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REFORMA DE LA LEY DEL
SEGURO SOCIAL
Infracciones Y Sanciones
Instituto Universitario De Tecnología
"Antonio José De Sucre"
San Felipe-Yaracuy
Realizado Por:
Danna Chavez
29.530.055
ART. 86
Las infracciones
pueden considerarse:
-Leves
-Graves
-Muy graves
Estas infracciones serán sancionadas de conformidad con lo
establecido en el Art. 91 de esta ley, siendo consideradas como
multas en unidades tributarias.
Si el empleador provoca una infracción y otros trabajadores se ven
afectados: Se entenderá como reincidencia al momento que el
empleador firme luego de la sentencia, y cometa otra infracción
igual durante los 3 años siguientes.
Las Infracciones, según la ley, son aquellas actitudes o acciones
de los empleadores, que ocupen conductas tipificadas y
sancionadas como tales en la ley.
50 %
INFRACCIONES LEVES
Sanciones
*No informar al Instituto Venezolano de los
Seguros Sociales (IVSS), en el tiempo previsto y con
las formalidades exigidas, cualquier modificación,
suspensión o finalización de la relación laboral por
cualquier causa.
Serán
sancionadas con
una multa de
veinticinco
unidades
tributarias (25
UT).
*No llevar al día el registro del
personal a su servicio en la
forma que exige el IVSS.
En caso de
reincidencia se
sancionará con
un adicional del
50% de la multa
correspondiente
50 %
INFRACCIONES GRAVES
Sanciones
*No inscribirse en el IVSS antes de iniciar su actividad.
*No informar en caso de cesar las actividades,
cambios de razón social, traspaso de dominio a
cualquier titulo y cualquier circunstancia relativa a las
actividades de la empresa.
*No inscribir a los trabajadores en el IVSS dentro de
los 3 días hábiles siguientes a su ingreso al trabajo.
*No suministrar información de cualquier variación
en el salario de los trabajadores o cualquier
información deba entregar para dar cumplimiento a
la Ley.
Serán
sancionadas con
una multa de
cincuenta
unidades
tributarias (50
UT).
En caso de
reincidencia se
sancionará con
un adicional del
50% de la multa
correspondiente
INFRACCIONES MUY GRAVES
Sanciones
*Retener por concepto de cotizaciones a los
trabajadores, montos superiores a los establecidos
en la Ley.
*Impedir las fiscalizaciones que ordene el IVSS, negar
el acceso a la empresa u obstaculizando la labor de
los órganos competentes.
*Presentar documentos con alteraciones que afecten
su legalidad.
*Dejar de notificar en el tiempo previsto cualquier
cuantia que adeude al IVSS distinta de las
cotizaciones.
Serán
sancionadas con
una multa de
cien unidades
tributarias (100
UT).
En caso de
reincidencia se
sancionará con
el cierre
temporal del
establecimiento
por tres (3) días.

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  • 1. 12 2022 REFORMA DE LA LEY DEL SEGURO SOCIAL Infracciones Y Sanciones Instituto Universitario De Tecnología "Antonio José De Sucre" San Felipe-Yaracuy Realizado Por: Danna Chavez 29.530.055
  • 2. ART. 86 Las infracciones pueden considerarse: -Leves -Graves -Muy graves Estas infracciones serán sancionadas de conformidad con lo establecido en el Art. 91 de esta ley, siendo consideradas como multas en unidades tributarias. Si el empleador provoca una infracción y otros trabajadores se ven afectados: Se entenderá como reincidencia al momento que el empleador firme luego de la sentencia, y cometa otra infracción igual durante los 3 años siguientes. Las Infracciones, según la ley, son aquellas actitudes o acciones de los empleadores, que ocupen conductas tipificadas y sancionadas como tales en la ley.
  • 3. 50 % INFRACCIONES LEVES Sanciones *No informar al Instituto Venezolano de los Seguros Sociales (IVSS), en el tiempo previsto y con las formalidades exigidas, cualquier modificación, suspensión o finalización de la relación laboral por cualquier causa. Serán sancionadas con una multa de veinticinco unidades tributarias (25 UT). *No llevar al día el registro del personal a su servicio en la forma que exige el IVSS. En caso de reincidencia se sancionará con un adicional del 50% de la multa correspondiente
  • 4. 50 % INFRACCIONES GRAVES Sanciones *No inscribirse en el IVSS antes de iniciar su actividad. *No informar en caso de cesar las actividades, cambios de razón social, traspaso de dominio a cualquier titulo y cualquier circunstancia relativa a las actividades de la empresa. *No inscribir a los trabajadores en el IVSS dentro de los 3 días hábiles siguientes a su ingreso al trabajo. *No suministrar información de cualquier variación en el salario de los trabajadores o cualquier información deba entregar para dar cumplimiento a la Ley. Serán sancionadas con una multa de cincuenta unidades tributarias (50 UT). En caso de reincidencia se sancionará con un adicional del 50% de la multa correspondiente
  • 5. INFRACCIONES MUY GRAVES Sanciones *Retener por concepto de cotizaciones a los trabajadores, montos superiores a los establecidos en la Ley. *Impedir las fiscalizaciones que ordene el IVSS, negar el acceso a la empresa u obstaculizando la labor de los órganos competentes. *Presentar documentos con alteraciones que afecten su legalidad. *Dejar de notificar en el tiempo previsto cualquier cuantia que adeude al IVSS distinta de las cotizaciones. Serán sancionadas con una multa de cien unidades tributarias (100 UT). En caso de reincidencia se sancionará con el cierre temporal del establecimiento por tres (3) días.