Modificaciones al Reglamento del Dominio Público Hidráulico presentaciónJose Martos
Mediante el Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre, se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en materia de registro de aguas y criterios de valoración de daños al dominio público hidráulico
INFORME NO VINCULANTE SOBRE LA OBJECIÓN PARCIAL DEL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, RAFAEL CORREA DELGADO, AL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE RECURSOS HÍDRICOS, USOS Y APROVECHAMIENTO DEL AGUA.
TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO II - TRAMITE ÚNICO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE AGUAS
TÍTULO III - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DESTINADOS AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL
TÍTULO IV - PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA PARA USO DE AGUA SUBTERRÁNEA
TÍTULO V - PROCEDIMIENTOS DESTINADOS AL OTORGAMIENTO DE OTROS DERECHOS DE USO
DE AGUA
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Modificaciones al Reglamento del Dominio Público Hidráulico presentaciónJose Martos
Mediante el Real Decreto 670/2013, de 6 de septiembre, se modifica el Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, en materia de registro de aguas y criterios de valoración de daños al dominio público hidráulico
INFORME NO VINCULANTE SOBRE LA OBJECIÓN PARCIAL DEL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, RAFAEL CORREA DELGADO, AL PROYECTO DE LEY ORGÁNICA DE RECURSOS HÍDRICOS, USOS Y APROVECHAMIENTO DEL AGUA.
TÍTULO I - DISPOSICIONES GENERALES
TÍTULO II - TRAMITE ÚNICO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS EN MATERIA DE AGUAS
TÍTULO III - PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DESTINADOS AL OTORGAMIENTO DE LICENCIA DE USO DE AGUA SUPERFICIAL
TÍTULO IV - PROCEDIMIENTOS PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA PARA USO DE AGUA SUBTERRÁNEA
TÍTULO V - PROCEDIMIENTOS DESTINADOS AL OTORGAMIENTO DE OTROS DERECHOS DE USO
DE AGUA
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRE PUBLICACION DEL PROYECTO - REGLAMENTO DE LAS ORGANIZACIONES DE USUARIOS D...Junta De Usuarios Rímac
ASI ES COMO TRABAJAN LAS AUTORIDADES DE ESTE GOBIERNO SIN CONSULTAR A LOS USUARIOS AGRICULTORES O EXPLICARLES QUE SI LLEGA A SER DIRIGENTE Y SI NO SABE GESTIONAR Y/O ADMINISTRAR LO SANSIONARA EL ESTADO HASTA QUE LO REEMPLAZEN.
AHORA QUIEREN CONFUNDIR A LOS USUARIOS Y AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA QUE LOS
QUE ESTAN EN CONTRA DE ESTA LEY SOLO SON LOS DIRIGENTES QUE SE REELIGEN , MAS NO SEÑALAN QUE EN MUCHAS JUNTAS NADIE QUIERE ASUMIR ESE CARGO Y RESPONSABILIDAD COMO DIRECTIVO POR QUE ELLOS TRABAJAN AL AD HONOREN , DEJANDO MUCHAS VECES SUS OBLICACIONES PÉRSONALES, AHORA CON ESTA LEY HASTA AHORA LOS SANCIONAN Y CUANDO HABRA LA SANCION PARA LAS AUTORIDADES QUE NO PUEDEN SANCIONAR CUANDO CONTAMINAN LOS CANALES DE RIEGO.
Mejorando la estimación de emisiones GEI conversión bosque degradado a planta...CIFOR-ICRAF
Presented by Kristell Hergoualc'h (Scientist, CIFOR-ICRAF) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
Presentación de Inés Aguilar, de IITG Instituto Tecnológico de Galicia, en la píldora del jueves 30 de mayo de 2024, titulada "La Píldora de los Jueves: Performance Verification WELL".
AVANCCE DEL PORTAFOLIO 2.pptx por los alumnos de la universidad utpluismiguelquispeccar
espero que te sirve esta documento ya que este archivo especialmente para desarrollar una buena investigación y la interacción entre el individuo y el medio ambiente es compleja y multifacética, involucrando una red de influencias mutuas que afectan el desarrollo y el bienestar de las personas y el estado del entorno en el que viven.
La relación entre el individuo y el medio ambiente es un tema amplio que abarca múltiples disciplinas como la psicología, la sociología, la biología y la ecología. Esta interacción se puede entender desde varias perspectivas:
Inclusión y transparencia como clave del éxito para el mecanismo de transfere...CIFOR-ICRAF
Presented by Lauren Cooper and Rowenn Kalman (Michigan State University) at Workshop “Lecciones para el monitoreo transparente: Experiencias de la Amazonia peruana” on 7 Mei 2024 in Lima, Peru.
Lecciones para el monitoreo transparente Experiencias de la Amazonía peruana
PresentaciónRENUFA16062016.ppt
1. REGISTRO NACIONAL DE USUARIOS DE LAS FUENTES DE LAS AGUAS
(RENUFA).
Ley de Aguas Gaceta Oficial RBV N° 38.595 del 02-01-2007
Elaborado por:
Licdo. Rafael Vásquez.
División de Evaluación y Seguimiento del Aprovechamiento de las Aguas
Dirección de Gestión Integral de las Aguas
Dirección General de Conservación de Cuencas Hidrográficas
Junio, 2016
2. Puntos a tratar:
1. Condición que se debe cumplir para realizar el RENUFA.
2. Competencias sobre el RENUFA.
3. Novedades.
3. Condición que se debe cumplir para realizar el RENUFA:
• LA, Art 59: “A los efectos de la presente Ley, se entiende por
usuario o usuaria de las fuentes de agua, toda persona
natural o jurídica que realice un aprovechamiento lícito
directamente en la fuente, …”, esto se interpreta, que es
aquella persona natural o jurídica que le ha sido otorgado los
derechos y obligaciones por la Autoridad Nacional de las Aguas,
a través de la concesión, asignación o licencia para el
aprovechamiento de las aguas y es cuando el solicitante
finalmente adquiere la condición de usuario o usuaria de
las fuentes de agua.
4. Condición que se debe cumplir para realizar el RENUFA:
• LA, Art 85: “El objetivo general del Registro Nacional de
Usuarios y Usuarias de las Fuentes de las Aguas es servir de
instrumento de apoyo… para la protección de los derechos
de los usuarios y usuarias.”
• LA, Art. 86: “La inscripción en el Registro Nacional de Usuarios
y Usuarias de las Fuentes de las Aguas tendrá carácter
obligatorio para todos los usos sujetos a la tramitación de
concesiones, asignaciones y licencias.”
• LA, Art. 87: “El Registro Nacional de Usuarios y Usuarias de
las Fuentes de las Aguas tendrá carácter público y constituirá
un medio de prueba de la existencia de los derechos de
uso del recurso. …”
5. Competencias sobre el RENUFA:
Resolución Nº085 de fecha 22/02/2016, Gaceta Oficial RBV
N° 40.855 del 24-02-2016.
• Atribuye a la Directora o Director de la Dirección General de
Conservación de Cuencas Hidrográficas, a través del Art 5,
numeral 2: “Evaluar y emitir la Constancia de Inscripción del
Registro Nacional de Usuarios y Usuarias de las Fuentes
de las Aguas (RENUFA)”.
• Atribuyéndole a las Directoras y Directores Estadales de
Ecosocialismo y Aguas, a través del Art 8, sección IV. En
materia de Cuencas Hidrográficas, numeral 1: “Recibir,
evaluar y tramitar las solicitudes de inscripción en el sistema
automatizado para el Registro Nacional de Usuarios y Usuarias
de las Fuentes de las Aguas (RENUFA).
6. Novedades:
• En el Marco de la Ley de Simplificación de Trámites
Administrativos y de subsanar de acuerdo a lo establecido en
la Ley de Aguas, se encuentra la propuesta de la nueva
Resolución Ministerial de las Normas sobre el Registro
Nacional de Usuarios y Usuarias de las Fuentes de las
Aguas (RENUFA).
• Para comienzo del mes de julio 2016, se inicia con la primera
fase de auditoría del sistema automatizado para el Registro
Nacional de Usuarios y Usuarias de las Fuentes de las
Aguas (RENUFA).
7. Novedades:
• Oficina de Tecnologías de la Información y la Comunicación,
inició las prueba de la primera etapa del Sistema de Gestión de
Trámites Administrativos “SISTRA” del MINEA.
8. Novedades:
• El sistema de información se plantea como respuesta a la necesidad
del MINEA para sistematizar, agilizar y mejorar el seguimiento de los
Trámites Administrativos, desde el punto de vista de:
Registro de la solicitud del usuario que se dirige a la Taquilla
(Funcionario Taquilla)
Registro de la recepción y consignación de la documentación
requerida,
Seguimiento del proceso de la solicitud,
Registro de la decisión de la solicitud (Aprobación o rechazo),
Los procesos de notificación de los estatus de la solicitud al usuario vía
correo electrónico.
• Todo ello con el fin de facilitar la gestión eficiente, eficaz y transparente
del usuario con el MINEA y agilizar el trabajo del funcionario en cuanto
a la búsqueda de información a través del uso de tecnologías de la
información y la comunicación.
9. Novedades:
• La Dirección General de Conservación de Cuencas
Hidrográficas, tiene previsto elaborar el Manual de Normas y
Procedimientos para el Aprovechamiento del Recurso
Hídrico.
• La Dirección General de Conservación de Cuencas
Hidrográficas, creó un correo institucional para materia de
Aprovechamiento de las Aguas y RENUFA:
aprovechamientoaguas@minea.gob.ve