2. MÓDULO V
50 Asociación Chilena de Seguridad
El presente módulo describe las técnicas de medición
de ruido orientadas en primer lugar a la determina-
ción de la exposición ocupacional a ruido en un pues-
to de trabajo y en segundo lugar a la cuanƟficación y
caracterización de fuentes de ruido, uƟlizando los ins-
trumentos señalados en el módulo Instrumentos de
Medición y tomando como referencia nuestro marco
legal vigente al respecto DS. N°594/99 y el InstrucƟvo
de Aplicación del mismo elaborado por el InsƟtuto de
Salud Pública.
Técnicas de medición para
determinar la exposición
ocupacional a ruido
Estudio previo.
Para poder establecer una buena metodología de me-
dición a aplicar, de manera previa a la medición de la
evaluación en sí, se deberá efectuar el reconocimiento
del puesto de trabajo a evaluar con el fin de:
a) Describir las caracterísƟcas del puesto de trabajo a
evaluar. En presencia de trabajos cíclicos, considerar el
conjuntodetareasque<serepitecíclicaysucesivamen-
te a lo largo de la jornada de trabajo, representando
la acƟvidad habitual del trabajador. Esta información
permiƟrá determinar el o los Ɵempos involucrados en
la medición y el o los lugares de medición (en caso de
uƟlizar sonómetro).
b) IdenƟficar las fuentes generadoras de ruido asocia-
das a la exposición, con el fin de descartar la evaluación
de aquellos puestos de trabajo en donde la medición
del NPSeq no supere 80 dB(A).
c) Determinar el Ɵpo de ruido al que se expone un tra-
bajador, para lo cual se verificará lo señalado en las
definiciones de cada Ɵpo de ruido (estable, fluctuante
o impulsivo) presentadas en el modulo Parámetros de
Medición del presente curso.
El sonómetro sólo se puede uƟlizar en el caso especial
en que la evaluación de exposición a ruido sea de Ɵpo
estable, es decir, que la fuente de ruido sea de Ɵpo es-
table y que el trabajador permanezca en una posición
fija en su puesto de trabajo. El dosímetro se puede
uƟlizar en la evaluación de exposición a cualquier Ɵpo
de ruido.
De este estudio previo se podrá esta-
blecer la metodología de medición, es
decir, Ɵempo de medición, lugares de
medición, instrumentos y parámetros
de medición a ocupar.
3. TÉCNICAS DE MEDICIÓN.
51
Instrumentación
Las mediciones de ruido estable, fluctuante o impulsi-
vo, se efectuarán con un sonómetro integrador o do-
símetro que cumpla como mínimo con las exigencias
señaladas para un instrumento Tipo 2, establecidas
en las normas IEC 651–1979, IEC 804–1985 y ANSI S
1.4–1983.
En la configuración del equipamiento se deberá tener
en cuenta una taza de cambio Q = 3.
El instrumento de medición uƟlizado deberá contar
con su respecƟvo calibrador acúsƟco, específico para
cada marca y modelo, el cual cumpla con la exigencias
señaladas en las normas ANSI S 1.40-1984 e IEC 942
para clase 2 o superior.
Tanto el instrumento de medición, como también su
respecƟvo calibrador acúsƟco, deberán calibrarse pe-
riódicamente según las normas de fabricación especi-
ficadas para cada caso y en cumplimiento con lo seña-
lado en los párrafos anteriores.
La periodicidad de las calibraciones deben ser deter-
minadas por el usuario, dentro de los márgenes tole-
rables establecidos por el organismo de referencia en
la materia. Para tal fin, el usuario puede tomar en con-
sideración, al menos, los antecedentes obtenidos de
los chequeos previos y posteriores a las mediciones y
las condiciones de almacenamiento y mantención del
equipamiento.
Tanto los sonómetros como los dosímetros son sus-
cepƟbles de ser influenciados por interferencias de ra-
diofrecuencias (RFI). En este senƟdo, cuando se esté
en presencia de áreas donde existan interferencias de
este Ɵpo, el instrumental uƟlizado deberá chequear-
se con anterioridad al comienzo de las mediciones, de
forma de determinar si el campo de radiofrecuencia
es importante. Para estos fines, se puede consultar el
Anexo C de la norma ANSI S12.19-1996.
Los instrumentos de medición deberán
presentar su calibración vigente y cum-
plir con las exigencias señaladas para
un instrumento Tipo 2, establecidas en
las normas IEC 651–1979, IEC 804–1985
y ANSI S 1.4–1983.
Procedimiento de Medición
Una vez efectuado este estudio previo y diseñada la
metodología de evaluación, se procederá al proceso de
medición en sí, para lo cual se deberá seguir el siguien-
te procedimiento de medición:
Sonómetro integrador
4. MÓDULO V
52 Asociación Chilena de Seguridad
a) Verificación de baterías y otros: Antes de salir a te-
rreno verificar la vigencia de la calibración y el estado
de las baterías de los instrumentos a uƟlizar: sonóme-
tros, dosímetros, calibradores acúsƟcos.
b) Calibración en terreno: efectuar en terreno la ca-
libración de los equipos, antes y después de la medi-
ción, ya que condiciones ambientales de temperatura,
presión atmosférica y humedad relaƟva, pueden afec-
tar parcialmente la respuesta del instrumento.
Cuando los resultados de la calibración en terreno, ob-
tenidos para antes y después de la medición difieran
entre si en más de 1 dB, se deberá descartar la me-
dición realizada, debiéndose registrar los resultados
obtenidos.
Antes de iniciar las mediciones se de-
berá: verificar el estado de las baterías
del equipo a uƟlizar y posteriormente
efectuar su calibración (en terreno)
c) Ubicación del instrumento de medición: cuando la
medición de la exposición a ruido se efectúe con un
dosímetro, el micrófono del instrumento de medición
se deberá instalar en el hombro del trabajador a eva-
luar, a una distancia aproximada de 10 cm del conduc-
to audiƟvo del oído más expuesto.
Para aquellas mediciones realizadas con un sonómetro,
exposiciones a ruido de Ɵpo estables, éstas se deberán
desarrollar sin la presencia del trabajador, ubicando el
micrófono del instrumento de medición en la posición
que ocupa usualmente la cabeza del trabajador (senta-
do o de pie, según corresponda), manteniendo siem-
pre el micrófono a la altura y orientación a la que se en-
cuentra el oído más expuesto del mismo. En los casos
donde sea imposible efectuar la medición sin el traba-
jador, el micrófono del instrumento se deberá instalar
en una esfera imaginaria de 60 cm de diámetro, la cual
deberá rodear la cabeza del trabajador. Se recomienda
montar los sonómetros sobre trípodes, nunca deberán
instalarse sobre una mesa o una superficie reflectante,
ya que la vibración afecta las mediciones.
El micrófono del dosímetro siempre se
deberá ubicar en el hombro a 10 cm del
conducto audiƟvo asociado al oído que
está más expuesto al ruido.
d) Para determinar la exposición del trabajador selec-
cionado a los diferentes Ɵpos de ruido (estable, fluc-
tuante o impulsivo), se uƟlizará el NPSeq en dB(A), el
NPSmax en dB(A) y el NPSpeak en dB(C).
En caso de contar con un instrumento de medición que
así lo permita, los tres parámetros anteriores deberán
corresponder al mismo evento de ruido que se está es-
tudiando.
En aquellos casos donde el instrumento no permi-
ta la captación simultánea del NPSpeak, y a la vez se
constate la presencia de ruido impulsivo, como crite-
rio prevenƟvo se recomienda que cuando se obtenga
un NPSmax mayor a 110 dB(A) se efectúe una segunda
medición equivalente, pero registrando esta vez el va-
lor del NPSpeak, en dB(C). De todos los valores medi-
dos, siempre se deberá considerar el de mayor nivel,
con el objeto de determinar si se da cumplimiento al
Reglamento (arơculo 81º).
Micrófono
Dosímetro
5. TÉCNICAS DE MEDICIÓN.
53
Independiente del Ɵpo de ruido evaluado y del instru-
mento de medición uƟlizado, se deberá estar atento
a la medición, de forma de considerar los eventos de
ruido que aportan a la exposición a ruido que recibe
el trabajador evaluado en su puesto, según reconoci-
miento previo. Se deberán descartar aquellos ruidos
producidos intencionalmente por el trabajador o por
sus compañeros de trabajo.
Para ruido estable y fluctuante se
uƟlizará el descriptor NPSeq en dB(A)
y NPSmax en dB(A). Para ruido impul-
sivo se uƟlizará el descriptor NPSpeak
en dB(C).
e) Tiempo de Medición: Para el caso en que la evalua-
ción de la exposición a ruido del trabajador se realice
mediante dosimetría personal, se deberá evaluar ideal-
mente la jornada laboral completa. Se podrá conside-
rar un Ɵempo de medición inferior a la jornada laboral
siempre y cuando sea representaƟvo de ésta, tomando
en cuenta los antecedentes obtenidos durante el estu-
dio previo, como el Ɵpo de ruido, ciclos de trabajo de-
finidos y/o tareas realizadas, parƟcipación de las fuen-
tes de ruido, etc. De todas formas, se deberá señalar
explícitamente el Ɵempo de medición uƟlizado.
En el caso especial en que la exposición al ruido sea de
Ɵpo estable, es decir, que la fuente de ruido sea esta-
ble y que el trabajador permanezca en una posición fija
en su puesto de trabajo, esta se podrá desarrollar me-
diante la medición, por un par de minutos, del NPSeq a
través de un sonómetro.
En el evento de que se deba evaluar ruido de Ɵpo im-
pulsivo, se deberá registrar el NPSpeak hasta caracteri-
zar el o los impactos del puesto de trabajo.
Para el caso en que la evaluación de
la exposición a ruido del trabajador se
realice mediante dosimetría personal,
se deberá evaluar idealmente la jornada
laboral completa. Se podrá considerar un
Ɵempo de medición inferior a la jornada
laboral siempre y cuando sea represen-
taƟvo de ésta, tomando en cuenta los
antecedentes obtenidos durante el estu-
dio previo.
6. MÓDULO V
54 Asociación Chilena de Seguridad
Técnica de Medición para la
Caracterización de una Fuente
de Ruido
Estudio Previo
En la caracterización de un fuente de ruido, ya sea
ésta un equipo, una máquina o un proceso producƟvo,
orientada a la selección de protección audiƟva u otra
medida de control, se deberá efectuar un estudio pre-
vio que contemple:
a) Descripción de las caracterísƟcas de funcionamien-
to de la máquina o equipo, o descripción del proceso
producƟvo. Esta información permiƟrá determinar en
que condición de trabajo se desarrollará la medición y
el Ɵempo involucrado en la misma
De este estudio previo se podrá esta-
blecer la metodología de medición, es
decir, la condición de trabajo en la que
se desarrollará la medición, el Ɵempo
de medición y los descriptores de me-
dición a ocupar.
b) Determinar el Ɵpo de ruido que emite la máquina,
equipo o proceso producƟvo, para lo cual se verificará
lo señalado en las definiciones de cada Ɵpo de ruido
(estable, fluctuante o impulsivo) presentadas en el mo-
dulo 3 (Parámetros de Medición) del presente curso.
Independientemente del Ɵpo de ruido y estudio, las
mediciones siempre se realizarán con un sonómetro.
Instrumentación
Las mediciones se podrán desarrollar con un sonóme-
tro integrador que cumpla como mínimo con las exi-
gencias señaladas para un instrumento Tipo 2, esta-
blecidas en las normas IEC 651–1979, IEC 804–1985 y
ANSI S 1.4–1983.
Cuando se requiera que la caracterización en frecuen-
cia se efectúe por bandas de octava o tercio de octava
se requerirá anexar al sonómetro el filtro indicado o
acƟvarlo cuando éste forma parte integral del equipo.
El instrumento de medición uƟlizado deberá contar
con su respecƟvo calibrador acúsƟco, específico para
cada marca y modelo, el cual cumpla con la exigencias
señaladas en las normas ANSI S 1.40-1984 e IEC 942
para clase 2 o superior.
Tanto el instrumento de medición, como también su
respecƟvo calibrador acúsƟco, deberán calibrarse pe-
riódicamente según las normas de fabricación especifi-
cadas para cada caso y en cumplimiento con lo señala-
do en los dos párrafos anteriores.
La periodicidad de las calibraciones deben ser deter-
minadas por el usuario, dentro de los márgenes tole-
rables establecidos por el organismo de referencia en
la materia. Para tal fin, el usuario puede tomar en con-
sideración, al menos, los antecedentes obtenidos de
los chequeos previos y posteriores a las mediciones y
las condiciones de almacenamiento y mantención del
equipamiento.
Tanto los sonómetros como los dosímetros son suscep-
Ɵbles de ser influenciados por interferencias de radio-
frecuencias (RFI). En este senƟdo, cuando se esté
7. TÉCNICAS DE MEDICIÓN.
55
en presencia de áreas donde existan interferencias de
este Ɵpo, el instrumental uƟlizado deberá chequear-
se con anterioridad al comienzo de las mediciones, de
forma de determinar si el campo de radiofrecuencia
es importante. Para estos fines, se puede consultar el
Anexo C de la norma ANSI S12.19-1996.
Los instrumentos de medición deberán
presentar su calibración vigente y cum-
plir con las exigencias señaladas para un
instrumento Tipo 2, establecidas en las
normas IEC 651–1979, IEC 804–1985 y
ANSI S 1.4–1983.
Procedimiento de Medición.
Una vez efectuado este estudio previo y diseñada la
metodología de evaluación, se procederá al proceso
de medición en sí, para lo cual se deberá seguir el si-
guiente procedimiento de medición:
a) Verificación de baterías y otros: Antes de salir a te-
rreno verificar la vigencia de la calibración y el estado
de las baterías del sonómetro y calibrador a uƟlizar.
b) Calibración en terreno: efectuar en terreno la cali-
bración del instrumento, antes y después de la medi-
ción, ya que condiciones ambientales de temperatura,
presión atmosférica y humedad relaƟva, pueden afec-
tar parcialmente la respuesta del instrumento.
Cuando los resultados de la calibración en terreno, ob-
tenidos para antes y después de la medición difieran
entre si en más de 1 dB, se deberá descartar la me-
dición realizada, debiéndose registrar los resultados
obtenidos.
Antes de iniciar las mediciones se de-
berá: verificar el estado de las baterías
del equipo a uƟlizar y posteriormente
efectuar su calibración (en terreno)
c) Ubicación del instrumento de medición:
Cuando la caracterización esté orientada a la selección
de protección audiƟva, las mediciones se deberán rea-
lizar en los lugares más cercanos a las fuentes de ruido
en los que puede encontrarse el trabajador expuesto,
éstas se deberán efectuar sin la presencia del trabaja-
dor, ubicando el micrófono del instrumento de medi-
ción en la posición que ocupa usualmente la cabeza
del trabajador (sentado o de pie, según corresponda),
manteniendo siempre el micrófono a la altura y orien-
tación a la que se encuentra el oído más expuesto del
mismo.
Cuando la caracterización esté orientada el desarrollo
de otra medida de control, la caracterización o análisis
de frecuencia, deberá desarrollarse en el entorno in-
mediato de la máquina, equipo o proceso producƟvo,
en aquellos puntos que presenten las más alta energía
sonora.
Se recomienda montar los sonómetros sobre trípodes,
nunca deberán instalarse sobre una mesa o una su-
perficie reflectante, ya que la vibración afecta las me-
diciones.
Cuando se perciban flujos de aire que puedan afectar
las mediciones, se recomienda colocar sobre el micró-
fono del equipo la pantalla anƟ-viento.
8. MÓDULO V
56 Asociación Chilena de Seguridad
Cuando la caracterización de una fuen-
te de ruido esté orientada a la selección
de protección audiƟva, las mediciones
se deberán realizar en aquellos lugares
más cercanos a las fuentes de ruido en
los que puede situarce el trabajador
expuesto.
d) Cuando la caracterización de una fuente esté orien-
tada a la selección de protección audiƟva, se podrá
medir el nivel global del ruido con ponderación A y C,
tanto como NPS eq o como NPS max.
La caracterización de una fuente desarrollando un
análisis en frecuencia, ya sea en banda de octava o de
tercio de octava, se podrá ocupar para cualquier pro-
pósito (idenƟficación de fuentes, diseño de encerra-
miento, control en la fuente, selección de protección
audiƟva, etc.
En aquellos casos donde se deba efectuar una carac-
terización en frecuencia a un ruido de Ɵpo impulsivo,
como criterio prevenƟvo se recomienda configurar el
equipo con su respuesta Impulsive, tanto para obte-
ner un valor global del NPS como para su análisis en
frecuencia.
Cuando la caracterización en frecuen-
cia de una fuente esté orientada a la
selección de protección audiƟva, esta
se podrá efectuar mediante la me-
dición del nivel global del ruido, con
ponderación A y con ponderación C,
tanto como NPSeq (para ruido estable)
o como NPSmax (para ruido fluctuan-
te). La caracterización desarrollando
un análisis en frecuencia, ya sea en
banda de octava o de tercio de octava,
se podrá ocupar para cualquier propó-
sito (idenƟficación de fuentes, diseño
de encerramiento, control en la fuen-
te, selección de protección audiƟva,
etc.).
9. TÉCNICAS DE MEDICIÓN.
57
Tiempo de Medición.
a) Para el caso de que el ruido a caracterizar sea de
Ɵpo estable, bastará un Ɵempo inferior a un minuto
por cada banda de octava o para valores globales A y
C, para su cuanƟficación.
b) Si el ruido a caracterizar es de Ɵpo fluctuante o im-
pulsiva, el Ɵempo de medición, por cada banda de oc-
tava o de tercio de octava o por cada valor global, A
o C, deberá considerar aquellos momentos en que se
presentan los mayores niveles de ruido.
Los Ɵempos de medición dependerán
del Ɵpo de ruido a evaluar, para ruido
de Ɵpo estable, bastará un Ɵempo
inferior a un minuto (por ejemplo 20
s), por cada bada de frecuencia o por
cada valor global, A o C, en tanto, para
ruido de Ɵpo fluctuante o impulsivo,
el Ɵempo de medición tendrá que
considerar los mayores aportes de la
fuente en estudio.