2. Al final de la sesión, el estudiante identifica la
estructura del Estado peruano y los sistemas
jurídicos en el mundo mediante un caso práctico.
LOGRO DE LA SESIÓN
9. ¿Quién lo
integra?
El Congreso de la
República
Órgano unicameral
(una sola cámara)
130 personas, que
representan todas las
regiones del Perú,
Elegidas cada 5 años
mediante sufragio
Funciones
Dictar leyes o normas
de rango
inmediatamente
inferior a la
Constitución
Ejercitar el control
político del Poder
Ejecutivo
PODER LEGISLATIVO
10. PODER EJECUTIVO
¿Quién lo integra?
• Presidente de la
República
• Ministros (18
Ministerios más la
PCM)
¿Cómo se elijen?
• El Presidente es
elegido cada 5 años
mediante sufragio
• El Presidente
escoge a sus
Ministros
Funciones
• Dirigir y ejecutar la
marcha política del
país
• Promulgar las leyes.
• Emite Decretos
Legislativos (Previa
delegación de
facultades
legislativas por
parte del Congreso)
11. PODER JUDICIAL
Se encarga de
administrar
justicia en el
país
Resuelve casos
mediante
sentencias
Corte Suprema de Justicia
Cortes Superiores de Justicia
Juzgados Especializados y mixtos
(civiles, penales, trabajo y familia)
Juzgados de Paz letrados
Juzgados de Paz
12. GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES
Origen
Se inicio mediante el proceso de descentralización.
Jurisdicción
Sobre una base territorial y poblacional: son segmentos
del territorio nacional que tienen cierta integración
social y económica entre sí.
Tienen autonomía política, económica y administrativa.
13. Estructura
• Consejo
Regional
como órgano
normativo
• Gobernador
como órgano
ejecutivo
Documentos
que emiten
• Consejo
Regional
emite
ordenanzas
regionales
• Gobernadores
emiten
decretos
regionales
¿Cómo se
eligen?
• Por sufragio
• Cada 4 años
GOBIERNOS REGIONALES
14. GOBIERNOS LOCALES
Son las Municipalidades provinciales y distritales
Los alcaldes y regidores son elegidos por sufragio directo cada 4 años
Funciones: Regular el transporte colectivo, la circulación y el tránsito;
prestar servicios públicos de alumbrado; elaborar las normas sobre
zonificación y urbanismo, entre otras.
Emiten ordenanzas municipales y decretos de alcaldía
15. La Constitución política, para la salvaguardia del estado de derecho y la mayor eficiencia en la ejecución de
algunas labores, ha constituido algunos organismos autónomos, que no dependen de ninguno de los poderes
del Estado:
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
MINISTERIO PUBLICO
DEFENSORIA DEL PUEBLO
JUNTA NACIONAL DE
JUSTICIA
JURADO NACIONAL DE
ELECCIONES
OFICINA NACIONAL DE
PROCESO ELECTORALES
REGISTRO NACIONAL DE
IDENTIDAD Y ESTADO CIVIL
BANCO CENTRAL DE
RESERVA DEL PERÚ
SUPERINTENDENCIA DE
BANCA Y SEGUROS
CONTRALORÍA GENERAL DE
LA REPÚBLICA
ADMINISTRACION DE JUSTICIA TEMAS ELECTORALES TEMAS ECONÓMICOS
ORGANISMOS CONSTITUCIONALMENTE AUTÓNOMOS
16. Es el órgano supremo de interpretación y control de la
constitucionalidad. Es autónomo e independiente de los demás
órganos constitucionales. Se encuentra sometido sólo a la
Constitución y a su Ley Orgánica. El Tribunal Constitucional tiene
como sede la ciudad de Arequipa.
Funciones del Tribunal Constitucional:
Conocer, en instancia única, la acción de
inconstitucionalidad.
Conocer, en última y definitiva instancia, las resoluciones
denegatorias de hábeas corpus, amparo, hábeas data, y
acción de cumplimiento.
Conocer los conflictos de competencia, o de
atribuciones asignadas por la Constitución, conforme a
ley.
Se compone de siete (7) miembros elegidos por 5 años. Son elegidos
por el Congreso de la República con el voto favorable de los dos
tercios del número legal de sus miembros.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
17. Es un organismo autónomo, independiente al que se atribuye dentro de un Estado de Derecho
democrático la representación de los intereses de la sociedad, mediante el ejercicio de las facultades
de dirección de la investigación de los hechos que revisten los caracteres de delito, de protección a las
víctimas y testigos, y de titularidad y sustento de la acción penal pública. El Ministerio Público es el
órgano acusador del Estado y como representante de la sociedad monopoliza el ejercicio de la acción
penal, es la parte acusadora. (Artículo 158 de la Constitución de 1993)
Funciones del Ministerio Público:
• Promover de oficio, o a petición de parte, la acción judicial
en defensa de la legalidad y de los intereses públicos
tutelados por el derecho.
• Representar en los procesos judiciales a la sociedad.
• Conducir desde su inicio a la investigación del delito. Con tal
propósito la Policía Nacional está obligada a cumplir los
mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función.
• Ejercitar la acción penal de oficio o a petición de parte.
2
MINISTERIO PÚBLICO
18. Es el órgano del Estado encargado por la Constitución
de defender los derechos constitucionales y
fundamentales de la persona y de la comunidad, y de
supervisar el cumplimiento de los deberes de la
administración estatal y la prestación de los servicios
públicos a la ciudadanía. (Artículo 161 de la
Constitución de 1993)
El DEFENSOR DEL PUEBLO es
elegido con el voto de dos
tercios del número legal de
congresistas para un periodo de
cinco años.
Requisitos para ser miembro de la DF:
Para ser elegido defensor del pueblo se
requiere:
Haber cumplido treinta y cinco años
de edad.
Ser abogado
3
DEFENSORÍA DEL PUEBLO
19. 4
La Junta Nacional de Justicia es un organismo constitucionalmente autónomo cuya misión es “nombrar
y ratificar a jueces y fiscales probos, idóneos y competentes, así como a los jefes de la ONPE y el
RENIEC, y destituir a los que transgredan sus responsabilidades, a través de procesos justos y
transparentes, contribuyendo al fortalecimiento de la administración de justicia y la institucionalidad
democrática”.
La Junta Nacional de Justicia está
conformada por siete miembros
titulares seleccionados mediante
concurso público de méritos, por
un período de cinco años.
•Nombrar a los jueces y fiscales de todos los niveles.
Ratificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada siete años; y ejecutar conjuntamente con la
Academia de la Magistratura la evaluación de desempeño.
Aplicar la sanción de destitución, amonestación o suspensión aplicando criterios de razonabilidad y
proporcionalidad cuando corresponda
Registrar, custodiar, mantener actualizado y publicar el Registro de Sanciones.
Extender a los jueces y fiscales el título oficial que los acredita.
Presentar un informe anual al Pleno del Congreso.
Atribuciones
JUNTA NACIONAL DE JUSTICIA
20. 1
Organismo constitucional autónomo del Estado Peruano. Tiene como finalidad
fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio, los procesos electorales y las
consultas populares, garantizando el respeto a la voluntad ciudadana. (Artículo
177 de la Constitución de 1993)
Funciones del JNE:
Fiscalizar la legalidad del ejercicio del sufragio y de la realización de los
procesos electorales, del referéndum y de otras consultas populares,
así como también la elaboración de los padrones electorales:
Mantener y custodiar el registro de organizaciones políticas.
Velar por el cumplimiento de las normas sobre organizaciones
políticas y demás disposiciones referidas a materia electoral.
Administrar justicia en materia electoral.
Proclamar a los candidatos elegidos; el resultado del referéndum o
el de otros tipos de consulta popular y expedir las credenciales
correspondientes.
Las demás que la ley señala.
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
21. 2
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
La ONPE está encargada de ORGANIZAR TODOS LOS PROCESOS ELECTORALES, referéndum y otro tipo de
consulta popular, además de su presupuesto, así como la elaboración y el diseño de la cédula de sufragio. Le
corresponde, asimismo, la entrega de actas y demás material necesario para los escrutinios y la difusión de
sus resultados.
Funciones de la ONPE:
• Organizar, planifica y ejecuta los procesos electorales, referéndum y consulta popular.
• Realizar la convocatoria para la elección de consejeros del Consejo Nacional de la Magistratura por los
miembros de los colegios profesionales del país; y aprobar el padrón electoral a ser utilizado.
• Elaboración del material electoral necesario.
• Diseñar y ejecutar el programa de capacitación para la ejecución de procesos electorales.
• Garantizar al ciudadano el derecho al ejercicio del sufragio coordinando con las Fuerzas Armadas y la
Policía Nacional del Perú.
• Realizar la verificación de firmas para la inscripción de las agrupaciones políticas.
• Obtener los resultados de los procesos electorales y remitirlos al Jurado Nacional de Elecciones.
22. 3
REGISTRO NACIONAL DE IDENTIDAD Y ESTADO CIVIL
Es un organismo público autónomo que cuenta con personería jurídica de derecho público interno y goza de
atribuciones exclusivas y excluyentes en materia registral, técnica, administrativa, económica y financiera. Fue
creado por Ley N° 26497, de fecha 12 de julio de 1995, en concordancia con los artículos 177º y 183º de la
Constitución Política. (Artículo 177 de la Constitución de 1993)
Funciones de la RENIEC:
23. 1
Es una institución autónoma fundada en 1989 mediante la Ley N° 4500. En el
marco de la constitución política, este organismo se encarga de PRESERVAR LA
ESTABILIDAD MONETARIA DENTRO DEL PAÍS. Desde el año 2002, se rige mediante
un esquema de Metas Explícitas de Inflación, encontrándose el rango de tolerancia
entre 1 y 3 por ciento. Asimismo, se ocupa de la administración de reservas
internacionales, emisión de billetes y trasmisión de información sobre finanzas
nacionales. (Artículo 84 de la Constitución de 1993)
Funciones del BCR:
ADMINISTRACIÓN
DE RESERVAS
INTERNACIONALES
EMISIÓN DE
BILLETES Y
MONEDAS
DIFUSIÓN SOBRE
FINANZAS
NACIONALES
Respaldar la confianza de la
moneda nacional para evitar
fluctuaciones del tipo de
cambio.
Abastecimiento de billetes
según demanda de
transacciones y reposición.
Realiza los reportes de inflación
y la nota informativa del
programa monetario.
BANCO CENTRAL DE RESERVA
24. 2
La Contraloría General de la República es una entidad
descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía
conforme a su ley orgánica. Es el órgano superior del
Sistema Nacional de Control. Supervisa la legalidad de la
ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de
la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a
control. (Artículo 82 de la Constitución de 1993)
Funciones de la Contraloría General de la República:
Supervisar la legalidad de la ejecución
del presupuesto del Estado.
Supervisar las operaciones de la deuda
pública.
Supervisar a las entidades sujetas a
control.
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
25. SUPERINTENDENCIA DE BANCA Y SEGUROS
3
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP es el organismo encargado
de la regulación y supervisión de los sistemas financiero, de seguros,
privado de pensiones y cooperativo de ahorro y crédito, así como de
prevenir y detectar el lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
Su objetivo primordial es preservar los intereses de los depositantes, de
los asegurados y de los afiliados al SPP.
(Artículo 87 de la Constitución de 1993)
Funciones de la SBS:
El Poder Ejecutivo designa al
Superintendente de Banca y Seguros por 5
años. El Congreso lo ratifica.
26. SISTEMAS JURIDICOS
Se denomina sistema jurídico al conjunto articulado y coherente de instituciones, métodos,
procedimientos y reglas legales que constituyen el derecho positivo de un lugar y tiempo
determinados.
Musulmán
Civil Law
Common
Law
Mixto
Socialista
27. SISTEMA JURÍDICO MUSULMÁN
Sus fuentes son el
Corán (libro
sagrado que
contiene un
mensaje divino)
Sunna (Conjunto
de relatos acerca
de comentarios y
comportamientos
del Profeta
Mahona)
Países: Afganistán,
Arabia Saudita,
entre otros.
Delitos que se
sancionan: hurto,
adulterio, incesto,
no virginidad,
homosexualidad,
brujería, entre
otro.
Las sanciones que
se imponen van
más allá de lo
terrenal (privación
del paraíso)
28. SISTEMA JURÍDICO SOCIALISTA
Concepto
Es un ordenamiento político,
social y económico que se basa en
la propiedad y en la
administración colectiva, o en su
defecto estatal, de los medios de
producción, y por otro lado
promueve una progresiva
desaparición de las clases sociales.
Fuentes
Ley, jurisprudencia, doctrina y
costumbre.
Países: Cuba, Rusia, China, entre
otros.
29. SISTEMA JURÍDICO ROMANO GERMÁNICO O
CIVIL LAW
¿Dónde se
origina?
El sistema de Derecho
romano – germánico es
el heredero del Derecho
Romano
La nueva sociedad va
tomando conciencia de
la necesidad del
Derecho como garantía
del orden y seguridad
social.
Países
Gran parte de los países
de Europa, América
Latina, gran parte de
África, los países del
Cercano Oriente, Japón
e Indonesia.
Fuente
principal y
características
La fuente principal de
Derecho es la Ley escrita
El juez solo aplica el
Derecho y no hay
jurados.
30. Datos/Observaciones
SISTEMA JURÍDICO COMMON LAW
Significa: Derecho común
Fuente principal: Jurisprudencia y
costumbre
Países: Australia, Canadá, Estados Unidos,
Hawái, Irlanda, Jamaica, entre otros.
32. SISTEMA JURÍDICO MIXTO
Países: Puerto Rico, Sudán, Pakistán, Singapur,
Malasia, India, Qatar, Israel, entre otros.
Incluye dos o más familias jurídicas principales que operan
de manera simultánea o interactiva en una sociedad
multicultural y multireligiosa. A veces se yuxtaponen y se
aplican de manera complementaria
33. ESPACIO PRÁCTICO
Se deberán organizar en grupos para
realizar una infografía sobre la
estructura orgánica del Estado.
¡Comiencen!
35. BIBLIOGRAFÍA
• RUBIO CORREA, Marcial. El sistema jurídico.
Introducción al Derecho. Lima, Fondo Editorial de la
Pontificia Universidad Católica del Perú, 2009.
• TORRES VÁSQUEZ, Aníbal. Introducción al Derecho.
Lima, Instituto Pacífico, 2019.