1. Legislador, la palabra amenazada
Por Alfredo Jaeggli*
La Corte Suprema de Justicia se quitó el velo de los ojos para amordazar a los miembros del Congreso al
momento de emitir sus opiniones en el desempeño de sus funciones. Esta metáfora es apropiada para
explicar la última jugada política del Poder Judicial para doblegar al Congreso de la Nación.
Un legislador cuenta con el uso de la palabra para ejercer sus funciones así como el militar tiene un arma
para defender los intereses nacionales. Si un legislador ve amenazada su palabra no puede trabajar
libremente en sus funciones ante el temor de una demanda. Por ello, en el artículo 191 de la Constitución
Nacional quedó establecido que “Ningún miembro del Congreso podrá ser acusado judicialmente por las
opiniones que emita en el desempeño de sus funciones...”
Sin embargo la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, integrada por los ministros Antonio
Fretes, Víctor Núñez y Alicia Pucheta, rechazó mi acción de inconstitucionalidad ante una demanda
presentada en su momento por la abogada Sara Parquet, a quien etiqueté como jefa de gavilla de
delincuentes.
Con la negativa de la Corte Suprema de Justicia a mi pedido de inconstitucionalidad cabe preguntarse cuál
es el límite de las funciones de un legislador. El hombre es un ser de palabras, según Aristóteles y en el caso
de los miembros del Congreso la palabra es la única manera de exponer sus posiciones políticas. Por lo
tanto, un legislador es una persona que desempeña esa labor durante cinco años no sólo en la sala de
sesiones sino en todo espacio y tiempo.
No cabe en el pensamiento lógico separar la función de un legislador de su persona, puesto que la única
herramienta que cuenta para ejercer su oficio es su palabra que está integrada a su ser. Así, las declaraciones
de un legislador a los medios de prensa o por cualquier otro medio forman parte de su función puesto que
como parlamentario su oficio principal es exponer una posición mediante el habla, parlamentar.
El Poder Judicial con esta medida busca debilitar la actividad del Poder Legislativo rompiendo el equilibrio
constitucional en el ejercicio de los poderes de la República. Este caso de amordazamiento constituye un
intento más al ya impulsado en el 2009 cuando se pretendieron la reposición, luego de un juicio político, de
los ex ministros Bonifacio Ríos Ávalos y Carlos Fernández Gadea como miembros de la Corte Suprema de
Justicia.
Para sumar a esta amenaza, la Corte Suprema de Justicia menoscaba las funciones exclusivas del Congreso
de la Nación al pretender imponer normas que atentan la legislación vigente en la República. Esto ocurre
debido a que se saltan la ley para permitir el ingreso de productos que se encuentran en flagrante
contrabando, como el ingreso de perfumes y alimentos.
Esta conducta de los Ministros de la Corte ampara el contrabando de mercaderías perjudicando la economía
del país y promueve la evasión impositiva atentando contra los recursos del Estado. En su negativa a un
diálogo equitativo entre poderes de la República desprecian la buena voluntad del Congreso de la Nación en
la coordinación de acciones que redundan en beneficio público.
Si el Poder Judicial se atribuye la facultad de definir las funciones del Poder Legislativo al delimitar la
palabra a un legislador el Poder Legislativo está en jaque y la República en peligro. Es imperativo que el
pleno del Congreso se reúna para repudiar esta medida del Poder Judicial, caso contrario la esencia del
Parlamento se habrá perdido y con ella la libertad misma de la palabra.
*Senador de la Nación y Presidente de la Fundación Libertad.