Este documento establece los términos de referencia para la contratación de servicios de consultoría para la actualización de costos del presupuesto de un expediente técnico para el mejoramiento del servicio de atención preventivo de lucha contra la violencia familiar y sexual en la provincia de Ica. Entre los aspectos más relevantes se encuentran el alcance del servicio, la ubicación, el marco legal, los objetivos de la consultoría, los requisitos del consultor, el plazo de ejecución y las responsabilidades del mismo.
1. TERMINOS DE REFERENCIA
1. ALCANCE DEL SERVICIO Y NOMBRE DEL PROYECTO
El servicio de consultoría a contratarse comprende la Actualización de Costos del
presupuesto del expediente técnico denominado: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE
ATENCIÓN PREVENTIVO DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL EN
LA, PROVINCIA DE ICA – ICA”, de acuerdo a las normas reglamentarias, modificatorias y
conexas; con código SNIP N°335786.
2. UBICACIÓN DEL SERVICIO
- Departamento : Ica
- Provincia : Ica
- Distrito : Ica
3. MARCO LEGAL
- Ley N°30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.
- Decreto Supremo N°350-2015-EF, Reglamento de la Ley de Contrataciones del
Estado, en adelante el Reglamento.
- Directivas del OSCE.
- Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.
- Ley Nº27806, Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública.
- Decreto Supremo N°304-2012-EF, TUO de la Ley General del Sistema Nacional del
Presupuesto.
- Decreto Supremo Nº008-2008-TR, Reglamento de la Ley MYPE.
- Decreto Supremo Nº013-2013-PRODUCE - Texto Único Ordenado de la Ley de
Impulso al Desarrollo Productivo y al Crecimiento Empresarial.
- Código Civil.
Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.
Para la aplicación del derecho deberá considerarse la especialidad de las normas
previstas en las presentes bases.
4. FINALIDAD PÚBLICA
La Municipalidad Provincial de Ica tiene por finalidad esencial fomentar el desarrollo
integral sostenible, promoviendo la inversión pública, privada y el empleo y garantizar el
ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, de
acuerdo con los planes locales de desarrollo.
5. ALCANCES Y CARACTERISTICAS DEL SERVICIO
Comprenden la elaboración del expediente técnico de acuerdo a la ley N°30225, que
aprobó la Ley de Contrataciones del estado y el Reglamento de la Ley de Contrataciones
del estado aprobado por Decreto Supremo N°350-2015-EF y la resolución de contraloría
N°072-98-CG, modificado mediante Decreto supremo N°138-2016-EF, hasta la
aprobación del expediente técnico.
6. OBJETIVO DE LA CONSULTORIA
Objetivo General:
Contratar a la Persona Natural o Jurídica, encargada de la Actualización de Costos del
presupuesto del Expediente Técnico Definitivo, del Proyecto: “MEJORAMIENTO DEL
SERVICIO DE ATENCIÓN PREVENTIVO DE LUCHA CONTRA LA VIOLENCIA
FAMILIAR Y SEXUAL EN LA, PROVINCIA DE ICA – ICA”; El estudio debe considerar la
recolección de información, los trabajos de campo y los trabajos de gabinete, la
información de campo a requerirse y su alcance se determinarán en base al desarrollo del
Proyecto.
Objetivos Específicos:
a) Tomar conocimiento puntual de las características y condiciones físicas,
2. económicas, técnicas, normativas, funcionales, climatológicas, hidrológicas,
geológicas, topográficas, diseño de edificación, cálculos estructurales, etc., que
tengan implicancias en el desarrollo del proyecto.
b) Definir las características técnicas de diseño del proyecto señalado.
c) Establecer las especificaciones técnicas de construcción del proyecto indicado.
d) Establecer el costo de la obra, así como el plazo mínimo de ejecución de la misma.
7. INFORMACION QUE PROPORCIONARA LA MUNICIPALIDAD
A la firma del contrato del consultor, la Entidad hará entrega de la siguiente
documentación:
a) Copia del Expediente Técnico.
b) CD conteniendo el perfil simplificado en Archivo Electrónico.
c) Instructivo y Formatos de Uso Obligatorio.
d) Otros documentos que se consideren necesarios para la elaboración del expediente
técnico.
8. CONTENIDO DEL EXPEDIENTE TECNICO
Comprende lo siguiente:
a) RESUMEN EJECUTIVO DEL PROYECTO
b) MEMORIA DESCRIPTIVA
c) ESPECIFICACIONES TECNICAS
d) HOJAS DE METRADOS
e) VALOR REFERENCIAL DE INVERSION TOTAL DEL PROYECTO
f) PRESUPUESTOS DE OBRA POR ESPECIALIDAD
g) ANÁLISIS DE COSTOS UNITARIOS
h) RELACION DE INSUMOS
i) FORMULA POLINOMICA
j) DESAGREGADO DE GASTOS GENERALES
k) PROGRAMACION GANTT – PERT - CPM
l) CRONOGRAMA VALORIZADO DE OBRA
m) CRONOGRAMA DE DESEMBOLSO DE OBRA
n) PRESUPUESTO ANALITICO
o) DESAGREGADO DE GASTOS DE SUPERVISION
p) ANEXOS
q) PLANOS
UBICACIÓN Y LOCALIZACIÓN.
PLANTA GENERAL, TOPOGRÁFICO.
DETALLES.
9. COORDINACIÓN Y SUPERVISIÓN
La Municipalidad Provincial de Ica, a través de la Sub Gerencia de Obras Públicas será
el encargado de supervisar los trabajos de la Consultoría, para ello asignará un evaluador
de proyecto a fin de efectuar el seguimiento de las actividades desarrolladas por la
Consultoría conducente a asegurar la calidad del servicio y el cumplimiento de los
términos de referencia de acuerdo al cronograma establecido.
10. VALOR REFERENCIAL
Se considerará el valor referencial la suma de S/ 4,000.00 (Cuatro Mil con 00/100 Soles),
vigentes al año 2021, incluido los impuestos de ley, cuyo desagregado es el siguiente:
11. PERFIL DEL CONSULTOR.
Deberá de tener las siguientes consideraciones:
a) Persona natural o jurídica.
b) Con inscripción vigente en el RNP en el rubro de consultor de obras.
c) Con RUC activo y habido.
3. d) Haber elaborado al menos un (02) expediente técnico en los últimos tres (03) años,
relacionado con el objeto de la consultoría.
12. PERSONAL DESIGNADO PARA EL SERVICIO DE CONSULTORIA:
Para la prestación del servicio, el personal clave requerido es el siguiente.
a) JEFE DE PROYECTO (Ing. Civil), titulado y colegiado.
13. PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución para la Actualización de Costos del presupuesto del expediente
técnico es de Quince (15) días calendario.
14. RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR.
Sin exclusión de las obligaciones que correspondan a El Consultor conforme a los
dispositivos legales y reglamentarios vigentes y que son inherentes al servicio
contratado, éste se obliga y compromete a cumplir con lo siguiente:
a) Informarse oportunamente sobre la normatividad técnica y reglamentaria vigente,
aplicable al objeto de la Consultoría.
b) Prestar los servicios contratados de conformidad con lo exigido en los presentes
Términos de Referencia.
c) Realizar la visita de campo al sector donde se desarrollará el proyecto, materia de
la Consultoría.
d) El Consultor es responsable por presentar el Proyecto Definitivo ante la entidad
contratante.
e) Garantizar la participación del personal profesional mínimo (Personal técnico) que
se exige en el presente documento, así como de los servicios y equipos que
garanticen la buena y oportuna ejecución del Servicio.
f) Es de su exclusiva responsabilidad cumplir con los plazos parciales y con el plazo
total programado para los Servicios comprendidos en la Consultoría.
g) Asumir la responsabilidad total y exclusiva por la calidad de los Servicios que preste,
para lo cual mantendrá coordinación permanente con La Entidad sobre los trabajos
que ejecuten sus proyectistas.
h) El Consultor será legalmente responsable en el campo administrativo, civil y penal;
por los resultados que obtenga y que puedan producir fallas en la ejecución que
recomiende ejecutar como producto de los estudios efectuados.
i) El Consultor está obligado a aplicar la reglamentación, directivas, ordenanzas
municipales, normas técnicas y demás documentos que sean de cumplimiento
obligatorio para el desarrollo de la Consultoría, así como para sustentar
adecuadamente la documentación técnica que formulará para La Entidad.
15. FORMA DE PAGO.
La Entidad deberá realizar el pago de la contraprestación pactada a favor del consultor
a la entrega y aprobación del expediente técnico.
Para efectos del pago de las contraprestaciones ejecutadas por el consultor, la Entidad
deberá contar con la siguiente documentación:
- Recepción y conformidad de parte de la Sub Gerencia de Obras Públicas.
- Informe del funcionario responsable del área usuaria (Sub Gerencia de Obras
Públicas) emitiendo su conformidad de la prestación efectuada.
- Comprobante de pago.
16. REAJUSTE
Ninguno
17. ADELANTOS
No se conceden adelantos
4. 18. PENALIDADES
En caso de retraso injustificado del contratista en la ejecución de las prestaciones objeto
del contrato, la Entidad le aplica automáticamente una penalidad por mora por cada día
de atraso. La penalidad se aplica automáticamente y se calcula de acuerdo a la siguiente
Fórmula:
Penalidad diaria = 0.10 x monto
F x plazo en días
Donde F tiene los siguientes valores:
a) Para plazos menores o iguales a sesenta (60) días,
Para bienes, servicios en general, consultorías y ejecución
de obras: F = 0.40.
b) Para plazos mayores a sesenta (60) días:
b.1) Para bienes, servicios en general y consultorías:
F = 0.25.
b.2) Para obras: F = 0.15.
Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que
debió ejecutarse o en caso que estos involucraran obligaciones de ejecución periódica,
a la prestación parcial que fuera materia de retraso.
Para efectos del cálculo de la penalidad diaria se considera el monto del contrato vigente.
Para los supuestos que por la naturaleza de la contratación, la fórmula indicada en el
presente artículo no cumpla con su finalidad, el Ministerio de Economía y Finanzas
mediante Resolución Ministerial puede establecer fórmulas especiales para el cálculo de
la penalidad por mora. Se considera justificado el retraso, cuando el contratista acredite,
de modo objetivamente sustentado, que el mayor tiempo transcurrido no le resulta
imputable. Esta calificación del retraso como justificado no da lugar al pago de gastos
generales de ningún tipo.
19. RESOLUCION DE CONTRATO
En caso que el consultor no cumpla con el plazo establecido (20 días calendarios) para
la presentación del expediente técnico motivo de la presente consultoría; la ENTIDAD lo
emplazara para que satisfaga tal requerimiento en un plazo de diez (10) días, bajo
apercibimiento de resolver el contrato y sin perjuicio de la aplicación de las penalidades
correspondientes por incumplimiento.
5. 2. REQUISITOS DE CALIFICACIÓN
A CAPACIDAD LEGAL
A.1 REPRESENTACIÓN
Requisitos:
Documento que acredite fehacientemente la representación de quien suscribe la oferta.
En el caso de consorcios,este documento debeser presentadopor cada uno de los integrantes del
consorcio que suscriba la promesa de consorcio, según corresponda.
Promesa de consorcio con firmas legalizadas1
, en la que se consigne los integrantes, el
representante común,el domicilio común y las obligaciones a las que se compromete cada uno de
los integrantes del consorcio así como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones.
(Anexo Nº 5)
La promesa de consorcio debe ser suscrita por cada uno de sus integrantes.
Acreditación:
Tratándose de persona jurídica, copia del certificado de vigencia de poder del representante legal,
apoderado o mandatario designado para tal efecto, expedido por registros públicos con una
antigüedad no mayor de treinta (30) días calendario a la presentación de ofertas,computada desde
la fecha de emisión.
En caso de persona natural,copia del documento nacional de identidado documento análogo,o del
certificado de vigencia de poder otorgado por persona natural,del apoderado o mandatario,según
corresponda, expedido por registros públicos con una antigüedad no mayor de treinta (30) días
calendario a la presentación de ofertas, computada desde la fecha de emisión.
Promesa de consorcio con firmas legalizadas.
A.2 HABILITACIÓN
Requisito:
El Postor debe estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores capítulo de
Consultores, CATEGORIA A
Acreditación:
Copia vigente del Registro Nacional de Proveedores.
IMPORTANTE:
En el caso de consorcios, cada integrante del consorcio que se hubiera comprometido a
ejecutar las obligaciones vinculadas directamente al objeto de la convocatoria debe acreditar
este requisito.
B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
B.1 CALIFICACIONES DEL PERSONAL CLAVE
FORMACIÓN ACADÉMICA
Requisitos:
JEFE DE PROYECTO
Ingeniero civil, colegiado, acreditado con copia de Título profesional y diploma de colegio
de ingenieros.
Acreditación:
Se acreditará con copia simple de TÍTULO PROFESIONAL, según corresponda y diploma de
colegio de ingenieros.
1 En caso de presentarse en consorcio.
6. Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido al personal
clave propuesto para la ejecución del servicio de consultoría de obra.
B.2 EXPERIENCIA DEL PERSONAL CLAVE
JEFE DE PROYECTO
Tener una antigüedad mínima de un (01) año en el ejercicio de la profesión.
Acreditación:
Se acreditará con copia simple del título profesional correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 6 referido al personal
clave propuesto para la ejecución del servicio de consultoría de obra.
Importante
De conformidad con el artículo 159 del Reglamento el supervisor, debe cumplir con la misma
experiencia establecida para el residente de obra.
C EXPERIENCIA DEL POSTOR
C.1 TIEMPO MÍNIMO DE EXPERIENCIA2
Requisitos:
El postor debe acreditar UN (01) año de experiencia efectiva especializada en servicios de consultoría
de obras generales.Correspondiente a la ELABORACION Y/O SUPERVISION Y/O EVALUACION DE
EXPEDIENTES TECNICOS.
Acreditación:
El tiempo de experiencia efectiva del postor se acreditará con copia simple de contratos ysu respectiva
conformidad o liquidación del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben llenar y presentar el Anexo Nº 7 referido al Tiempo
Mínimo de Experiencia del Postor.
B CAPACIDAD TÉCNICA Y PROFESIONAL
B.3 EQUIPAMIENTO ESTRATÉGICO
Requisitos:
- 01 COMPUTADORA
- 01 IMPRESORAS.
C EXPERIENCIA DEL POSTOR
C.2 EXPERIENCIA EN LA ACTIVIDAD
Requisitos:
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (01) VECES EL VALOR
REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN de servicios de consultoría de obra, correspondiente a la
actividad de ELABORACION Y/O SUPERVISION Y/O EVALUACION DE EXPEDIENTES TECNICOS
en general, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.
Acreditación:
Copia simple de contratos ysu respectiva conformidad por la prestación efectuada;o comprobantes de
pago cuya cancelación se acredite documentalyfehacientemente,con facturas,recibos por honorarios
u otro documento que sustente la actividad o servicio, correspondientes a un máximo de diez (10)
contrataciones.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación,se
debe acreditar que correspondena dicha contratación;de lo contrario,se asumirá que los comprobantes
acreditan contrataciones independientes,en cuyo caso solo seconsiderará,para la evaluación,las diez
2 De conformidad con el tiempo mínimo de experiencia establecido en la definición “consultoría de obras” que consta
en el Anexo Único de Definiciones del Reglamento.
7. (10) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 8 referido a la Experiencia del Postor en la
Actividad.
En el caso de servicios de ejecución periódica,solo se considera como experienciala parte del contrato
que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las
conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado;de lo contrario, no se computará la experiencia
proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012,la calificación se ceñirá al métododescrito en la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD,debiendo
presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa
de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el
porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en
moneda extranjera,debe indicarse el tipo de cambio venta publicadapor la Superintendencia de Banca,
Seguros yAFP correspondiente a la fecha de suscripcióndel contrato o de cancelación delcomprobante
de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior,los postores debenllenar ypresentar el AnexoNº 8 referido a la Experiencia
del Postor en la Actividad.
Importante
En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva N°
002-2016-OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones del
Estado”.
C.3 EXPERIENCIA EN LA ESPECIALIDAD
Requisitos:
El postor debe acreditar un monto facturado acumulado equivalente a UNA (01) VECES EL VALOR
REFERENCIAL DE LA CONTRATACIÓN de servicios de consultoría de obra, correspondiente a la
actividad de ELABORACION Y/O SUPERVISION Y/O EVALUACION DE EXPEDIENTES TECNICOS
en la especialidad, durante los diez (10) años anteriores a la fecha de la presentación de ofertas.
Acreditación:
Copia simple de contratos ysu respectiva conformidad por la prestación efectuada;o comprobantes de
pago cuya cancelación se acredite documentalyfehacientemente,con facturas,recibos por honorarios
u otro documento que sustente la actividad o servicio, correspondientes a un máximo de diez (10)
contrataciones.
En caso los postores presenten varios comprobantes de pago para acreditar una sola contratación,se
debe acreditar que correspondena dicha contratación;de lo contrario,se asumirá que los comprobantes
acreditan contrataciones independientes,en cuyo caso solo seconsiderará,para la evaluación,las diez
(10) primeras contrataciones indicadas en el Anexo Nº 9 referido a la Experiencia del Postor en la
Especialidad.
En el caso de servicios de ejecución periódica,solo se considera como experienciala parte del contrato
que haya sido ejecutada a la fecha de presentación de ofertas, debiendo adjuntarse copia de las
conformidades correspondientes a tal parte o los respectivos comprobantes de pago cancelados.
En los casos que se acredite experiencia adquirida en consorcio, debe presentarse la promesa de
consorcio o el contrato de consorcio del cual se desprenda fehacientemente el porcentaje de las
obligaciones que se asumió en el contrato presentado;de lo contrario, no se computará la experiencia
proveniente de dicho contrato.
Asimismo, cuando se presenten contratos derivados de procesos de selección convocados antes del
20.09.2012,la calificación se ceñirá al métododescrito en la Directiva N° 002-2016-OSCE/CD,debiendo
presumirse que el porcentaje de las obligaciones equivale al porcentaje de participación de la promesa
de consorcio o del contrato de consorcio. En caso que en dichos documentos no se consigne el
8. porcentaje de participación se presumirá que las obligaciones se ejecutaron en partes iguales.
Cuando en los contratos o comprobantes de pago el monto facturado se encuentre expresado en
moneda extranjera,debe indicarse el tipo de cambio venta publicadopor la Superintendencia de Banca,
Seguros yAFP correspondiente a la fecha de suscripcióndel contrato o de cancelación delcomprobante
de pago, según corresponda.
Sin perjuicio de lo anterior,los postores debenllenar ypresentar el AnexoNº 9 referido a la Experiencia
del Postor en la Especialidad.
Importante
En el caso de consorcios, la calificación de la experiencia se realiza conforme a la Directiva
N° 002-2016-OSCE/CD “Participación de Proveedores en Consorcio en las Contrataciones
del Estado”.