCIÓN LEY 19/1995: 25% CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES (agricultores jóvenes) (incendios, inundaciones,... comunicadas a la (-) GASTOS EXTRAORDINARIOS POR AEAT en tiempo y forma) = RENDIMIENTO NETO CALCULADO POR CIRCUNSTANCIAS EXCEPCIONALES ESTIMACIÓN OBJETIVA (incendios, inundaciones,... comunicadas a la FASE 5: (+) OTRAS PERCEPCIONES EMPRESARIALES AEAT en tiempo y forma) (subvenciones) = RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD = RENDIMIENTO NETO DE LA ACTIVIDAD FASE 5: (-) REDUCCIÓN RENTAS IRREGULARES: 40% FASE 6: (-) REDUCCIÓN RENTAS IRREGULARES: 40% (en general, por generación superior a 2 años (en general, por generación superior a 2 años y en particular, las establecidas reglamentariamente) y en particular, las establecidas reglamentariamente) = RENDIMIENTO NETO REDUCIDO = RENDIMIENTO NETO REDUCIDO 15
  • 17. Obligaciones contables y registrales aplicado la deducción por obtención de rendimientos del trabajo o de actividades económicas. Se deducirán también, Es obligatorio conservar las facturas emitidas, recibidas y los en la actividad de arrendamiento de inmuebles y de cesión justificantes de los módulos aplicados. de derechos de imagen, las retenciones y los ingresos a Si se practican amortizaciones debe llevarse el libro registro cuenta, desde el primer día del año al último del trimestre a de bienes de inversión. que se refiere el pago fraccionado. Cuando el rendimiento neto se calcule sobre el volumen de 2. Actividades agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras: operaciones, debe llevarse libro registro de ventas o ingresos. 2% del volumen de ingresos del trimestre, excluidas las subvenciones de capital y las indemnizaciones. De la cantidad resultante se deducirán las retenciones y los Pagos fraccionados ingresos a cuenta correspondientes al trimestre. Los contribuyentes en estimación directa normal 3. Actividades profesionales: 20% del rendimiento neto, desde o simplificada, realizarán cuatro pagos fraccionados el inicio del año hasta el último día del trimestre al que se trimestrales en el modelo 130, entre el 1 y 20 de abril, julio refiere el pago. De la cantidad resultante se deducirán los y octubre, y entre el 1 y 30 de enero del año siguiente. pagos fraccionados ingresados por los trimestres anteriores Deben presentar declaración negativa en los trimestres que del mismo año y las retenciones y los ingresos a cuenta que no resulte cantidad a ingresar. les hayan practicado desde el inicio del año hasta el último día del trimestre al que se refiere el pago fraccionado. Los que desarrollan actividades agrícolas, ganaderas, forestales y los profesionales, no están obligados a efectuar pagos Los contribuyentes en estimación objetiva, realizarán cuatro fraccionados si en el año natural anterior, al menos el 70% pagos fraccionados, trimestrales, en el modelo 131 entre el 1 de los ingresos de su actividad (excluidas indemnizaciones y y 20 de abril, julio y octubre, y el entre el 1 y 30 enero del subvenciones de actividades agrícolas, ganaderas y forestales) año siguiente. Deben presentar declaración negativa en los fueron objeto de retención o ingreso a cuenta. El primer año trimestres que no resulte cantidad a ingresar. de actividad, para calcularlo, se tendrán en cuenta los ingresos El importe de cada uno de los pagos fraccionados se calcula objeto de retención o ingreso a cuenta en cada período (% a la mitad, en actividades desarrolladas en Ceuta, Melilla): trimestral al que se refiere el pago fraccionado. 1. Actividades empresariales (excepto agrícolas y ganaderas): El importe de cada uno de los pagos fraccionados se calcula (% a la mitad, en actividades desarrolladas en Ceuta, Melilla): • 4% del rendimiento resultante de la aplicación de los módulos sobre los datos-base a 1 de enero (si algún dato- 1. Actividades empresariales: 20% del rendimiento neto base no pudiera determinarse a 1 de enero, se tomará el del obtenido desde el inicio del año hasta el último día del año anterior; si no puede determinarse ningún dato-base, trimestre al que se refiera el pago. Se deducirán los pagos el pago fraccionado será el 2% del volumen de ventas o fraccionados que habría correspondido ingresar por los ingresos del trimestre). Cuando se inicie una actividad, los trimestres anteriores del mismo año, si no se hubiera datos-base serán los del día de inicio. 16
  • 18. • 3% cuando se tenga una persona asalariada. • En actividades agrícolas, ganaderas, forestales o pesqueras con ingresos inferiores a 33.007,20 €: 2% del volumen de • 2% cuando no se disponga de personal asalariado. ingresos del trimestre, excluidas las subvenciones del capital 2. Actividades agrícolas, ganaderas y forestales: 2% del e indemnizaciones (máximo 660,14 € al periodo impositivo). volumen de ingresos del trimestre, excluidas las subvenciones Los miembros en régimen de atribución de rentas tienen de capital y las indemnizaciones. la obligación tributaria de realizar los pagos fraccionados del Las actividades económicas en estimación objetiva, podrán IRPF si la entidad realiza actividades económicas, sin perjuicio deducir del importe a ingresar por el pago fraccionado, las de las obligaciones de la entidad. retenciones e ingresos a cuenta del trimestre y con límites por obtención de rendimientos del trabajo y de actividades económicas hasta una cuarta parte de 400 €. Si estas últimas son superiores podrá deducirse la diferencia en los Declaración anual de Renta. Modelo D-100 siguientes pagos fraccionados del mismo período impositivo. El modelo D-100 se presenta desde el 3 de mayo hasta 30 de junio del año siguiente al ejercicio que se declara. Si resulta a ingresar se puede domiciliar en cuenta, hasta el día que se establezca y con cargo el último día del plazo. Si la declaración es a ingresar, se puede efectuar el ingreso en uno o dos plazos. Si el segundo plazo no se domicilia, debe presentarse el modelo 102 y efectuar el ingreso hasta el 5 de noviembre del año en que se presenta la declaración. Los contribuyentes que realizan actividades económicas no tienen perfil borrador, pudiendo solicitar los datos fiscales. Temporalmente, los que utilicen financiación ajena para adquirir o rehabilitar su vivienda habitual por las que tengan derecho a deducción por inversión en vivienda habitual, tendrán derecho a las siguientes deducciones: • Para estimación directa con rendimientos íntegros inferiores a 33.007,20 €: 2% del rendimiento neto desde el primer día del año (máximo 660,14 € al trimestre). • Para estimación objetiva con rendimientos netos resultantes de aplicar la estimación objetiva inferiores a 33.007,20 €: 0,5% sobre dichos rendimientos. 17
  • 19. 4. IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES El IS grava la renta de los sujetos pasivos residentes en todo Están también sujetas al IS (sin personalidad jurídica propia): el territorio español. Deben presentar declaración del IS • Las uniones temporales de empresas. aunque no hayan desarrollado actividades durante el periodo impositivo o no hayan obtenido rentas sujetas al Impuesto. • Los fondos de pensiones, inversión, capital-riesgo, regulación del mercado hipotecario, titulización hipotecaria, Son residentes en territorio español las entidades en las que titulización de activos y de garantía de inversiones. se cumpla alguno de los siguientes requisitos: • Las comunidades de titulares de montes vecinales en mano • Que se hubiesen constituido conforme a las leyes españolas. común. • Que tengan su domicilio social en territorio español. • Las Sociedades Agrarias de Transformación (SAT). • Que tengan la sede de dirección efectiva en territorio No son sujetos pasivos del IS y tampoco tributan en impuesto español (cuando en él radique la dirección y control del sobre la renta alguno, determinados entes sin personalidad conjunto de sus actividades). jurídica (herencias yacentes, comunidades de bienes, etc.) y En la Comunidad Foral de Navarra y en los Territorios las sociedades civiles, salvo las SAT. Tributan en el régimen Históricos de la Comunidad Autónoma del País Vasco se aplica de atribución de rentas: las rentas obtenidas por la entidad (la el IS según el régimen de Convenio y Concierto Económico, obtención de rentas la realiza materialmente la propia entidad, respectivamente. que además es sujeto pasivo del IAE y del IVA), se atribuyen a los socios, herederos, comuneros o partícipes. Están sujetas al IS las entidades con personalidad jurídica propia, excepto las sociedades civiles (tributan por el régimen Hay excepciones a la obligación de declarar. Gozan de de atribución de rentas). Se incluyen, entre otras: exención total determinados entes del sector público (Estado, CCAA, Entidades Locales y sus organismos autónomos, • Las sociedades mercantiles (Anónimas, Limitadas, entidades gestoras de la Seguridad Social, Banco de España, Colectivas, Laborales, etc.). etc.). Otras entidades están parcialmente exentas (entidades • Las sociedades estatales, autonómicas, provinciales y e instituciones sin ánimo de lucro, benéficas o de utilidad locales. pública, organizaciones no gubernamentales, cámaras oficiales, sindicatos, partidos políticos, etc.). • Las sociedades cooperativas. • Las sociedades unipersonales, agrupaciones de interés económico. • Asociaciones, fundaciones e instituciones, tanto públicas como privadas y los entes públicos. 18
  • 20. Periodo impositivo y devengo Esquema de liquidación El periodo impositivo del IS, coincide con el ejercicio económico de cada entidad, no pudiendo exceder de 12 FASE 1: RESULTADO CONTABLE meses. La fecha de cierre del ejercicio económico o social, se (+/-) Ajustes determina en los estatutos de las sociedades. En su defecto • Diferencias permanentes termina el 31 de diciembre de cada año. El IS se devenga el • Diferencias temporarias último día del periodo impositivo. (por la diferente valoración contable y fiscal de un activo, pasivo o instrumento de patrimonio Aunque no haya finalizado el ejercicio económico, el periodo propio, con incidencia en la carga fiscal futura) impositivo se entiende concluido: = RESULTADO FISCAL • Cuando la entidad se extinga (asiento de cancelación de la FASE 2: (-) Compensación base imponible negativa de sociedad en el Registro Mercantil). ejercicios anteriores • Cuando cambie la residencia de la entidad, del territorio = BASE IMPONIBLE español al extranjero. FASE 3: (x) Tipo de gravamen • Cuando se transforme la forma jurídica de la entidad y ello = CUOTA ÍNTEGRA determine la no sujeción al IS de la entidad resultante, la FASE 4: (-) Deducciones por doble imposición modificación de su tipo de gravamen o la aplicación de un (-) Bonificaciones régimen tributario especial. = CUOTA ÍNTEGRA AJUSTADA POSITIVA FASE 5: (-) Deducción para incentivar determinadas actividades = CUOTA LÍQUIDA POSITIVA FASE 6: (-) Retenciones e ingresos a cuenta = CUOTA DEL EJERCICIO A INGRESAR O A DEVOLVER FASE 7: (-) Pagos fraccionados = CUOTA DIFERENCIAL FASE 8: (+) Incremento por pérdida de beneficios fiscales de ejercicios anteriores (+) Intereses de demora = LÍQUIDO A INGRESAR O A DEVOLVER 19
  • 21. Base Imponible impositivos que concluyan dentro de los 18 años (para periodos impositivos iniciados desde el 1 de enero de 2012) inmediatos y La base imponible (BI) es el importe de la renta del periodo impositivo sucesivos a aquél en que se originó la BI negativa. Las entidades minorada por las bases imponibles negativas de ejercicios de nueva creación pueden compensar las bases imponibles anteriores. Se regula el cálculo de la BI con particularidades para negativas con las rentas positivas de los periodos impositivos que algunos regímenes fiscales como el de cooperativas o entidades concluyan en el referido plazo a partir del primer periodo impositivo sin ánimo de lucro. cuya renta sea positiva. El límite de compensación máximo de Para determinar la BI, se parte del resultado contable en el cada ejercicio es la cuantía de renta positiva del mismo. método de estimación directa (el aplicado con carácter general). El resultado contable se calcula según la normativa mercantil y se corrige aplicando los principios y criterios de calificación, valoración Tipo de gravamen y cuota íntegra e imputación temporal de la Ley del IS (ajustes extracontables). El tipo de gravamen es el porcentaje que multiplicado por la Según el Plan General Contable los ingresos y gastos del ejercicio BI permite obtener la cuota íntegra. El resultado puede ser se imputarán a la cuenta de pérdidas y ganancias y formarán positivo (si la BI es positiva) o cero (con BI cero o negativa). parte del resultado, excepto cuando proceda su imputación Los tipos de gravamen aplicables son los siguientes: directa al patrimonio neto, de acuerdo con lo previsto en las normas de registro y valoración. Los gastos tienen, en general, el • Tipo de gravamen general: 30% (períodos impositivos carácter de deducibles fiscalmente, no obstante, la norma fiscal iniciados desde 1-1-2008). señala algunos gastos no deducibles que con carácter general y • Tipos de gravamen especiales, destacan: matices son: retribuciones a los fondos propios, tributos, multas y sanciones penales y administrativas, donativos y liberalidades, – Entidades de reducida dimensión: 25% sobre los fondos internos para cubrir contingencias análogas a planes y primeros 300.000 € de BI y 30% sobre el resto de BI fondos de pensiones, gastos de servicios en operaciones con (períodos impositivos iniciados desde 1-1-2011). paraísos fiscales, salvo que se pruebe que corresponden a una – Cooperativas fiscalmente protegidas: 20%, (los operación efectivamente realizada. resultados extracooperativos irán al tipo general). Los ajustes son consecuencia de las discrepancias existentes – Entidades con importe neto de cifra de negocios entre la norma contable y la fiscal. Los ajustes permiten conciliar el inferior a 5.000.000 de € y plantilla media inferior a 25 resultado contable con lo establecido en las normas que regulan empleados: la obtención de la BI, y pueden diferir en la calificación, en la - 20% sobre los primeros 120.202,41 € de BI (periodos valoración o en la imputación temporal. iniciados en 2009 y 2010) y 300.000 € (periodos Asimismo, se puede compensar la renta positiva obtenida en iniciados en 2011 y 2012). el ejercicio con las bases imponibles negativas de ejercicios - 25% sobre el resto de BI anteriores. Así, la BI negativa de un periodo impositivo puede ser compensada con las rentas positivas generadas en los periodos 20
  • 22. Deducciones y bonificaciones Bonificaciones. Se destacan: Sobre la cuota íntegra se aplican las siguientes deducciones y • 50% de bonificación de la cuota del IS correspondiente a bonificaciones (con requisitos): rentas obtenidas en Ceuta, Melilla, por las entidades que allí operen. Deducciones por doble imposición. Permiten paliar la doble imposición de rentas que ya han tributado en otra sociedad. • 25% de bonificación de la cuota del IS correspondiente La doble imposición puede ser: a rentas derivadas de la actividad exportadora de producciones cinematográficas o audiovisuales españolas • Doble imposición interna (dividendos y plusvalías de y de libros (13% para los que se inicien desde 2013, sociedades residentes en territorio español). La sociedad derogándose a partir de 2014). podrá deducirse: • 50% de bonificación de la cuota del IS correspondiente a – El 50% de la cuota íntegra correspondiente a la BI de los resultados obtenidos por las cooperativas especialmente dividendos o participaciones en beneficios. protegidas. – El 100% cuando los dividendos o participaciones en beneficios procedan de entidades con un porcentaje de participación, directo o indirecto, igual o superior al 5%, si se ha mantenido durante el año anterior al día en que sea exigible el beneficio que se distribuya o, en su defecto, durante el tiempo necesario para completar un año. • Doble imposición internacional (por impuestos soportados, rentas obtenidas a través de establecimiento permanente y dividendos y participaciones en beneficios, con requisitos). – Cuando la sociedad residente integre rentas gravadas en el extranjero podrá deducir el menor de: - El impuesto satisfecho en el extranjero. - El que correspondería pagar en España por dichas rentas. – Cuando integre dividendos o participación en beneficios gravados en el extranjero: el impuesto pagado por los beneficios con cargo a los que se abonan los dividendos, en la cuantía correspondiente. 21
  • 23. Deducciones para incentivar Están sometidas a retención: determinadas actividades • Rentas de capital mobiliario. Se practican tras las deducciones para evitar la doble • Premios de juegos, concursos, rifas o combinaciones imposición y las bonificaciones. Son un incentivo fiscal para aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o estimular diversas actividades: venta de determinados bienes, productos o servicios que superen 300,51 €. • Investigación y desarrollo e innovación tecnológica (I+D+IT). • Contraprestaciones obtenidas por los cargos de • Familiarización de los empleados con la utilización de administrador o consejero en otras sociedades. nuevas tecnologías de la comunicación e información (prórroga para 2011 y 2012). • Rentas obtenidas de la cesión del derecho a la explotación de la imagen o del consentimiento o autorización, aun • Inversiones medioambientales (instalaciones). cuando se obtengan en el desarrollo de una actividad • Creación de empleo para trabajadores minusválidos. económica. • Edición de libros (a eliminar en 2014) y producción • Rentas procedentes del arrendamiento o subarriendo de cinematográfica (a eliminar en 2013). inmuebles urbanos, aun cuando constituyan ingresos derivados de explotaciones económicas. • Reinversión de beneficios extraordinarios. • Rentas obtenidas por las transmisiones o reembolsos de • Adquisición, conservación y rehabilitación de bienes del acciones o participaciones representativas del capital o Patrimonio Histórico Español (a eliminar en 2014). patrimonio de instituciones de inversión colectiva. Sólo es deducible un porcentaje de la inversión efectuada (% Si estas rentas se abonan en especie, deberá practicarse el de deducción) cuyo valor varía de unas modalidades a otras ingreso a cuenta. de inversión y ha sido sucesivamente alterado. Retenciones e ingresos a cuenta Practicadas las deducciones por inversiones sobre la cuota íntegra ajustada positiva o cuota íntegra minorada, se obtiene la cuota líquida positiva del ejercicio (cero o positiva). A esta cantidad se le restan las retenciones e ingresos a cuenta, dando lugar a la cuota del ejercicio a ingresar o devolver. Están obligadas a retener las entidades sujetas al impuesto y a empresarios individuales y profesionales, respecto de las rentas que abonen en el ejercicio de su actividad económica. 22
  • 24. Pagos fraccionados • Sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones no haya superado 6.010.121,04 e durante los 12 meses anteriores a Para obtener la cuota diferencial se tienen en cuenta los la fecha en que se inicien los periodos impositivos dentro de pagos fraccionados. los años indicados: resultado de multiplicar por 5/7 el tipo Están obligados a efectuar pagos fraccionados a cuenta de gravamen redondeado por defecto. de la liquidación del IS, los residentes en España y los • Sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones haya establecimientos permanentes en territorio español de superado 6.010.121,04 e durante los 12 meses anteriores sociedades no residentes a cuenta del IRNR. a la fecha en que se inicien los periodo impositivo dentro de los años indicados: Modalidades de pagos fraccionados – Resultado de multiplicar 5/7 el tipo de gravamen redondeado por defecto cuando en esos 12 meses Hay dos modalidades para determinar la base de los pagos el importe neto de la cifra de negocios sea inferior a fraccionados. 20.000.000 e . 1. Modalidad aplicable con carácter general – Resultado de multiplicar 8/10 el tipo de gravamen El pago fraccionado se calcula aplicando el 18% sobre redondeado por defecto cuando en esos 12 meses la cuota íntegra del último período impositivo cuyo plazo el importe neto de la cifra de negocios sea al menos de declaración estuviese vencido el primer día de los 20 20.000.000 e e inferior a 60.000.000 e. naturales de abril, octubre o diciembre minorada por las – Resultado de multiplicar 9/10 el tipo de gravamen deducciones y bonificaciones a las que tenga derecho el redondeado por defecto cuando en esos 12 meses sujeto pasivo y por las retenciones e ingresos a cuenta. el importe neto de la cifra de negocios sea al menos Si el último período impositivo tuviera una duración inferior 60.000.000 e. al año, se toma igualmente en cuenta la parte proporcional Si el período impositivo no coincide con el año natural, se de la cuota de períodos impositivos anteriores, hasta toma como BI la de los días transcurridos desde el inicio del completar un período de doce meses. período impositivo hasta el día anterior al inicio de los períodos 2. Modalidad opcional (obligatoria si el volumen de señalados anteriormente (31 de marzo, 30 de septiembre y operaciones es superior a 6.010.121,04 €) 30 de noviembre). En estos casos, el pago fraccionado es a cuenta de la liquidación correspondiente al período impositivo El pago fraccionado se calcula sobre la BI del período de los que esté en curso el día anterior al inicio de cada uno de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año natural. El porcentaje citados períodos. será el resultado de multiplicar por 5/7 el tipo de gravamen redondeado por defecto. De la cuota resultante se deducen las bonificaciones por las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, otras bonificaciones Para periodos impositivos iniciados en 2011, 2012 y 2013, se que fueran de aplicación, las retenciones e ingresos a cuenta aplican las siguientes reglas para el cálculo del pago fraccionado: practicados y los pagos fraccionados del período impositivo. 23
  • 25. Se opta por la segunda modalidad presentando el modelo Modelos de pagos fraccionados 036 de declaración censal, en febrero del año a partir del • Modelo 202: pago fraccionado. Régimen General. cual debe surtir efectos, siempre que el período impositivo al Obligatorio presentarlo para grandes empresas aunque no que se refiere la citada opción coincida con el año natural; deban efectuar ingreso. si no, el plazo será el de 2 meses a contar desde el inicio de dicho período impositivo o dentro del plazo comprendido • Modelo 222: pago fraccionado. Régimen de tributación de entre este inicio y la finalización del plazo para efectuar el los grupos de Sociedades. Obligatorio presentarlo aunque primer pago fraccionado correspondiente al referido período no deba efectuarse ingreso (con alguna excepción). impositivo cuando este último plazo fuera inferior a 2 meses. Forma de presentación Realizada la opción, el sujeto pasivo queda obligado respecto El modelo 202 se puede presentar en impreso y por Internet de los pagos fraccionados del mismo período impositivo y (obligatorio para SA y SL). Es obligatorio presentar por Internet siguientes, salvo renuncia a su aplicación presentando el el modelo 222. modelo 036 de declaración censal en los mismos plazos. Plazo de Presentación No existe obligación de practicar pagos fraccionados en el primer ejercicio económico de la entidad, ya que no es posible La presentación e ingreso se realiza entre el 1 y el 20 de abril, aplicar la primera modalidad, al ser la cuota igual a cero. No octubre y diciembre. obstante, se puede optar por aplicar la segunda modalidad. Declaración Plazo de presentación La declaración del IS debe presentarse dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del periodo impositivo. Así, en general, para sujetos pasivos cuyo ejercicio económico coincida con el año natural, el plazo es el de los 25 primeros días naturales del mes de julio. Al tiempo, debe determinarse e ingresarse la deuda. Los sujetos pasivos cuyo período impositivo coincida con el año natural y presenten por Internet la declaración del IS, pueden domiciliar el pago. Plazo de domiciliación: 1 a 20 de julio. Es posible pagar la deuda tributaria entregando bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español, inscritos en el Inventario General de Bienes Muebles o en el Registro General de Bienes de Interés Cultural. 24
  • 26. Modelos de autoliquidaciones Obligaciones contables y registrales • Modelo 200: declaración del IS e IRNR (establecimientos El Código de Comercio obliga a llevar dos libros contables: permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en 1. El libro diario. En el que se anota cronológicamente, territorio español). día a día, el importe de todas las operaciones realizadas en desarrollo de la actividad empresarial. También • Modelo 220: declaración del IS. Régimen de tributación de puede realizarse anotación conjunta de los totales de las los grupos de Sociedades. operaciones por períodos no superiores al mes, su detalle se registra en libros concordantes. Forma de presentación 2. El libro de inventarios y cuentas anuales. El modelo 200 se puede presentar en impreso o por Internet • El primer estado contable es un balance inicial detallado (obligatorio para las SA, SL y grandes empresas). El modelo de la empresa. 220 se presentará obligatoriamente por Internet. • El segundo estado contable es el balance de comprobación, en el que deben transcribirse trimestralmente las sumas y saldos de las cuentas. • El tercer estado contable es el inventario a cierre de ejercicio. • El último estado contable, a cierre de ejercicio, contiene las cuentas anuales: balance, cuenta de pérdidas y ganancias, estados de cambio en el patrimonio neto, estados de flujo de efectivo y la memoria. Las cuentas anuales son el instrumento contable más importante para el IS, ya que sirven de partida para la configuración de su BI. Además de los libros de llevanza obligatoria se podrá llevar de forma voluntaria, otros libros y registros, según el sistema contable adoptado, o la naturaleza de su actividad. Por otra parte, se establece la obligación de llevar y legalizar ciertos “libros societarios”: libro de actas, libro de acciones nominativas en las SA y comanditarias por acciones, libro registro de socios en las SL. 25
  • 27. Legalización de los libros contables: los libros obligatorios en formato papel o digital en soporte informático se legalizan en el Registro Mercantil del domicilio social de la entidad en los 4 meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio (30 de abril para ejercicios que coinciden con el año natural). La legalización se podrá realizar en papel, presentación digital (CD o DVD) o por Internet mediante firma electrónica. Conservación de los libros: la Ley General Tributaria (LGT) impone el deber de conservar los libros relativos al negocio, debidamente ordenados, durante 6 años, desde su último asiento, salvo que una norma exija otro plazo. Asimismo, la LGT y el Código de Comercio exigen la conservación de la correspondencia, documentación y justificantes del negocio durante 6 años, desde el día en que se cierran los libros con los asientos que justifican. 26
  • 28. 5. IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO Están sujetas al IVA las entregas de bienes y prestaciones de • Entre las relacionadas con el comercio exterior, la entrega servicios realizadas en territorio de aplicación del impuesto por de bienes expedidos y transportados fuera del territorio empresarios o profesionales a título oneroso, en el desarrollo de peninsular español e Islas Baleares, ya sea con destino a sus actividades económicas. Son sujetos pasivos del mismo las Estados miembros, o a territorios terceros. personas físicas, jurídicas y entidades sin personalidad jurídica. Regímenes de tributación Actividades exentas En el IVA existe un régimen general y los siguientes regímenes En el IVA se contemplan diversas exenciones. especiales: • Entre las exenciones interiores cabe mencionar, entre otras: • Simplificado: empresarios del sector servicios, industriales, comerciantes y ciertas actividades agropecuarias que – Enseñanza en centros públicos o privados y clases puedan tributar en este régimen. particulares por personas físicas sobre materias incluidas en los planes de estudios del sistema educativo. • Recargo de equivalencia: para comerciantes minoristas que reúnan los requisitos. – Asistencia a personas físicas por profesionales médicos y servicios sanitarios. • Agricultura, ganadería y pesca: para agricultores y ganaderos salvo renuncia o exclusión. – Servicios profesionales, incluidos aquellos cuya contra- prestación consista en derechos de autor, prestados por • Bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos artistas plásticos, escritores, colaboradores literarios y de colección. gráficos. • Agencias de viajes. – Operaciones y prestaciones de servicios relativas a • Oro de inversión. seguros, reaseguros y capitalización. • Servicios prestados por vía electrónica. – Servicios de mediación prestados a personas físicas en diversas operaciones financieras exentas. • Grupo de entidades. – Servicios de intervención prestados por fedatarios Tributarán en el régimen general los agricultores y ganaderos que públicos en operaciones financieras exentas. queden excluidos o renuncien al régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca o régimen simplificado, los industriales que no – Arrendamiento de viviendas y entrega de terrenos rústicos puedan tributar en el régimen simplificado y los comerciantes y no edificables, así como segunda y ulteriores entregas que no reúnen los requisitos necesarios para estar en el régimen de edificaciones. simplificado ni en el de recargo de equivalencia y, los profesionales, – Entrega de sellos de correos y efectos timbrados de artistas y deportistas. Los empresarios del sector servicios pueden curso legal. tributar en el régimen general, o en el régimen simplificado en algunos supuestos. 27
  • 29. Régimen general Modelos de autoliquidaciones El modelo 303, se utiliza tanto si el período de liquidación es trimestral como si es mensual, excepto por las personas físicas A quién se aplica el régimen general o entidades que apliquen el régimen especial simplificado y A los sujetos pasivos del IVA cuando no sea de aplicación las que hayan optado por el régimen especial del grupo de ninguno de los regímenes especiales, se haya renunciado entidades, que presentarán los modelos de autoliquidación o se quede excluido del régimen simplificado o del régimen específicos para estos regímenes. especial de la agricultura, ganadería y pesca. Si el período de liquidación es trimestral, la presentación del modelo 303 y en su caso, el ingreso o solicitud de compensación se efectúa entre el 1 y el 20 de abril, julio En qué consiste el régimen general y octubre, excepto la correspondiente al último período • Quien realice entregas de bienes o prestaciones de servicios de liquidación del año, en la que también puede solicitar la repercutirá el tipo impositivo del IVA que corresponda al devolución, entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente. importe de la operación, salvo que esté exenta o no sujeta: Para domiciliar el pago, la presentación se realiza por Internet entre el 1 y el 15 de abril, julio y octubre y entre el 1 y el 25 – General: 18%. de enero. – Reducido: 8% (entrega de viviendas –4% del 20 de Para las grandes empresas, los que opten por inscribirse en agosto de 2011 al 31 de diciembre de 2012–, servicios de el REDEME y entidades acogidas al régimen especial del transporte de viajeros, de hostelería, de peluquería, etc.). grupo de entidades, (con el modelo 036 y el 039 para los – Súper reducido 4% (alimentos básicos, medicamentos grupos de entidades), el período de liquidación es mensual. para uso humano, libros, periódicos y revistas, etc.). La presentación del modelo 303 y en su caso, el ingreso o solicitud de compensación o devolución se efectúa entre el 1 • Igualmente los proveedores de bienes y servicios les habrán y el 20 del mes siguiente a la finalización del correspondiente repercutido, el IVA correspondiente. período de liquidación mensual, salvo la liquidación de • Se debe calcular y en su caso ingresar trimestralmente julio, que se presenta durante agosto y septiembre y la de o mensualmente (grandes empresas, los inscritos en el diciembre, entre el 1 y el 30 de enero del año siguiente. REDEME y entidades acogidas al régimen especial del Los inscritos en el REDEME, presentarán junto al modelo 303 grupo de entidades) la diferencia entre el IVA devengado, es y en los mismos plazos y formas (Internet), el modelo 340 decir, repercutido a clientes, y el IVA soportado deducible, (declaración informativa de operaciones incluidas en los libros el que repercuten los proveedores. registro del IVA e IGIC y otras operaciones). Si en algún trimestre no resultara cantidad a ingresar, se presentará, según proceda, declaración sin actividad, a compensar o a devolver (esta última sólo en el último 28