2. • Podemos definir la Educación Vial como
parte de la Educación Social, siendo una
eficaz base de actuación ciudadana,
dado que trata de crear hábitos y
actitudes positivas de convivencia, de
calidad de vida, calidad medioambiental
y la SEGURIDAD VIAL.
3. Nuestro principal objetivo a la hora
de enseñar Educación Vial en el
ámbito de la Colectiva, va a ser la
correcta utilización de la vía pública a
través de una enseñanza práctica,
activa y en contacto con la realidad,
todo ello destinado a que la persona
llegue a ser lo más autónoma posible
La Educación Vial va a ayudar no sólo
a aumentar la seguridad, sino a
mejorar la calidad de vida, por ello,
es necesario concederle la
importancia que se merece.
4. • Las señales de tránsito son nuestra guía
en las calles y caminos. Nos indican
distancias entre ciudades, curvas,
puentes y todo aquello que el conductor
necesita para informarse sobre el
camino.
• Garantiza que personas de diversas
lenguas y culturas puedan interpretar los
mensajes.
HAY 3 TIPOS DE SEÑALES DE TRANSITO :
*informativas
*preventivas
*reguladoras
5. Tienen por objeto guiar al usuario de la vía,
suministrandole información de localidades,
destinos,direcciones, sitios especiales, distancias y
prestación de servicios. Los colores distintivos son:
fondo azul, textos y flechas blancos y símbolos negros.
Se exceptúan las señales de identificación cuyo fondo
es blanco y símbolos negros. Se identifican con el
código SI.
6. • Las señales preventivas, denominadas además de
advertencia de peligro, tienen como propósito
advertir a los usuarios de las vías de riesgos y/o
situaciones imprevistas de carácter permanente o
temporal e indicarles su naturaleza.
• Estas señales requieren que los conductores tomen
las precauciones del caso ya sea reduciendo la
velocidad o realizando maniobras necesarias para su
propia seguridad, la del resto de los vehículos y las de
los peatones.
7. Las Señales Reguladoras tienen por
objeto indicar al usuario la existencia de
limitaciones, restricciones o prohibiciones
que norman el uso de las vías.
8. El SOAT, es el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito, el
cual ha sido creado para cubrir los gastos médicos de atención
o indemnizar a todas las personas que sean ocupantes o
terceros no ocupantes de un vehículo, por lesiones
corporales, muerte o invalidez permanente en caso de un
accidente de tránsito. Su adquisición es obligatoria para los
vehículos de acuerdo al nuevo Reglamento de Tránsito, y el no
tenerlo, constituye una infracción.