El documento describe las infracciones y sanciones relacionadas con la ley del seguro social en Venezuela. Las infracciones se clasifican como leves, graves o muy graves. Las infracciones leves se sancionan con una multa de 25 unidades tributarias, mientras que las graves reciben una multa de 50 unidades tributarias. Las infracciones muy graves reciben una multa de 100 unidades tributarias y, en caso de reincidencia, el cierre temporal del establecimiento por tres días.
1. 12 2022
REFORMA DE LA LEY DEL
SEGURO SOCIAL
Infracciones Y Sanciones
Instituto Universitario De Tecnología
"Antonio José De Sucre"
San Felipe-Yaracuy
Realizado Por:
Danna Chavez
29.530.055
2. ART. 86
Las infracciones
pueden considerarse:
-Leves
-Graves
-Muy graves
Estas infracciones serán sancionadas de conformidad con lo
establecido en el Art. 91 de esta ley, siendo consideradas como
multas en unidades tributarias.
Si el empleador provoca una infracción y otros trabajadores se ven
afectados: Se entenderá como reincidencia al momento que el
empleador firme luego de la sentencia, y cometa otra infracción
igual durante los 3 años siguientes.
Las Infracciones, según la ley, son aquellas actitudes o acciones
de los empleadores, que ocupen conductas tipificadas y
sancionadas como tales en la ley.
3. 50 %
INFRACCIONES LEVES
Sanciones
*No informar al Instituto Venezolano de los
Seguros Sociales (IVSS), en el tiempo previsto y con
las formalidades exigidas, cualquier modificación,
suspensión o finalización de la relación laboral por
cualquier causa.
Serán
sancionadas con
una multa de
veinticinco
unidades
tributarias (25
UT).
*No llevar al día el registro del
personal a su servicio en la
forma que exige el IVSS.
En caso de
reincidencia se
sancionará con
un adicional del
50% de la multa
correspondiente
4. 50 %
INFRACCIONES GRAVES
Sanciones
*No inscribirse en el IVSS antes de iniciar su actividad.
*No informar en caso de cesar las actividades,
cambios de razón social, traspaso de dominio a
cualquier titulo y cualquier circunstancia relativa a las
actividades de la empresa.
*No inscribir a los trabajadores en el IVSS dentro de
los 3 días hábiles siguientes a su ingreso al trabajo.
*No suministrar información de cualquier variación
en el salario de los trabajadores o cualquier
información deba entregar para dar cumplimiento a
la Ley.
Serán
sancionadas con
una multa de
cincuenta
unidades
tributarias (50
UT).
En caso de
reincidencia se
sancionará con
un adicional del
50% de la multa
correspondiente
5. INFRACCIONES MUY GRAVES
Sanciones
*Retener por concepto de cotizaciones a los
trabajadores, montos superiores a los establecidos
en la Ley.
*Impedir las fiscalizaciones que ordene el IVSS, negar
el acceso a la empresa u obstaculizando la labor de
los órganos competentes.
*Presentar documentos con alteraciones que afecten
su legalidad.
*Dejar de notificar en el tiempo previsto cualquier
cuantia que adeude al IVSS distinta de las
cotizaciones.
Serán
sancionadas con
una multa de
cien unidades
tributarias (100
UT).
En caso de
reincidencia se
sancionará con
el cierre
temporal del
establecimiento
por tres (3) días.