1. Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”
Sitio web: www.tlachinollan.org / E-mail: internacional@tlachinollan.org
DETENCIÓN Y TRASLADO ILEGAL A PENAL FEDERAL DE DIRIGENTE DEL CONSEJO DE EJIDOS Y
COMUNIDADES OPOSITORES A LA PRESA LA PAROTA (CECOP)
Tlapa de Comonfort, Guerrero. Junio de 2014.
I. INTRODUCCIÓN
El día 17 de junio de 2014, la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero (PGJE) desplegó un
aparatoso operativo para detener a Marco Antonio Suástegui Muñoz dirigente histórico del Consejo de Ejidos
y Comunidades Opositores a la Presa La Parota (CECOP).
El Consejo de Ejidos y Comunidades Opositoras a la Presa La Parota (CECOP) ha encabezado por más de
diez año una lucha en contra de la imposición, por parte de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) y otros
actores estatales, de un proyecto hidroeléctrico legal, ambiental y socialmente inviable en las inmediaciones
de Acapulco. Los campesinos y ejidatarios, acompañados por el Centro de Derechos Humanos de la Montaña
“Tlachinollan” han recibido 5 decisiones favorables en contra de la construcción de la presa por parte de
Tribunales Agrarios, reconociendo que son los comuneros, ejidatarios y avecindados unidos en el CECOP,
quienes tienen la razón legal y la legitimidad social para decidir sobre el uso de sus tierras. Sin embargo, año
con año, el gobierno federal aporta en su presupuesto federal, un monto para la CFE para la construcción de
dicha presa1.
La detención del dirigente del CECOP, tiene como objetivo debilitar el movimiento de dicha organización
campesina, que por más de una década se ha opuesto a la imposición del Proyecto Hidroeléctico “La Parota”;
el cual, cabe recordar, ha sido incluido en el nuevo plan de reconstrucción del estado por el Ejecutivo Federal
denominado “Nuevo Guerrero” y se suma a la larga lista de casos de criminalización de los movimientos
sociales en el estado de Guerrero.
II. CONTEXTO: LA AMBIGÜEDAD DEL ESTADO Y EL CIERRE AL DIÁLOGO
Desde el inicio de la actual administración de Ángel Aguirre, el CECOP buscó asegurar que el nuevo
Gobernador se comprometiera a respetar los acuerdos de la histórica asamblea del 12 de agosto de 2007, en
la que las y los dueños de la tierra decidieron unánimemente rechazar la construcción de la presa La Parota
por considerarla jurídica, social y ambientalmente inviable.
El Gobernador, como en otros espacios frente a los movimientos sociales, aparentó cercanía con una de las
luchas emblemáticas a nivel nacional respecto de la resistencia de los pueblos campesinos y originarios
contra el despojo disfrazado de megaproyectos, abriendo canales de diálogo con el CECOP. Así el 7 de
mayo del 2011, en un momento histórico, el Gobernador acudió a la comunidad de Aguas Calientes, donde
frente a miles de campesinos y campesinas integrantes del CECOP, le fue demandado comprometerse a no
impulsar desde el gobierno estatal el proyecto hidroeléctrico La Parota, mediante la suscripción de un
documento formal, al que las y los opositores denominaron “Acuerdos de Cacahuatepec”. Tras tomarse la foto
con la camiseta del "No a La Parota", el Gobernador se negó a firmar los acuerdos, evidenciando su
ambigüedad respecto al proyecto2.
En los subsecuentes meses, el gobierno estatal continuó con una postura ambivalente frente al proyecto de
1 Para más información ver: http://www.tlachinollan.org/NoaLaParota/noalaparota.html y en la ficha informativa:
http://www.tlachinollan.org/Descargas/Ficha_La_parota_junio_2011_ES.pdf
2 Ver El Sur. "Se puso la playera, pero no firmó": http://el-suracapulco.com.mx/nota1e.php?id_nota=101321
2. Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”
Sitio web: www.tlachinollan.org / E-mail: internacional@tlachinollan.org
La Parota, retomando el tema a conveniencia y de conformidad con los interlocutores con los que actuaba.
Sin embargo, tras una largo proceso de interlocución con el CECOP, el jueves 16 de agosto de 2012, en la
ciudad de Acapulco, se llevó a cabo la firma de los Acuerdos de Cacahuatepec, entre integrantes del CECOP
y el Gobernador del Estado de Guerrero, a través del cual se suscribió que el gobierno estatal no apoyaría, ni
impulsaría la construcción de la hidroeléctrica “La Parota” que la Comisión Federal de Electricidad ha querido
imponer3.
Sin embargo, las tensiones se incrementaron a consecuencia de los estragos del paso de la tormenta tropical
Manuel y el huracán Ingrid por el estado de Guerrero y ante la omisa actuación de las actuaciones de las
autoridades estatales frente a la emergencia. El CECOP denunció que las tierras de sus comunidades habían
sido seriamente afectadas por la negligencia de la CFE, al no abrir a tiempo las compuertas de la presa de La
Venta; aunado a la desmedida explotación de las compañías gravilleras del río Papagayo de material pétreos
(arena y grava), desde hace aproximadamente 20 años, sin consulta a las comuneras, comuneros y
ciudadanos, y sobre todo sin tomar las medidas de seguridad para no causar afectaciones a las personas y al
medio ambiente.
Así, en diciembre de 2013, durante una visita del Gobernador y el alcalde de Acapulco Luis Walton a diversas
comunidades de Acapulco rural, los funcionarios públicos se reúnen en la comunidad de Cacahuatepec, con
Marco Antonio Suástegui y otros dirigentes del CECOP, quienes le reclaman directamente la falta de apoyo a
las comunidades después del paso de Ingrid y Manuel, terminando en un escalamiento de declaraciones
públicas ante los medios de comunicación.4 Ante la falta de respuesta por parte del gobierno estatal ante la
demanda de apoyos para las comundiades damnificadas del Acapulco rural, a inicios del 2014 el CECOP
establece un plantón en la comunidad de Concepción para evitar la entrada de las máquinas de las gravilleras
en la región.
En ese marco, el 25 de marzo del 2014, el CECOP encabezado por Marco Antonio Suástegui, sostuvo una
reunión con el Gobernador fungiendo como mediador el Arzobispo de Acapulco, con el objetivo de distender
el conflicto entre ambas partes y para revisar las exigencias de apoyos para las comunidad de Cacahuatepec,
por los daños ocasionados por el desbordamiento de la presa la Venta en septiembre del 2013. En dicha
reunión el Gobernador se comprometió a no ejecutar una serie de órdenes de aprensión en contra de los
integrantes del CECOP, en las que se les imputaba cargos por ataques a las vías de comunicación y a
entregar apoyos a las comunidades afectadas, los que a la fecha no se han concretado. La reunión se añadía
a la larga lista de ocasiones en las que el Gobernador del estado de Guerrero, Ángel Aguirre, se había
reunido con Marco Antonio Suástegui para hablar sobre distintos conflictos con las comunidades del CECOP.
El día 4 de abril del presente año, Marco Antonio Suástegui e integrantes del CECOP, se encontraban en una
reunión con el personal de la Comisión de Derechos Humanos de la región Acapulco, en la comunidad de La
Concepción, municipio de Acapulco, cuando fueron informados de un grupo de sujetos armados que se
encontraban en dos camionetas bloqueaban el camino rural de las Parotillas, donde se encontraba una de las
gravilleras a las que el plantón impedía el paso. Durante los hechos fueron lesionados dos integrantes del
CECOP, por lo que se interpuso una denuncia, que quedó registrada bajo la causa penal número 60/2014-I
en el Juzgado Segundo Penal de Acapulco. De igual forma, familiares del gravillero, interpusieron la denuncia
por el delito de tentativa de homicidio en contra de varios integrantes del CECOP, entre ellos Marco Antonio
Suástegui, librándose la orden de aprehensión el 24 de abril de 2014, dentro de la causa penal número
64/2014-II, del Juzgado Décimo Penal en Acapulco, Guerrero.
El 29 de mayo de 2014, fue detenido José Palma Tornez, por el delito de tentativa de homicidio, por los
hechos ocurridos el 4 de abril pasado. La orden de aprehensión habría sido liberada por los cargos de
3 Ver, El Sur: http://suracapulco.mx/archivos/37084
4 Ver, El Sur: “Opositores a La Parota retienen a Aguirre y a su comitiva en Cacahuatepec”: http://suracapulco.mx/archivos/122635
3. Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”
Sitio web: www.tlachinollan.org / E-mail: internacional@tlachinollan.org
tentativa de homicidio. Al resolverse su situación jurídica, dentro del plazo constitucional, el día 4 de junio de
2014, el Juez Décimo dictó auto de formal prisión por lesiones agravadas, es decir, el Juez reclasificó el delito
de tentativa de homicidio a lesiones agravadas, alcanzando su libertad bajo caución. Sin embargo – con una
imprevisible y clara decisión política – la caución fue impuesta por la cantidad de $146, 149.60, lo que no
permitió que José Palma Tornez alcanzara su libertad bajo proceso inmediatamente, sino hasta el 6 de junio.
III. ANTE EL CIERRE DEL DIÁLOGO, LA CRIMINALIZACIÓN DE LOS MOVIMIENTOS SOCIALES
Tan sólo un par de semanas después, el día 17 de junio alrededor de las 9.00 hrs., al salir de su domicilio,
Marco Antonio Suástegui fue interceptado por más 15 Policías Ministeriales cuando transitaba en su vehículo
por la calle Bora Bora, esquina con Rodrigo de Triana, Colonia Fraccionamiento Lomas de Magallanes, en el
municipio de Acapulco. De acuerdo con los testigos, con lujo de violencia los Policías Ministeriales lo bajaron
de su vehículo, sin presentarle alguna orden de aprehensión; una vez que lo sometieron le espetaron que si
oponía resistencia lo iban a matar. Posteriormente lo trasladaron al Centro de Reinserción Social (Cereso) de
Las Cruces en Acapulco, sin permitirle que pudiera comunicarse con sus representantes legales o con sus
familiares.
Alrededor de las 10hrs. personal del Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan", quienes han
acompañado en la defensa legal del CECOP, arribaron al Cereso para solicitar información a las autoridades
penitenciaras y judiciales respecto de la detención del defensor comunitario Marco Antonio Suástegui. El Juez
Décimo en Materia Penal de Primera Instancia, Adolfo Vanmeeter Roque manifestó que éste había sido
puesto a su disposición por los cargos de tentativa de homicidio dentro de la causa penal 64/2014-II, y que
tomaría la declaración preparatoria del detenido por la tarde.
Cabe resaltar que los hechos por los que es acusado Marco Antonio Suástegui, son los mismos que se
imputan a José Palma Tornés, integrante del CECOP que fue liberado bajo caución poco menos que dos
semanas antes; al haber sido reclasificado el delito a lesiones agravadas.
A las 14.40 hrs., el Juez informó a Tlachinollan que el líder del CECOP había sido trasladado al Centro de
Readaptación Social de La Unión de Isidoro Montes de Oca, ubicado en la Costa Grande de Guerrero; tal
como obra en el expediente, el Dr. Mario Alfredo Tapia, Director del Centro de Readaptación Social de las
Cruces, Acapulco remitió un oficio al Juez, en el que informa que por cuestiones de seguridad personal del
recluido Marco Antonio Suástegui fue trasladado al Centro de Reclusión Social de la Unión, en la región de la
Costa Grande del estado de Guerrero. Esto a pesar de que el juzgador previamente debió de haber analizado
exhaustivamente la legalidad de la solicitud de traslado para autorizarlo; al no acontecer tal hecho, se
violentaron los derechos del inculpado.
Además, el Juez décimo de Primera Instancia contravino directamente la decisión del Juez Segundo de
Distrito del Estado de Guerrero, Rogelio Josué Martínez Jasso, en el juicio de amparo 543/2014, del 28 de
mayo de 2014, en el que habría concedido:
[l]a suspensión definitiva al quejoso Marco Antonio Suástegui Muñoz, contra la
orden de aprehensión que hoy reclama, decretada en su contra dentro del proceso
penal 064-2/2014, del índice del Juzgado Décimo de Primera Instancia en Materia
Penal del Distrito Judicial de Tabares, con residencia en esta ciudad, para el único
efecto de que en caso de ser aprehendido, quede a disposición de este órgano
jurisdiccional en el lugar en que sea recluido en cuanto a su libertad personal se
refiere, hasta en tanto cause ejecutoria la sentencia que, en su caso, se dicte en el
juicio principal, y a disposición de la autoridad que deba juzgarlo por lo que hace a la
continuación de procedimiento, dada la naturaleza del delito que se imputa, ya que
existe causa legal que limita su derecho a la libertad. (negritas en el original)
4. Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”
Sitio web: www.tlachinollan.org / E-mail: internacional@tlachinollan.org
Sin embargo el Juez Adolfo Vanmeeter Roque sin tomar en cuenta que de acuerdo a la suspensión
concedida, la libertad de Marco Antonio se encontraba en manos del Juez segundo de Distrito consintió y
permitió el traslado, violando la suspensión de referencia.
En ese marco, y previendo un traslado ilegal a un penal federal por parte de las autoridades estatales, como
se ha visto en otros casos de criminalización de activistas sociales, el 17 de junio de 2014, se interpuso un
amparo que recayó en el Juzgado Tercero de Distrito bajo el número 649/2014-I, en Acapulco, Guerrero,
registrado como 649/2014-I, ante la posibilidad de ser trasladado a un Centro de Reclusión Federal de Alta
Seguridad, así como de la probable incomunicación a la que pudiera ser objeto derivada de estos actos.
Así, la Jueza Tercera de Distrito con sede en Acapulco, la Lic. Lilia Maribel Maya Delgadillo, en el juicio de
amparo concedió:
“la suspensión de plano respecto de la orden de traslado que se reclama, para
el efecto de que el quejoso Marco Antonio Suástegui Muñoz, no sea trasladado
a un diversos Centro de Reinserción Social y como consecuencia, dicha
suspensión se hace extensiva al acto de incomunicación del que puede ser
objeto el quejoso, en caso de limitarse su ejercicio de acción y derecho en el
centro penitenciario que se encuentra actualmente.
Por lo que, se responsabiliza a las autoridades señaladas como responsables
por cualquier violación que pudiera cometerse a esta determinación y
deberán proceder a la vigilancia necesaria a fin de que sea dado el debido
cumplimiento”. (negritas en el original)
Sin embargo, desacatando la decisión de suspensión para efectos de no ser trasladado a un penal federal,
las autoridades responsables, actuando con perversidad y total hermetismo, trasladaron a Marco Antonio
Suástegui al Centro Federal de Readaptación Social número 04 Noroeste en Tepic, Nayarit, dándole un trato
de delincuente de alta peligrosidad; lo que evidencia que dicho mecanismo se ha utilizado para castigar y
reprimir al dirigente del CECOP, dadas las condiciones en que se ha realizado.
IV. TRASLADOS INDEBIDOS Y USO ILEGÍTIMO DE LOS CENTROS FEDERALES DE MEDIA Y MÁXIMA
SEGURIDAD
Además de las mencionadas violaciones al debido proceso, preocupa profundamente a Tlachinollan el uso
sistemático que ha mostrado el estado de Guerrero de penales federales de mediana y máxima seguridad,
como herramienta de coerción a los movimientos sociales en Guerrero, bajo una clara connivencia de las
autoridades federales de seguridad pública.
Esto se ve reflejado en que traslado de Marco Antonio Suástegui no ha sido resuelto por el juez a cargo del
proceso penal. Arbitrariamente, el Poder Ejecutivo del Estado de Guerrero ha decidido enviar al detenido al
Centro de Reclusión Federal, sin ningún control judicial. Ante un inicial traslado a un penal estatal fuera de
Acapulco, bajo argumentos infundados que apelan a “garantizar su seguridad”, Tlachinollan interpuso los
recursos legales correspondientes debido a que, en otros momentos, los funcionarios del Estado de Guerrero
han aceptado ante los medios de comunicación locales que ha sido por “criterios políticos” el traslado de otras
activistas sociales, como lo aceptó la directora general de Reinserción Social de la Secretaría de Seguridad
Pública y Protección Civil (SSPPC) en el marco de las detenciones de líderes de la Coordinadora Regional de
Autoridades Comunitarias - Policía Comunitaria (CRAC-PC)
Así, el claro patrón de utilización de traslados a penales federales ha sido una herramienta del estado de
Guerrero para obstaculizar la defensa adecuada de otras y otros activistas sociales del estado. Por ejemplo,
5. Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”
Sitio web: www.tlachinollan.org / E-mail: internacional@tlachinollan.org
Nestora Salgado García se encuentra recluida en un penal federal de Tepic, Nayarit; Gonzalo Molina
González, y Arturo Campos Herrera, en un penal federal del Estado México, con la agravante de que este
último es de Máxima Seguridad; todos ellos, al igual que Marco Antonio Suástegui, acusados de delitos del
fuero común al momento de que fueron remitidos a los penales federales.
Estos traslados generan una grave afectación al derecho a una defensa adecuada, que reconoce el artículo
20 de la Constitución, pues en los hechos dejan a las personas detenidas sin poder tener una comunicación
fluida y constante con sus defensores. Evidentemente, el traslado de un detenido sometido a proceso a una
distancia lejana de los tribunales donde se ventila su caso obstaculiza las posibilidades de llevar a cabo una
defensa adecuada, que sea efectiva y no meramente formal. Es importante reiterar que la defensa de Marco
Antonio Suástegui recae en organismos civil del Estado de Guerrero, lo cual contrae una serie de limitaciones
de traslado al Centro de Reclusión, a la par de que se da seguimiento a los procesos penales en el propio
estado de Guerrero.
Además, estos traslados desnaturalizan la misma finalidad de los centros federales de seguridad media y
máxima, pues estos terminan siendo usados no para recluir a los presuntos delincuentes que más dañan a la
sociedad, sino a personas como Marco Antonio Suástegui, que hace sólo unos meses era recibido por el
propio Gobernador del Estado de Guerrero en mesas de negociación.
Esta actuación es abiertamente violatoria de derechos humanos. En los “Principios y buenas prácticas sobre
la protección de las personas privadas de libertad en las Américas”, Documento aprobado por la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos mediante su Resolución 1/08 de marzo de 2008, expresamente se
señala en el Principio IX, punto 4, que “los traslados de las personas privadas de libertad deberán ser
autorizados y supervisados por autoridades competentes, quienes respetarán, en toda circunstancia, la
dignidad y los derechos fundamentales, y tomarán en cuenta la necesidad de las personas de estar privadas
de libertad en lugares próximos o cercanos a su familia, a su comunidad, al defensor o representante legal, y
al tribunal de justicia u otro órgano del Estado que conozca su caso”. Y en el Inciso Segundo se añade que
“los traslados no se deberán practicar con la intención de castigar, reprimir o discriminar a las personas
privadas de libertad, a sus familiares o representantes” .
Más aun, la propia Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha considerado que los traslados
penitenciarios motivados por cuestiones políticas constituyen violaciones a derechos humanos. Así por
ejemplo, en el Informe de Fondo Nº 67/06, relativo al Caso 12.476 (Oscar Rlías Biscet y Otros vs Cuba), de
21 de octubre de 2006, la Comisión expresó: “239. En el presente caso, la Comisión verifica que las víctimas
se encuentran en su mayoría encarceladas en prisiones localizadas a distancias extremas de sus familiares.
Los peticionarios alegan inclusive que las autoridades habrían encarcelado deliberadamente a los procesados
en prisiones alejadas con el objetivo de impedir su comunicación con sus familias, así como también con sus
abogados o los medios de comunicación. […] 240. En ese sentido, la Comisión no encuentra que el Estado
haya cumplido con su obligación de facilitar el contacto entre los reclusos y sus familias” .
V. CONCLUSIONES
La arbitrariedad con que se ha conducido el Gobierno del Estado evidencia que el único delito de Marco
Antonio Suástegui ha sido cargar en sus hombros la resistencia contra un proyecto de muerte, diseñado
conforme a un modelo de gestión del agua que instancias tan ortodoxas como el Banco Mundial han
considerado inviable y sobre el cual diversos mecanismos de derechos humanos se han pronunciado en
términos de la protección del derecho a la consulta, al medio ambiente, a la vivienda digna, al agua, de los
derechos de los pueblos indígenas, a la alimentación, entre otros.
El movimiento social de Guerrero se encuentra en una situación crítica; por un lado, ningún luchador o
luchadora social está exento de ser detenido y remitido a un penal federal, con un rigor que no enfrenta
6. Centro de Derechos Humanos de la Montaña “Tlachinollan”
Sitio web: www.tlachinollan.org / E-mail: internacional@tlachinollan.org
ninguno de los narcotraficantes que violentan la paz en nuestro estado; por otro lado, siendo tan burdo el
proceder contra Suástegui, es inminente una nueva embestida para imponer el proyecto hidroeléctrico La
Parota, hoy bajo el disfraz del Proyecto Nuevo Guerrero, ya incluido en el Plan de Infraestructura de este
sexenio a nivel federal. Por eso, Tlachinollan apela a la sociedad civil mexicana y a la comunidad
internacional a unirse en las siguientes acciones que se estarán impulsando en los siguientes días.
***
Para mayor información:
internacional@tlachinollan.org
ó visita el sitio:
http://www.tlachinollan.org/NoaLaParota/noalaparota.html