SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 90
Sesión 6:
FISCALIZACIÓN LABORAL - SUNAFIL
Docente: Marianella Mendoza G.
1. Ciclo de Control y Acciones Correctivas.
2. Indicadores de Gestión en Recursos Humanos.
3. Escala de Multas y Sanciones.
4. Preparación y Levantamiento de Observaciones.
5. Prevención a los Procesos y Actividades más
Fiscalizadas.
INDICE
SUBSISTEMAS DE RRHH
* Subsistema de
Provisión
Investigación
Reclutamiento
La selección
Integración
(Inducción)
* Subsistema de
Aplicación
Planeamiento y
distribución de
RRHH
Diseño de cargos
Análisis y
Descripción de
puesto.
Planes de carrera.
* Subsistema de
Mantenimiento
Compensaciones
*Plan de Beneficios
Sociales
Seguridad e Higiene
en el trabajo
Relaciones
Laborales
Subsistema de
Desarrollo
Capacitación Y
Desarrollo
Evaluación del
Desempeño
Gestión del Talento
*Subsistema de
Seguimiento y
Control
Base de Datos
* Sistema de
Información
Auditoria de RR.HH.
Acción para llevar
adelante un propósito
CICLO DE CONTROL Y
ACCIONES CORRECTIVAS.
… Y toda acción
Implica un Plan
GESTIÓN
• Como mantener una base
de datos capaz de
suministrar información
necesaria para el análisis
cuantitativo y cualitativo de
la fuerza laboral.
• Criterios para mantener una
auditoria permanente a la
aplicación y adecuación de
las políticas y los
procedimientos.
CONTROL
BASE DE DATOS
SISTEMAS
DE
INFORMACION
(Indicadores)
AUDITORIA
RH
Cuanto mayor sea la organización y
más descentralizada sea su
estructura, mayor será la necesidad
de control respecto de los recursos
humanos
El fin de las actividades de control es asegurar que los objetivos sean
alcanzados en el tiempo y calidad planificada, realizando una buena
supervisión y medición del rendimiento de los resultados, con el objetivo de
que se puedan tomar acciones correctivas, esto se hace mediante la
comparación entre la planificación realizada y los programas ejecutados.
Las informaciones de control deben ser proporcionadas de manera oportuna y
a tiempo, sin retrasos para tomar acciones correctivas antes de que sea tarde.
Hay tres razones principales por las que es
importante evaluar la eficacia y eficiencia de la
gestión de los recursos humanos:
1. El renovado reconocimiento de que son las
personas las que hacen que una organización
tenga éxito o fracase.
2. Las personas cuestan dinero, y en muchos
casos sus sueldos constituyen un costo
importante para la empresa.
3. Se sabe muy poco de lo que realmente
supone gestionar los recursos humanos, por lo
que se requiere una evaluación continua para
profundizar en estos conocimientos.
Contribuye a evaluar el estado de salud del
sistema de recursos humanos y descubrir las
áreas problemáticas.
Contribuye a evaluar y hacer un seguimiento de
las diversas actividades de recursos humanos en
función de criterios tangibles (contribución a los
resultados mínimos aceptables de la
organización).
Ayuda a anticipar problemas futuros y a iniciar
intervenciones.
El control y evaluación de las contribuciones de la gestión de los
recursos humanos sirve para los siguientes fines:
SISTEMA DE INFORMACIÓN SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
PLANES DE RECURSOS HUMANOS
• Estimados de la oferta y la demanda, a nivel
interno y externo
• Inventario de recursos humanos
• Planes de sustitución y reemplazo
ADMINISTRACIÓN DE LA COMPENSACIÓN
• Niveles de sueldos, salarios e incentivos
• Prestaciones
• Servicio al personal
ANÁLISIS DE PUESTO
• Niveles y estándares de puestos
• Descripciones de puestos
• Especificaciones de puesto
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
• Comunicación de oportunidades
• Promociones justas
• Igualdad de normas
OBTENCIÓN Y DESARROLLO DEL PERSONAL
RECLUTAMIENTO
• Fuentes externas de personal
• Disponibilidad de candidatos
• Solicitudes y bancos de solicitudes
SELECCIÓN
• Tasas de selección
• Procedimientos de selección
• Seguimiento
CAPACITACIÓN Y ORIENTACIÓN
• Programa de orientación
• Objetivos y procedimientos de capacitación
• Tasa de efectividad en el aprendizaje
DESARROLLO PROFESIONAL
• Programa de desarrollo
• Planes de promoción
• Éxito en la reubicación de personal
CONTROL Y EVALUACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN
EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO
• Estándares y mediciones del desempeño
• Técnicas de evaluación del desempeño
• Entrevistas de evaluación
ADMINISTRACIÓN DE LAS RELACIONES
LABORALES
• Administración del contrato colectivo
• Valuación económica del contrato colectivo
• Resolución de conflictos
CONTROL DE LOS RECURSOS HUMANOS
• Comunicación ascendente y descendente con
el personal
• Procedimientos disciplinarios
• Procedimientos de cambio y desarrollo
IGUALDAD DE OPORTUNIDADES
• Potencial de conflicto
• Tasa de rotación
• Atmósfera de la organización
AUDITORÍAS DE PERSONAL
• Función del departamento de recursos
humanos
• Evaluación de los gerentes de línea
• Realimentación proveniente del personal
INDICADORES DE GESTIÓN
EN RECURSOS HUMANOS.
Los indicadores de gestión pueden ser
expresados como valores, unidades,
índices, series estadísticas, etc. Deben ser
fáciles de reconocer, medibles y
controlables.
• Específicos (Specific)
• Mensurables o medibles(Measurable)
• Asequibles (Attainable)
• Relevantes (Relevant)
• Acotables en un periodo de tiempo (Time Bound)
Planificación
• Número de vacantes nuevas de puestos no previstas.
• Diferencia entre las necesidades previstas y las reales.
Reclutamiento de personal
• Edad Promedio /media de la planilla.
• Proporción entre empleados ausentes y no ausentes.
• Tiempo Promedio necesario para reclutar empleados por
tipo de especialidad.
• Costos de publicidad por contratación o recomendación.
• Índices de rotación de personal y de ausentismo.
• Relación entre los diversos instrumentos de selección
(impresos de solicitud, pruebas, etc.) y los índices de
rendimiento.
Formación y perfeccionamiento
• Proporción de empleados que reunieron los requisitos para
recibir formación el año anterior; proporción de supervisores
que recibieron formación en supervisión.
• Proporción de empleados perfectamente capacitados para
realizar su trabajo.
• Calidad del producto y del servicio antes y después de la
formación.
• Costes de formación por empleado y por categoría salarial.
Seguridad e higiene
• Frecuencia de accidentes.
• Número de horas y días perdidos debido a accidentes.
• Accidentes por tipo.
• Accidentes y enfermedades por departamento y división o
categoría de empleado.
Retribución
• Número de empleados por encima o por debajo de los sueldos
normales.
• Relación entre la promoción por méritos y la promoción por
antigüedad.
• Diferencia media de sueldos entre departamentos, divisiones o
categorías decisivas de empleados.
• Número y tipo de empleados que participan en los beneficios.
• Número y tipo de empleados que utilizan los servicios que
proporciona la empresa (planes de seguros, instalaciones de ocio,
etc.).
Relaciones laborales
• Proporción de quejas que se han ganado el año anterior.
• Costo Promedio de las quejas por empleado.
• Número de quejas y reclamaciones procesadas.
• Quejas por temas.
Tipos de Contratos de
Trabajo.
REGÍMENES LABORALES EN EL PERÚ
D.L. 728
• Los trabajadores sujetos a la actividad laboral privada, tienen los siguientes derechos: (i) pago de una
remuneración por la prestación de sus servicios; (ii) descanso semanal obligatorio y vacaciones por 30
días al año; (iii) pago de beneficios laborales, tales como las gratificaciones de fiestas patrias y navidad,
asignación familiar, compensación por tiempo de servicios; (iv) acceder a la seguridad social (AFP
u ONP, ESSALUD, SCTR); (v) poder
accionar para la obtención de una indemnización en caso de despido arbitrario; (vi) reincorporación a
su puesto de trabajo si ocurriese un despido nulo; (vii) hacer uso de sus derechos colectivos.
D.L. 276
• Los servidores públicos cuentan con los siguientes derechos: (i) hacer carrera pública en
base al mérito, sin discriminación política, religiosa, racial o de ninguna otra índole; (ii)
gozar de estabilidad; (iii) percibir remuneración acorde a su nivel; (iv) vacaciones por 30
días; (v) Hacer uso de permisos o licencias con causas justificadas; (vi) ejercer docencia
universitaria; (vii) no ser trasladado a entidad distinta sin su consentimiento; (viii) constituir
sindicatos.
D.L. 1057
• Las personas sujetas al régimen de la Contratación Administrativa de Servicios tienen los
siguientes derechos: (i) percibir remuneración por la prestación de sus servicios (RMV); (ii)
contar con una jornada semanal máxima; (iii) descanso semanal obligatorio y 15 días de
vacaciones después de un año de servicios; (iv) afiliación a ESSALUD; (v) afiliación opcional
y obligatoria, según sea el caso, a un régimen de pensiones; (vi) ejercicio de sus derechos
colectivos.
CONTRATACIÓN
DIRECTA
PLAZO
INDEFINIDO
PLAZO FIJO
En toda prestación personal de servicios remunerados y
subordinados, se presume la existencia de un contrato de
trabajo a plazo indeterminado
D.L 728
CPF SUJETOS A MODALIDAD
De naturaleza
temporal
Relacionados principalmente con la
coyuntura y necesidades de la empresa
De naturaleza
accidental
Son aquellos contratos que tiene por fin
cubrir situaciones imprevistas y
eventuales de la empresa
De obra o servicio
Referido a aquellos contratos que tiene
por objeto un resultado concreto
preestablecido
a) Por inicio o lanzamiento de nueva
actividad: Son aquellos que se originan
ante el inicio de una nueva actividad
empresarial. El plazo máximo de su
duración es de 3 años.
b) Por necesidad de mercado: Se
celebran con la intención de hacer frente
a los incrementos coyunturales de la
producción, se originan ante el aumento
de demanda en el mercado pudiendo
ser renovados sucesivamente por un
máximo de 5 años.
c) Por reconvención empresarial: Es
aquel que se genera ante el
acaecimiento de sustitución, ampliación
o modificación de actividades dentro de
una empresa. Su plazo máximo de
duración es de 2 años.
a) Contrato Ocasional: Se origina a
efectos de atender necesidades
transitorias distintas a las actividades
habituales del centro de trabajo. Se
suscribe fijando un plazo máximo de 6
meses.
b) Contrato de suplencia: Se suscribe
ante la necesidad de sustituir a un
trabajador de la empresa cuyo vínculo
laboral se encuentra suspendido por
alguna causa legítima. La duración de
este tipo de contratos está supeditada al
caso en específico.
c) Contrato de emergencia: Este tipo de
contrato se celebra con la intención de
cubrir las necesidades surgidas por caso
fortuito o fuerza mayor y, al igual que el
anterior, su duración se establece en
relación a la duración del evento.
a) Para obra determinada o servicio
específico: El objeto de este tipo de
contrato se establece previamente y con
una duración determinada, el plazo de
vigencia por tanto será el que resulte
necesario para la culminación de la obra o
el servicio.
b) Contrato intermitente: Se suscribe con
la finalidad de cubrir las necesidades de
las actividades de la empresa que, si bien
por su naturaleza son permanentes, se
ejecutan de manera discontinua.
c) Contrato de temporada: Se suscribe con
la finalidad de atender necesidades
propias del giro de la empresa pero que se
cumplen únicamente en ciertas épocas del
año, estando sujetas a repetirse en
períodos equivalente en cada ciclo, en
función a la naturaleza de la actividad
productiva.
Planilla de Trabajadores
Los objetivos principales de las
planillas :
* Contar con información referida
al importe que paga la empresa
por concepto de sueldos, aportes
patronales y otros beneficios.
* Cumplir con disposiciones
legales tipificadas en la ley
general del trabajo.
* Remitir un ejemplar de las
planillas de sueldos y salarios
mensualmente a las diferentes
entidades donde cotiza la
empresa y sus dependientes.
Los empleadores deberán registrar a sus trabajadores en las planillas
EMPLEADOR TRABAJADOR
 72 horas de ingresado a prestar sus servicios
Es la facultad
del empleador
tener más de
1 planilla de
pagos en
función a la
categoría
Planillas de diferentes
cetros, podrán ser
centralizadas y
llevadas en cualquiera
de ellos
Formalidades:
- Debe constar por escrito;
- Debe consignarse de forma
expresa: duración y causa objetiva
que sustenta la contratación
temporal;
- Registro ante la AAT (15 días
naturales desde su celebración); y
- Se debe entregar una copia del
contrato al trabajador (3 días
hábiles desde su presentación)
CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
Duración:
- 5 años (máximo).
- Si un trabajador celebra
diversos contratos bajo
distintas modalidades con
el mismo centro de trabajo,
la suma de éstos no podrá
superar los 5 años.
Desnaturalización de
los contratos
CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
- Porcentajes limitativos:
20%: trabajadores
30%: remuneración
- Exoneración y aprobación
- Requisitos
- Trámites Migratorios
CONTRATOS CON PERSONAL EXTRANJERO
 Regla general: 3 meses.
 Al término del periodo de prueba, el
trabajador alcanza el derecho a la
protección contra el despido arbitrario
 Las partes pueden pactar, por escrito, un
término mayor en caso las labores
requieran de capacitación o adaptación;
o que, por su naturaleza o grado de
responsabilidad, tal prolongación pueda
resultar justificada:
• 6 meses en el caso de
trabajadores calificados o de
confianza
• 1 año en el caso de personal de
dirección
PERIODO DE PRUEBA
 Convenios que relacionan el
aprendizaje teórico y práctico
mediante el desempeño de
tareas programadas de
capacitación y formación
profesional
 Norma aplicable: Ley 28518 y
D.S. 007-2005-TR.
 Modalidades formativas:
- Aprendizaje
- Práctica Profesional
- Capacitación Laboral Juvenil
- Pasantía
- Reinserción Laboral
MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
APRENDIZAJE
 Se caracteriza por realizar parte del
proceso formativo en unidades
productivas de las empresas, previa
formación inicial y complementación de
un Centro de Formación Profesional
(CFP) autorizado.
 Tipos:
- Con predominio en la empresa
- Con predominio en el CFP (prácticas
pre-profesionales).
 Jornada Formativa Máxima: no debe
exceder de 6 horas diarias ó 30
semanales.
MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
APRENDIZAJE
Con predominio en la empresa:
Busca que un estudiante (con
estudios primarios concluidos y
mínimo 14 años de edad) realice el
proceso formativo en la empresa con
espacios definidos y programados en
el CFP
Existe un convenio entre:
(i) una empresa patrocinadora;
(ii) un aprendiz; y
(iii) un CFP autorizado
expresamente para esta
modalidad
MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
APRENDIZAJE
Con predominio en el CFP – prácticas
pre profesionales:
Permiten a la persona (durante su
condición de estudiante) aplicar sus
conocimientos, habilidades y aptitudes
mediante el desempeño en una
situación real de trabajo
Existe un convenio entre:
(i) una empresa;
(ii) una persona en formación (no
egresado); y
(iii) un CFP.
MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
PRÁCTICAS PRE
PROFESIONALES
 Busca consolidar los aprendizajes adquiridos a
lo largo de la formación profesional, así como
ejercitar su desempeño en una situación real
de trabajo.
 Se formaliza celebrando un convenio entre:
- Una empresa; y
- Una persona que egresa de un CFP o
Universidad .
 Jornada Formativa Máxima: 6.5 horas diarias o
33 horas semanales.
MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL
Beneficiarios:
Jóvenes entre 16 y 23 años que no
hayan culminado su educación
básica; o que habiéndola culminado
no sigan estudios
superiores(técnicos o universitarios)
El número de beneficiarios no
puede exceder del:
• 20% del total del personal de un área
específica.
• 20% del total de los trabajadores de la
empresa.
MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL
Duración del convenio:
• Ocupaciones de poca calificación,
ninguna complejidad y niveles
menores de responsabilidad: 6
meses, prorrogables hasta 6
meses más
• Ocupaciones de mayor
calificación, mayor complejidad y
mayores niveles de
responsabilidad: 24 meses
máximo
Jornada formativa máxima: 8 horas
diarias o 48 semanales
MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
 Proporcionar dirección técnica y los medios
necesarios.
 Pagar puntualmente la subvención mensual
convenida (no menor a la RMV).
 Otorgar un descanso remunerado de 15
días cuando la modalidad supere los 12
meses.
 Otorgar media subvención adicional
mensual cada 6 meses de duración
continua de la modalidad formativa.
MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
OBLIGACIONES DE LA EMPRESA
 Cubrir los riesgos de enfermedad o
accidentes a través de ESSALUD o
EPS (cobertura: 14 subvenciones
mensuales por enfermedad y 30 por
accidente).
 Otorgar el certificado al término del
periodo de la formación,
especificando las capacidades
adquiridas y verificadas.
MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
Promueve el empleo formal de los jóvenes de 18 a 29 años, el Ejecutivo está
dispuesto a flexibilizar algunas condiciones planteadas inicialmente como el plazo de
contratación. Plantea que sea el Estado quien asuma el pago de EsSalud (9% del
suelto tope).
Fuente Diario Gestión/ 4 de Mayo 2017.
http://gestion.pe/empleo-management/gobierno-dispuesto-ampliar-plazo-contratacion-nueva-ley-empleo-juvenil-
Decreto Legislativo N° 1337 modifica la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de
personal altamente calificado en el sector público, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y el
Decreto Legislativo 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del
Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos.
Decreto Legislativo N° 1337: Modificación de Ley que regula la contratación
PAC, Ley del Servicio Civil (Ley N° 30057) y el Decreto Legislativo N° 1023
“Artículo 15-A.- Facultad interventora por afectaciones al principio de probidad
“Artículo 52. Clasificación de los funcionarios públicos
a) Queda prohibida la incorporación de personas bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 así como cualquier forma de
progresión bajo dicho régimen, salvo en los casos de funcionarios o cargos de confianza.
d) Los destaques entre entidades públicas pueden realizarse desde y hacia las entidades que no cuenten con la resolución de
“inicio del proceso de implementación, así como desde y hacia dichas entidades con entidades públicas que hayan iniciado el
proceso de implementación, y, desde y hacia las entidades que cuenten con la resolución de “inicio del proceso de
implementación. Están permitidos los destaques entre entidades públicas que pertenezcan al régimen previsto en la presente
Ley.
“Artículo 2. Del profesional altamente calificado : a) Contar con los requisitos mínimos para el puesto.
b) Contar con experiencia en gestión de la materia requerida y/o con experiencia en la actividad requerida. En el caso del
numeral ii) del siguiente literal, deben contar con un mínimo de 10 años de experiencia.
c) Contar con: i) título profesional y/o grado académico de maestría o doctorado; o, ii) grado de bachiller.
d) No estar inhabilitado para ejercer función pública por decisión administrativa firme o sentencia judicial con calidad de cosa
juzgada.
4.2 Corresponde al administrador del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (FAG) determinar los límites de
contratación y la escala de montos por concepto de contraprestación
Las entidades públicas del Poder Ejecutivo que cuenten con personal altamente calificado contratado bajo los alcances de la
presente Ley deberán informar semestralmente al Ministerio de Economía y Finanzas y al Congreso de la República sobre las
actividades realizadas por dicho personal, los cuales serán debidamente difundidos.”
 Inexistencia de subordinación.
 Celebración por escrito
(recomendable).
 Periodicidad en el pago.
 Demandas judiciales.
 PDT - Planilla Electrónica.
CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
Planilla, Intermediación
Laboral y Outsourcing de
Recursos Humanos.
CONTRATACIÓN INDIRECTA
Intermediación
DESTAQUE DE PERSONAL
Tercerización /
Outsourcing
SERVICIOS U OBRAS
OUTSOURCING O TERCERIZACIÓN
Es un proceso de descentralización productiva a través del cual una empresa (usuaria)
contrata a otra empresa (de servicios) a fin que preste una obra y/o servicio a su favor, sin
que necesariamente exista un destaque de trabajadores a su organización empresarial. En
caso exista destaque, la empresa usuaria no ejerce poder dirección sobre el personal
destacado. Se busca perfeccionar sus procesos, reduciendo la estructura de costos y
mejorando su desempeño enfocándose el rubro de su negocio.
Ventajas:
• Enfocarse en las actividades vitales del negocio y concentrar las inversiones en la línea medular del
mismo.
• Permite encontrar ayuda experta, de forma temporaria y sin compromisos a largo plazo.
• Reducción de costos en activos, planillas, capital humano, convirtiendo estructuras de costos fijos en
variables.
• Acceso a nuevas tecnologías y especialidades.
• No está sujeto a Registro en el Ministerio de Trabajo.
• Experiencia, ayuda experta de personal altamente calificado
Desventajas:
• Se promueve la división entre el personal, porque los recién llegados no pertenecen a la empresa y no se
comprometen con la cultura corporativa.
• Los trabajadores temporales pueden mostrar bajos niveles de moral e identificación con la empresa.
• El personal contratado mediante outsourcing es más susceptible a niveles altos de rotación.
• Se logra menor compromiso con los planes y programas a mediano y largo plazo.
• Se incrementa la incertidumbre de todo el personal respecto a su seguridad en el trabajo.
Intermediación Laboral
Intermediación Laboral: Es uno de los procesos de
descentralización productiva a través del cual una empresa
(usuaria) contrata a otra empresa (de servicios) a fin que le
proporcione personal (destaque) que estará sujeto a su poder
de dirección.
Ventajas:
• Personal altamente capacitado para cubrir cualquier eventualidad
(Bajas médicas, vacaciones, etc.).
• Alto valor agregado en el servicio humano, mediante orientación
psicológica, capacitaciones específicas y permanentes.
• El personal se encuentra registrado en las Planillas de la
Consultora, gozando de todos los derechos y beneficios que la ley
ordena.
INTERMEDIACIÓN
 Sólo procede en supuestos
de actividades temporales,
complementarias o
especializadas
INTERMEDIACIÓN
 Requisitos para constituir una
empresa de intermediación
laboral:
- Objeto exclusivo y capital
social suscrito y pagado no
menor a 45 UIT.
- Registro ante la AAT.
 Otorgamiento de fianza /
responsabilidad solidaria
 Registro de contrato empresa
usuaria/“services” y contratos de
trabajadores destacados
TERCERIZACIÓN
TERCERIZACIÓN
Sin desplazamiento
Con desplazamiento
TERCERIZACIÓN
Características:
 Pluralidad de clientes
 Equipamiento propio
 Inversión de capital, y
 Retribución por obra o
servicio
Elementos frecuentes pero no constitutivos de la tercerización
TERCERIZACIÓN
Incumplimientos:
La desnaturalización de la tercerización de
servicios produce los siguientes efectos:
- La existencia de una relación laboral
directa e inmediata con la empresa
principal.
- La cancelación del registro de empresa
tercerizadora.
- Otras sanciones establecidas en las
normas correspondientes
(reconocimiento de las utilidades,
reconocimiento de los beneficios
pactados por convenio colectivo; entre
otros).
TERCERIZACIÓN
Desplazamiento
En los contratos con desplazamiento de
personal no deben afectarse los
derechos laborales y de seguridad
social de los trabajadores.
En los contratos donde exista
desplazamiento de personal se deberá
celebrar formalmente el contrato,
especificándose cuál es la actividad
empresarial a ejecutar y en qué
unidades productivas o ámbitos de la
empresa principal se realiza.
TERCERIZACIÓN
Garantías:
Los trabajadores desplazados tienen
iguales derechos (contratos modales /
contratos a tiempo indefinido).
Reconocimiento respeto de los
derechos laborales individuales y
colectivos.
No se puede afectar la libertad
sindical, derecho de negociación
colectiva, interferencia en los
sindicatos, fuero sindical y huelga.
Denuncias ante la Autoridad de
Trabajo y Poder Judicial.
TERCERIZACIÓN
Solidaridad
 Tercerización con
desplazamiento de personal
 Por el pago de los derechos y
beneficios laborales y
obligaciones de seguridad social
de carácter legal (no
convencionales ni unilaterales)
 Devengados por el tiempo que el
trabajador estuvo desplazado
TERCERIZACIÓN
Solidaridad
 Se extiende por un año, luego de
culminado el desplazamiento.
 No se afecta la prescripción laboral
de la tercerizadora, cuatro (4) años
luego de la extinción del vínculo
laboral
 La empresa principal obligada a
asumir obligaciones de la empresa
tercerizadora tiene derecho de
repetición contra ésta
FISCALIZACION LABORAL
ORGANISMOS JUDICIALES
(Jurisprudencia de la Corte Suprema,
precedentes jurisprudenciales de
cumplimiento obligatorio).
Jurisprudencia referencial no vinculante
(Plenos de diverso nivel).
VIA CONSTITUCIONAL
(Precedentes jurisprudenciales de
cumplimiento obligatorio).
SISTEMA DE SOLUCION DE CONFLICTOS
POR VIA ARBITRAL.
(arbitrajes económicos y de derecho)
Control difuso en los arbitrajes
económicos.
VIA ADMINISTRATIVA:
(SUNAFIL, MINISTERIO DE TRABAJO)
Resoluciones diversas, Opiniones, Informes
y Directivas.
Tribunal de Fiscalización Laboral.
ORGANISMOS QUE APLICAN E INTERPRETAN LAS
NORMAS LABORALES
Sistema de control administrativo del
cumplimiento de las normas laborales por
parte de los empleadores y trabajadores que
se desarrolla actualmente por parte de un
organismo especialmente creado para tal fin
la SUPERINTENDENCIA DE
FISCALIZACION LABORAL (SUNAFIL) que
impone sanciones por el incumplimiento de
dichas normas.
¿Que es la inspección de trabajo?
Principales normas que regulan el
Sistema de Inspección de Trabajo.
Ley General de Inspección (Ley 28806) de fecha 22 de julio del 2006.
Reglamento de la Ley General de Inspección (DS 019-2006-TR,
modificado por el D.S. 019-2007-TR, el D.S. 004-2011-TR y el DS 012-
2013-TR).
Ley 29981 de fecha 15-01-2013. Ley que crea la Superintendencia de
Fiscalización Laboral, modifica la ley 28806, Ley General de
Inspección del Trabajo, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos
Regionales.
D.S.007-2013-TR de fecha 07-08-2013. (Aprueba Reglamento de
Organización y Funciones de Sunafil y crea el Tribunal de
Fiscalización Laboral).
EXISTEN INICIATIVAS PARA MODIFICAR LA REFERIDA
NORMATIVA.
No tenían jerarquía legal (Decretos Supremos)
La primera norma de jerarquía legal fue el Dec. Leg. 910.
No tenían un carácter eminentemente sancionador sino correctivo.
Procedían en los casos de notorio y evidente incumplimiento
en los que la infracción era constatada por la sola inspección
y no se requería de otros medios probatorios. (lo discutible iba
al Poder Judicial).
HOY EN DIA LA INSPECCION DE TRABAJO ENTRA AL CAMPO
INTERPRETATIVO Y EN MUCHOS CASOS ES UTILIZADA POR LOS
SINDICATOS PARA NO IR POR LA VIA JUDICIAL EN LA QUE HAY PLENO
DERECHO DE DEFENSA.
Normas anteriores reguladoras de la
Inspección de Trabajo.
Finalidad eminentemente
sancionadora.
Impone a los empleadores
multas de cierta consideración.
Procedimiento predominantemente
inquisitivo en el que toda la iniciativa la
tiene el sistema de inspeccion.
Derecho de defensa casi
inexistente en la etapa de las
actuaciones inspectivas.
Derecho de defensa muy recortado en la
etapa del procedimiento sancionador.
Replica casi exacta de la Ley de
Inspeccion de España
Facultades concedidas al inspector de
trabajo que muchas veces emite juicios de
valor altamente subjetivos.
Quien propone la multa
pertenece al sunafil.
Quien impone la multa pertenece al
sunafil.
La Sunafil se beneficia con la multa
CARACTERISTICAS DE NUESTRO SISTEMA DE
INSPECCION DE TRABAJO.
FINALIDAD
DE LA
INSPECCIÓN
1. De vigilancia y exigencia del cumplimiento de normas
legales, reglamentarias, convencionales, y de condiciones
contractuales (Prevención de RRLL; Prestaciones de salud
y Sistema Previsional; Trabajo de personas con
discapacidad).
2. De orientación y asistencia técnica (información sobre
accidentes de trabajo y enfermedades profesionales al
SUNAFIL).
De acuerdo a lo mencionado, es de vital importancia tener un trato
profesional y cordial con los inspectores laborales, y brindarle todas
las facilidades del caso para que puedan desarrollar su labor sin
ningún percance. Es recomendable que el encargado de recursos
humanos sea la persona que atienda al inspector laboral. Recuerden
que nunca deben obstruir el trabajo de los inspectores laborales,
dado que esta acción deriva en una multa.
• La SUNAFIL será responsable de:
Promover Fiscalizar Supervisar
El cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y
el de Seguridad y Salud en el trabajo, así como brindar
asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer normas
Por orden de las
autoridades
competentes del
Ministerio de Trabajo
Por orden de las
autoridades
competentes de los
órganos en las
administraciones
públicas
Solicitud
fundamentada un
órgano competente
del sector público
Por solicitud
fundamentada de
cualquier órgano
jurisdiccional
Por denuncia.
¿Quienes pueden
formular una
denuncia?
Por decisión interna
del Sistema de
Inspección del
Trabajo
Por iniciativa de los
inspectores del
trabajo cuando el
cumplimiento de una
orden recibida
conozcan hecha
A petición de
empleadores, y
trabajadores, así
como organizaciones
sindicales
empresariales en
actuaciones en
formación y
asesoramiento
técnico
Origen de las inspecciones
PRINCIPALES OPERATIVOS DE FISCALIZACIÓN
LABORAL
• Contratación
• Obligaciones al inicio de la relación laboral
• Registro de asistencia
• Jornada y horario de trabajo
• CTS
• Vacaciones
• Seguro de Vida Ley
• Remuneraciones
• Utilidades
• T-Registro y PLAME
• Fondos de pensiones y EsSalud
• Implementación de los lactarios
• Cuota de empleo
Inspecciones en coordinación con
otras Instituciones Públicas
• Inspecciones con SUNAT
• Inspecciones con ESSALUD
• Inspecciones con ONP / SBS
• Colaboración de instituciones públicas para
mejorar la investigación de la inspección
del trabajo
Actuaciones de
Orientación:
•Son diligencias DE OFICIO O A PEDIDO DE
PARTE (empleadores o trabajadores) para
orientar o asesorar técnicamente sobre el
mejor cumplimiento de las normas
sociolaborales vigentes.
Actuación de
Inspectivas:
•Son diligencias DE OFICIO para comprobar si
se cumplen las disposiciones vigentes en
materia sociolaboral y poder adoptar las
medidas inspectivas que en su caso procedan,
para garantizar el cumplimiento de las normas
sociolaborales.
ACTUACIONES DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN
DEL TRABAJO
Procedimientos de actuaciones inspectivas:
1. Verificación de cierre de centro de trabajo.
2. Verificación de despido arbitrario.
3. Verificación de la disminución deliberada y reiterada en el
rendimiento de las labores.
4. Observación del trabajador a la liquidación de la compensación
por tiempo de servicios, efectuada por el empleador.
5. Otorgamiento de la constancia de cese.
Ámbito de actuación de la Inspección del Trabajo:
1. Personas naturales o jurídicas.
2. Públicas o privadas.
3. Incluyendo a empresas pertenecientes al ámbito de la actividad
empresarial del Estado.
•Siempre que estén sujetos al Régimen Laboral de la Actividad
Privada.
•La inspección del trabajo no es competente para inspeccionar el
cumplimiento de derechos y obligaciones del:
•-Régimen Laboral del Sector Público.
•-Contrato Administrativo de Servicios –CAS (excepto de obreros
municipales)
Las personas
jurídicas actuarán
por medio quienes
sean sus
representantes al
tiempo de la
actuación inspectiva
su representación
por las tengan
conferida, siempre
que lo acrediten,
renovable.
El representante no
podrá eludir la
declaración sobre
los hechos o
circunstancias con
relevancia y efectiva
que deban ser
conocidos por el
representante.
La intervención
mediante
representantes sin
capacidad o
insuficientemente
acreditados se
considerará
inasistencia
¿Quiénes pueden actuar en el
procedimiento inspectivo
Denuncia,
solicitud, etc.
Orden de
inspección:
• Concreta
• Genérica
Asignación a
Inspector (es)
Actuaciones
inspectivas:
Visita
Comparecencia
Comprobación
datos
Medidas
inspectivas:
Rquerimiento
Informe de
inspección o
Acta de
infracción
De 1 a 10 días hábiles De 10 a 30, 60 o más
días hábiles
Inicio: máximo 10
días hábiles
En SST plazo
máximo 30
días
Actuaciones Inspectivas
Aprovechar
contacto
directo con
inspector
Colaborativo
Informativo
Plena
disposición
Dialogante
Persuasivo
EMPLEADOR DURANTE LA
VISITA DEL INPECTOR
A.- CONCURRENCIA AL CENTRO DE TRABAJO.
B.- CONCURRENCIA A LAS OFICINAS DE LA
INSPECCION DE TRABAJO
C.- OBLIGACION DE PROPORCIONAR
INFORMACION Y PRESTAR COLABORACION
DEL SUJETO INSPECCIONADO Y DE TERCEROS
ACTUACION DEL EMPLEADOR DURANTE LA
INSPECCION
Poder de
decisión
Representación
acreditada
Especial importancia
de documentos,
informes,
pericias
EMPLEADOR EN LA
COMPARECENCIA
1.-Se encuentra especificadas en el artículo 5 de la Ley General
de Inspección.
2.-Se caracterizan por ser amplias y no sujetas a control o
fiscalización. En principio no admiten cuestionamiento por
parte del sujeto inspeccionado.
3.-El incumplimiento de los mandatos del inspector
generalmente va acompañado de una amenaza de obstrucción
a la labor inspectiva.
FACULTADES DEL INSPECTOR
Actos de obstrucción: negar entrada o permanencia; ocultar
personal o dificultar su declaración; inasistir a un requerimiento
de comparecencia, negativa a exhibir información…
FACULTADES DEL INSPECTOR
- Entrar libremente a cualquier hora del día o la noche y sin previo aviso a todo
el centro de trabajo, y a permanecer en el mismo.
- Hacerse acompañar en su visita, por los trabajadores, colaboradores, peritos.
- Requerir información sobre cualquier asunto de la empresa inspeccionada, así
como también exigir la identificación de cada una de las personas presentes en
la inspección.
- Exigir la presencia del empresario o de sus representantes y encargados, de
los trabajadores y de cualesquiera sujetos incluidos en su ámbito de actuación,
en el centro inspeccionado o en las oficinas públicas designadas por el inspector
actuante.
- Examinar en el centro de trabajo la documentación y los libros de la empresa
con relevancia en la verificación del cumplimiento de la legislación socio laboral.
Puede solicitar copias, extractos, etc.
- Tomar o sacar muestras de sustancias y materiales utilizados o manipulados
en el establecimiento, realizar mediciones, obtener fotografías, videos,
grabación de imágenes, etc.
- Recabar y obtener información, datos o antecedentes con relevancia para la
función inspectiva.
Una vez
finalizada
la
diligencia
inspectiva
podrá:
- Aconsejar y recomendar la adopción de medidas para promover el mejor y más
adecuado cumplimiento de las normas socio laborales.
- Advertir al sujeto responsable, en vez de extender acta de infracción, cuando las
circunstancias del caso así lo ameriten, y siempre que no se deriven perjuicios
directos a los trabajadores.
- Requerir al sujeto responsable para que, en un plazo determinado, adopte medidas
en orden al cumplimiento de la normativa del orden socio laboral, incluso con su
justificación ante el inspector que ha realizado el requerimiento.
- Iniciar el procedimiento sancionador mediante la extensión de actas de infracción o
de infracción por obstrucción a la labor inspectiva.
- Ordenar la paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas por
inobservancia de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de concurrir
riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores.
- Proponer a los entes que gestionan el seguro complementario de trabajo de riesgo,
la exigencia de las responsabilidades que procedan en materia de Seguridad Social
en los casos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales causados por
falta de medidas de seguridad y salud en el trabajo.
- Comunicar a las entidades y organismos competentes en materia de Seguridad
Social los hechos comprobados que puedan ser constitutivos de incumplimientos en
dicho ámbito, para que puedan adoptarse medidas en orden a garantizar la
protección social de los trabajadores afectados.
ACTA INSPECTIVA
• Informe de actuaciones inspectivas
– Identificación del sujeto o sujetos
responsables
– Medios de investigación utilizados
– Hechos constatados
– Conclusión (detallando, en su caso, las
infracciones apreciadas y las medidas
inspectivas adoptadas)
– Identificación del inspector o de los
inspectores
intervinientes
– Fecha de emisión del informe
ESCALA DE MULTAS Y
SANCIONES
Criterios de graduación de la multa
GRAVEDAD
DE LA
INFRACCIÓN
BASE DE
CÁLCULO
NÚMERO DE TRABAJADORES AFECTADOS
1-10 11-20 21-50 51-80 81-110 111-140 141 a+
LEVES 1 a 5 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100%
GRAVES 6 a 10 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100%
MUY GRAVES 11 a 20
UIT
5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100%
Cuantía y aplicación de las sanciones
• Las infracciones que se detecten podrán ser
sancionadas con una multa máxima equivalente a:
20UIT (S/.73,000.00) MUY GRAVE
10UIT (S/.36,500.00) GRAVE
05UIT (S/.18,250.00) LEVE
MICROEMPRESA °
Gravedad de la
Infracción
Multa Actual Desde Marzo 2014 Aumento Si se subsana, la multa
rebajada será (*)
Leve Mínima S/.92.5
Máxima S/. 925
Mínima S/. 370
Máxima S/. 1,850
300%
100%
S/. 37
S/. 185
Grave Mínima S/. 555
Máxima S/. 1,850
Mínima S/. 925
Máxima S/. 3,700
67%
100%
S/. 92.5
S/. 370
Muy Grave Mínima S/. 1,017.5
Máxima S/. 3,700
Mínima S/. 1,850
Máxima S/. 5,550
82%
50%
S/. 185
S/. 555
PEQUEÑA EMPRESA °
Gravedad de la
Infracción
Multa Actual Desde Marzo 2014 Aumento Si se subsana, la multa
rebajada será (*)
Leve Mínima S/. 203.5
Máxima S/. 4,625
Mínima S/. 740
Máxima S/. 18,500
264%
300%
S/. 74
S/. 1,850
Grave Mínima S/. 1,221
Máxima S/. 9,250
Mínima S/. 3,700
Máxima S/. 37,000
203%
300%
S/. 370
S/. 3,700
Muy Grave Mínima S/. 2,238.5
Máxima S/. 18,500
Mínima S/. 6,290
Máxima S/. 62,900
181%
240%
S/. 629
S/. 6,290
MEDIANA Y GRAN EMPRESA
Gravedad de la
Infracción
Multa Actual Desde Marzo 2014 Aumento Si se subsana, la multa
rebajada será (*)
Leve Mínima S/. 1,517
Máxima S/. 18,500
Mínima S/. 1,850
Máxima S/.111,000
22%
500%
S/. 185
S/. 11,100
Grave Mínima S/. 9,102
Máxima S/. 37,000
Mínima S/. 11,100
Máxima S/. 185,000
22%
400%
S/. 1,110
S/. 18,500
Muy Grave Mínima S/. 16,687
Máxima S/. 74,000
Mínima S/. 18,500
Máxima S/. 370,000
11%
400%
S/. 1,850
S/. 37,000
Infracciones muy graves
• No pagar la remuneración mínima correspondiente.
• El incumplimiento de las disposiciones relacionadas
con la contratación a plazo determinado, cualquiera
sea su denominación, su desnaturalización, uso
fraudulento y discriminatorio.
• Incumplimientos respecto del tiempo de trabajo
(refrigerio, horas extras, vacaciones, descansos, etc).
• El incumplimiento de las disposiciones relacionadas
con el trabajo de menores de edad.
• La negativa a recibir el pliego de reclamos.
• Actos contra la libertad sindical
• Actos de hostilidad y hostigamiento sexual.
Infracciones graves
• No registrar a los trabajadores, pensionistas, prestadores de
servicios, personal en formación, derechohabientes, en el
registro que corresponda.
• No pagar u otorgar íntegramente las remuneraciones y
beneficios laborales, por convenio, laudo, o reducción
fraudulenta.
• No depositar íntegra y oportunamente la CTS.
• La modificación unilateral del contrato o de las condiciones
laborales.
• No proporcionar a los trabajadores del hogar hospedaje,
alimentación y facilidades para asistencia a su centro de
estudios.
• No contar con un asistente social o RIT
Infracciones leves
• No comunicar y registrar información ante la AAT, en los
plazos y con requisitos previstos.
• No entregar a los trabajadores copia del contrato de
trabajo, boletas de pago, hojas de liquidación de CTS,
de utilidades u otros.
• No exponer en lugar visible el horario de trabajo, no
contar con una síntesis de la legislación laboral, no
entregar el RIT.
• No contar con el registro de control de asistencia o
impedir o sustituir al trabajador en el registro de su
tiempo de trabajo.
AL (50%) DE LA MULTA
Originalmente impuesta cuando,
resuelto el recurso de apelación, se
acredita la subsanación de
infracción detectada
DENTRO DEL PLAZO DE DIEZ (10)
DÍAS HABILES, contados desde el
día siguiente de la notificación
AL (30%) DE LA MULTA
originalmente propuesta o
impuesta al acreditar la
subsanación de la infracción,
desde la notificación del acta de
infracción y HASTA ANTES DEL
LAZO DE VENCIMIENTO PARA
INTERPONER EL RECURSO DE
APELACIÓN.
NO PROCEDE la reducción de multas
Sobre las infracciones insubsanables
REDUCCIÓN DE MULTAS
DESCUENTO CONCEPTO
Multa se fija al 35% del
monto determinado
Cuando el infractor no subsana las infracciones
imputadas o sancionadas.
Multa se fija al 20% del monto
estimado
Cuando el infractor subsana las infracciones imputadas,
antes de que culmine el plazo de apelación de primera
instancia.
Multa se fija al 25% del monto estimado
Cuando el infractor subsana todas las infracciones dentro
de los 10 días siguientes de ser notificado de la
resolución de segunda instancia.
EXCLUSIONES
De verificarse la reincidencia en las infracciones, las empresas empleadoras serán excluidas de
los beneficios indicados.
En el caso de infracciones muy graves, no se aplicarán beneficios en la reducción de las multas sí,
además, se vulnera la libertad de asociación, la libertad sindical, se discrimine al personal
y se obstruya la labor de inspección.
Además, tampoco tendrán descuentos las sanciones graves que afecten la protección de los niños,
niñas y adolescentes así como las normas sobre seguridad y salud en el trabajo, "cuando hayan
ocasionado la muerte o invalidez permanente del trabajador o lesiones que origen más de 30 días de
incapacidad para el trabajo".
Con la puesta en marcha del presente reglamento, se suspenderán la reducción del 30% de la multa
por subsanación antes del plazo de apelar y el descuento del 50% en caso sea resuelto el caso de
apelación, señalados en el artículo 40 de la Ley 28806 - Ley General de Inspección del Trabajo.
PREPARACIÓN Y
LEVANTAMIENTO DE
OBSERVACIONES
Atender a los auditores o inspectores en sus visitas a las
instalaciones de la empresa.
Absolución de observaciones de los auditores o
inspectores, que buscan levantar las observaciones
detectadas.
Diseño de la estrategia de defensa laboral de la
empresa.
Elaboración de informes sustentatorios de nuestra
posición, que tienen por finalidad defender a la empresa.
Negociar con los trabajadores conciliaciones respecto de
obligaciones laborales pendientes.
Una vez hecha la inspección,
para la cual se disponen de 30
días útiles-prorrogables por 30
días más- el inspector pasa a
tomar medidas previas que,
como su propio nombre lo
indica, se emiten previamente
al acta de infracción-
considerada como el inicio del
procedimiento administrativo
sancionador-, para buscar
subsanar los errores
encontrados.
En este punto, hay que
señalar que una medida
previa es el requerimiento
mediante el cual un inspector
exige que se subsane una o
más faltas identificadas
durante el proceso. Para ello,
el inspector da a la empresa
un plazo de tres días para que
esto se haga efectivo. Si la
organización cumple con el
requerimiento, se emitirá un
informe archivando el
expediente y no habrá multa
alguna.
PREVENCIÓN A LOS
PROCESOS Y ACTIVIDADES
MÁS FISCALIZADAS.
Desde que se presenta el inspector,
¿Cuánto tiempo máximo puede transcurrir para que
el empresario lo deje ingresar?
R.M. N° 118-2013-TR: no debe mediar más de 10 minutos desde
que el inspector comunica su presencia y se le permite ingresar
al centro de trabajo
Ante una comparecencia ¿Cuánto
Tiempo máximo de tolerancia,
Espera el inspector?
Acta de comparecencia: 10 minutos.
¿Cómo se acredita que el
Encargado de SST/RRHH puede
Actuar en representación de la
empresa en una comparecencia?
R.M: N° 169-2013-TR: (i) Documento registral vigente que
Indique su condición de tal y las facultades con las que cuenta,
o mediante carta poder simple suscrita por el representante
Legal a la que se adjuntará copia simple del documento registral
O del acto administrativo, según corresponda y; (ii) copia del
DNI del apoderado
En la empresa está prohibido
Tomar fotos, ¿El inspector puede
Ingresar una cámara fotográfica?
Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, Artículo 5.-
Facultades inspectivas: 3.4 Tomar o sacar muestras de sustancias y
materiales usados o manipulados en el establecimiento, realizar
mediciones, obtener fotografías, vídeos, grabaciones de imágenes,
levantar croquis y planos, siempre que se notifique al sujeto
inspeccionado o a su representante.
Material Bibliográfico:
• ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Gary Dessler Editorial Pearson |
11era Edición 2009 .
• ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EL CAPITAL HUMANO DE LAS
ORGANIZACIONES Idalberto Chiavenato Editorial McGrawHill 8va Edición |
2007.
• ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS - EL CAPITAL HUMANO DE LAS
EMPRESAS
• Sexta edición William B. Werther y Keith Davis,McGrawHill | 2008.
• http://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/SNIL/compendio_normas/COMPENDIO_NO
RMAS_LABORALES_MINTRA_nov_2015.pdf
• Ley de Productividad y Competitividad Laboral
http://www.educaonline.com.pe/CamaradeComercio/materialapoyo/semana1/Lectu
ra%20N%202.pdf
• El régimen del Decreto Legislativo Nº 276
http://inst.servir.gob.pe/files/archivos/ProgramaEntrenamientoTSC-2012-
08/ProgramaEntrenamientoTSC-2012-08-4-TSC.pdf

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Unidad ii direccion y desarrollo de cap humano (1)
Unidad ii direccion y desarrollo de cap humano (1)Unidad ii direccion y desarrollo de cap humano (1)
Unidad ii direccion y desarrollo de cap humano (1)Johana Navarro
 
Direccion de Recursos Humanos
Direccion de Recursos HumanosDireccion de Recursos Humanos
Direccion de Recursos HumanosGera Diaz
 
La gestión de los recursos humanos
La gestión de los recursos humanosLa gestión de los recursos humanos
La gestión de los recursos humanosToni Cañabate
 
Evaluacion del desempeño electiva 3
Evaluacion del desempeño electiva 3Evaluacion del desempeño electiva 3
Evaluacion del desempeño electiva 3inicio-gene
 
Proceso administrativo gestión de talento humano sena INGRID DEL CASTILLO
Proceso administrativo gestión de talento humano  sena INGRID DEL CASTILLOProceso administrativo gestión de talento humano  sena INGRID DEL CASTILLO
Proceso administrativo gestión de talento humano sena INGRID DEL CASTILLOvanedelcastillo
 
Documento apoyo 2 gestion del recurso humano politecnico de colombia
Documento apoyo 2 gestion del recurso humano politecnico de colombiaDocumento apoyo 2 gestion del recurso humano politecnico de colombia
Documento apoyo 2 gestion del recurso humano politecnico de colombiaMiguel Coba Ballestas
 
Evaluacion del desempeño
Evaluacion del desempeñoEvaluacion del desempeño
Evaluacion del desempeñoAbir Mokdad
 
Dirección y directores de recursos humanos
Dirección y directores de recursos humanosDirección y directores de recursos humanos
Dirección y directores de recursos humanoslaunidigital
 
identificación del factor humano: Indicadores clave de rendimiento y los patr...
identificación del factor humano: Indicadores clave de rendimiento y los patr...identificación del factor humano: Indicadores clave de rendimiento y los patr...
identificación del factor humano: Indicadores clave de rendimiento y los patr...julian salvador
 
La AdministracióN De Recursos Humanos
La AdministracióN De Recursos HumanosLa AdministracióN De Recursos Humanos
La AdministracióN De Recursos Humanosfabiolamiranda
 
Cuestionario talento humano
Cuestionario talento humanoCuestionario talento humano
Cuestionario talento humanoVeronica Burbano
 
Analisis Ocupacional
Analisis OcupacionalAnalisis Ocupacional
Analisis OcupacionalHector Javier
 
Capitulo 3 administracion de recurso humano
Capitulo 3 administracion de recurso humanoCapitulo 3 administracion de recurso humano
Capitulo 3 administracion de recurso humanoFabián E
 

La actualidad más candente (20)

GRRHH111117D - S3 - PARTE 1
GRRHH111117D - S3 - PARTE 1GRRHH111117D - S3 - PARTE 1
GRRHH111117D - S3 - PARTE 1
 
Unidad ii direccion y desarrollo de cap humano (1)
Unidad ii direccion y desarrollo de cap humano (1)Unidad ii direccion y desarrollo de cap humano (1)
Unidad ii direccion y desarrollo de cap humano (1)
 
Direccion de Recursos Humanos
Direccion de Recursos HumanosDireccion de Recursos Humanos
Direccion de Recursos Humanos
 
Direccion Y Gestion En El Siglo Xxi
Direccion Y Gestion En El Siglo XxiDireccion Y Gestion En El Siglo Xxi
Direccion Y Gestion En El Siglo Xxi
 
GRRHH111117D - S3 - PARTE 2
GRRHH111117D - S3 - PARTE 2GRRHH111117D - S3 - PARTE 2
GRRHH111117D - S3 - PARTE 2
 
La gestión de los recursos humanos
La gestión de los recursos humanosLa gestión de los recursos humanos
La gestión de los recursos humanos
 
Evaluacion del desempeño electiva 3
Evaluacion del desempeño electiva 3Evaluacion del desempeño electiva 3
Evaluacion del desempeño electiva 3
 
Adrh (1)
Adrh (1)Adrh (1)
Adrh (1)
 
Proceso administrativo gestión de talento humano sena INGRID DEL CASTILLO
Proceso administrativo gestión de talento humano  sena INGRID DEL CASTILLOProceso administrativo gestión de talento humano  sena INGRID DEL CASTILLO
Proceso administrativo gestión de talento humano sena INGRID DEL CASTILLO
 
Documento apoyo 2 gestion del recurso humano politecnico de colombia
Documento apoyo 2 gestion del recurso humano politecnico de colombiaDocumento apoyo 2 gestion del recurso humano politecnico de colombia
Documento apoyo 2 gestion del recurso humano politecnico de colombia
 
Subsistema de provisión
Subsistema de provisiónSubsistema de provisión
Subsistema de provisión
 
Evaluacion del desempeño
Evaluacion del desempeñoEvaluacion del desempeño
Evaluacion del desempeño
 
Dirección y directores de recursos humanos
Dirección y directores de recursos humanosDirección y directores de recursos humanos
Dirección y directores de recursos humanos
 
identificación del factor humano: Indicadores clave de rendimiento y los patr...
identificación del factor humano: Indicadores clave de rendimiento y los patr...identificación del factor humano: Indicadores clave de rendimiento y los patr...
identificación del factor humano: Indicadores clave de rendimiento y los patr...
 
La AdministracióN De Recursos Humanos
La AdministracióN De Recursos HumanosLa AdministracióN De Recursos Humanos
La AdministracióN De Recursos Humanos
 
Cuestionario talento humano
Cuestionario talento humanoCuestionario talento humano
Cuestionario talento humano
 
Gestion del talento humano 2 12
Gestion del talento humano 2 12Gestion del talento humano 2 12
Gestion del talento humano 2 12
 
Analisis Ocupacional
Analisis OcupacionalAnalisis Ocupacional
Analisis Ocupacional
 
C A P I T U L O
C A P I T U L OC A P I T U L O
C A P I T U L O
 
Capitulo 3 administracion de recurso humano
Capitulo 3 administracion de recurso humanoCapitulo 3 administracion de recurso humano
Capitulo 3 administracion de recurso humano
 

Destacado

la intermediación laboral, la tercerizacion laboral
la intermediación laboral, la tercerizacion laboralla intermediación laboral, la tercerizacion laboral
la intermediación laboral, la tercerizacion laboralMercedes Chunga Ordinola
 
BUENAS PRACTICAS EN LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL
BUENAS PRACTICAS EN LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORALBUENAS PRACTICAS EN LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL
BUENAS PRACTICAS EN LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORALJuan Velarde-Alvarez Mansilla
 
Casos Practicos Tercerizacion Laboral
Casos Practicos Tercerizacion LaboralCasos Practicos Tercerizacion Laboral
Casos Practicos Tercerizacion Laboraltributemos1234
 
Intermediacion laboral..111111111
Intermediacion laboral..111111111Intermediacion laboral..111111111
Intermediacion laboral..111111111Stephany Medina
 
Bienestar social laboral.grupo 1
Bienestar social laboral.grupo 1Bienestar social laboral.grupo 1
Bienestar social laboral.grupo 1KATIUSKA30
 
Las huellas de san martin
Las huellas de san martinLas huellas de san martin
Las huellas de san martinrodrigoluisa6
 
Capacitacion derecho laboral
Capacitacion derecho laboralCapacitacion derecho laboral
Capacitacion derecho laboralJhon Sthepens
 
Ley 28518 exposicion
Ley 28518 exposicionLey 28518 exposicion
Ley 28518 exposicionWilbert CH
 
Contratación de Trabajadores
Contratación de Trabajadores Contratación de Trabajadores
Contratación de Trabajadores Miguel Torres
 

Destacado (12)

la intermediación laboral, la tercerizacion laboral
la intermediación laboral, la tercerizacion laboralla intermediación laboral, la tercerizacion laboral
la intermediación laboral, la tercerizacion laboral
 
BUENAS PRACTICAS EN LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL
BUENAS PRACTICAS EN LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORALBUENAS PRACTICAS EN LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL
BUENAS PRACTICAS EN LA APLICACIÓN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL
 
Casos Practicos Tercerizacion Laboral
Casos Practicos Tercerizacion LaboralCasos Practicos Tercerizacion Laboral
Casos Practicos Tercerizacion Laboral
 
Intermediacion laboral..111111111
Intermediacion laboral..111111111Intermediacion laboral..111111111
Intermediacion laboral..111111111
 
Fashion frenzy
Fashion frenzyFashion frenzy
Fashion frenzy
 
Bienestar social laboral.grupo 1
Bienestar social laboral.grupo 1Bienestar social laboral.grupo 1
Bienestar social laboral.grupo 1
 
R.d.cetpro oficio
R.d.cetpro oficioR.d.cetpro oficio
R.d.cetpro oficio
 
Las huellas de san martin
Las huellas de san martinLas huellas de san martin
Las huellas de san martin
 
Capacitacion derecho laboral
Capacitacion derecho laboralCapacitacion derecho laboral
Capacitacion derecho laboral
 
Ley 28518 exposicion
Ley 28518 exposicionLey 28518 exposicion
Ley 28518 exposicion
 
MODALIDADES FORMATIVAS
MODALIDADES FORMATIVASMODALIDADES FORMATIVAS
MODALIDADES FORMATIVAS
 
Contratación de Trabajadores
Contratación de Trabajadores Contratación de Trabajadores
Contratación de Trabajadores
 

Similar a GRRHH250217P - S2

Presentación sistema SAP - Talento Humano
Presentación sistema SAP - Talento HumanoPresentación sistema SAP - Talento Humano
Presentación sistema SAP - Talento Humanoarnalrafa
 
Presentación Sistema SAP - Talento Humano
Presentación Sistema SAP - Talento HumanoPresentación Sistema SAP - Talento Humano
Presentación Sistema SAP - Talento HumanoArnaldo Figueroa
 
Planificacion de rrhh
Planificacion de rrhhPlanificacion de rrhh
Planificacion de rrhhsilviaaldaz
 
Sistema SUBSISTEM de Talento Humano.docx
Sistema SUBSISTEM de Talento Humano.docxSistema SUBSISTEM de Talento Humano.docx
Sistema SUBSISTEM de Talento Humano.docxIngridLilibethSanche
 
Control interno. modelo coso
Control interno. modelo cosoControl interno. modelo coso
Control interno. modelo cosoGERARDO DOMINGUEZ
 
TEMA 2 Planeación_estratégica_de_la_gestión_del_talento_humano.pptx
TEMA 2 Planeación_estratégica_de_la_gestión_del_talento_humano.pptxTEMA 2 Planeación_estratégica_de_la_gestión_del_talento_humano.pptx
TEMA 2 Planeación_estratégica_de_la_gestión_del_talento_humano.pptxCorinaTello1
 
Las Organizaciones Administrativas
Las Organizaciones AdministrativasLas Organizaciones Administrativas
Las Organizaciones AdministrativasProf. Edc. Comercial
 
3.Dotacion de personal. Capital humano
3.Dotacion de personal. Capital humano3.Dotacion de personal. Capital humano
3.Dotacion de personal. Capital humanoOfer Queteimporta
 
Recursos humanos en administracion publica
Recursos humanos en administracion publicaRecursos humanos en administracion publica
Recursos humanos en administracion publicaShezzyd12
 
Administración del talento human
Administración del talento humanAdministración del talento human
Administración del talento humanAlberto Montenegro
 
Precios de los servicios de consultoria
Precios de los servicios de consultoriaPrecios de los servicios de consultoria
Precios de los servicios de consultoriaaquiens
 
Formalización de la relación de trabajo
Formalización de la relación de trabajoFormalización de la relación de trabajo
Formalización de la relación de trabajoRafael Paez
 
presupuesto de nominas
presupuesto de nominaspresupuesto de nominas
presupuesto de nominasjeryangel
 
Gestión de la recompensa, salarios y beneficios
Gestión de la recompensa, salarios y beneficiosGestión de la recompensa, salarios y beneficios
Gestión de la recompensa, salarios y beneficiosMayte Vilanova
 

Similar a GRRHH250217P - S2 (20)

Presentación sistema SAP - Talento Humano
Presentación sistema SAP - Talento HumanoPresentación sistema SAP - Talento Humano
Presentación sistema SAP - Talento Humano
 
Presentación Sistema SAP - Talento Humano
Presentación Sistema SAP - Talento HumanoPresentación Sistema SAP - Talento Humano
Presentación Sistema SAP - Talento Humano
 
Administración de rh
Administración de rhAdministración de rh
Administración de rh
 
Planificacion de rrhh
Planificacion de rrhhPlanificacion de rrhh
Planificacion de rrhh
 
CAPÍTULO XVI
CAPÍTULO XVICAPÍTULO XVI
CAPÍTULO XVI
 
CAPITULO XVI
CAPITULO XVICAPITULO XVI
CAPITULO XVI
 
Sistema SUBSISTEM de Talento Humano.docx
Sistema SUBSISTEM de Talento Humano.docxSistema SUBSISTEM de Talento Humano.docx
Sistema SUBSISTEM de Talento Humano.docx
 
Control interno. modelo coso
Control interno. modelo cosoControl interno. modelo coso
Control interno. modelo coso
 
TEMA 2 Planeación_estratégica_de_la_gestión_del_talento_humano.pptx
TEMA 2 Planeación_estratégica_de_la_gestión_del_talento_humano.pptxTEMA 2 Planeación_estratégica_de_la_gestión_del_talento_humano.pptx
TEMA 2 Planeación_estratégica_de_la_gestión_del_talento_humano.pptx
 
Las Organizaciones Administrativas
Las Organizaciones AdministrativasLas Organizaciones Administrativas
Las Organizaciones Administrativas
 
3.Dotacion de personal. Capital humano
3.Dotacion de personal. Capital humano3.Dotacion de personal. Capital humano
3.Dotacion de personal. Capital humano
 
SESION_3.pptx
SESION_3.pptxSESION_3.pptx
SESION_3.pptx
 
Recursos humanos en administracion publica
Recursos humanos en administracion publicaRecursos humanos en administracion publica
Recursos humanos en administracion publica
 
Administración del talento human
Administración del talento humanAdministración del talento human
Administración del talento human
 
Precios de los servicios de consultoria
Precios de los servicios de consultoriaPrecios de los servicios de consultoria
Precios de los servicios de consultoria
 
Chacho
ChachoChacho
Chacho
 
Formalización de la relación de trabajo
Formalización de la relación de trabajoFormalización de la relación de trabajo
Formalización de la relación de trabajo
 
Administración de rrhh
Administración de rrhhAdministración de rrhh
Administración de rrhh
 
presupuesto de nominas
presupuesto de nominaspresupuesto de nominas
presupuesto de nominas
 
Gestión de la recompensa, salarios y beneficios
Gestión de la recompensa, salarios y beneficiosGestión de la recompensa, salarios y beneficios
Gestión de la recompensa, salarios y beneficios
 

Más de Cursos de Especialización (20)

HDL130118P - S1
HDL130118P - S1HDL130118P - S1
HDL130118P - S1
 
GSIG280118P - S2
GSIG280118P - S2GSIG280118P - S2
GSIG280118P - S2
 
LEGLAB270118P - S2
LEGLAB270118P - S2LEGLAB270118P - S2
LEGLAB270118P - S2
 
GEOL190118P - S3
GEOL190118P - S3GEOL190118P - S3
GEOL190118P - S3
 
DERAD191117P - S9
DERAD191117P - S9DERAD191117P - S9
DERAD191117P - S9
 
GEOL190118P - S1
GEOL190118P - S1GEOL190118P - S1
GEOL190118P - S1
 
CONFERENCIA MAGISTAL - LEGLAB
CONFERENCIA MAGISTAL - LEGLABCONFERENCIA MAGISTAL - LEGLAB
CONFERENCIA MAGISTAL - LEGLAB
 
DERAD191117P - S6
DERAD191117P  - S6DERAD191117P  - S6
DERAD191117P - S6
 
ADRRHH161217P - S2
ADRRHH161217P - S2ADRRHH161217P - S2
ADRRHH161217P - S2
 
ADRRHH161217P - S1
ADRRHH161217P - S1ADRRHH161217P - S1
ADRRHH161217P - S1
 
DERAD191117P - S5
DERAD191117P  - S5DERAD191117P  - S5
DERAD191117P - S5
 
GEPUCO121117P - S5
GEPUCO121117P - S5GEPUCO121117P - S5
GEPUCO121117P - S5
 
LEGLAB261117P - S3
LEGLAB261117P - S3LEGLAB261117P - S3
LEGLAB261117P - S3
 
DERAD191117P - S4
DERAD191117P - S4DERAD191117P - S4
DERAD191117P - S4
 
GEPUSCE021217P - T3
GEPUSCE021217P - T3GEPUSCE021217P - T3
GEPUSCE021217P - T3
 
GEPUSCE021217P - T2
GEPUSCE021217P - T2GEPUSCE021217P - T2
GEPUSCE021217P - T2
 
GEPUSCE021217P - T1
GEPUSCE021217P - T1GEPUSCE021217P - T1
GEPUSCE021217P - T1
 
LEGLAB261117P - S1
LEGLAB261117P - S1LEGLAB261117P - S1
LEGLAB261117P - S1
 
GEPUCO121117P - S2
GEPUCO121117P - S2GEPUCO121117P - S2
GEPUCO121117P - S2
 
DERAD191117P - S1
DERAD191117P - S1DERAD191117P - S1
DERAD191117P - S1
 

Último

historieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías productohistorieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías productommartinezmarquez30
 
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Angélica Soledad Vega Ramírez
 
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptxTALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptxMartaChaparro1
 
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.karlazoegarciagarcia
 
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptxPresentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptxRosabel UA
 
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdf
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdfPRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdf
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdfGabrieldeJesusLopezG
 
4° UNIDAD 2 SALUD,ALIMENTACIÓN Y DÍA DE LA MADRE 933623393 PROF YESSENIA CN.docx
4° UNIDAD 2 SALUD,ALIMENTACIÓN Y DÍA DE LA MADRE 933623393 PROF YESSENIA CN.docx4° UNIDAD 2 SALUD,ALIMENTACIÓN Y DÍA DE LA MADRE 933623393 PROF YESSENIA CN.docx
4° UNIDAD 2 SALUD,ALIMENTACIÓN Y DÍA DE LA MADRE 933623393 PROF YESSENIA CN.docxMagalyDacostaPea
 
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...Carol Andrea Eraso Guerrero
 
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejorLOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejormrcrmnrojasgarcia
 
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdfPROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdfMaritza438836
 
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docxMagalyDacostaPea
 
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxEJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxFabianValenciaJabo
 
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguajelibro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguajeKattyMoran3
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2Gonella
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Rosabel UA
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3Gonella
 
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.monthuerta17
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...Martin M Flynn
 

Último (20)

historieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías productohistorieta materia de ecologías producto
historieta materia de ecologías producto
 
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
Contextualización y aproximación al objeto de estudio de investigación cualit...
 
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptxTALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
TALLER_DE_ORALIDAD_LECTURA_ESCRITURA_Y.pptx
 
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.ENSEÑAR ACUIDAR  EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
ENSEÑAR ACUIDAR EL MEDIO AMBIENTE ES ENSEÑAR A VALORAR LA VIDA.
 
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptxPresentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
Presentación Bloque 3 Actividad 2 transversal.pptx
 
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdf
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdfPRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD  EDUCATIVO.pdf
PRIMER GRADO SOY LECTOR PART1- MD EDUCATIVO.pdf
 
4° UNIDAD 2 SALUD,ALIMENTACIÓN Y DÍA DE LA MADRE 933623393 PROF YESSENIA CN.docx
4° UNIDAD 2 SALUD,ALIMENTACIÓN Y DÍA DE LA MADRE 933623393 PROF YESSENIA CN.docx4° UNIDAD 2 SALUD,ALIMENTACIÓN Y DÍA DE LA MADRE 933623393 PROF YESSENIA CN.docx
4° UNIDAD 2 SALUD,ALIMENTACIÓN Y DÍA DE LA MADRE 933623393 PROF YESSENIA CN.docx
 
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
Desarrollo de habilidades del siglo XXI - Práctica Educativa en una Unidad-Ca...
 
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejorLOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
LOS AMBIENTALISTAS todo por un mundo mejor
 
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdfPROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
PROGRAMACIÓN CURRICULAR - DPCC- 5°-2024.pdf
 
Unidad 2 | Teorías de la Comunicación | MCDIU
Unidad 2 | Teorías de la Comunicación | MCDIUUnidad 2 | Teorías de la Comunicación | MCDIU
Unidad 2 | Teorías de la Comunicación | MCDIU
 
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE     9-4-24 (1).docx
4° SES MATE DESCOMP. ADIT. DE NUMEROS SOBRE CASOS DE DENGUE 9-4-24 (1).docx
 
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docxEJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
EJEMPLO MODELO DE PLAN DE REFUERZO ESCOLAR.docx
 
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguajelibro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
libro grafismo fonético guía de uso para el lenguaje
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 2
 
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
Actividad transversal 2-bloque 2. Actualización 2024
 
Acuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptxAcuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptx
Acuerdo segundo periodo - Grado Sexto.pptx
 
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
Apunte de clase Pisos y Revestimientos 3
 
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
Si cuidamos el mundo, tendremos un mundo mejor.
 
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
DIGNITAS INFINITA - DIGNIDAD HUMANA; Declaración del dicasterio para la doctr...
 

GRRHH250217P - S2

  • 1. Sesión 6: FISCALIZACIÓN LABORAL - SUNAFIL Docente: Marianella Mendoza G.
  • 2. 1. Ciclo de Control y Acciones Correctivas. 2. Indicadores de Gestión en Recursos Humanos. 3. Escala de Multas y Sanciones. 4. Preparación y Levantamiento de Observaciones. 5. Prevención a los Procesos y Actividades más Fiscalizadas. INDICE
  • 3. SUBSISTEMAS DE RRHH * Subsistema de Provisión Investigación Reclutamiento La selección Integración (Inducción) * Subsistema de Aplicación Planeamiento y distribución de RRHH Diseño de cargos Análisis y Descripción de puesto. Planes de carrera. * Subsistema de Mantenimiento Compensaciones *Plan de Beneficios Sociales Seguridad e Higiene en el trabajo Relaciones Laborales Subsistema de Desarrollo Capacitación Y Desarrollo Evaluación del Desempeño Gestión del Talento *Subsistema de Seguimiento y Control Base de Datos * Sistema de Información Auditoria de RR.HH.
  • 4. Acción para llevar adelante un propósito CICLO DE CONTROL Y ACCIONES CORRECTIVAS. … Y toda acción Implica un Plan GESTIÓN
  • 5. • Como mantener una base de datos capaz de suministrar información necesaria para el análisis cuantitativo y cualitativo de la fuerza laboral. • Criterios para mantener una auditoria permanente a la aplicación y adecuación de las políticas y los procedimientos. CONTROL BASE DE DATOS SISTEMAS DE INFORMACION (Indicadores) AUDITORIA RH
  • 6. Cuanto mayor sea la organización y más descentralizada sea su estructura, mayor será la necesidad de control respecto de los recursos humanos El fin de las actividades de control es asegurar que los objetivos sean alcanzados en el tiempo y calidad planificada, realizando una buena supervisión y medición del rendimiento de los resultados, con el objetivo de que se puedan tomar acciones correctivas, esto se hace mediante la comparación entre la planificación realizada y los programas ejecutados. Las informaciones de control deben ser proporcionadas de manera oportuna y a tiempo, sin retrasos para tomar acciones correctivas antes de que sea tarde.
  • 7. Hay tres razones principales por las que es importante evaluar la eficacia y eficiencia de la gestión de los recursos humanos: 1. El renovado reconocimiento de que son las personas las que hacen que una organización tenga éxito o fracase. 2. Las personas cuestan dinero, y en muchos casos sus sueldos constituyen un costo importante para la empresa. 3. Se sabe muy poco de lo que realmente supone gestionar los recursos humanos, por lo que se requiere una evaluación continua para profundizar en estos conocimientos.
  • 8. Contribuye a evaluar el estado de salud del sistema de recursos humanos y descubrir las áreas problemáticas. Contribuye a evaluar y hacer un seguimiento de las diversas actividades de recursos humanos en función de criterios tangibles (contribución a los resultados mínimos aceptables de la organización). Ayuda a anticipar problemas futuros y a iniciar intervenciones. El control y evaluación de las contribuciones de la gestión de los recursos humanos sirve para los siguientes fines:
  • 9. SISTEMA DE INFORMACIÓN SOBRE LA ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS PLANES DE RECURSOS HUMANOS • Estimados de la oferta y la demanda, a nivel interno y externo • Inventario de recursos humanos • Planes de sustitución y reemplazo ADMINISTRACIÓN DE LA COMPENSACIÓN • Niveles de sueldos, salarios e incentivos • Prestaciones • Servicio al personal ANÁLISIS DE PUESTO • Niveles y estándares de puestos • Descripciones de puestos • Especificaciones de puesto IGUALDAD DE OPORTUNIDADES • Comunicación de oportunidades • Promociones justas • Igualdad de normas OBTENCIÓN Y DESARROLLO DEL PERSONAL RECLUTAMIENTO • Fuentes externas de personal • Disponibilidad de candidatos • Solicitudes y bancos de solicitudes SELECCIÓN • Tasas de selección • Procedimientos de selección • Seguimiento CAPACITACIÓN Y ORIENTACIÓN • Programa de orientación • Objetivos y procedimientos de capacitación • Tasa de efectividad en el aprendizaje DESARROLLO PROFESIONAL • Programa de desarrollo • Planes de promoción • Éxito en la reubicación de personal
  • 10. CONTROL Y EVALUACIÓN DE LA ORGANIZACIÓN EVALUACIÓN DEL DESEMPEÑO • Estándares y mediciones del desempeño • Técnicas de evaluación del desempeño • Entrevistas de evaluación ADMINISTRACIÓN DE LAS RELACIONES LABORALES • Administración del contrato colectivo • Valuación económica del contrato colectivo • Resolución de conflictos CONTROL DE LOS RECURSOS HUMANOS • Comunicación ascendente y descendente con el personal • Procedimientos disciplinarios • Procedimientos de cambio y desarrollo IGUALDAD DE OPORTUNIDADES • Potencial de conflicto • Tasa de rotación • Atmósfera de la organización AUDITORÍAS DE PERSONAL • Función del departamento de recursos humanos • Evaluación de los gerentes de línea • Realimentación proveniente del personal
  • 11. INDICADORES DE GESTIÓN EN RECURSOS HUMANOS.
  • 12. Los indicadores de gestión pueden ser expresados como valores, unidades, índices, series estadísticas, etc. Deben ser fáciles de reconocer, medibles y controlables. • Específicos (Specific) • Mensurables o medibles(Measurable) • Asequibles (Attainable) • Relevantes (Relevant) • Acotables en un periodo de tiempo (Time Bound)
  • 13. Planificación • Número de vacantes nuevas de puestos no previstas. • Diferencia entre las necesidades previstas y las reales. Reclutamiento de personal • Edad Promedio /media de la planilla. • Proporción entre empleados ausentes y no ausentes. • Tiempo Promedio necesario para reclutar empleados por tipo de especialidad. • Costos de publicidad por contratación o recomendación. • Índices de rotación de personal y de ausentismo. • Relación entre los diversos instrumentos de selección (impresos de solicitud, pruebas, etc.) y los índices de rendimiento.
  • 14. Formación y perfeccionamiento • Proporción de empleados que reunieron los requisitos para recibir formación el año anterior; proporción de supervisores que recibieron formación en supervisión. • Proporción de empleados perfectamente capacitados para realizar su trabajo. • Calidad del producto y del servicio antes y después de la formación. • Costes de formación por empleado y por categoría salarial. Seguridad e higiene • Frecuencia de accidentes. • Número de horas y días perdidos debido a accidentes. • Accidentes por tipo. • Accidentes y enfermedades por departamento y división o categoría de empleado.
  • 15. Retribución • Número de empleados por encima o por debajo de los sueldos normales. • Relación entre la promoción por méritos y la promoción por antigüedad. • Diferencia media de sueldos entre departamentos, divisiones o categorías decisivas de empleados. • Número y tipo de empleados que participan en los beneficios. • Número y tipo de empleados que utilizan los servicios que proporciona la empresa (planes de seguros, instalaciones de ocio, etc.). Relaciones laborales • Proporción de quejas que se han ganado el año anterior. • Costo Promedio de las quejas por empleado. • Número de quejas y reclamaciones procesadas. • Quejas por temas.
  • 16. Tipos de Contratos de Trabajo.
  • 17. REGÍMENES LABORALES EN EL PERÚ D.L. 728 • Los trabajadores sujetos a la actividad laboral privada, tienen los siguientes derechos: (i) pago de una remuneración por la prestación de sus servicios; (ii) descanso semanal obligatorio y vacaciones por 30 días al año; (iii) pago de beneficios laborales, tales como las gratificaciones de fiestas patrias y navidad, asignación familiar, compensación por tiempo de servicios; (iv) acceder a la seguridad social (AFP u ONP, ESSALUD, SCTR); (v) poder accionar para la obtención de una indemnización en caso de despido arbitrario; (vi) reincorporación a su puesto de trabajo si ocurriese un despido nulo; (vii) hacer uso de sus derechos colectivos. D.L. 276 • Los servidores públicos cuentan con los siguientes derechos: (i) hacer carrera pública en base al mérito, sin discriminación política, religiosa, racial o de ninguna otra índole; (ii) gozar de estabilidad; (iii) percibir remuneración acorde a su nivel; (iv) vacaciones por 30 días; (v) Hacer uso de permisos o licencias con causas justificadas; (vi) ejercer docencia universitaria; (vii) no ser trasladado a entidad distinta sin su consentimiento; (viii) constituir sindicatos. D.L. 1057 • Las personas sujetas al régimen de la Contratación Administrativa de Servicios tienen los siguientes derechos: (i) percibir remuneración por la prestación de sus servicios (RMV); (ii) contar con una jornada semanal máxima; (iii) descanso semanal obligatorio y 15 días de vacaciones después de un año de servicios; (iv) afiliación a ESSALUD; (v) afiliación opcional y obligatoria, según sea el caso, a un régimen de pensiones; (vi) ejercicio de sus derechos colectivos.
  • 18. CONTRATACIÓN DIRECTA PLAZO INDEFINIDO PLAZO FIJO En toda prestación personal de servicios remunerados y subordinados, se presume la existencia de un contrato de trabajo a plazo indeterminado D.L 728
  • 19. CPF SUJETOS A MODALIDAD De naturaleza temporal Relacionados principalmente con la coyuntura y necesidades de la empresa De naturaleza accidental Son aquellos contratos que tiene por fin cubrir situaciones imprevistas y eventuales de la empresa De obra o servicio Referido a aquellos contratos que tiene por objeto un resultado concreto preestablecido a) Por inicio o lanzamiento de nueva actividad: Son aquellos que se originan ante el inicio de una nueva actividad empresarial. El plazo máximo de su duración es de 3 años. b) Por necesidad de mercado: Se celebran con la intención de hacer frente a los incrementos coyunturales de la producción, se originan ante el aumento de demanda en el mercado pudiendo ser renovados sucesivamente por un máximo de 5 años. c) Por reconvención empresarial: Es aquel que se genera ante el acaecimiento de sustitución, ampliación o modificación de actividades dentro de una empresa. Su plazo máximo de duración es de 2 años. a) Contrato Ocasional: Se origina a efectos de atender necesidades transitorias distintas a las actividades habituales del centro de trabajo. Se suscribe fijando un plazo máximo de 6 meses. b) Contrato de suplencia: Se suscribe ante la necesidad de sustituir a un trabajador de la empresa cuyo vínculo laboral se encuentra suspendido por alguna causa legítima. La duración de este tipo de contratos está supeditada al caso en específico. c) Contrato de emergencia: Este tipo de contrato se celebra con la intención de cubrir las necesidades surgidas por caso fortuito o fuerza mayor y, al igual que el anterior, su duración se establece en relación a la duración del evento. a) Para obra determinada o servicio específico: El objeto de este tipo de contrato se establece previamente y con una duración determinada, el plazo de vigencia por tanto será el que resulte necesario para la culminación de la obra o el servicio. b) Contrato intermitente: Se suscribe con la finalidad de cubrir las necesidades de las actividades de la empresa que, si bien por su naturaleza son permanentes, se ejecutan de manera discontinua. c) Contrato de temporada: Se suscribe con la finalidad de atender necesidades propias del giro de la empresa pero que se cumplen únicamente en ciertas épocas del año, estando sujetas a repetirse en períodos equivalente en cada ciclo, en función a la naturaleza de la actividad productiva.
  • 20. Planilla de Trabajadores Los objetivos principales de las planillas : * Contar con información referida al importe que paga la empresa por concepto de sueldos, aportes patronales y otros beneficios. * Cumplir con disposiciones legales tipificadas en la ley general del trabajo. * Remitir un ejemplar de las planillas de sueldos y salarios mensualmente a las diferentes entidades donde cotiza la empresa y sus dependientes. Los empleadores deberán registrar a sus trabajadores en las planillas EMPLEADOR TRABAJADOR  72 horas de ingresado a prestar sus servicios Es la facultad del empleador tener más de 1 planilla de pagos en función a la categoría Planillas de diferentes cetros, podrán ser centralizadas y llevadas en cualquiera de ellos
  • 21. Formalidades: - Debe constar por escrito; - Debe consignarse de forma expresa: duración y causa objetiva que sustenta la contratación temporal; - Registro ante la AAT (15 días naturales desde su celebración); y - Se debe entregar una copia del contrato al trabajador (3 días hábiles desde su presentación) CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
  • 22. Duración: - 5 años (máximo). - Si un trabajador celebra diversos contratos bajo distintas modalidades con el mismo centro de trabajo, la suma de éstos no podrá superar los 5 años. Desnaturalización de los contratos CONTRATOS SUJETOS A MODALIDAD
  • 23. - Porcentajes limitativos: 20%: trabajadores 30%: remuneración - Exoneración y aprobación - Requisitos - Trámites Migratorios CONTRATOS CON PERSONAL EXTRANJERO
  • 24.  Regla general: 3 meses.  Al término del periodo de prueba, el trabajador alcanza el derecho a la protección contra el despido arbitrario  Las partes pueden pactar, por escrito, un término mayor en caso las labores requieran de capacitación o adaptación; o que, por su naturaleza o grado de responsabilidad, tal prolongación pueda resultar justificada: • 6 meses en el caso de trabajadores calificados o de confianza • 1 año en el caso de personal de dirección PERIODO DE PRUEBA
  • 25.  Convenios que relacionan el aprendizaje teórico y práctico mediante el desempeño de tareas programadas de capacitación y formación profesional  Norma aplicable: Ley 28518 y D.S. 007-2005-TR.  Modalidades formativas: - Aprendizaje - Práctica Profesional - Capacitación Laboral Juvenil - Pasantía - Reinserción Laboral MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
  • 26. APRENDIZAJE  Se caracteriza por realizar parte del proceso formativo en unidades productivas de las empresas, previa formación inicial y complementación de un Centro de Formación Profesional (CFP) autorizado.  Tipos: - Con predominio en la empresa - Con predominio en el CFP (prácticas pre-profesionales).  Jornada Formativa Máxima: no debe exceder de 6 horas diarias ó 30 semanales. MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
  • 27. APRENDIZAJE Con predominio en la empresa: Busca que un estudiante (con estudios primarios concluidos y mínimo 14 años de edad) realice el proceso formativo en la empresa con espacios definidos y programados en el CFP Existe un convenio entre: (i) una empresa patrocinadora; (ii) un aprendiz; y (iii) un CFP autorizado expresamente para esta modalidad MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
  • 28. APRENDIZAJE Con predominio en el CFP – prácticas pre profesionales: Permiten a la persona (durante su condición de estudiante) aplicar sus conocimientos, habilidades y aptitudes mediante el desempeño en una situación real de trabajo Existe un convenio entre: (i) una empresa; (ii) una persona en formación (no egresado); y (iii) un CFP. MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
  • 29. PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES  Busca consolidar los aprendizajes adquiridos a lo largo de la formación profesional, así como ejercitar su desempeño en una situación real de trabajo.  Se formaliza celebrando un convenio entre: - Una empresa; y - Una persona que egresa de un CFP o Universidad .  Jornada Formativa Máxima: 6.5 horas diarias o 33 horas semanales. MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
  • 30. CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL Beneficiarios: Jóvenes entre 16 y 23 años que no hayan culminado su educación básica; o que habiéndola culminado no sigan estudios superiores(técnicos o universitarios) El número de beneficiarios no puede exceder del: • 20% del total del personal de un área específica. • 20% del total de los trabajadores de la empresa. MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
  • 31. CAPACITACIÓN LABORAL JUVENIL Duración del convenio: • Ocupaciones de poca calificación, ninguna complejidad y niveles menores de responsabilidad: 6 meses, prorrogables hasta 6 meses más • Ocupaciones de mayor calificación, mayor complejidad y mayores niveles de responsabilidad: 24 meses máximo Jornada formativa máxima: 8 horas diarias o 48 semanales MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
  • 32. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA  Proporcionar dirección técnica y los medios necesarios.  Pagar puntualmente la subvención mensual convenida (no menor a la RMV).  Otorgar un descanso remunerado de 15 días cuando la modalidad supere los 12 meses.  Otorgar media subvención adicional mensual cada 6 meses de duración continua de la modalidad formativa. MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
  • 33. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA  Cubrir los riesgos de enfermedad o accidentes a través de ESSALUD o EPS (cobertura: 14 subvenciones mensuales por enfermedad y 30 por accidente).  Otorgar el certificado al término del periodo de la formación, especificando las capacidades adquiridas y verificadas. MODALIDADES FORMATIVAS LABORALES
  • 34. Promueve el empleo formal de los jóvenes de 18 a 29 años, el Ejecutivo está dispuesto a flexibilizar algunas condiciones planteadas inicialmente como el plazo de contratación. Plantea que sea el Estado quien asuma el pago de EsSalud (9% del suelto tope). Fuente Diario Gestión/ 4 de Mayo 2017. http://gestion.pe/empleo-management/gobierno-dispuesto-ampliar-plazo-contratacion-nueva-ley-empleo-juvenil-
  • 35. Decreto Legislativo N° 1337 modifica la Ley N° 29806, Ley que regula la contratación de personal altamente calificado en el sector público, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y el Decreto Legislativo 1023, que crea la Autoridad Nacional del Servicio Civil, rectora del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. Decreto Legislativo N° 1337: Modificación de Ley que regula la contratación PAC, Ley del Servicio Civil (Ley N° 30057) y el Decreto Legislativo N° 1023 “Artículo 15-A.- Facultad interventora por afectaciones al principio de probidad “Artículo 52. Clasificación de los funcionarios públicos a) Queda prohibida la incorporación de personas bajo el régimen del Decreto Legislativo 276 así como cualquier forma de progresión bajo dicho régimen, salvo en los casos de funcionarios o cargos de confianza. d) Los destaques entre entidades públicas pueden realizarse desde y hacia las entidades que no cuenten con la resolución de “inicio del proceso de implementación, así como desde y hacia dichas entidades con entidades públicas que hayan iniciado el proceso de implementación, y, desde y hacia las entidades que cuenten con la resolución de “inicio del proceso de implementación. Están permitidos los destaques entre entidades públicas que pertenezcan al régimen previsto en la presente Ley. “Artículo 2. Del profesional altamente calificado : a) Contar con los requisitos mínimos para el puesto. b) Contar con experiencia en gestión de la materia requerida y/o con experiencia en la actividad requerida. En el caso del numeral ii) del siguiente literal, deben contar con un mínimo de 10 años de experiencia. c) Contar con: i) título profesional y/o grado académico de maestría o doctorado; o, ii) grado de bachiller. d) No estar inhabilitado para ejercer función pública por decisión administrativa firme o sentencia judicial con calidad de cosa juzgada. 4.2 Corresponde al administrador del Fondo de Apoyo Gerencial al Sector Público (FAG) determinar los límites de contratación y la escala de montos por concepto de contraprestación Las entidades públicas del Poder Ejecutivo que cuenten con personal altamente calificado contratado bajo los alcances de la presente Ley deberán informar semestralmente al Ministerio de Economía y Finanzas y al Congreso de la República sobre las actividades realizadas por dicho personal, los cuales serán debidamente difundidos.”
  • 36.  Inexistencia de subordinación.  Celebración por escrito (recomendable).  Periodicidad en el pago.  Demandas judiciales.  PDT - Planilla Electrónica. CONTRATOS DE LOCACIÓN DE SERVICIOS
  • 37. Planilla, Intermediación Laboral y Outsourcing de Recursos Humanos.
  • 38. CONTRATACIÓN INDIRECTA Intermediación DESTAQUE DE PERSONAL Tercerización / Outsourcing SERVICIOS U OBRAS
  • 39. OUTSOURCING O TERCERIZACIÓN Es un proceso de descentralización productiva a través del cual una empresa (usuaria) contrata a otra empresa (de servicios) a fin que preste una obra y/o servicio a su favor, sin que necesariamente exista un destaque de trabajadores a su organización empresarial. En caso exista destaque, la empresa usuaria no ejerce poder dirección sobre el personal destacado. Se busca perfeccionar sus procesos, reduciendo la estructura de costos y mejorando su desempeño enfocándose el rubro de su negocio. Ventajas: • Enfocarse en las actividades vitales del negocio y concentrar las inversiones en la línea medular del mismo. • Permite encontrar ayuda experta, de forma temporaria y sin compromisos a largo plazo. • Reducción de costos en activos, planillas, capital humano, convirtiendo estructuras de costos fijos en variables. • Acceso a nuevas tecnologías y especialidades. • No está sujeto a Registro en el Ministerio de Trabajo. • Experiencia, ayuda experta de personal altamente calificado Desventajas: • Se promueve la división entre el personal, porque los recién llegados no pertenecen a la empresa y no se comprometen con la cultura corporativa. • Los trabajadores temporales pueden mostrar bajos niveles de moral e identificación con la empresa. • El personal contratado mediante outsourcing es más susceptible a niveles altos de rotación. • Se logra menor compromiso con los planes y programas a mediano y largo plazo. • Se incrementa la incertidumbre de todo el personal respecto a su seguridad en el trabajo.
  • 40. Intermediación Laboral Intermediación Laboral: Es uno de los procesos de descentralización productiva a través del cual una empresa (usuaria) contrata a otra empresa (de servicios) a fin que le proporcione personal (destaque) que estará sujeto a su poder de dirección. Ventajas: • Personal altamente capacitado para cubrir cualquier eventualidad (Bajas médicas, vacaciones, etc.). • Alto valor agregado en el servicio humano, mediante orientación psicológica, capacitaciones específicas y permanentes. • El personal se encuentra registrado en las Planillas de la Consultora, gozando de todos los derechos y beneficios que la ley ordena.
  • 41. INTERMEDIACIÓN  Sólo procede en supuestos de actividades temporales, complementarias o especializadas
  • 42. INTERMEDIACIÓN  Requisitos para constituir una empresa de intermediación laboral: - Objeto exclusivo y capital social suscrito y pagado no menor a 45 UIT. - Registro ante la AAT.  Otorgamiento de fianza / responsabilidad solidaria  Registro de contrato empresa usuaria/“services” y contratos de trabajadores destacados
  • 44. TERCERIZACIÓN Características:  Pluralidad de clientes  Equipamiento propio  Inversión de capital, y  Retribución por obra o servicio Elementos frecuentes pero no constitutivos de la tercerización
  • 45. TERCERIZACIÓN Incumplimientos: La desnaturalización de la tercerización de servicios produce los siguientes efectos: - La existencia de una relación laboral directa e inmediata con la empresa principal. - La cancelación del registro de empresa tercerizadora. - Otras sanciones establecidas en las normas correspondientes (reconocimiento de las utilidades, reconocimiento de los beneficios pactados por convenio colectivo; entre otros).
  • 46. TERCERIZACIÓN Desplazamiento En los contratos con desplazamiento de personal no deben afectarse los derechos laborales y de seguridad social de los trabajadores. En los contratos donde exista desplazamiento de personal se deberá celebrar formalmente el contrato, especificándose cuál es la actividad empresarial a ejecutar y en qué unidades productivas o ámbitos de la empresa principal se realiza.
  • 47. TERCERIZACIÓN Garantías: Los trabajadores desplazados tienen iguales derechos (contratos modales / contratos a tiempo indefinido). Reconocimiento respeto de los derechos laborales individuales y colectivos. No se puede afectar la libertad sindical, derecho de negociación colectiva, interferencia en los sindicatos, fuero sindical y huelga. Denuncias ante la Autoridad de Trabajo y Poder Judicial.
  • 48. TERCERIZACIÓN Solidaridad  Tercerización con desplazamiento de personal  Por el pago de los derechos y beneficios laborales y obligaciones de seguridad social de carácter legal (no convencionales ni unilaterales)  Devengados por el tiempo que el trabajador estuvo desplazado
  • 49. TERCERIZACIÓN Solidaridad  Se extiende por un año, luego de culminado el desplazamiento.  No se afecta la prescripción laboral de la tercerizadora, cuatro (4) años luego de la extinción del vínculo laboral  La empresa principal obligada a asumir obligaciones de la empresa tercerizadora tiene derecho de repetición contra ésta
  • 51. ORGANISMOS JUDICIALES (Jurisprudencia de la Corte Suprema, precedentes jurisprudenciales de cumplimiento obligatorio). Jurisprudencia referencial no vinculante (Plenos de diverso nivel). VIA CONSTITUCIONAL (Precedentes jurisprudenciales de cumplimiento obligatorio). SISTEMA DE SOLUCION DE CONFLICTOS POR VIA ARBITRAL. (arbitrajes económicos y de derecho) Control difuso en los arbitrajes económicos. VIA ADMINISTRATIVA: (SUNAFIL, MINISTERIO DE TRABAJO) Resoluciones diversas, Opiniones, Informes y Directivas. Tribunal de Fiscalización Laboral. ORGANISMOS QUE APLICAN E INTERPRETAN LAS NORMAS LABORALES
  • 52. Sistema de control administrativo del cumplimiento de las normas laborales por parte de los empleadores y trabajadores que se desarrolla actualmente por parte de un organismo especialmente creado para tal fin la SUPERINTENDENCIA DE FISCALIZACION LABORAL (SUNAFIL) que impone sanciones por el incumplimiento de dichas normas. ¿Que es la inspección de trabajo?
  • 53. Principales normas que regulan el Sistema de Inspección de Trabajo. Ley General de Inspección (Ley 28806) de fecha 22 de julio del 2006. Reglamento de la Ley General de Inspección (DS 019-2006-TR, modificado por el D.S. 019-2007-TR, el D.S. 004-2011-TR y el DS 012- 2013-TR). Ley 29981 de fecha 15-01-2013. Ley que crea la Superintendencia de Fiscalización Laboral, modifica la ley 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, y la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. D.S.007-2013-TR de fecha 07-08-2013. (Aprueba Reglamento de Organización y Funciones de Sunafil y crea el Tribunal de Fiscalización Laboral). EXISTEN INICIATIVAS PARA MODIFICAR LA REFERIDA NORMATIVA.
  • 54. No tenían jerarquía legal (Decretos Supremos) La primera norma de jerarquía legal fue el Dec. Leg. 910. No tenían un carácter eminentemente sancionador sino correctivo. Procedían en los casos de notorio y evidente incumplimiento en los que la infracción era constatada por la sola inspección y no se requería de otros medios probatorios. (lo discutible iba al Poder Judicial). HOY EN DIA LA INSPECCION DE TRABAJO ENTRA AL CAMPO INTERPRETATIVO Y EN MUCHOS CASOS ES UTILIZADA POR LOS SINDICATOS PARA NO IR POR LA VIA JUDICIAL EN LA QUE HAY PLENO DERECHO DE DEFENSA. Normas anteriores reguladoras de la Inspección de Trabajo.
  • 55. Finalidad eminentemente sancionadora. Impone a los empleadores multas de cierta consideración. Procedimiento predominantemente inquisitivo en el que toda la iniciativa la tiene el sistema de inspeccion. Derecho de defensa casi inexistente en la etapa de las actuaciones inspectivas. Derecho de defensa muy recortado en la etapa del procedimiento sancionador. Replica casi exacta de la Ley de Inspeccion de España Facultades concedidas al inspector de trabajo que muchas veces emite juicios de valor altamente subjetivos. Quien propone la multa pertenece al sunafil. Quien impone la multa pertenece al sunafil. La Sunafil se beneficia con la multa CARACTERISTICAS DE NUESTRO SISTEMA DE INSPECCION DE TRABAJO.
  • 56. FINALIDAD DE LA INSPECCIÓN 1. De vigilancia y exigencia del cumplimiento de normas legales, reglamentarias, convencionales, y de condiciones contractuales (Prevención de RRLL; Prestaciones de salud y Sistema Previsional; Trabajo de personas con discapacidad). 2. De orientación y asistencia técnica (información sobre accidentes de trabajo y enfermedades profesionales al SUNAFIL). De acuerdo a lo mencionado, es de vital importancia tener un trato profesional y cordial con los inspectores laborales, y brindarle todas las facilidades del caso para que puedan desarrollar su labor sin ningún percance. Es recomendable que el encargado de recursos humanos sea la persona que atienda al inspector laboral. Recuerden que nunca deben obstruir el trabajo de los inspectores laborales, dado que esta acción deriva en una multa.
  • 57. • La SUNAFIL será responsable de: Promover Fiscalizar Supervisar El cumplimiento del ordenamiento jurídico sociolaboral y el de Seguridad y Salud en el trabajo, así como brindar asesoría técnica, realizar investigaciones y proponer normas
  • 58. Por orden de las autoridades competentes del Ministerio de Trabajo Por orden de las autoridades competentes de los órganos en las administraciones públicas Solicitud fundamentada un órgano competente del sector público Por solicitud fundamentada de cualquier órgano jurisdiccional Por denuncia. ¿Quienes pueden formular una denuncia? Por decisión interna del Sistema de Inspección del Trabajo Por iniciativa de los inspectores del trabajo cuando el cumplimiento de una orden recibida conozcan hecha A petición de empleadores, y trabajadores, así como organizaciones sindicales empresariales en actuaciones en formación y asesoramiento técnico Origen de las inspecciones
  • 59. PRINCIPALES OPERATIVOS DE FISCALIZACIÓN LABORAL • Contratación • Obligaciones al inicio de la relación laboral • Registro de asistencia • Jornada y horario de trabajo • CTS • Vacaciones • Seguro de Vida Ley • Remuneraciones • Utilidades • T-Registro y PLAME • Fondos de pensiones y EsSalud • Implementación de los lactarios • Cuota de empleo
  • 60. Inspecciones en coordinación con otras Instituciones Públicas • Inspecciones con SUNAT • Inspecciones con ESSALUD • Inspecciones con ONP / SBS • Colaboración de instituciones públicas para mejorar la investigación de la inspección del trabajo
  • 61. Actuaciones de Orientación: •Son diligencias DE OFICIO O A PEDIDO DE PARTE (empleadores o trabajadores) para orientar o asesorar técnicamente sobre el mejor cumplimiento de las normas sociolaborales vigentes. Actuación de Inspectivas: •Son diligencias DE OFICIO para comprobar si se cumplen las disposiciones vigentes en materia sociolaboral y poder adoptar las medidas inspectivas que en su caso procedan, para garantizar el cumplimiento de las normas sociolaborales. ACTUACIONES DEL SISTEMA DE INSPECCIÓN DEL TRABAJO
  • 62. Procedimientos de actuaciones inspectivas: 1. Verificación de cierre de centro de trabajo. 2. Verificación de despido arbitrario. 3. Verificación de la disminución deliberada y reiterada en el rendimiento de las labores. 4. Observación del trabajador a la liquidación de la compensación por tiempo de servicios, efectuada por el empleador. 5. Otorgamiento de la constancia de cese.
  • 63. Ámbito de actuación de la Inspección del Trabajo: 1. Personas naturales o jurídicas. 2. Públicas o privadas. 3. Incluyendo a empresas pertenecientes al ámbito de la actividad empresarial del Estado. •Siempre que estén sujetos al Régimen Laboral de la Actividad Privada. •La inspección del trabajo no es competente para inspeccionar el cumplimiento de derechos y obligaciones del: •-Régimen Laboral del Sector Público. •-Contrato Administrativo de Servicios –CAS (excepto de obreros municipales)
  • 64. Las personas jurídicas actuarán por medio quienes sean sus representantes al tiempo de la actuación inspectiva su representación por las tengan conferida, siempre que lo acrediten, renovable. El representante no podrá eludir la declaración sobre los hechos o circunstancias con relevancia y efectiva que deban ser conocidos por el representante. La intervención mediante representantes sin capacidad o insuficientemente acreditados se considerará inasistencia ¿Quiénes pueden actuar en el procedimiento inspectivo
  • 65. Denuncia, solicitud, etc. Orden de inspección: • Concreta • Genérica Asignación a Inspector (es) Actuaciones inspectivas: Visita Comparecencia Comprobación datos Medidas inspectivas: Rquerimiento Informe de inspección o Acta de infracción De 1 a 10 días hábiles De 10 a 30, 60 o más días hábiles Inicio: máximo 10 días hábiles En SST plazo máximo 30 días Actuaciones Inspectivas
  • 67. A.- CONCURRENCIA AL CENTRO DE TRABAJO. B.- CONCURRENCIA A LAS OFICINAS DE LA INSPECCION DE TRABAJO C.- OBLIGACION DE PROPORCIONAR INFORMACION Y PRESTAR COLABORACION DEL SUJETO INSPECCIONADO Y DE TERCEROS ACTUACION DEL EMPLEADOR DURANTE LA INSPECCION
  • 68. Poder de decisión Representación acreditada Especial importancia de documentos, informes, pericias EMPLEADOR EN LA COMPARECENCIA
  • 69. 1.-Se encuentra especificadas en el artículo 5 de la Ley General de Inspección. 2.-Se caracterizan por ser amplias y no sujetas a control o fiscalización. En principio no admiten cuestionamiento por parte del sujeto inspeccionado. 3.-El incumplimiento de los mandatos del inspector generalmente va acompañado de una amenaza de obstrucción a la labor inspectiva. FACULTADES DEL INSPECTOR Actos de obstrucción: negar entrada o permanencia; ocultar personal o dificultar su declaración; inasistir a un requerimiento de comparecencia, negativa a exhibir información…
  • 70. FACULTADES DEL INSPECTOR - Entrar libremente a cualquier hora del día o la noche y sin previo aviso a todo el centro de trabajo, y a permanecer en el mismo. - Hacerse acompañar en su visita, por los trabajadores, colaboradores, peritos. - Requerir información sobre cualquier asunto de la empresa inspeccionada, así como también exigir la identificación de cada una de las personas presentes en la inspección. - Exigir la presencia del empresario o de sus representantes y encargados, de los trabajadores y de cualesquiera sujetos incluidos en su ámbito de actuación, en el centro inspeccionado o en las oficinas públicas designadas por el inspector actuante. - Examinar en el centro de trabajo la documentación y los libros de la empresa con relevancia en la verificación del cumplimiento de la legislación socio laboral. Puede solicitar copias, extractos, etc. - Tomar o sacar muestras de sustancias y materiales utilizados o manipulados en el establecimiento, realizar mediciones, obtener fotografías, videos, grabación de imágenes, etc. - Recabar y obtener información, datos o antecedentes con relevancia para la función inspectiva.
  • 71. Una vez finalizada la diligencia inspectiva podrá: - Aconsejar y recomendar la adopción de medidas para promover el mejor y más adecuado cumplimiento de las normas socio laborales. - Advertir al sujeto responsable, en vez de extender acta de infracción, cuando las circunstancias del caso así lo ameriten, y siempre que no se deriven perjuicios directos a los trabajadores. - Requerir al sujeto responsable para que, en un plazo determinado, adopte medidas en orden al cumplimiento de la normativa del orden socio laboral, incluso con su justificación ante el inspector que ha realizado el requerimiento. - Iniciar el procedimiento sancionador mediante la extensión de actas de infracción o de infracción por obstrucción a la labor inspectiva. - Ordenar la paralización o prohibición inmediata de trabajos o tareas por inobservancia de la normativa sobre prevención de riesgos laborales, de concurrir riesgo grave e inminente para la seguridad o salud de los trabajadores. - Proponer a los entes que gestionan el seguro complementario de trabajo de riesgo, la exigencia de las responsabilidades que procedan en materia de Seguridad Social en los casos de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales causados por falta de medidas de seguridad y salud en el trabajo. - Comunicar a las entidades y organismos competentes en materia de Seguridad Social los hechos comprobados que puedan ser constitutivos de incumplimientos en dicho ámbito, para que puedan adoptarse medidas en orden a garantizar la protección social de los trabajadores afectados.
  • 72. ACTA INSPECTIVA • Informe de actuaciones inspectivas – Identificación del sujeto o sujetos responsables – Medios de investigación utilizados – Hechos constatados – Conclusión (detallando, en su caso, las infracciones apreciadas y las medidas inspectivas adoptadas) – Identificación del inspector o de los inspectores intervinientes – Fecha de emisión del informe
  • 73. ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES
  • 74. Criterios de graduación de la multa GRAVEDAD DE LA INFRACCIÓN BASE DE CÁLCULO NÚMERO DE TRABAJADORES AFECTADOS 1-10 11-20 21-50 51-80 81-110 111-140 141 a+ LEVES 1 a 5 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100% GRAVES 6 a 10 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100% MUY GRAVES 11 a 20 UIT 5-10% 11-15% 16-20% 21-40% 41-50% 51-80% 81-100%
  • 75. Cuantía y aplicación de las sanciones • Las infracciones que se detecten podrán ser sancionadas con una multa máxima equivalente a: 20UIT (S/.73,000.00) MUY GRAVE 10UIT (S/.36,500.00) GRAVE 05UIT (S/.18,250.00) LEVE
  • 76. MICROEMPRESA ° Gravedad de la Infracción Multa Actual Desde Marzo 2014 Aumento Si se subsana, la multa rebajada será (*) Leve Mínima S/.92.5 Máxima S/. 925 Mínima S/. 370 Máxima S/. 1,850 300% 100% S/. 37 S/. 185 Grave Mínima S/. 555 Máxima S/. 1,850 Mínima S/. 925 Máxima S/. 3,700 67% 100% S/. 92.5 S/. 370 Muy Grave Mínima S/. 1,017.5 Máxima S/. 3,700 Mínima S/. 1,850 Máxima S/. 5,550 82% 50% S/. 185 S/. 555 PEQUEÑA EMPRESA ° Gravedad de la Infracción Multa Actual Desde Marzo 2014 Aumento Si se subsana, la multa rebajada será (*) Leve Mínima S/. 203.5 Máxima S/. 4,625 Mínima S/. 740 Máxima S/. 18,500 264% 300% S/. 74 S/. 1,850 Grave Mínima S/. 1,221 Máxima S/. 9,250 Mínima S/. 3,700 Máxima S/. 37,000 203% 300% S/. 370 S/. 3,700 Muy Grave Mínima S/. 2,238.5 Máxima S/. 18,500 Mínima S/. 6,290 Máxima S/. 62,900 181% 240% S/. 629 S/. 6,290 MEDIANA Y GRAN EMPRESA Gravedad de la Infracción Multa Actual Desde Marzo 2014 Aumento Si se subsana, la multa rebajada será (*) Leve Mínima S/. 1,517 Máxima S/. 18,500 Mínima S/. 1,850 Máxima S/.111,000 22% 500% S/. 185 S/. 11,100 Grave Mínima S/. 9,102 Máxima S/. 37,000 Mínima S/. 11,100 Máxima S/. 185,000 22% 400% S/. 1,110 S/. 18,500 Muy Grave Mínima S/. 16,687 Máxima S/. 74,000 Mínima S/. 18,500 Máxima S/. 370,000 11% 400% S/. 1,850 S/. 37,000
  • 77. Infracciones muy graves • No pagar la remuneración mínima correspondiente. • El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con la contratación a plazo determinado, cualquiera sea su denominación, su desnaturalización, uso fraudulento y discriminatorio. • Incumplimientos respecto del tiempo de trabajo (refrigerio, horas extras, vacaciones, descansos, etc). • El incumplimiento de las disposiciones relacionadas con el trabajo de menores de edad. • La negativa a recibir el pliego de reclamos. • Actos contra la libertad sindical • Actos de hostilidad y hostigamiento sexual.
  • 78. Infracciones graves • No registrar a los trabajadores, pensionistas, prestadores de servicios, personal en formación, derechohabientes, en el registro que corresponda. • No pagar u otorgar íntegramente las remuneraciones y beneficios laborales, por convenio, laudo, o reducción fraudulenta. • No depositar íntegra y oportunamente la CTS. • La modificación unilateral del contrato o de las condiciones laborales. • No proporcionar a los trabajadores del hogar hospedaje, alimentación y facilidades para asistencia a su centro de estudios. • No contar con un asistente social o RIT
  • 79. Infracciones leves • No comunicar y registrar información ante la AAT, en los plazos y con requisitos previstos. • No entregar a los trabajadores copia del contrato de trabajo, boletas de pago, hojas de liquidación de CTS, de utilidades u otros. • No exponer en lugar visible el horario de trabajo, no contar con una síntesis de la legislación laboral, no entregar el RIT. • No contar con el registro de control de asistencia o impedir o sustituir al trabajador en el registro de su tiempo de trabajo.
  • 80. AL (50%) DE LA MULTA Originalmente impuesta cuando, resuelto el recurso de apelación, se acredita la subsanación de infracción detectada DENTRO DEL PLAZO DE DIEZ (10) DÍAS HABILES, contados desde el día siguiente de la notificación AL (30%) DE LA MULTA originalmente propuesta o impuesta al acreditar la subsanación de la infracción, desde la notificación del acta de infracción y HASTA ANTES DEL LAZO DE VENCIMIENTO PARA INTERPONER EL RECURSO DE APELACIÓN. NO PROCEDE la reducción de multas Sobre las infracciones insubsanables REDUCCIÓN DE MULTAS
  • 81. DESCUENTO CONCEPTO Multa se fija al 35% del monto determinado Cuando el infractor no subsana las infracciones imputadas o sancionadas. Multa se fija al 20% del monto estimado Cuando el infractor subsana las infracciones imputadas, antes de que culmine el plazo de apelación de primera instancia. Multa se fija al 25% del monto estimado Cuando el infractor subsana todas las infracciones dentro de los 10 días siguientes de ser notificado de la resolución de segunda instancia. EXCLUSIONES De verificarse la reincidencia en las infracciones, las empresas empleadoras serán excluidas de los beneficios indicados. En el caso de infracciones muy graves, no se aplicarán beneficios en la reducción de las multas sí, además, se vulnera la libertad de asociación, la libertad sindical, se discrimine al personal y se obstruya la labor de inspección. Además, tampoco tendrán descuentos las sanciones graves que afecten la protección de los niños, niñas y adolescentes así como las normas sobre seguridad y salud en el trabajo, "cuando hayan ocasionado la muerte o invalidez permanente del trabajador o lesiones que origen más de 30 días de incapacidad para el trabajo". Con la puesta en marcha del presente reglamento, se suspenderán la reducción del 30% de la multa por subsanación antes del plazo de apelar y el descuento del 50% en caso sea resuelto el caso de apelación, señalados en el artículo 40 de la Ley 28806 - Ley General de Inspección del Trabajo.
  • 83. Atender a los auditores o inspectores en sus visitas a las instalaciones de la empresa. Absolución de observaciones de los auditores o inspectores, que buscan levantar las observaciones detectadas. Diseño de la estrategia de defensa laboral de la empresa. Elaboración de informes sustentatorios de nuestra posición, que tienen por finalidad defender a la empresa. Negociar con los trabajadores conciliaciones respecto de obligaciones laborales pendientes.
  • 84. Una vez hecha la inspección, para la cual se disponen de 30 días útiles-prorrogables por 30 días más- el inspector pasa a tomar medidas previas que, como su propio nombre lo indica, se emiten previamente al acta de infracción- considerada como el inicio del procedimiento administrativo sancionador-, para buscar subsanar los errores encontrados. En este punto, hay que señalar que una medida previa es el requerimiento mediante el cual un inspector exige que se subsane una o más faltas identificadas durante el proceso. Para ello, el inspector da a la empresa un plazo de tres días para que esto se haga efectivo. Si la organización cumple con el requerimiento, se emitirá un informe archivando el expediente y no habrá multa alguna.
  • 85. PREVENCIÓN A LOS PROCESOS Y ACTIVIDADES MÁS FISCALIZADAS.
  • 86. Desde que se presenta el inspector, ¿Cuánto tiempo máximo puede transcurrir para que el empresario lo deje ingresar? R.M. N° 118-2013-TR: no debe mediar más de 10 minutos desde que el inspector comunica su presencia y se le permite ingresar al centro de trabajo
  • 87. Ante una comparecencia ¿Cuánto Tiempo máximo de tolerancia, Espera el inspector? Acta de comparecencia: 10 minutos.
  • 88. ¿Cómo se acredita que el Encargado de SST/RRHH puede Actuar en representación de la empresa en una comparecencia? R.M: N° 169-2013-TR: (i) Documento registral vigente que Indique su condición de tal y las facultades con las que cuenta, o mediante carta poder simple suscrita por el representante Legal a la que se adjuntará copia simple del documento registral O del acto administrativo, según corresponda y; (ii) copia del DNI del apoderado
  • 89. En la empresa está prohibido Tomar fotos, ¿El inspector puede Ingresar una cámara fotográfica? Ley N° 28806, Ley General de Inspección del Trabajo, Artículo 5.- Facultades inspectivas: 3.4 Tomar o sacar muestras de sustancias y materiales usados o manipulados en el establecimiento, realizar mediciones, obtener fotografías, vídeos, grabaciones de imágenes, levantar croquis y planos, siempre que se notifique al sujeto inspeccionado o a su representante.
  • 90. Material Bibliográfico: • ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS Gary Dessler Editorial Pearson | 11era Edición 2009 . • ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS EL CAPITAL HUMANO DE LAS ORGANIZACIONES Idalberto Chiavenato Editorial McGrawHill 8va Edición | 2007. • ADMINISTRACIÓN DE RECURSOS HUMANOS - EL CAPITAL HUMANO DE LAS EMPRESAS • Sexta edición William B. Werther y Keith Davis,McGrawHill | 2008. • http://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/SNIL/compendio_normas/COMPENDIO_NO RMAS_LABORALES_MINTRA_nov_2015.pdf • Ley de Productividad y Competitividad Laboral http://www.educaonline.com.pe/CamaradeComercio/materialapoyo/semana1/Lectu ra%20N%202.pdf • El régimen del Decreto Legislativo Nº 276 http://inst.servir.gob.pe/files/archivos/ProgramaEntrenamientoTSC-2012- 08/ProgramaEntrenamientoTSC-2012-08-4-TSC.pdf