PPT Aspectos generales de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo ...
memorial de Allanamiento
1. JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y
PREVISION SOCIAL Y DE FAMILIA DEL
DEPARTAMENTO DE
JALAPA--------------------------------------
ESVIN ANTONIO GÔMEZ GARRIDO de cuarenta años
de edad, casado, guatemalteco, comerciante, de
este domicilio. Actuó bajo el auxilio y procuración
del Abogado César Armando Marcos Díaz y señalo
como lugar para recibir notificaciones la segunda
calle “B ” seis guion ochenta y seis zona uno, Barrio
La Democracia del municipio y departamen t o de
Jalapa; comparezco respetuosamen te ante este
honorable Juzgado con el objeto de ALLANARME
TOTALMENTE A LA DEMANDA en cuanto a la
pretensión de obtener el Divorcio que en la vía de
Juicio Ordinario por Causal Deter minada promueve
en mi contra la señora ELSA ROSSANA GONZÁLEZ
AGUILAR y,
EXPONGO:
I) Que con fecha dos de Febrero del año dos mil
quince fui notificado de la demanda como de la
resolución que emitió ese Juzgado el día quince de
enero del año dos mil quince, donde se le dio
trámite a la demanda promovida en mi contra por la
señora ELSA ROSSANA GONZÁLEZ AGUILAR.
2. II) ALLANAMIENTO TOTAL DE DEMANDA en virtud de
lo anterior señor Juez me allano totalmen te a la
demanda en cuanto a la pretensión de obtener el
divorcio en la vía de Juicio Ordinario por Causa
Determinada que promueve en mi contra la señora
ELSA ROSSANA GONZÁLEZ AGUILAR en virtud que
yo tampoco tengo ningún interés en continuar con
nuestra unión conyugal puesto que desde más de
dos años nos encontramos separados y no tenemos
ninguna comunicación.
III) Por otra parte deseo hacer mención que en
virtud de ser padre del menor ESVIN EDUARDO
GÓMEZ AGUILAR tal como lo demuestra la
certificación de la partida numero doscientos
sesenta y nueve folio doscientos sesenta y nueve
del libro setecientos diagonal N (partida 269, folio
269 del libro 700/N) del Registro Civil del Registro
Nacional de las personas del Municipio de
Guatemala, Departamen t o de Guatemala y que obra
en autos en el proceso identificado en ese Juzgado
mediante el Sistema de Gestión de Tribunales con el
numero veintiún mil cinco guion dos mil quince
guion cero cero sesenta y siete oficial tercero
(ORDINARIO DE DIVORCIO No. 21005- 2015- 0067
Oficial 3o
) y que se encuent ra individualizado en el
3. apartado de pruebas numeral romano uno literal b)
del memorial interpuesto en mi contra por la señora
ELSA ROSSANA GONZÁLEZ AGUILAR solicito que en
audiencia se fijen las horas y días de la semana
donde pueda convivir con mi menor hijo ESVIN
EDUARDO GÓMEZ AGUILAR siendo que por ser el
padre conservo el derecho de comunicarme y
relacionar me libremente con él.
FUNDAMENDO DE DERECHO:
Artículo 115 del Código Procesal Civil y Mercantil,
“si el demandado se allanare a la demanda el Juez
previa ratificación fallara sin más trámi te ” .
PETICIONES:
DE TRÁMITE:
I) Que se admita para su trámite el presente
memorial de allanamiento y se agregue a sus
antecedentes.
II) Que se tenga por señalado el lugar para recibir
notificaciones y citaciones.
III) Que se tome nota de la Dirección, Procuración y
Auxilio con que se actúa.
DE FONDO:
I) Que al darle tramite al presente memorial se me
tenga por ALLANADO Y POR ACEPTADAS LAS
PRETENSIONES DE LA PARTE ACTORA de obtener
4. el divorcio en la Vía del Juicio Ordinario por Causa
Determinada que promueve en mi contra la
señora ELSA ROSSANA GONZÁLEZ AGUILAR.
II) Que en audiencia que señale el Juez, se decreten
las horas y los días del mes para relacionarme y
comunicarme libremente con mi menor hijo ESVIN
EDUARDO GÓMEZ GONZÁLEZ.
III) Que al resolver el presente memorial el señor
Juez proceda a dictar Sentencia en virtud de no
existir oposición de mi parte y de haberme
allanado a la demanda entablada en mi contra y
que de confor midad con la ley no existe obstáculo
para que se dicte la Sentencia respectiva.
CITA DE LEYES: Artículos 153, 154, 155, 156, 166 y
167 del Código Civil; Artículos 25, 29, 31, 44, 50, 61,
63, 66, 67, 69, 70, 71, 72, 75, 79, 96, 106, 107, 112,
126, 128, 130, 177, 194 del Código Procesal Civil y
mercantil.
Se adjunta duplicado y dos copias del presente
memorial.
Jalapa nueve de febrero de dos mil quince.
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