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Primera. Objeto
El “Premio por la Igualdad de Género 2011
Diputación de Granada”, tiene por objeto
reconocer el trabajo desarrollado en la
Provincia de Granada por aquellos Municipios
y otros Entes locales, Asociaciones de mujeres
y Organizaciones sin ánimo de lucro, entidades
socioeconómicas y culturales, centros escolares,
profesorado de forma grupal o individual y
AMAPAS, que se hayan distinguido por el trabajo
realizado en la Provincia de Granada a favor de
la igualdad.
Segunda. Categorías de
los Premios
Los premios de carácter provincial tienen las
siguientes categorías.
Categoría I Municipios y otros Entes Locales.
Categoría II Asociaciones de mujeres y
Organizaciones sin ánimo de lucro.
Categoría III Entidades socio-económicas y
culturales.
Categoría IV Centros Escolares, Profesorado
de forma grupal o individual, y AMAPAS.
Tercera: Dotación de los Premios
Los Premios están dotados de;
a) Distinción simbólica.
b) Reconocimiento público.
c) 2.500€, euros para cada una de las categorías.
Esta cantidad será abonada en único pago, tras la notificación de concesión de los
mismos, cantidades sujetas a las retenciones legalmente establecidas. El pago del premio
se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que al efecto señale la persona
o entidad beneficiaria.
Cuarta: Candidaturas
a) Los premios podrán ser concedidos a: Municipios y otros Entes Locales,
Asociaciones de mujeres, Organismos sin ánimo de lucro, Centros
escolares,personas físicas,grupos de trabajo y entidades socio-económicas
y culturales con residencia, sede o delegación en Granada y Provincia.
b) La propuesta de candidaturas podrá realizarse por personas o entidades
públicas o privadas, mediante instancia dirigida al Iltmo. Sr. Presidente
de la Diputación de Granada, en sobre cerrado, en el registro general
de la Diputación, indicando: “Premios por la Igualdad de Género 2011
Diputación de Granada”, o por cualquiera de los medios previstos en
el art. 38 Ley 30/1992, de 28 noviembre de régimen jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
c) Quedan excluidas de los premios:
1.-Personas,empresas y entidades premiadas en anteriores convocatorias.
2.-Instituciones públicas o privadas en cuyos estatutos aparezca como
socio de pleno derecho la Diputación Provincial de Granada.
3.-Organismos públicos específicos de igualdad, en todos los niveles
administrativos.
d) La presentación de candidaturas a los“Premios por la Igualdad de Género
2011 Diputación de Granada”, supone la aceptación expresa e íntegra de
las bases del mismo según lo dispuesto en la presente Resolución y en la
convocatoria anual.
Diputación de Granada
La Diputación de Granada convoca la III Edición
de los “PREMIOS POR LA IGUALDAD DE
GÉNERO 2011 Diputación de Granada”, con la
finalidad de impulsar las políticas y actuaciones
realizadas a favor de la igualdad en la provincia de
Granada, implantar la transversalidad de género
en todas las acciones y programas generales y
reconocer públicamente a aquellas personas
físicas o jurídicas,públicas o privadas distinguidas
por su labor en el ámbito de la igualdad entre
mujeres y hombres,y que hayan contribuido con
su trayectoria a la dignificación del papel de las
mujeres en nuestra Provincia.
Quinta: Documentación a acompañar
Las solicitudes deberán contener la siguiente documentación:
a) Fotocopia del DNI o CIF de la persona física o jurídica, en este caso
también de su representante legal, que presenta la candidatura.
b) Datos del candidato/a que opta al premio y categoría a la que opta. Si es
persona jurídica datos de su representante legal.
c) Relato de la trayectoria de la persona física o jurídica y memoria si se
trata de una actuación concreta. La memoria debe contener:
1.- Proyecto de trabajo.
2.- Descripción de la ejecución de la experiencia (soportes impresos,
audiovisuales, documentales…).
3.- Evaluación.
d) En el caso de ser una publicación, investigación o cualquier trabajo
impreso, grabado o filmado, 2 copias del mismo.
e) Toda aquella que el/la presentador/a considere que es necesaria para la
mejor valoración de la candidatura.
f) Podrá requerirse a la persona solicitante para que en el plazo de 10
días naturales subsane los defectos observados, con indicación de que
si no lo hiciera, se tendrá por desistida su petición, previa resolución de
conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la ley 30/1992, de
28 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, en orden a mejor
resolver, se podrá solicitar a las personas interesadas que aporten
cuantos datos y documentos sean necesarios, en cualquier momento del
procedimiento.
g) Los proyectos y trabajos presentados quedarán en poder de Diputación,
que no podrá hacer uso de los mismos sin la autorización de su autor
o autora.
Sexta: Del Jurado
a) Formarán parte del Jurado las siguientes personas,debiendo abstenerse y
pudiendo ser recusadas en los términos previstos en las leyes.
1.- La Presidencia del Jurado recaerá sobre el/la Delegado/a de Igualdad
de la Diputación de Granada, o persona en quien delegue.
2.-Actuará como Secretaria o Secretario,con voz pero sin voto,la persona
que ostente la Secretaría de la Diputación o persona en quien delegue.
3.- Actuarán como vocales una técnica de la Delegación de Igualdad de la
Diputación de Granada, una representante del Consejo Provincial de
Igualdad,dos persona expertas en Género e Igualdad de Oportunidades
con una trayectoria ampliamente reconocida en esta materia.
b) Corresponderá al Jurado la evaluación de la documentación presentada
y la valoración en cada candidatura de los criterios establecidos, la
propuesta de concesión de los Premios,y la declaración de todas o alguna
de las modalidades de los premios como desiertas cuando los trabajos o
candidaturas no reúnan la calidad necesaria.
c) Si el Jurado lo estima oportuno se podrá conceder una mención especial.
d) Con carácter previo a la adjudicación definitiva, el jurado podrá realizar
una preselección de candidaturas finalistas. Se comunicará de manera
individualizada a los candidatos o candidatas su condición de finalistas y
salvo que dichas personas declinen o renuncien expresamente, para lo
cual dispondrán un plazo de tres días desde la comunicación,la Diputación
de Granada podrá difundir la relación de finalistas.
e) El Jurado adoptará sus acuerdos por mayoría simple de asistentes.
f) La Presidencia del Jurado dirimirá con su voto de calidad los empates que
se produzcan.
g) El fallo del jurado será elevado a la Presidencia de la Diputación para su
aprobación mediante resolución, expuesto en el tablón de anuncios de la
Diputación y en su página web: www:dipgra.es
h) Las incidencias no previstas en estas bases serán resueltas por el Jurado.
Séptima: Criterios de valoración
El Jurado tendrá en cuenta el siguiente baremo general:
a) El ámbito territorial de repercusión del trabajo o experiencia,valorándose
en orden decreciente si éste es la Provincia de Granada, sus zonas
geográficas o sus municipios.
b) El grado de correspondencia con los temas prioritarios.
c) El nivel de transversalidad logrado.
d) La cooperación realizada con otras entidades o asociaciones.
e) La capacidad de impacto y transformación en la sociedad de las acciones
llevadas a cabo.
f) La innovación, expresada bien por el sistema empleado para su ejecución,
bien por el ámbito o el colectivo al que se dirige.
g) La trayectoria desarrollada para el fomento de la igualdad de oportunidades
y de trato entre mujeres y hombres, a lo largo de los últimos 10 años.
Octava: Temas prioritarios
Los temas prioritarios para ser tenidos en cuenta en los criterios de
valoración serán los siguientes:
a) Iniciativas que impulsen las políticas de igualdad de género en los
Gobiernos Locales.
b) Implantación de la transversalidad de género en las políticas y acciones
generales.
c) Promoción de cambios en materia de empleo e inmigración,incorporando
la perspectiva de género.
d) Conciliación y erradicación de la discriminación por razón de sexo en el
ámbito laboral.
e) Fomento de la participación social de las mujeres y la representación
paritaria en la toma de decisiones.
f) El tratamiento de la violencia de género y su prevención
g) Eliminación de los estereotipos sexistas en el ámbito local.
h) Visibilidad de las mujeres del mundo rural en todos los campos: medios
de comunicación,educación,deportes,publicidad,actividad social,política
o empresarial, etc.
i) Organización del Centro escolar, distribución de los espacios y tiempos, y
promoción de la convivencia (no violencia,multiculturalidad…),todo ello
desde una perspectiva de género.
j) Corrección del sexismo en los materiales didácticos y promoción de la
investigación sobre temática coeducativa.
k) Interacción coeducativa entre el medio familiar y escolar.
Novena. Plazo de Solicitud
El plazo de presentación comenzará a partir del día siguiente de su
publicación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 13 de diciembre
del 2.010.
Décima. Resolución y Entrega
a) La resolución de Presidencia que apruebe la propuesta de candidaturas a
premiar recogida en acta del Jurado, será publicada en el B.O.P.
b) El plazo máximo para resolver la convocatoria será de seis meses desde
la finalización de presentación de solicitudes.
c) La ceremonia consistirá en un acto público de concesión de los “Premios
por la Igualdad de Género 2011 Diputación de Granada” convocado por
la Presidencia, haciendo entrega de la distinción simbólica.

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  • 1. Primera. Objeto El “Premio por la Igualdad de Género 2011 Diputación de Granada”, tiene por objeto reconocer el trabajo desarrollado en la Provincia de Granada por aquellos Municipios y otros Entes locales, Asociaciones de mujeres y Organizaciones sin ánimo de lucro, entidades socioeconómicas y culturales, centros escolares, profesorado de forma grupal o individual y AMAPAS, que se hayan distinguido por el trabajo realizado en la Provincia de Granada a favor de la igualdad. Segunda. Categorías de los Premios Los premios de carácter provincial tienen las siguientes categorías. Categoría I Municipios y otros Entes Locales. Categoría II Asociaciones de mujeres y Organizaciones sin ánimo de lucro. Categoría III Entidades socio-económicas y culturales. Categoría IV Centros Escolares, Profesorado de forma grupal o individual, y AMAPAS. Tercera: Dotación de los Premios Los Premios están dotados de; a) Distinción simbólica. b) Reconocimiento público. c) 2.500€, euros para cada una de las categorías. Esta cantidad será abonada en único pago, tras la notificación de concesión de los mismos, cantidades sujetas a las retenciones legalmente establecidas. El pago del premio se efectuará mediante transferencia bancaria a la cuenta que al efecto señale la persona o entidad beneficiaria. Cuarta: Candidaturas a) Los premios podrán ser concedidos a: Municipios y otros Entes Locales, Asociaciones de mujeres, Organismos sin ánimo de lucro, Centros escolares,personas físicas,grupos de trabajo y entidades socio-económicas y culturales con residencia, sede o delegación en Granada y Provincia. b) La propuesta de candidaturas podrá realizarse por personas o entidades públicas o privadas, mediante instancia dirigida al Iltmo. Sr. Presidente de la Diputación de Granada, en sobre cerrado, en el registro general de la Diputación, indicando: “Premios por la Igualdad de Género 2011 Diputación de Granada”, o por cualquiera de los medios previstos en el art. 38 Ley 30/1992, de 28 noviembre de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. c) Quedan excluidas de los premios: 1.-Personas,empresas y entidades premiadas en anteriores convocatorias. 2.-Instituciones públicas o privadas en cuyos estatutos aparezca como socio de pleno derecho la Diputación Provincial de Granada. 3.-Organismos públicos específicos de igualdad, en todos los niveles administrativos. d) La presentación de candidaturas a los“Premios por la Igualdad de Género 2011 Diputación de Granada”, supone la aceptación expresa e íntegra de las bases del mismo según lo dispuesto en la presente Resolución y en la convocatoria anual. Diputación de Granada La Diputación de Granada convoca la III Edición de los “PREMIOS POR LA IGUALDAD DE GÉNERO 2011 Diputación de Granada”, con la finalidad de impulsar las políticas y actuaciones realizadas a favor de la igualdad en la provincia de Granada, implantar la transversalidad de género en todas las acciones y programas generales y reconocer públicamente a aquellas personas físicas o jurídicas,públicas o privadas distinguidas por su labor en el ámbito de la igualdad entre mujeres y hombres,y que hayan contribuido con su trayectoria a la dignificación del papel de las mujeres en nuestra Provincia.
  • 2. Quinta: Documentación a acompañar Las solicitudes deberán contener la siguiente documentación: a) Fotocopia del DNI o CIF de la persona física o jurídica, en este caso también de su representante legal, que presenta la candidatura. b) Datos del candidato/a que opta al premio y categoría a la que opta. Si es persona jurídica datos de su representante legal. c) Relato de la trayectoria de la persona física o jurídica y memoria si se trata de una actuación concreta. La memoria debe contener: 1.- Proyecto de trabajo. 2.- Descripción de la ejecución de la experiencia (soportes impresos, audiovisuales, documentales…). 3.- Evaluación. d) En el caso de ser una publicación, investigación o cualquier trabajo impreso, grabado o filmado, 2 copias del mismo. e) Toda aquella que el/la presentador/a considere que es necesaria para la mejor valoración de la candidatura. f) Podrá requerirse a la persona solicitante para que en el plazo de 10 días naturales subsane los defectos observados, con indicación de que si no lo hiciera, se tendrá por desistida su petición, previa resolución de conformidad con lo establecido en el artículo 71 de la ley 30/1992, de 28 de noviembre de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Asimismo, en orden a mejor resolver, se podrá solicitar a las personas interesadas que aporten cuantos datos y documentos sean necesarios, en cualquier momento del procedimiento. g) Los proyectos y trabajos presentados quedarán en poder de Diputación, que no podrá hacer uso de los mismos sin la autorización de su autor o autora. Sexta: Del Jurado a) Formarán parte del Jurado las siguientes personas,debiendo abstenerse y pudiendo ser recusadas en los términos previstos en las leyes. 1.- La Presidencia del Jurado recaerá sobre el/la Delegado/a de Igualdad de la Diputación de Granada, o persona en quien delegue. 2.-Actuará como Secretaria o Secretario,con voz pero sin voto,la persona que ostente la Secretaría de la Diputación o persona en quien delegue. 3.- Actuarán como vocales una técnica de la Delegación de Igualdad de la Diputación de Granada, una representante del Consejo Provincial de Igualdad,dos persona expertas en Género e Igualdad de Oportunidades con una trayectoria ampliamente reconocida en esta materia. b) Corresponderá al Jurado la evaluación de la documentación presentada y la valoración en cada candidatura de los criterios establecidos, la propuesta de concesión de los Premios,y la declaración de todas o alguna de las modalidades de los premios como desiertas cuando los trabajos o candidaturas no reúnan la calidad necesaria. c) Si el Jurado lo estima oportuno se podrá conceder una mención especial. d) Con carácter previo a la adjudicación definitiva, el jurado podrá realizar una preselección de candidaturas finalistas. Se comunicará de manera individualizada a los candidatos o candidatas su condición de finalistas y salvo que dichas personas declinen o renuncien expresamente, para lo cual dispondrán un plazo de tres días desde la comunicación,la Diputación de Granada podrá difundir la relación de finalistas. e) El Jurado adoptará sus acuerdos por mayoría simple de asistentes. f) La Presidencia del Jurado dirimirá con su voto de calidad los empates que se produzcan. g) El fallo del jurado será elevado a la Presidencia de la Diputación para su aprobación mediante resolución, expuesto en el tablón de anuncios de la Diputación y en su página web: www:dipgra.es h) Las incidencias no previstas en estas bases serán resueltas por el Jurado. Séptima: Criterios de valoración El Jurado tendrá en cuenta el siguiente baremo general: a) El ámbito territorial de repercusión del trabajo o experiencia,valorándose en orden decreciente si éste es la Provincia de Granada, sus zonas geográficas o sus municipios. b) El grado de correspondencia con los temas prioritarios. c) El nivel de transversalidad logrado. d) La cooperación realizada con otras entidades o asociaciones. e) La capacidad de impacto y transformación en la sociedad de las acciones llevadas a cabo. f) La innovación, expresada bien por el sistema empleado para su ejecución, bien por el ámbito o el colectivo al que se dirige. g) La trayectoria desarrollada para el fomento de la igualdad de oportunidades y de trato entre mujeres y hombres, a lo largo de los últimos 10 años. Octava: Temas prioritarios Los temas prioritarios para ser tenidos en cuenta en los criterios de valoración serán los siguientes: a) Iniciativas que impulsen las políticas de igualdad de género en los Gobiernos Locales. b) Implantación de la transversalidad de género en las políticas y acciones generales. c) Promoción de cambios en materia de empleo e inmigración,incorporando la perspectiva de género. d) Conciliación y erradicación de la discriminación por razón de sexo en el ámbito laboral. e) Fomento de la participación social de las mujeres y la representación paritaria en la toma de decisiones. f) El tratamiento de la violencia de género y su prevención g) Eliminación de los estereotipos sexistas en el ámbito local. h) Visibilidad de las mujeres del mundo rural en todos los campos: medios de comunicación,educación,deportes,publicidad,actividad social,política o empresarial, etc. i) Organización del Centro escolar, distribución de los espacios y tiempos, y promoción de la convivencia (no violencia,multiculturalidad…),todo ello desde una perspectiva de género. j) Corrección del sexismo en los materiales didácticos y promoción de la investigación sobre temática coeducativa. k) Interacción coeducativa entre el medio familiar y escolar. Novena. Plazo de Solicitud El plazo de presentación comenzará a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 13 de diciembre del 2.010. Décima. Resolución y Entrega a) La resolución de Presidencia que apruebe la propuesta de candidaturas a premiar recogida en acta del Jurado, será publicada en el B.O.P. b) El plazo máximo para resolver la convocatoria será de seis meses desde la finalización de presentación de solicitudes. c) La ceremonia consistirá en un acto público de concesión de los “Premios por la Igualdad de Género 2011 Diputación de Granada” convocado por la Presidencia, haciendo entrega de la distinción simbólica.