Volar un dron en España es legal bajo las condiciones que aquí se indican. Requisitos aplicables a pilotos, operadores, drones, academias de formación, cursos...
Normativa principal aplicable en
España al vuelo de drones
Constitución Española
Ley 18/2014, art. 50 Ley de drones
Ley de Navegación Aérea definición de aeronave
Reglamento UE 1178/2011, anexo VII Escuelas de formación
Orden de Presidencia del Gobierno 14/03/1957 Grabaciones
Ley 15/1999 Protección de datos
Opinión 1/2015 Grupo del Artículo 29 Captación de datos
RD 37/2001 Límites del seguro de daños a terceros (<20Kg)
Reglamento 785/2004 Límites del seguro a teceros (>20kg)
@Pablofb
Tipos de drones o RPAs (1/2)
Uso doméstico por piloto sin licencia
Exterior prohibido
Excepción, cuando se den todas las circunstancias:
zona adecuada
Zonas de vuelo de aeromodelismo
Zona despoblada
Otras similares a las anteriores
Siempre a la vista
Máxima altura: 120 metros
El piloto responde por los daños
@Pablofb
Tipos de drones o RPAs (2/2)
Uso doméstico por piloto sin licencia
Interiores:
En espacios con aberturas al exterior prohibido.
En espacios completamente cerrados (redes incluidas):
Propios Permitido
Ajenos Requiere autorización del titular o responsable del
espacio
Uso empresarial (excluido el militar y FYCSE)
Exterior depende del caso
Interiores Igual que para el uso doméstico
@Pablofb
Dron <25Kg o =25Kg en
exteriores
Requiere habilitación por AESA: acuse de recibo
Comunicación previa (5 días antes del inicio de la actividad)
Declaración responsable
De día
Buen tiempo (condiciones de meteorología visual)
Espacios despoblados
Espacios aéreos no controlados
Dentro del alcance visual
Distancia máxima: 500 metros
Altura máxima: 120 metros
@Pablofb
Dron <2Kg en exteriores
Requisitos: iguales que para los drones <25Kg
Especialidad: Vuelo más allá del alcance visual
Requisitos:
Dentro del alcance de la emisión de radio
Altura máxima: 120 metros
Trámites necesarios:
Autorización a los Servicios de Información Aeronática
Recepción de NOTAM (aviso sobre el vuelo a otros)
@Pablofb
Dron >25Kg en exteriores
Requisitos: iguales que
para los drones <25Kg
Especialidad Están
sujetos a autorización
por parte de AESA
MQ-8B Fire Scout. Imagen cedida por User-Dammit
@Pablofb
Grabación y Fotografía
Autorización de AESA
Norma: Orden de Presidencial del Gobierno de 14 de
marzo de 1957
Duración: especificada en la autorización
Autorización de los propietarios de los espacios a
grabar
Autorización local
Consentimiento informado de las personas afectadas
Ley 15/1999, arts. 4 (límites) y 5 (consentimiento)
Instrucción 1/2006 de la AEPD y otras vinculadas
@Pablofb
Requisitos del operador
propietario de los drones
Requisitos (1/2):
1. Documentación sobre la
caracterización de la
aeronave
2. Manual de operaciones
3. Estudio aeronáutico de
seguridad de la operación
4. Programa de
mantenimiento de la
aeronave
UAV con sistema CSIRO. Imagen cedida por CSIRO
@Pablofb
Requisitos del operador
propietario de los drones
Requisitos (2/2):
1. Piloto que cumpla con los requisitos
2. Seguro
3. Medidas de seguridad para evitar que el dron sufra
interferencias
4. Garantizar que la operación se realice a una distancia
mínima de:
1. 8Km de cualquier aeropuerto
2. 15Km de un aeropuerto que permita el vuelo instrumental
@Pablofb
Requisitos del dron para
vuelos en el exterior
Requisitos para todos los drones:
Placa grabada de identificación:
Legible y a simple vista
Identificación completa sobre el dron y el operador
Revisiones periódicas
Requisitos para drones >25kg
Inscritos en el Registro de Matrículas de Aeronaves de
AESA
Certificado de Aeronavegabilidad
@Pablofb
Requisitos para pilotos (1/2)
Conocimientos teóricos. Una
de estas opciones
Tener o haber tenido (en los
últimos 5 años) licencia de
piloto
>18 años + Certificado:
Emitido por organización de
formación aprobada por
AESA, ATO
Individual tras un examen,
para licencias de piloto de
ultraligero
Aeryon Scout
@Pablofb
Requisitos para pilotos(2/2)
Certificado médico:
< o = 25Kg Clase LAPL
>25Kg Clase 2
Conocimientos sobre la
aeronave y su pilotaje
Certificado de operador,
fabricante o escuela
aprobada
Imagen cedida por Frankhöffner
@Pablofb
Requisitos del centro de
formación
Denomimación: ATO (approved training organisation)
Autorización de AESA
Normativa: Reglamento UE 1178/2011
Requisito: impartir al menos un curso de piloto (ej.:
planeador o globo)
Prohibiciones:
AESA no acepta centros que solo formen para pilotar
drones
Las escuelas de vuelo ULM, que no son ATO, no pueden
expedir certificados
@Pablofb
Requisitos del curso de
piloto de drones
Requisitos del curso:
Materia indicada en la
normativa (aeronáutica,
meteorología…)
Contenidos y duración mínima
indicados en la web de AESA
Imagen cedida por MONUSCO_Sylvain Liechti
@Pablofb
Datos de contacto
Pablo Fernández Burgueño (@pablofb)
Abogado en Abanlex
linkedin.com/in/pablofb
pablo@abanlex.com
www.abanlex.com
@Pablofb