El documento describe las normas internacionales y nacionales que regulan el trabajo infantil. La OIT ha establecido normas como la edad mínima de 15 años para el trabajo general y 18 años para trabajos peligrosos. En Chile, los menores de 15 años no pueden trabajar, excepto en trabajos artísticos con permiso. Entre 15-18 años solo se permiten trabajos ligeros con permiso y contrato. La jornada laboral para menores está restringida a 30 horas a la semana durante el año escolar.
2. Normas internacionales
• La OIT ha establecido normas que la mayoría
de los países han adoptado para tratar de
erradicar esta mala práctica en la que se
vulneran los derechos del niño.
• Uno de los métodos más efectivos es
establecer la edad en que legalmente pueden
incorporarse al trabajo.
3. Principios fundamentales del convenio de la OIT respecto
a la edad mínima de incorporación al empleo
Edad mínima
autorizada
Posibles
excepciones para
algunos países
Trabajo peligroso
Ninguna persona menor de 18 años debe
realizar trabajos que atenten contra su
salud o su moralidad.
18 años
(16 años bajo
estrictas
condiciones)
18 años
(16 años bajo
estrictas
condiciones)
Edad mínima límite
La edad mínima de admisión al empleo no
debe estar por debajo de la edad de
finalización de la escolarización obligatoria
15 años 14 años
Trabajo ligero
siempre y cuando ello no ponga en
peligroso su salud o su seguridad, ni
obstaculice su educación, su orientación
vocacional ni su formación profesional.
Entre 13 y 15
años
Entre 12 y 14 años
4. Normas en Chile
• En nuestro país, la ley detalla cuáles son las
jornadas laborales de los menores de edad y
qué restricciones hay para esta actividad.
5. ¿A qué edad puede trabajar un niño?
Menores de 15 años NO PUEDEN TRABAJAR.
Excepciones: sólo pueden trabajar bajo
autorización expresa de su representante o del
juez de familia y sólo en trabajos relacionados con
el teatro, cine televisión u otros similares.
Jóvenes entre 15 y 18
años
Pueden desarrollar sólo trabajos ligeros que no
perjudiquen su salud y su desarrollo, bajo
autorización expresa del padre o madre o de
quienes hayan tomado a su cargo al menor.
En ambos casos, se debe hacer un contrato individual de trabajo
y, además, deben acreditar haber culminado o estar cursando su
educación media o básica.
6. Jornada de trabajo legal para un
• No podrán desarrollar una jornada de 30 horas
semanales durante el periodo escolar.
• En ningún caso pueden trabajar más de 8 horas
diarias
• No pueden realizar trabajos nocturnos (entre
las 22:00 y las 7:00 horas)
• Sus días de descanso son los domingos y
festivos
menor de 18 años.
7. Salario de un niño que
trabaja.
• El monto mensual es establecido anualmente a
través de una ley. Para el año 2013 esta cifra es
de $156.770
• Los menores con más de 1 año de servicio
tienen derecho a 15 días hábiles de vacaciones
con remuneración íntegra.
8. Prohibiciones y restricciones legales
• Trabajos que requieran fuerza excesiva.
• Actividades peligrosas para la salud, seguridad o
moralidad.
• Trabajos en cabaret y similares, locales nocturnos
ni donde se vendan bebidas alcohólicas que
deban consumirse en el mismo establecimiento
• Trabajos en horario nocturno en los
establecimientos industriales y comerciales que
se realicen entre las 22:00 y 7:00 horas.