2. Normativa de alojamiento.
Clasificación
El Hotel Nuevo Amanecer reúne las siguientes características :
● Grupo : Hoteles → establecimientos destinados a la prestación del servicio de alojamiento turístico que,
además de los requisitos mínimos comunes exigidos a los establecimientos hoteleros, cumplen los específicos
que se regulan en el anexo 1 del Decreto 47/2004 de 10 de febrero.
● Categoría : Cuatro estrellas ****
● Modalidad : Ciudad
● Especialidad :
1. Los establecimientos hoteleros podrán obtener de la Consejería de Turismo y Deporte, el reconocimiento de
alguna de las especialidades que se relacionan en el anexo 6, atendiendo a las características arquitectónicas, a
las características de los servicios prestados y a la tipología de la demanda.
2. La declaración de especialidad dará derecho a ser incluido en el programa de turismo específico
correspondiente, a que se refiere el artículo 18 de la Ley del Turismo.
3. Oferta de Servicios
● Los establecimientos deberán disponer de
unidades alojativas polivalentes o adaptadas a
personas con discapacidad
En este caso disponemos de 50 unidades de
alojamiento, por tanto :
- > Hasta setenta y cinco unidades de
alojamiento: una unidad de alojamiento
4. ● Accesos
Las entradas deberán estar
diferenciadas para usuarios y para
personal de servicio equipaje y
mercancía.
● La principal no será obligatorio que
este dotada de marquesina o cubierta
( en hoteles de 5 estrellas si).
5. ● Depósito de equipaje :
En hoteles de 4 estrellas es
obligatorio el uso de un local para
equipajes.
● Este servicio será incluido en el Hotel
Nuevo Amanecer.
6. ● Garaje :
El garaje estará enclavado en el mismo
edificio o en otro distinto situado a una
distancia máxima de cien metros del
acceso principal del hotel.
El % mínimo de plazas de garaje en
función del número de unidades de
alojamiento será en el caso del Hotel
Nuevo Amanecer del 30%, al ser de
categoría 4 estrellas.
7. ● Instalaciones telefónicas:
Los hoteles dispondrán de instalación
telefónica en todas las unidades de
alojamiento.
Igualmente, dispondrán de teléfono en las
zonas de uso común.
Así mismo, no será obligatorio dicha
instalación en el baño en hoteles de 4
estrellas.
8. ● Internet y otras telecomunicaciones:
Será obligatorio en hoteles de 4 estrellas, y
por tanto en el Hotel Nuevo Amanecer,
ordenadores para uso de los usuarios con
conexión a internet.
Además, fax o servicio de comunicación
alternativo y conexión a internet en unidades
de alojamiento.
9. ● Horario de atención de la recepción y la
conserjería:
La recepción y la conserjería constituirán el
centro de relación con los usuarios a efectos
administrativos, de asistencia y de
información, de tal modo que la atención al
usuario del hotel sea continuada y eficaz
durante las 24 horas del día.
● En estas dependencias obrará el libro oficial
de quejas y reclamaciones, los documentos
de admisión, el listado de precios, así como
información de los recursos turísticos de la
zona y el buzón de seguridad.
● El servicio de equipaje será obligatorio en
hoteles de 4 estrellas siempre que sea
concertado
10. ● Frecuencia servicio de limpieza:
El servicio de limpieza deberá realizarse con
la frecuencia necesaria y, al menos, una vez
al día.
Así mismo sera obligatorio el servicio de
habitaciones y según se detalle en el
reglamento de régimen anterior.
11. ● Servicio de restauración:
La prestación del servicio de comedor tendrá
lugar dentro del horario señalado por la
dirección del hotel, que, en todo caso,
comprenderá un período mínimo de dos
horas y media para el almuerzo y la cena y
de tres horas para el desayuno. Dicho
horario se expondrá al público en lugar
visible.
● En nuestro Hotel en función de su categoría
de 4 estrellas será obligatorio:
- Servicio bar
12. ● Servicio de lavandería, lencería y plancha:
Todos los hoteles deberán disponer de
almacén de ropa limpia.
Las ropas serán devueltas a los usuarios en
el plazo máximo que se anuncie
previamente en lugar visible de la unidad de
alojamiento.
● Por tanto será obligatorio en nuestro Hotel el
servicio de lavandería, lencería y plancha.
13. ● Servicio de peluquería:
Deberá existir un servicio de peluquería en los hoteles de cuatro y cinco estrellas que tengan
más de cien unidades de alojamiento.
Por tanto, no será obligatorio en nuestro Hotel.
14. ● Servicio de atención a niños:
Los hoteles de cuatro estrellas dispondrán de un servicio de atención de niños, pudiendo
concertarse el mismo.