RESUMEN DEL REGLAMENTO GENERAL DE PRACTICAS - GRUPO 8.pptx
1. INTEGRANTES:
ARAUJO BAYLON JHONI OMAR
RAMOS RETO TONY PAULO (EXPOSITOR)
RODRIGUEZ NAVEZ DIANA
VALDERRAMA CISNEROS CHRISTIAN
DOCENTE:
Ing. CLAUDIA ROSALÍA VILLÓN PRIETO
2. ▪ EL TITULO I NOS HABLA ACERCA DE LOS REFORZAMIENTOS QUE TENDRA EL
ESTUDIANTE DE LAS COMPETENCIAS LABORALES SIGUIENDO UN MARCO
METODOLOGICO PARA PODER LOGRAR UN BUEN DESEMPEÑO LABORAL A
FUTURO. TAMBIEN NOS DICEN SOBRE EL CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO DEL
REGLAMENTO QUE ESTA FUNDAMENTADO SOBRE UN MARCO LEGAL Y
TAMBIEN LOS RESPONSABLES DE LA EJECUCION SON LOS DIRECTORES DE
ESCUELA, COODINADORES DE PROGRAMAS DE ESTUDIO Y DOCENTE.
▪ EL TITULO II NOS DEFINEN LAS FUNCIONES DE QUIENES SON LOS ORGANOS A
CARGO DEL DESARROLLO EL SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LAS PRACTICAS
PRE PROFESIONALES QUE SON EL DIRECTOR DE LA ESCUELA, COORDINADOR
DEL PROGRAMA ACADEMICO Y EL DOCENTE Y SUPERVISOR DE LAS PRACTICAS.
TITULO I Y II
DISPOSICIONES GENERALES
DE LA ESTRUCTURA
3. TITULO III
CAPÍTULO I: De la calificación y acreditación de los centros de práctica
o Artículo 17: Los centros de práctica receptores, deben acreditar la actividad del practicante y al
profesional-monitor dentro de la empresa, de modo que la universidad registre, realice seguimiento y
reconozca el periodo de práctica pre profesional.
o Artículo 18. Acreditación de la actividad a desempeñar: Las actividades serán acreditadas mediante
los Planes de Práctica. Las actividades que realice el estudiante deben estar relacionadas directamente
con las áreas que correspondan a su formación académica y al desarrollo de sus competencias
específicas.
o Artículo 19. Acreditación del profesional-monitor a cargo del practicante: El profesional a cargo del
practicante deberá tener título profesional y habilitación del colegio profesional correspondiente.
DE LOS CENTROS DE PRÁCTICA
4. CAPÍTULO II: De las condiciones
o Artículo 20 : La información necesaria para asesorar y desarrollar la propuesta de solución de la tarea
académica o casos de estudio será proporcionada por los centros de prácticas.
o Artículo 21. Obligaciones del centro de práctica o institución receptora
Las entidades receptoras deberán brindar las siguientes condiciones:
Brindar las facilidades para el acceso a la información necesaria para el desarrollo de las
soluciones de acuerdo a la naturaleza de la tarea académica.
Aprobar el plan de trabajo de los estudiantes.
Brindar la conformidad de la propuesta de solución desarrollado por los estudiantes.
Otorgar el respectivo certificado o constancia al término del periodo de las prácticas pre
profesionales.
o Artículo 22: La empresa o institución receptora debe brindar las facilidades para la formación pre
profesional del estudiante y su aprendizaje práctico.
5. TITULO IV
DE LAS PRÁCTICAS
PREPROFESIONALES
CAPÍTULO I: De las modalidades de prácticas pre profesionales
o Artículo 23. Aprendizaje con predominio en la empresa: Es la modalidad que permite a la persona en
formación, durante su condición de estudiante, potenciar sus competencias mediante el desempeño en
una situación real de trabajo.
o Esta modalidad se realiza mediante un plan de prácticas pre profesionales aprobado por el centro de
prácticas. El tiempo de duración es proporcional a la duración de la formación.
o Artículo 24. Aprendizaje con la aplicación del método de caso: La modalidad remota para la
implementación de las prácticas pre profesionales, será mediante el desarrollo del método de caso y/o la
elaboración de proyectos Innovadores que puede ser adaptado a cualquier programa de estudios
(estructura, cronograma, evaluación, presentación y sustentación). La elaboración de proyectos y/o
propuesta de solución de prácticas pre profesionales podrá ser elaborada de manera multidisciplinaria y
deberán contar con un asesor de prácticas.
o Los proyectos a desarrollar deben estar en concordancia con las competencias de las experiencias
curriculares de Prácticas Pre Profesionales, además estar en coherencia con el perfil de egreso y las
líneas de investigación del programa profesional.
6. CAPÍTULO II: De los tipos de prácticas pre profesionales
o Artículo 24. Práctica Pre profesional: Una persona en formación, debe aplicar sus conocimientos,
habilidades y aptitudes mediante el desempeño en una situación real. Las prácticas pre profesionales
consolidan el desarrollo de las habilidades sociales y personales relacionadas al ámbito laboral.
o Estas prácticas son obligatorias y están establecidas en el currículo de cada carrera profesional, su duración
se define en el plan de estudios. Tiene como finalidad insertar al estudiante a la vida laboral.
o Artículo 25. Revalidación de Prácticas Pre Profesionales: La jornada laboral de un estudiante podrá ser
convalidado como práctica pre profesional, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en el
presente reglamento. Para aprobar la matrícula en las prácticas pre profesionales.
o Artículo 25. Los directores y coordinadores de los programas de estudio deben asegurar:
Sistematización de las actividades laborales vinculadas al programa de estudios para estudiantes que
trabajan, debiendo presentar propuesta de solución y buenas prácticas.
Estudio de Casos, informes de resolución de problemas del entorno profesional. El programa de
estudios brindará los lineamientos para la aplicación del método del caso y deberá elaborar la
estructura del informe (estructura, presentación y sustentación).
Cursos de reforzamiento de competencias de egresos, evaluación mediante simuladores, talleres
virtuales, webinar, que será programado por el programa de estudios.
7. CAPÍTULO III: De la Jornada formativa
o Artículo 27. Jornada formativa de práctica pre profesional: El tiempo de
prácticas pre profesionales se especifica en el currículo de cada carrera
profesional.
8. CAPITULO I
Los requisitos
Articulo 28 Articulo 29 Articulo 30 Articulo 31
Presenta aquello
obligatorio para las
prácticas pre
profesionales
terminales
Para iniciar las prácticas
pre profesionales, el
estudiante debe:
a) Aprobar todas las
experiencias
curriculares
obligatorias y electivas
previas.
a) Acreditar experiencias
curriculares complementarias
(inglés y computación ).
no aplica cuando el
beneficiario, nacional
o extranjero, participe
en programas de
intercambio u otros
similares y desee
realizar prácticas pre
profesionales.
El periodo de práctica pre
profesional inicia oficialmente,
previa verificación de los
requisitos, con el registro en la
experiencia curricular de práctica
pre profesional terminal al inicio
de cada semestre académico.
TITULO V
DEL PROCEDIMIENTO DE PRÁCTICAS
PREPROFESIONALES
9. CAPITULO II
De las funciones del personal
Articulo 32 Articulo 33
Corresponde a la universidad, planificar,
dirigir y conducir, las actividades de
capacitación, perfeccionamiento y
especialización de los estudiantes en el
ámbito de sus competencias, así como
evaluar y certificar las actividades formativas
de manera no presencial.
Las prácticas pre profesionales inscritas de acuerdo al artículo
precedente son asistidas y monitoreadas obligatoriamente de
manera remota. Corresponde al docente responsable de la EC y al
docente supervisor de prácticas la ejecución, monitoreo,
evaluación e informe final del desarrollo de las prácticas en cada
semestre.
10. CAPITULO III
De la aprobación y documentación
Articulo 34
Articulo 35
Los criterios para la evaluación de las prácticas pre profesionales terminal
incluyen:
Talleres de reforzamiento, charlas y conversatorios, los que
pueden ser desarrollados mediante entornos virtuales.
Presentación de informes, exposiciones o sustentaciones sobre
la práctica pre profesional terminal.
Otros establecidos en el sílabo de la experiencia curricular.
El docente de la EC consolida las evaluaciones y
registra la calificación en el sistema
11. CAPITULO IV
Del Procesamiento Final de Resultados
Articulo 34
La nota final de la experiencia curricular se obtendrá
promediando los diferentes resultados parciales, según
el silabo de la experiencia curricular donde se precisan
los criterios de evaluación.
12. TITULO VI
DE LOS DERECHOS Y DEBERES
CAPITULO I
DE LOS DERECHOS DE LOS
PRACTICANTES
Corresponde al programa de estudio clasificar los centros de
prácticas pre profesionales acreditadas de acuerdo a la
especialidad que corresponda.
Articulo 37
13. CAPITULO II
Articulo 38
El estudiante deberá desarrollar las actividades con diligencia y
honestidad, por tiempo determinado, conforme a la normatividad
de la universidad y reglamentación.
Articulo 39
Los proyectos y/o propuestas de solución podrán ser elaborados
de manera multidisciplinaria contando con la participación de
máximo cuatro integrantes.
14. Son obligaciones de los estudiantes al presentar su plan de trabajo
aprobado por el centro de prácticas:
1. Guardar confidencialidad de la información recibida y conocida en
el desarrollo de sus actividades, observando el marco normativo
vigente sobre la materia.
2. Participar en las actividades de formación o capacitación que
correspondan.
3. Cumplir con el plan de trabajo que le hayan aprobado en el centro de
prácticas.
4. Cumplir con la regulación interna de la organización y universidad.
Articulo 39