1. 10º4
Anyi
Stefany
Giraldo A.
Camilo
Rebellon
Giron
ÉTICA &
VALORES
Constitución política
colombiana Cap. 1
Título 2 Art. 11:
El derecho a la vida es inviolable. No
habrá pena de muerte.
No se le puede arrebatar el
derecho a la vida a una persona,
cometa el delito/crimen/mala
acción que cometa, por tanto no
se le condenará a la pena de
muerte pero sí a cadena perpetua.
El derecho a la vida es el que
tiene cualquier ser humano por el
simple hecho de existir y estar
vivo; se considera un derecho
fundamental de la persona. Otras
personas también exigen el
derecho a la vida para los
animales que no pertenecen a la
especie humana, son los llamados
defensores de los derechos
animales
El derecho a la vida constituye
uno de los derechos básicos del
2. hombre lo que lo convierte en un
derecho de primera generación,
esto debido a que es un derecho
fundamental es decir inherente al
hombre por lo que es inviolable e
irrenunciable el cual resulta
admitido y garantizado por la
constitución nacional. Entre los
derechos del hombre, sin duda el
más importante es el derecho a la
vida. Este es el principal derecho
que pretende proteger el
ordenamiento jurídico dado que la
razón de ser del derecho es el
hombre mismo. La vida no posee
un valor individual sino familiar y
social de ahí que el ordenamiento
jurídico debe negar a la persona
quitarse la vida. Podríamos
agregar entonces que este derecho
seria presupuesto de los demás
derechos.
La vida es valorada por los
individuos como un valor básico
y como el soporte material para el
goce de los demás derechos.
Es indudable que el Derecho a la
Vida tiene carácter irrenunciable
y resulta inherente a la persona
humana, en tal sentido resulta
primordial entre los demás
derechos de la persona y sobre
todo que constituye presupuesto
de los demás; sin embargo éste no
constituye un derecho absoluto,
pues también es inevitable que
existan conflictos con otros
derechos
Esta disposición constitucional
quiere decir, que el derecho a la
vida que tiene todo ciudadano no
se puede trasgredir, conculcar,
destruir de ninguna de las formas,
y es obligación del estado
establecer los medios eficaces
para su protección, no puede
haber norma que tienda a
autorizarlo, ni autoridades
estatales que promuevan su
violación.
Consiste en el homicidio
premeditado a sangre fría de un
ser humano a manos del Estado y
en nombre de la justicia. Viola el
derecho a la vida que proclama la
Declaración Universal de
Derechos Humanos. Es el castigo
más cruel, inhumano y
degradante. (Ver información
complementaria en “Matar es
Matar”
La pena de muerte ha sido abolida
totalmente en algunos países
mientras en otros aún se
contempla y aplica.