Respecto a la publicación de las PREGUNTAS FRECUENTES de la Declaración Jurada Informativa del Beneficiario Final (DJI-BF), adjunto un resumen de los puntos que considero importantes, siendo lo mas importante que SI o SI se debe presentar la DJI-BF, ya que de no presentarla nada nos libra de la multa; en cambio si la presentamos con errores (u horrores) se puede subsanar sin multa alguna. Suerte!
Manual del-contribuyente-2011- Instrucciones de como llenar las planillas 104...Tu Centro Quickbooks
Manual Informativo para los Contribuyentes. Contiene instrucciones linea por linea para las planillas 1040, 1040A y 1040EZ. Preparado por Tu CPA Hispano - El CPA Francisco Garcia de Quevedo
Nicolás Franco, director de BDO Argentina en Servicios prestados a la Industria FInanciera y Seguros, detalló las iniciativas para combatir la evasión fiscal. #SYNERGY2016 #Argentina
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SAT Plan Maestro Estratégico 2024 para la fiscalización.El Conta Puntocom
elconta.mx
Atención al contribuyente, recaudación y fiscalización.
Difundir los beneficios de la
formalidad, tales como:
Seguridad social
Créditos bancarios
Programas de financiamiento y
apoyos gubernamentales
Créditos para los trabajadores
Programas de desarrollo
OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...Juan Daniel Dávila
Estando ad-portas del vencimiento para la presentación a la SUNAT de la Declaración Jurada Informativa del Beneficiario Final (Formulario Virtual Nº 3800), expongo un resumen de las obligaciones que tienen que cumplir los sujetos afectados por esta norma.
Descripción del proceso de adhesión de comercios a la Tarjeta NATIVA del Banco de la Nacion Argentina, realizado por CAME - Camara Argentina de la Mediana Empresa
Los Contribuyentes que no presentan sus declaraciones dentro del plazo (es decir de acuerdo al cronograma de vencimientos) y no cumplen con regularizar dicha obligación, son considerados omisos a la declaración. La SUNAT le da algunos consejos a fin de evitar las sanciones que estas omisiones generan.
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OBLIGADOS Y OBLIGACIONES EN LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA DEL BENEFICIARI...Juan Daniel Dávila
Estando ad-portas del vencimiento para la presentación a la SUNAT de la Declaración Jurada Informativa del Beneficiario Final (Formulario Virtual Nº 3800), expongo un resumen de las obligaciones que tienen que cumplir los sujetos afectados por esta norma.
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PCGE 2020 - Comparativo y diferencias - juan daniel davilaJuan Daniel Dávila
Recuerden que en el Perú a partir del 01/01/2020 debemos utilizar la versión modificada del Plan Contable General Empresarial - PCGE. Por ello les adjunto, la version comparativa del PCGE, donde se resalta las modificaciones, eliminaciones e inclusiones. Algunos cambios no parecen muy productivos, ya que solo se tratan de cambio en las cuentas o divisionarias, pero lamentablemente es de cumplimiento obligatorio, Respecto de algunas eliminaciones de cuentas o divisionarias, sugiero evaluarlo, ya que podria ser util el mantenerlas.
Preguntas frecuentes de la declaración jurada informativa de beneficiario fin...Juan Daniel Dávila
La SUNAT ha publicado las PREGUNTAS FRECUENTES de la Declaración Jurada Informativa del Beneficiario Final (DJI-BF), donde absuelve algunas dudas que han generado debate, como si la SUCURSAL debe o no presentar la DJI-BF. La SUNAT dice que no, ya que es considerada como un ente jurídico. Personalmente considero que ello no fluye de la norma, pero si la SUNAT lo dice, mejor que mejor, ya que tendrán mas tiempo para una mejor presentación, ya que en estos casos puede haber una cadena de titularidad o de control que complicaría el análisis del BF. Suerte para las sucursales!!!
Beneficiario final - obligados a presentar la DJI- BF en dic 2019 - juan dani...Juan Daniel Dávila
Respecto a la DJ informativa del Beneficiario Final, hay ciertas dudas acerca de que si los consorcios y las sucursales deben presentar o no esta DJ. Considero que los consorcios no deben presentar, pero las sucursales, si. En el siguiente material expongo mi justificación.
Respecto al BENEFICIARIO FINAL comparto un material que pretende ayudar a clarificar algunos conceptos respecto a como determinar a los famosos BENEFICIARIOS FINALES y que sirva para llenar y presentar la Declaración Jurada Informativa a la SUNAT
Regimen de detracciones del IGV - Cambios a partir de 10-2018Juan Daniel Dávila
Uno de los muchos cambios de la Reforma Tributaria 2018 se ha dado en las detracciones del IGV, es el referido al momento de efectuar el deposito de la detracción.
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Modifican el Reglamento del Régimen de Gradualidad en lo referido a aquellas infracciones vinculadas con la obligación de llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos
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Dentro de la última reforma tributaria 2016, específicamente mediante el Decreto Legislativo N° 1312, publicado el 30 de diciembre de 2016, se ha modificado las normas del impuesto a la renta aplicable a los precios de transferencia. Respecto a los servicios calificados como "de bajo valor añadido", se precisa que el margen de transferencia NO puede ser mayor a 5%.
Ordenando la casa cierre contable tributario 2016 - juan daniel davilaJuan Daniel Dávila
Estando muy próximo el cierre del año fiscal se hace imprescindible tomar las previsiones necesarias para una adecuada y oportuna preparación de los Estados Financieros, con la finalidad de que sirvan como una herramienta útil, confiable y sobre todo oportuna para la gerencia.
En ese sentido, en estas líneas se pretende realizar, como su título lo indica, un breve recordatorio práctico (check list) de aquellos aspectos más destacables a considerar de lo que a esta, anualmente recurrente, obligada y formal, fase de la vida empresarial se refiere.
2. Declaración
Jurada
Informativa
del
Beneficiario
Final
Preparado por: CPCC Juan Daniel Dávila
Nov 2019
jdavilad@lamasconsultores.pe
https://pe.linkedin.com/in/juandanieldavila
Exención de responsabilidad
Esta comunicación es de carácter general y tiene el único propósito de compartir información de temas que pueden ser de interés para sus destinatarios.
Por lo tanto, ninguna información proporcionada por este medio, ni las opiniones o análisis, ni los materiales distribuidos podrán ser utilizadas para resolver casos
específicos, sin la adecuada asesoría profesional, ni podrán ser interpretadas como un anticipo de opinión profesional.
Utilización del material por terceros
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4. Beneficiario Final
Preguntas frecuentes – Portal SUNAT al 01/12/2019 – Puntos resaltantes!
Respecto al criterio de propiedad o de control:
✓ La persona natural que tiene participación directa o indirecta menor al
10%, puede calificar como BF si tienen el “control” de la persona
jurídica.
✓ En caso se presente la propiedad en cabeza de una “sucesión
intestada”, se deberá identificar a los herederos como BFs, de
corresponder, para lo cual no se requiere testamento.
Respecto a las SUCURSALES:
✓ Las sucursales, al carecer de personería jurídica independiente de su
principal, serán consideradas como entes jurídicos para efectos de la
obligación de presentar la DJ informativa de BF. Por lo tanto, NO
presentan en diciembre 2019.
5. Beneficiario Final
Respecto al “Formato de la Persona Natural que califica como
Beneficiario Final”:
✓ El “Formato” debe estar con firma legalizada.
Debemos recordar que la norma también acepta otros medios para
el llenado de este formato, siempre y cuando se identifique
fehacientemente al BF.
✓ En el caso de que el BF se niegue a presentar el “Formato”, entonces
el obligado a informar debe de probar que cumplió con el
procedimiento de la debida diligencia:
i) Tener el cargo de la notificación física de la exigencia de presentar el formato
y
ii) Tener la documentación suficiente que acredite las acciones de debida
diligencia realizadas por el sujeto obligado para lograr identificar al
beneficiario final.
Preguntas frecuentes – Portal SUNAT al 01/12/2019 – Puntos resaltantes!
6. Beneficiario Final
Respecto al criterio del Puesto Administrativo Superior (PAS):
✓ Para llegar al PAS, el sujeto obligado debe acreditar el cumplimiento
del procedimiento de Debida Diligencia mediante:
i) Contando con la documentación que sustente el impedimento de poder
identificar a sus beneficiarios finales
ii) La publicación en la página de inicio de su portal web, de manera permanente
iii) De no contar el portal, se debe publicar un aviso en el diario de mayor
circulación de la localidad donde tenga ubicado su domicilio fiscal, por una sola
vez en cada ejercicio fiscal
✓ Cuando se cuente con cuente con un Directorio, Gerencia General y/o
con algún otro órgano similar:
▪ Se debe declarar como BF al puesto que ostenta el mayor rango en su
estructura organizacional, es decir, el que se encuentra en el primer nivel
jerárquico de su organigrama, y posteriormente declarar como beneficiario final
a la(s) persona(s) natural(es) que lo conforman.
Preguntas frecuentes – Portal SUNAT al 01/12/2019 – Puntos resaltantes!
7. Beneficiario Final
Respecto al llenado de la “Declaración del Beneficiario final -
Formulario Virtual N° 3800”:
✓ Se debe seguir las indicaciones del instructivo de la SUNAT:
▪ Instructivo del “Registro de información en el Formulario Virtual N.° 3800 -
Declaración del Beneficiario final”
✓ Si solo se tiene un (1) BF que resida en el Perú, y que tenga
directamente como mínimo el diez por ciento (10%) de su capital:
▪ Se declara solo a través del Formulario Virtual N.° 3800 - Declaración de
Beneficiario final, declaración simplificada.
✓ Si se tiene más de un BF, se puede utilizar el utilitario Excel preparado
por la SUNAT que genera los archivos txt para poder importar la data a
la DJ informativa:
▪ "Instructivo de la estructura del Aplicativo Excel"
✓ De haber cadena de titularidad o de control se debe adjuntar a la DJ
informativa un archivo Excel preparado por la SUNAT, donde se detalle
todos los datos requeridos:
▪ "Datos de la cadena de titularidad y/o cadena de control"
Preguntas frecuentes – Portal SUNAT al 01/12/2019 – Puntos resaltantes!
8. Beneficiario Final
Respecto a las infracciones y sanciones
✓ La sanción por no presentar la DJ informativa de BF dentro de
los plazos establecidos:
▪ Multa: 0.60% del Ingreso Neto
▪ NO tiene rebaja.
✓ La sanción por presentar la DJ informativa de BF en forma
incompleta o no conforme con la realidad:
▪ Multa: 0.60% del Ingreso Neto
▪ SI tiene rebaja de 100% por subsanación voluntaria.
✓ Si el BF no entrega el “formato”, el sujeto obligado:
i) No tendrá sanción, siempre y cuando presente la DJ informativa de
BF, donde se consigne a sus beneficiarios finales
ii) Cuente con el respaldo documentario respectivo y lo presente a
requerimiento de la SUNAT:
▪ De no hacerlo incurrirá en las infracciones vinculadas con el
incumplimiento de exhibir o presentar documentos de respaldo
de DJ Informativa del BF y debida diligencia:
▪ Multa: 0.60% del Ingreso Neto.
SI o SI se
tiene que
presentar!!!
Preguntas frecuentes – Portal SUNAT al 01/12/2019 – Puntos resaltantes!