Este documento presenta una introducción al derecho penal, incluyendo definiciones de términos clave como delito y derecho penal. Explica los principios fundamentales del derecho penal constitucional como la legalidad, reserva penal, lesividad, exterioridad, privacidad, proporcionalidad y culpabilidad. También menciona aspectos como la teoría de la ley penal, derechos fundamentales, garantías penales y delitos constitucionales.
2. Que es el
delito
Que es el
derecho
Penal
Preguntas básicas
del Derecho Penal
Parte General
Qué es la ley
penal
Cuáles son las
consecuencia
s del delito
TEORÍA DE LA LEY
PENAL
Derecho Penal Constitucional;
Principios constitucionales penales;
Norma y ley penal;
Interpretación y aplicación de la ley penal en el
espacio, en el tiempo y en relación con las
personas.
3. DERECHO PENAL
CONSTITUCIONAL
Los principios
generales de la
constitución
los derechos
fundamentales
del hombre
Los preceptos
constitucionales
que regulan
expresamente
contenidos del
sistema penal
(Derecho penal,
procesal penal y
de ejecución)
Comprende los siguientes aspectos:
Es el conjunto de valores y principios generales que surgen
de la CN y de los concretos preceptos de ella vinculados al
sistema penal
Garantías penales
Normas referidas
al
funcionamiento de
las instituciones
penales
Delitos
constitucionales
4. Tratados con jerarquía constitucional
Art.
31
Constitución
Nacional
Tratados
internacionales
Leyes nacionales
Art.
31 y
75
inc.
22
Ref.
1994
Constitución Nacional
y Tratados de DDHH
Tratados comunes y
Concordatos
Leyes nacionales
5. PRINCIPIOS DE DERECHO PENAL
Las garantías
constitucionales
s e basan en la
dignidad de la
persona humana
Son para
proteger
derechos
esenciales
del
hombre
Imponen
obligaciones
al Estado y
límites a su
poder
Algunas son
bilaterales
6. Principio de legalidad
Este principio establece que la ley penal previa (no la
costumbre, ni la jurisprudencia) es la única fuente de
conocimiento del Derecho Penal
Dónde está prevista
esta garantía
Antes de la Reforma del ´94
en el art. 18 de la CN
Después de la Reforma del ´94
Además en los Tratados
Internacionales sobre DDHH
GARANTÍA
CRIMINAL
GARANTÍA
PENAL
GARANTÍA
JURISDICCIONAL
Cuáles son las
consecuencia
s del delito
7. Requisitos de la norma penal:
* LEY PREVIA:
PRINCIPIO DE LA IRRETROACTIVIDAD ; RETROACTIVIDAD Y
ULTRACTIVIDAD DE LA LEY PENAL MÁS BENIGNA
* LEY ESCRITA:
FUENTE DE CONOCIMIENTO SÓLO LA LEY –NO LA
COSTUMBRE, NI LA JURISPRUDENCIA-
FUENTE DE PRODUCCIÓN: CONGRESO
DE LA NACIÓN
*LEY ESTRICTA:
PROHIBICIÓN DE ANALOGÍA
IN MALAM PARTEM
PRECISIÓN EN EL TIPO Y EN LA PENA –ESPECIE
Y CANTIDAD-
8. Principio de reserva
penal
Art. 19, 2° párrafo de la CN: Ningún habitante de la Nación será
obligado a hacer lo que la ley no manda, ni privado de lo que ella
no prohíbe
D
El derecho penal es un sistema discontinuo de ilicitudes
D
D
D
zona de reserva
zona de reserva
zona de reserva
zona de reserva
9. Principios de lesividad, exterioridad y
privacidad
Art. 19, 1° parte, de la CN:
“Las acciones privadas de
los hombres que de ningún modo ofendan al orden y
a la moral pública, ni
perjudiquen a un tercero, están sólo reservadas a Dios,
y exentas de la autoridad de los magistrados”
PRINCIPIO DE LESIVIDAD
Impide prohibir y castigar una acción humana, si ésta no perjudica
o de cualquier modo ofende los derechos individuales o sociales
de un tercero, la moral o el orden público
El legislador sólo puede prohibir o mandar una conducta humana
exteriorizada, cuando ella lesione o ponga en peligro un bien jurídico,
y dicha afectación no esté justificada por la necesidad de salvar
otro bien jurídico preponderante
10. PRINCIPIO DE EXTERIORIDAD
Exige el castigo de una conducta externa conforme
los postulados del derecho penal de ACTO
PRINCIPIO DE PRIVACIDAD
Se ha consagrado una zona de intimidad
(área privada del individuo)
ASPECTOS:
• Fuero interno
• Fuero externo queno afectan el orden social, la moral pública
ni perjudican a terceros
• Ámbitos de privacidad: domicilio, correspondencia epistolar
y papeles privados
11. PRINCIPIO DE MÍNIMA SUFICIENCIA
Presupone
La aceptación de conflictos sin soluciones
penales, aún ante comportamientos lesivos
Derecho penal= lo mínimo e indispensable para la convivencia social
Dos
sub-
principi
os
SUBSIDIARIEDAD Entiende al DP como última ratio
Frente a un conflicto social:
1ro. Soluciones no jcas.
2do. Soluciones jcas no penales
3ro. Soluciones jcas. penales
FRAGMENTARIO Modalidades de ataque más grave a
los bienes jurídicos
12. PRINCIPIO DE
PROPORCIONALIDAD
Sostiene que:
* la especie y medida de pena debe ser
acorde –proporcional- a la gravedad del delito en abstracto o en concreto
* y en cuanto a la medida de seguridad debe ser proporcional a la
peligrosidad del delincuente
TENER EN CUENTA DE LO EXPUESTO
La antijuridicidad general satisface los principios de legalidad, reserva penal y
lesividad
La antijuridicidad específicamente penal, los de proporcionalidad,
intervención mínima, subsidiariedad y fragmentariedad del
Derecho Penal
13. PRINCIPIO DE
CULPABILIDAD
La aplicación de una pena presupone que
el autor del hecho sea culpable
Sub-principios
Fundamento: libre albedrío
Personalidad de las penas
Responsabilidad por el hecho
Principio de dolo o culpa
Principio de imputación persona (motivación normal)