1. Presentación de estados financieros en la NIIF para PYMES Presentación preparada por Carlos Federico Torres Santa Fe, octubre de 2010
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14. Efectivo y equivalentes a efectivo La RT 9 identifica a este rubro en el estado de situación patrimonial como “Caja y Bancos”. En realidad, como expresa Fowler Newton, esa denominación refiere a los lugares donde se guarda el efectivo y no puntualmente a éste. En las MIIF el rubro incluye no sólo las disponibilidades sino también su equivalente, cuyo alcance es luego definido en el estado que específicamente refiere a este concepto. Dicho alcance coincide con el de la RT 8.
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34. Activos biológicos Activos biológicos a costo neto de depreciaciones acumuladas y el deterioro del valor, para el caso que el valor razonable no sea determinable sin esfuerzo desmedido. Activos biológicos a valor razonable con cambios en resultados. El VR previsto es asimilable al VNR en la RT 22, que ésta sólo aplica a los destinados a la venta y en su defecto: A diferencia de la RT 22, la sección 34. de la NIIF para PYMES al igual que las NIIF, no los clasifica en función de su destino (venta o uso como factor de la producción). Surgen así dos categorías para estos activos en función de su medición:
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48. Composición del patrimonio neto Comentario Esta información se brinda en el estado de cambios en el patrimonio (Estado de evolución del patrimonio neto en las normas argentinas) Clases de patrimonio, tales como capital desembolsado, primas de emisión, ganancias acumuladas y partidas de ingreso y gasto que, como requiere esta NIIF, se reconocen en otro resultado integral y se presentan por separado en el patrimonio.
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50. Reglas básica y complementarias Reglas complementarias Para activos y pasivos no operativos, como asimismo para entes en los que el ciclo operativo no es claramente determinable, rige la regla del año. Regla básica Ciclo operativo, que comprende el período abarcado desde la compra de bienes de cambio hasta la cobranza de la venta de los mismos.
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67. No reconocimiento de resultados extraordinarios (Párrafo 5.10.) Comentario Las NIIF vienen considerando que toda partida reconocida en resultados es propia del riesgo del negocio, por lo que no debe reconocerse nunca como extraordinaria. Una entidad no presentará ni describirá partidas de ingreso o gasto como “partidas extraordinarias” en el estado del resultado integral (o en el estado de resultados, si se presenta) o en las notas.
68. Desglose de gastos (Párrafo 5.11.) Comentario No existe la exigencia de la doble clasificación prevista en las normas contables argentinas, originadas a su vez en el art. 64 de la LSC. Criterio general Una entidad presentará un desglose de gastos empleando una clasificación basada en la naturaleza o en la función de los gastos en la entidad, adoptando la que proporcione la información que sea la más fiable y relevante.
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88. Participaciones no controladoras en subsidiarias (Párrafo 9.20.) Dentro del patrimonio, separado del patrimonio de los propietarios de la controladora Comentario En la RT 21, sección 2., se prevé incorporarla como una tercera fuente de financiación intercalada entre pasivo y patrimonio neto del grupo consolidado Participaciones no controladoras en el estado de situación financiera consolidado
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92. Glosario: Estados financieros separados Comentario: Por lo tanto las inversiones en los estados separados son medidas al costo. Son los presentados por una controladora, un inversor en una asociada o un participante en una entidad controlada conjuntamente, en los que las inversiones se contabilizan a partir de las cantidades directamente invertidas, y no en función de los resultados obtenidos y de los activos netos poseídos por la entidad participada (el destacado es agregado)