2. Los menores tienen derecho al honor, a la intimidad
personal y familiar y a la propia imagen.
Conviene saber que no podemos mostrar públicamente imágenes
de menores.
Debes tener el consentimiento del niño, niña y adolescentes, y de
un adulto responsable (madre, padre o tutor) antes de filmarlo o
fotografiarlo.
No debes mostrar el rostro de niñas, niñas y adolescentes.
No se publicarán textos o imágenes que, incluso habiendo
modificado u omitido los nombres u ocultado los rostros, puedan
suponer un riesgo para el niño o niña, sus hermanos, familiares o
compañeros.
3. ¿ENTONCES YA NO ENVIARÁN FOTOS LOS
PADRES DE FAMILIA?
Si, pero recuerda que son de las producciones y/o actuaciones de los
estudiantes en situaciones definidas y como parte integral de su proceso de
aprendizaje– mediante las cuales se puede interpretar e identificar lo que
han aprendido y el nivel de logro de la competencia .
Las fotos no son para publicarlas ni difundirlas a través de ningún medio.
4. IMPORTANTE
Los derechos de un menor (el honor, la intimidad e imagen de
menores de edad)merecen una especial protección, por lo
que no deben ser sacrificados aunque se trate de
comunicar una información exenta de ánimo de lucro
y hasta socialmente relevante por el fin que se
pretende.(´Código del niño y del Adolescente)