breve introducción a la Competencia y Jurisdicción de la Corte Penal Internacional como un Órgano de Protección de Derechos Humanos dirigido a la Jurisdicción Penal
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La Corte Penal Internacional Como Organo de Protección
1. La Corte Penal
Internacional como
Órgano de Protección
de Derechos Humanos
en el ámbito de la
jurisdicción Penal
2. Características generales de la
Corte Penal Internacional
O Tiene carácter permanente para evitar la
impunidad.
O Es subsidiaria con la jurisdicción Nacional
O Tiene personalidad jurídica internacional y
tendrá capacidad jurídica para el ejercicio
de sus funciones y el cumplimiento de sus
propósitos
Viviana Padrón; Cristina Jara; Lucía Robalino.
3. Competencia
O La Corte es competente para juzgar los
crímenes más graves para la comunidad
internacional en su conjunto: “el
genocidio, los crímenes de lesa
humanidad, los crímenes de guerra y el
crimen de agresión”
Viviana Padrón; Cristina Jara; Lucía Robalino.
4. Jurisdicción
O La Corte tendrá competencia para iniciar
enjuiciamientos si los crímenes se han
cometido en el territorio de un Estado que
ha ratificado el Estatuto; o de no haber
ratificado el Estatuto hace una
declaración de aceptación de la
competencia de la Corte sobre un
determinado crimen
Viviana Padrón; Cristina Jara; Lucía Robalino.
5. Principio de
Complementariedad
O la Corte sólo actuará cuando los
tribunales nacionales no tengan la
capacidad o la voluntad de hacerlo, es
decir su labor tiene un carácter subsidiario
Viviana Padrón; Cristina Jara; Lucía Robalino.
6. El crimen de genocidio
O La Convención para la Prevención y
Sanción del Delito de Genocidio, de 1948,
lo define como el conjunto de actos
cometidos con la intención de destruir
total o parcialmente a un grupo nacional,
étnico, racial o religioso, esta definición la
encontramos en el estatuto de la Corte
Penal Internacional en su art. 6
Viviana Padrón; Cristina Jara; Lucía Robalino.
7. El crimen de genocidio
O Matanza de miembros del grupo.
O Lesión grave a la integridad física o mental de
miembros del grupo.
O Sometimiento intencional del grupo a
condiciones de existencia que hayan de
acarrear su destrucción física, total o parcial.
O Medidas destinadas a impedir nacimientos en
el seno del grupo.
O Traslado por la fuerza de niños del grupo a
otro grupo.
Viviana Padrón; Cristina Jara; Lucía Robalino.
8. Crímenes de lesa humanidad
características:
O Un ataque generalizado sistemático
O Debe ser dirigido contra una población
civil
O Tienen que haberse cometido de
conformidad con "la política de un Estado
o de una organización"
Viviana Padrón; Cristina Jara; Lucía Robalino.
9. Crímenes de Lesa Humanidad
O Asesinato: homicidio intencionado.
O Exterminio: homicidio intencionado y en gran escala de miembros de un
grupo.
O Esclavitud, incluido el tráfico de personas, en particular de mujeres y niños.
O Deportación o traslado forzoso de población.
O Encarcelamiento u otra privación grave de la libertad física en violación de
normas fundamentales de derecho internacional.
O Tortura.
O Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado,
esterilización forzada u otros abusos sexuales de gravedad comparable.
O Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia por motivos
políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales religiosos o de género.
O Desaparición forzada de personas.
O El crimen del apartheid.
O Otros actos inhumanos de carácter similar.
Viviana Padrón; Cristina Jara; Lucía Robalino.
10. Crímenes de Guerra
O La Corte puede juzgar a personas acusadas
de infracciones graves a los Convenios de
Ginebra de 1949 como “Matar
intencionalmente; Someter a tortura o a otros
tratos inhumanos, incluidos los experimentos
biológicos; Infligir deliberadamente grandes
sufrimientos o atentar gravantemente contra
la integridad física o la salud; Destruir bienes
y apropiarse de ellos de manera no justificada
por necesidades militares, dirigir ataques
contra la población civil, causar daños a
personas indefensas, entre otros.
Viviana Padrón; Cristina Jara; Lucía Robalino.