ECONOMIA SOCIAL DE MERCADO Y DERECHO DE PROPIEDAD.pptx
DOCENTE
Rodríguez Briceño Manuel Antonio
INTEGRANTES
Chavez Geronimo Nayely
Rodríguez Vaca Cristian
CURSO: NORMATIVIDAD EN LA CONSTRUCCIÓN
Administración de Obras de Construcción Civil
ECONOMÍA SOCIAL ENEL REGIMEN CONSTITUCIONALYDERECHODEPROPIEDAD
Administración de Obras de Construcción Civil
¿QUÉ ES UN REGIMEN CONSTITUCIONAL?
• El régimen económico, en términos simples, consiste en las normas o principios
que definen el rol del Estado en materia económica y su relación con la actividad
empresarial.
Administración de Obras de Construcción Civil
ECONOMÍA SOCIAL DE MERCADO
• Artículo 58.- Economía Social de Mercado La iniciativa privada es libre. Se ejerce
en una economía social de mercado. Bajo este régimen, el Estado orienta el
desarrollo del país, y actúa principalmente en las áreas de promoción de empleo,
salud, educación, seguridad, servicios públicos e infraestructura.
Administración de Obras de Construcción Civil
ECONOMÍA SOCIAL DE MERCADO
• Se basa en la organización de los mercados como uno de los mejores
sistemas de asignación de recursos y trata de corregir y proveer las
condiciones institucionales, éticas y sociales para su operatoria eficiente
y equitativa.
Administración de Obras de Construcción Civil
HISTORIA
del desarrollo de la Economía Social de Mercado
• Müller- Armack (1899-1966) plasmó la idea fundamental de la Economía
Social de Mercado en una breve fórmula conceptual, cuyo contenido tiene que
ser aplicado tomando en cuenta las respectivas condiciones sociales de
implementación política.
Administración de Obras de Construcción Civil
Que significa
• Significa un mercado libre 100% sin ninguna
intervención estatal.
• Según el sistema de laissez faire (dejar hacer)
• Sistema basado en la idea de la mínima intervención
del estado en la economía, concepto desarrollado por
autores liberales como Adam Smith y discutida
después por John Stuart Mill
Administración de Obras de Construcción Civil
¿CÓMO SURGIO?
• La economía social de mercado surgió en la posguerra de
Alemania a raíz del llamado milagro económico, el cual se
dio gracias a la economía social de mercado, según la
enciclopedia británica
• Sistema implementado por Ludwig Erhard, que surgió como
alternativa al sistema laissez faire y a un gobierno socialista
Administración de Obras de Construcción Civil
ECONOMÍA SOCIAL DEL MERCADO
• Es un sistema que e opone al control estatal centralizado de la economía,
pero al mismo tiempo se opone a la idea de un mercado desregulado y 100%
libre, esto esta asociado con algo llamado ordoliberalizmo, que cree en que el
libre mercado debe ser dirigido para conseguir el bienestar de la sociedad.
• Este sistema parte de la idea de que el rol del estado es garantizar que exista
competencia en economía, intervenir para lograrlo y al mismo tiempo fomentar
ciertos aspectos de la economía y servicios básicos con programas estatales.
Administración de Obras de Construcción Civil
EN EL PERÚ
• En el Perú tenemos una economía social de mercado, según la constitución política, es decir. No
una economía 100% libre y desregulada, si no una económica que cree en la intervención
estatal para garantizar en teoría, el bienestar de la sociedad. Así nuestro sistema permite la
existencia de organismos reguladores del estado para poder regular ciertos servicios como
electricidad, agua, telecomunicaciones, etc. También existe el BCR, cuyo rol entre otras cosas
es manejar la inflación y la estabilidad de la moneda, además una característica esencial es que
permite al estado hacer empresa de forma subsidiaria por lo cual, según la constitución, si los
privados no pueden dar un servicio que sea de gran interés publico o de supuesta conveniencia
estatal, el estado a través de la autorización de una ley, puede realizar actividad empresarial.
Administración de Obras de Construcción Civil
¿QUÉ PROHÍBE LA CONSTITUCIÓN?
• Por otro lado, nuestra constitución también prohíbe el abuso de posición de
dominio o monopólicas, es decir que si hay una empresa que tiene un
monopolio o una posición dominante en un determinado mercado, por ejemplo
una empresa que tiene el monopolio de suministro de energía eléctrica, el
estado prohíbe que se pueda abusar de esa posición.
Administración de Obras de Construcción Civil
RESULTADOS DE LA ECONOMIA SOCIAL DE
MRCADO
• Nuestro sistema económico social de mercado a sido al alza, con un crecimiento
constante del PBI y una reducción de la pobreza multidimensional del 20% al 12.7%
en el 2006 al 2019 ubicándonos así en el puesto 50 de libertad económica.
Administración de Obras de Construcción Civil
DERECHO DE PROPIEDAD
• Artículo 70.- Inviolabilidad del derecho de propiedad
• A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de
seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en
efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el
eventual perjuicio.
Administración de Obras de Construcción Civil
• En la constitución se establece que todos tenemos derecho a la propiedad,
por lo tanto en el titulo del régimen económico la constitución desarrolla el
concepto de propiedad como un derecho garantizado por el estado, la cual la
constitución señala que el derecho a la propiedad es inviolable que el estado
lo garantiza.
• El derecho de propiedad se ejerce en armonía con el bien común dentro de la
ley.
Administración de Obras de Construcción Civil
• La propiedad es el poder jurídico que permite:
Usar
Disfrutar
Disponer
Y reivindicar un bien.
• Es decir que el propietario ejerce plenamente sus derechos sobre los 4 atributos de la
propiedad.
Percibiendo sus frutos
Concibiendo el bien
Enajenándolo
Ejerciendo las acciones de reivindicación
La cual les concede la ley.
Administración de Obras de Construcción Civil
DERECHOS DE LA PROPIEDAD
• En la doctrina del derecho civil se reconoce que la propiedad es
ABSOLUTA
PORQUE CONFIERE AL TITULAR SUS 4
ATRIBUTOS
EXCLUSIVA
PERPETUA
PORQUE DESCARTA TODO OTRO DERECHO
SOBRE EL BIEN YA SI EL PRPIETARIO QUIERE
CONCEDER OTRO
SU USO NUNCA EXTINGE EL DERECHO
Administración de Obras de Construcción Civil
EXISTEN DERECHO ABSOLUTOS?
• No, por que el propietario esta sujetos a las limitaciones de la ley, se puede ver
privada una persona de su propiedad por acción del estado?
• - sí, porque en nuestra constitución esta prevista la expropiación y en la ley
cumpliéndose los 3 requisitos.
1. Una causa de necesidad publica o seguridad nacional
2. Se requiere de ley, es decir el congreso debe expresar su voluntad mayoritaria y el
ejecutivo promulgar la ley correspondiente.
3. Previamente se page en efectivo la indemnización justipreciada que incluya una
compensación por el perjuicio.
Administración de Obras de Construcción Civil
• Así cómo lo estable la declaración universal de DD.HH nadie será privado
arbitrariamente de su propiedad se requiere siempre una causa para eliminar
el peligro de la arbitrariedad.
Administración de Obras de Construcción Civil