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RESUMEN EJECUTIVO
RESUMEN EJECUTIVO
¿Qué es Aso Marketing Digital?
Como asociación sin ánimo de lucro con sede en Bogotá Colombia, se
dedica exclusivamente a la representación, promoción y defensa de los
intereses empresariales y profesionales de sus asociados ante
organismos públicos y privados, tanto nacionales como extranjeros, y
ante trabajadores y sindicatos
El proyecto se fundó el 15 de Marzo de 2013 por iniciativa de Alejandro
González Prieto, Director de Marketing de Maval Mercadeo y Publicidad
y Maria Fernanda García Directora de Medios de Maval Mercadeo y
Publicidad.
La Asociación Colombiana de Marketing Digital reúne a todas las
agencias que dentro de sus servicios activos ofrezcan opciones de
Marketing Digital tales como; E-mail Marketing, Pauta en Buscadores
(SEM), Posicionamiento en buscadores (SEO), Social Media Manager
(Community Manager), Diseño Web, Diseño de aplicaciones móviles,
entre otros, comprometidas con el desarrollo del marketing digital en el
país.
“El valor agregado con respecto a otras iniciativas, públicas o privadas del
mismo tipo, es la respuesta y solución individual que daremos a aquellos que
se dirijan a nosotros, desde la experiencia y el conocimiento, y apoyando las
iniciativas de cualquier agencia o persona emprendedora en el campo del
Marketing Digital»
Alejandro González Prieto
Fundador y Director de Aso Marketing Digital
Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com
Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com
Ámbito de actuación
Objetivos
• La representación, promoción y defensa de los intereses empresariales y profesionales de sus
asociados ante organismos públicos y privados, tanto nacionales como extranjeros, y ante
trabajadores y sindicatos.
• Promover la colaboración con dichos organismos.
• Fomentar la comunicación y cooperación con organismos similares nacionales y de otros países.
• Difundir información económica, técnica, educativa y profesional para el desarrollo y
perfeccionamiento de tal actividad a los miembros de la Asociación.
• Organizar eventos y actividades formativas y proponer la enseñanza del Marketing digital hasta
conseguir que tales estudios se programen a semejanza de otros países, en los planes de
enseñanza de los organismos docentes, públicos y privados, y asesorar a los órganos de la
administración en cuantos asuntos traten de la regulación de la actividad de las empresas
asociadas.
• Defender la honestidad de la competencia y velar para que la actuación de los asociados se
acomode a las normas de ética establecidas por la Asociación y conciencias del necesario
cumplimiento de las normas de veracidad, legalidad, autenticidad y libre competencia y eliminar
las prácticas que supongan un descrédito a la actividad desarrollada por los asociados,
actuando, incluso mediante denuncias ante los organismos competentes, contra prácticas de
Marketing Digital que no se ajusten a los principios de correcta práctica comercial.
• Promocionar la imagen pública de la actividad de Marketing digital y estimular el público
reconocimiento de la función social y económica del mismo.
• El establecimiento de servicios propios de interés común para los asociados.
• El conocimiento de cuantos asuntos afecten al interés de los asociados, tales como información
sobre clientes morosos, apropiación indebida de ideas y técnicas, competencia desleal, solicitud
de proyectos sin claro interés de realización y cualquier otro que sea de interés general para los
asociados.
El ámbito de actuación de la Aso Marketing Digital se establece dentro del marco territorial de la
Comunidad de Colombiana.
De igual manera tenemos la clara proyección de formar un comunidad global enfocada en el
desarrollo del marketing Digital.
RESUMEN EJECUTIVO
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ESTATUTOS
CAPITULO I
NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO
ARTICULO 1. El nombre de la entidad es ASOCIACION COLOMBIANA DE MARKETING DIGITAL,
constituida en la ciudad de Bogotá D.C., la cual es una Entidad Sin Ánimo de Lucro, de carácter
privado, que como tal se regirá por el derecho privado, la Constitución Política Nacional,
Decretos 1529 de 1990, Decreto 2150 de 1995, Decreto 427 de 1996 y demás Normas legales
vigentes, de utilidad común, vigilada con lo dispuesto en la Normas de Ley vigentes.
ARTICULO 2. El término de duración de la Asociación será indefinido, pero podrá disolverse por
mandato expreso de la Asamblea General de Asociados y funcionará de conformidad a las
normas que la reglamenten.
ARTICULO 3. La Asociación tendrá su domicilio en el municipio de Cundinamarca, ciudad de
Bogotá D.C. y su radio de acción abarca todo el territorio colombiano.
PARÁGRAFO: Por ser una Entidad Sin Ánimo de Lucro, los rendimientos que se obtienen en el
desarrollo de su ejercicio no son objeto de su distribución entre los asociados, por lo tanto los
recursos que sus miembros entregan a su fundación no se consideran aporte de capital, sino
contribuciones de sostenimiento de la Asociación y en ningún caso son reembolsables ni
transferibles.
ARTICULO 4. OBJETO SOCIAL, es el siguiente:
c) Fomentar la comunicación y cooperación con organismos similares nacionales y de otros
países.
g) Promocionar la imagen pública de la actividad de Marketing digital y estimular el público
reconocimiento de la función social y económica del mismo.
PARÁGRAFO: la Asociación podrá adquirir los bienes necesarios a cualquier titulo para el
desarrollo de sus objetivos, todo en cooperación y colaboración de las entidades publicas y
privadas del orden nacional e internacional que se dediquen a actividades a fines a los de la
Asociación; en general podrá celebrar toda especie de actos o contratos
autorizados por la ley y los estatutos.
RESUMEN EJECUTIVO
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CAPITULO II
FINANCIACION
ARTICULO 5. FINANCIACION. La asociación no tiene ánimo de lucro, si bien para cubrir sus
gastos, podrá obtener sus recursos financieros de las siguientes fuentes:
Los recursos económicos de la Asociación, así como también su patrimonio, se destinarán al
cumplimiento del objeto de la Asociación.
El presupuesto será elaborado por la Junta Directiva y propuesto a la Asamblea para su
aprobación.
CAPITULO III
ASOCIADOS, REQUISITOS, DERECHOS Y DEBERES
ARTICULO 6. INGRESOS.Podrán ingresar como socios todos aquellos Freelance y Agencias sin
ninguna clase de distinción que entre sus actividades principales ofrezcan cualquier servicio que
haga referencia al Marketing Digital, y que cumplan con los requisitos de asociación y sean
admitidos por la Junta de Admisión de socios.
ARTICULO 7. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.Los asociados tienen los siguientes derechos: a)
Tomar parte en las Asambleas Generales con voz y con voto, b) Elegir y ser elegido para cargos
directivos, c) Proponer por escrito cuantas sugerencias crean oportunas, d) Solicitar información
a los directivos sobre el desarrollo de la asociación, e) Implementar en sus sitios web el logo
distintivo de la asociación, f) Intervenir, conforme a las normas legales o estatutarias en la
gestión económica y administrativa de la Asociación, g) Utilizar los servicios técnico-
profesionales de protección y asesoramiento económico y jurídico y las instalaciones sociales de
acuerdo con las normas del reglamento de Régimen Interior, h) Hacer pública su condición de
asociado respetando las limitaciones que la Asociación establezca para esta publicidad y utilizar
el logotipo de la asociación,
ARTICULO 8. DEBERES DE LOS ASOCIADOS.Son obligaciones de los socios: a) Participar en las
actividades de la asociación y trabajar para el logro de sus fines, b) Desempeñar los cargos para
los que fuese elegido, c) Asistir a las Asambleas Generales, d) Cumplir con los requisitos de
ingreso de asociados, e) Respetar los presentes estatutos, f) Hacer visible en su sitio web el logo
de distinción de la asociación, g) Cumplir con el pago de la Cuota de ingreso y las cuotas
periódicas aprobadas anteriormente por la asociación.
ARTÍCULO 10. La condición de socio se acreditará con el título nominativo expedido por la Junta
Directiva con la firma del Presidente.
ARTICULO 9.Los socios saldrán de la Asociación por alguna de las siguientes razones: a) Por
voluntad propia, b) Por cometer acciones que perjudiquen los intereses de la asociación,
mediante acuerdo de Asamblea General Extraordinaria, c) Por no cumplir con los requisitos de
asociación necesarios.
RESUMEN EJECUTIVO
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CAPITULO IV
ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LOS
ORGANOS DE ADMINISTRACIÓN,
DIRECCIÓN Y REVISORIA FISCAL
ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS, DIRECTOR EJECUTIVO, SUPLENTE Y REVISOR FISCAL
ARTICULO. 6°. ADMINISTRACION: La dirección y administración de la Asociación, estarán a cargo
de los siguientes órganos: a) La Asamblea General de Asociados, b) El Director Ejecutivo Principal
y Director Ejecutivo Suplente, Secretario y o Tesorero ART. 7°. LA ASAMBLEA GENERAL DE
ASOCIADOS la integran los asociados siendo la máxima autoridad, reunidos con el quórum y en
las demás condiciones establecidas en estos estatutos. Sus reuniones serán ordinarias y
extraordinarias. LAS REUNIONES ORDINARIAS se celebrarán dentro de los tres primeros meses
siguientes al vencimiento del ejercicio social, por convocatoria del Director Ejecutivo, hecha
mediante comunicación por escrito dirigida a cada uno de los Asociados con quince (15) días
hábiles de anticipación, por lo menos. Las Reuniones Ordinarias tendrán por objeto examinar la
situación de la fundación, designar los Administradores y demás funcionarios de su elección,
determinar las directrices de la fundación, considerar las cuentas y balances del último ejercicio,
resolver sobre la distribución de utilidades y acordar todas las providencias necesarias para
asegurar el cumplimiento del objeto social. LAS REUNIONES EXTRAORDINARIAS se efectuarán
cuando las necesidades imprevistas o urgentes de la fundación así lo exijan, por convocatoria del
Director Ejecutivo. La convocatoria para las reuniones extraordinarias se hará en la misma forma
que para las ordinarias, pero con una anticipación de cinco (5) días comunes. ART. 9° CON EL
AVISO DE CONVOCATORIA PARA LAS REUNIONES EXTRAORDINARIAS se especificaran los
asuntos sobre los que se deliberara y decidirá sin que puedan tratarse temas distintos, una vez
agotado el orden del día. En todo caso, podrá remover a los funcionarios cuya designación
corresponda. ART. 10°. SI SE CONVOCA LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS y la reunión no
se efectúa por falta de quórum, se citará a una nueva reunión que sesionará y decidirá
válidamente con un número plural de asociados. La nueva reunión deberá efectuarse no antes de
los diez (10) días hábiles, ni después de los treinta (30) días, también hábiles, contados desde la
fecha fijada para la primera reunión o cuando el Director Ejecutivo lo considere necesario. En
todo caso, las reformas estatutarias se adoptarán con la mayoría requerida por la ley o por estos
estatutos, cuando así la misma ley lo dispusiere.
RESUMEN EJECUTIVO
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ART.11°. HABRÁ QUÓRUM para deliberar y decidir tanto en las sesiones ordinarias como en las
extraordinarias si están presentes y/o representados la mayoría absoluta de los miembros que
conforman la Asamblea General de Asociados. ART.12°. TODO ASOCIADO podrá hacerse
representar en las reuniones de la Asamblea General de Asociados mediante poder otorgado por
escrito, en el que se indique el nombre del apoderado, la persona en quien éste puede sustituirlo
y la fecha de la reunión para la cual se confiere, así como los demás requisitos señalados en los
estatutos. El poder otorgado podrá comprender dos o más reuniones de la Asamblea General de
asociados. ART. 13°. LAS DECISIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS se harán
constar en actas aprobadas por la misma, o por las personas que se designen en la reunión para
tal efecto, y firmadas por el Presidente y el Secretario de la misma, en las cuales deberá indicarse
su número, el lugar, la fecha y hora de la reunión; ART. 14°. SON FUNCIONES DE LA ASAMBLEA
GENERAL DE ASOCIADOS: a) Estudiar y aprobar las reformas de estatutos; b) Examinar, aprobar
o improbar nuevas políticas y supervigilar su aplicación; c) aprobar y adicionar el presupuesto
anual de ingresos y gastos de la Asociación ; d) Ejercer control sobre el funcionamiento general
de la Asociación; e) examinar las cuentas ,balances y correspondencia y demás documentos de la
Asociación; f) estudiar, aprobar o improbar los informes periódicos del revisor fiscal; g)
promover la consecución de auxilios y donaciones y velar por su adecuada inversión de acuerdo a
los objetivos de la Asociación; h) aceptar o no el ingreso de nuevos asociados, ya sea de carácter
activo o como colaboradores o como miembros honorarios; i) determinar el porcentaje que
corresponda como ingreso de patrimonio de Asociación; j) solicitar, recibir, aprobar o
desaprobar los informes del director ejecutivo y del revisor fiscal; k) expedir su propio
reglamento y las demás que le asignen las leyes y los estatutos.
RESUMEN EJECUTIVO
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CAPITULO V
REFORMA ESTATUTARIA
ARTICULO 15°. LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS, Las reformas de estatutos únicamente
podrán realizarse a través de la Asamblea General de Asociados, convocada para tal fin y
serán aprobadas con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus Asociados.
CAPITULO VI
DIRECTOR EJECUTIVO
ARTICULO 16°.DIRECTOR EJECUTIVO: La Asociación tendrá un Director Ejecutivo de libre
nombramiento y remoción de la Asamblea General de asociados, el cual tendrá un suplente,
que lo reemplazará en sus faltas absolutas, temporales o accidentales y cuya designación y
remoción corresponderá también a la Asamblea. El Director Ejecutivo tendrá un período de 2
años, sin perjuicio de que pueda ser reelegido indefinidamente o removido en cualquier
tiempo. ART 17°. El Director Ejecutivo es el Representante Legal de la Asociación, con
facultades, por lo tanto para ejecutar todos los actos y contratos acordes con la naturaleza de
su encargo y que se relacionen directamente con el giro ordinario de los negocios sociales. En
especial, el Director Ejecutivo tendrá las siguientes facultades: a) actuar como representante
legal de la Asociación; b) ejecutar las decisiones de la Asamblea general de asociados y
cumplir las ordenes emanadas de la misma; c) presentar para el estudio y consideración de la
Asamblea general de asociados, los planes y programas que deba desarrollar la Asociación; d)
elaborar el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Asociación y presentarlo a
consideración de la Asamblea; e) informar periódicamente a la Asamblea general de
asociados sobre la situación de la entidad y el cumplimiento de los fines propios de la misma;
f) velar por la adecuada utilización de los bienes y rentas de la Asociación., g) administrar el
personal al servicio de la Asociación, para cuyo efecto celebrara los contratos y efectuara las
operaciones a que hubiere lugar, h) constituir mandatarios para que representen a la
Asociación en asuntos judiciales y extrajudiciales, i) celebrar los contratos y ejecutar los actos
relacionados con los objetivos de la Asociación, con organismos nacionales y extranjeros,
públicos o privados, con personas naturales o jurídicas hasta un monto de trescientos salarios
mínimos mensuales, sin autorización de la Asamblea y por sumas mayores cuando ella la
autorice, j) crear los cargos necesarios para el normal funcionamiento de la Asociación y
establecer su remuneración.
RESUMEN EJECUTIVO
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CAPITULO VII
REVISOR FISCAL
ARTICULO 18. DEL REVISOR FISCAL.
a. Velar por que la contabilidad, actas, libros de tesorería, correspondencia y
ejecución presupuestal estén permanentemente actualizados y en regla.
b. Ejercer el control y vigilancia de todos los bienes de la Asociación.
PARÁGRAFO: Cuando el revisor fiscal abandone sus funciones sin causa justa, la Asamblea
General de Asociados, convocará a asamblea general para elegir su reemplazo por el resto
del periodo para el cual fue elegido.
CAPITULO VIII
DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
ARTICULO 19°. La Asociación se disolverá y liquidará: a) Por voluntad de sus Asociados, b)
Cuando transcurridos dos años contados a partir del reconocimiento de personería jurídica,
no hubieren iniciado actividades, c) Cuando se cancele la personería jurídica, d) Por extinción
de su patrimonio o destrucción de los bienes destinados a su manutención, e) Por
imposibilidad de desarrollar su objetivo social,f) Por las demás causales señaladas por la ley.
ARTICULO 20°. Decretada la disolución, la Asamblea General de Asociados procederá a
nombrar liquidador o liquidadores. Mientras no se hagan dichos nombramientos, actuará
el último representante legal inscrito en la cámara de comercio competente.
ARTICULO 21°. Terminado el trabajo de liquidación si existe un remanente después de
realizado el balance financiero, pasará en calidad de donación a otra entidad sin ánimo de
lucro que desarrolle un objeto social igual o similar al de la Asociación.
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Beneficios de Afiliado
Afiliándose a Aso Marketing Digital podrá acceder a información muy útil para su negocio
antes que otras empresas no afiliadas como estadísticas de mercado, lanzamiento de
nuevos productos, actualizaciones de plataformas y además podrá participar de comités,
capacitaciones, eventos y cursos con el objetivo de ampliar el conocimiento de su equipo de
trabajo y así aprovechar al máximo los medios digitales y sus ventajas.
Estos son algunos de nuestros beneficios:
1) Obtén nuestro sello de Afiliado
Podrás publicar nuestro sello de afiliación para que tus clientes y demás agencias
comprueben que eres una agenciad digital totalmente capacitada y que cumple con los
requerimientos para una buena prestación de servicio.
2) Acceso a todas nuestras capacitaciones
Accede a todos nuestros cursos online sin ningún costo adicional y mantente actualizado,
Aso Marketing Digital estará ofreciendo mensualmente cursos y capacitaciones puntuales,
esenciales para el desarrollo del Marketing Digital.
3) Acceso a la bolsa de empleo
Aso Marketing Digital ha creado un espacio en el que todas las empresas del medio tengan
la opción de buscar los profesionales que mejor se adapten a sus necesidades con la
seguridad de que tendrán los conocimientos y experiencias necesarios, gracias al filtro de
hojas de vida que realiza la Asociación. Así mismo podrán publicar sus ofertas laborales sin
ningún costo.
4) Análisis periódicos del mercado
Mantente informado y actualizado de las tendencias del mercado digital en Colombia y el
mundo. Conoce el perfil de tus consumidores y las estadísticas de consumo digital.
5) Actualización constante en las novedades del Marketing Digital
Conoce las novedades del Marketing Digital; aplicaciones, programas, nuevas agencias,
nuevas plataformas.
6) Descuentos en capacitaciones, seminarios y eventos
Disfruta de descuentos en cursos externos, seminarios y eventos privados.
7) Asesoría legal
Podrás tener a tu disposición asesoramiento jurídico para atender cuestiones relativas a
Publicidad Digital, Datos protegidos, e- commerce, etc.
RESUMEN EJECUTIVO
Afiliaciones
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Nuestras tarifas de afiliación dependerán del nivel de facturación anual, Todo con ánimo
de ser equitativos con aquellas agencias jóvenes o que están en proceso de creación. De
esta manera, nuestras tarifas de afiliación son las siguientes:
De igual manera deberán pagar una cuota de administración, la cual será Mensual y se
liquidará de igual manera:
Nota:
Todas las agencias aspirantes deberán someterse a la auditoria correspondiente para
garantizar el cumplimiento de los requisitos mínimos de ingreso.
RESUMEN EJECUTIVO
Tarifas
Facturación Tarifa
Más de $600.000.000 $3´600.000
Entre $150.000.000 y $600.000.000 $1´800.000
Hasta $150.000.000 $900.000
Facturación Tarifa
Más de $600.000.000 $500.000
Entre $150.000.000 y $600.000.000 $300.000
Hasta $150.000.000 $150.000
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Servicios que ofrece
Aso Marketing Digital
Aso Marketing Digital actúa como ente de respuesta a todas aquellas necesidades que
puedan tener los asociados en el país. Así mismo las agencias emprendedoras a la hora de
hacer realidad sus proyectos y poner en práctica sus negocios, pueden dirigirse a la
Asociación y sus profesionales, quienes darán una respuesta clara a sus dudas y necesidades
a través de equipos profesionales en el desarrollo del marketing Digital, de esta manera
encontraran los siguientes servicios:
- Cursos y capacitaciones.
- Bolsa de Empleos.
- Revista impresa y digital de la Asociación.
- Análisis e información del mercado actualizada.
- Actualización constante en las novedades del Marketing Digital
- Descuentos en capacitaciones, seminarios y eventos.
- Asesoría legal
Contactar con Aso Marketing Digital
DIRECCION EJECUTIVA
Alejandro González Prieto
Móvil: 314 269 6240
E-mail: director@asomarketingdigital.com
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Resumen ejecutivo Aso Marketing Digital

  • 2. RESUMEN EJECUTIVO ¿Qué es Aso Marketing Digital? Como asociación sin ánimo de lucro con sede en Bogotá Colombia, se dedica exclusivamente a la representación, promoción y defensa de los intereses empresariales y profesionales de sus asociados ante organismos públicos y privados, tanto nacionales como extranjeros, y ante trabajadores y sindicatos El proyecto se fundó el 15 de Marzo de 2013 por iniciativa de Alejandro González Prieto, Director de Marketing de Maval Mercadeo y Publicidad y Maria Fernanda García Directora de Medios de Maval Mercadeo y Publicidad. La Asociación Colombiana de Marketing Digital reúne a todas las agencias que dentro de sus servicios activos ofrezcan opciones de Marketing Digital tales como; E-mail Marketing, Pauta en Buscadores (SEM), Posicionamiento en buscadores (SEO), Social Media Manager (Community Manager), Diseño Web, Diseño de aplicaciones móviles, entre otros, comprometidas con el desarrollo del marketing digital en el país. “El valor agregado con respecto a otras iniciativas, públicas o privadas del mismo tipo, es la respuesta y solución individual que daremos a aquellos que se dirijan a nosotros, desde la experiencia y el conocimiento, y apoyando las iniciativas de cualquier agencia o persona emprendedora en el campo del Marketing Digital» Alejandro González Prieto Fundador y Director de Aso Marketing Digital Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com
  • 3. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com Ámbito de actuación Objetivos • La representación, promoción y defensa de los intereses empresariales y profesionales de sus asociados ante organismos públicos y privados, tanto nacionales como extranjeros, y ante trabajadores y sindicatos. • Promover la colaboración con dichos organismos. • Fomentar la comunicación y cooperación con organismos similares nacionales y de otros países. • Difundir información económica, técnica, educativa y profesional para el desarrollo y perfeccionamiento de tal actividad a los miembros de la Asociación. • Organizar eventos y actividades formativas y proponer la enseñanza del Marketing digital hasta conseguir que tales estudios se programen a semejanza de otros países, en los planes de enseñanza de los organismos docentes, públicos y privados, y asesorar a los órganos de la administración en cuantos asuntos traten de la regulación de la actividad de las empresas asociadas. • Defender la honestidad de la competencia y velar para que la actuación de los asociados se acomode a las normas de ética establecidas por la Asociación y conciencias del necesario cumplimiento de las normas de veracidad, legalidad, autenticidad y libre competencia y eliminar las prácticas que supongan un descrédito a la actividad desarrollada por los asociados, actuando, incluso mediante denuncias ante los organismos competentes, contra prácticas de Marketing Digital que no se ajusten a los principios de correcta práctica comercial. • Promocionar la imagen pública de la actividad de Marketing digital y estimular el público reconocimiento de la función social y económica del mismo. • El establecimiento de servicios propios de interés común para los asociados. • El conocimiento de cuantos asuntos afecten al interés de los asociados, tales como información sobre clientes morosos, apropiación indebida de ideas y técnicas, competencia desleal, solicitud de proyectos sin claro interés de realización y cualquier otro que sea de interés general para los asociados. El ámbito de actuación de la Aso Marketing Digital se establece dentro del marco territorial de la Comunidad de Colombiana. De igual manera tenemos la clara proyección de formar un comunidad global enfocada en el desarrollo del marketing Digital. RESUMEN EJECUTIVO
  • 4. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com ESTATUTOS CAPITULO I NOMBRE, DURACIÓN, DOMICILIO Y OBJETO ARTICULO 1. El nombre de la entidad es ASOCIACION COLOMBIANA DE MARKETING DIGITAL, constituida en la ciudad de Bogotá D.C., la cual es una Entidad Sin Ánimo de Lucro, de carácter privado, que como tal se regirá por el derecho privado, la Constitución Política Nacional, Decretos 1529 de 1990, Decreto 2150 de 1995, Decreto 427 de 1996 y demás Normas legales vigentes, de utilidad común, vigilada con lo dispuesto en la Normas de Ley vigentes. ARTICULO 2. El término de duración de la Asociación será indefinido, pero podrá disolverse por mandato expreso de la Asamblea General de Asociados y funcionará de conformidad a las normas que la reglamenten. ARTICULO 3. La Asociación tendrá su domicilio en el municipio de Cundinamarca, ciudad de Bogotá D.C. y su radio de acción abarca todo el territorio colombiano. PARÁGRAFO: Por ser una Entidad Sin Ánimo de Lucro, los rendimientos que se obtienen en el desarrollo de su ejercicio no son objeto de su distribución entre los asociados, por lo tanto los recursos que sus miembros entregan a su fundación no se consideran aporte de capital, sino contribuciones de sostenimiento de la Asociación y en ningún caso son reembolsables ni transferibles. ARTICULO 4. OBJETO SOCIAL, es el siguiente: c) Fomentar la comunicación y cooperación con organismos similares nacionales y de otros países. g) Promocionar la imagen pública de la actividad de Marketing digital y estimular el público reconocimiento de la función social y económica del mismo. PARÁGRAFO: la Asociación podrá adquirir los bienes necesarios a cualquier titulo para el desarrollo de sus objetivos, todo en cooperación y colaboración de las entidades publicas y privadas del orden nacional e internacional que se dediquen a actividades a fines a los de la Asociación; en general podrá celebrar toda especie de actos o contratos autorizados por la ley y los estatutos. RESUMEN EJECUTIVO
  • 5. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com CAPITULO II FINANCIACION ARTICULO 5. FINANCIACION. La asociación no tiene ánimo de lucro, si bien para cubrir sus gastos, podrá obtener sus recursos financieros de las siguientes fuentes: Los recursos económicos de la Asociación, así como también su patrimonio, se destinarán al cumplimiento del objeto de la Asociación. El presupuesto será elaborado por la Junta Directiva y propuesto a la Asamblea para su aprobación. CAPITULO III ASOCIADOS, REQUISITOS, DERECHOS Y DEBERES ARTICULO 6. INGRESOS.Podrán ingresar como socios todos aquellos Freelance y Agencias sin ninguna clase de distinción que entre sus actividades principales ofrezcan cualquier servicio que haga referencia al Marketing Digital, y que cumplan con los requisitos de asociación y sean admitidos por la Junta de Admisión de socios. ARTICULO 7. DERECHOS DE LOS ASOCIADOS.Los asociados tienen los siguientes derechos: a) Tomar parte en las Asambleas Generales con voz y con voto, b) Elegir y ser elegido para cargos directivos, c) Proponer por escrito cuantas sugerencias crean oportunas, d) Solicitar información a los directivos sobre el desarrollo de la asociación, e) Implementar en sus sitios web el logo distintivo de la asociación, f) Intervenir, conforme a las normas legales o estatutarias en la gestión económica y administrativa de la Asociación, g) Utilizar los servicios técnico- profesionales de protección y asesoramiento económico y jurídico y las instalaciones sociales de acuerdo con las normas del reglamento de Régimen Interior, h) Hacer pública su condición de asociado respetando las limitaciones que la Asociación establezca para esta publicidad y utilizar el logotipo de la asociación, ARTICULO 8. DEBERES DE LOS ASOCIADOS.Son obligaciones de los socios: a) Participar en las actividades de la asociación y trabajar para el logro de sus fines, b) Desempeñar los cargos para los que fuese elegido, c) Asistir a las Asambleas Generales, d) Cumplir con los requisitos de ingreso de asociados, e) Respetar los presentes estatutos, f) Hacer visible en su sitio web el logo de distinción de la asociación, g) Cumplir con el pago de la Cuota de ingreso y las cuotas periódicas aprobadas anteriormente por la asociación. ARTÍCULO 10. La condición de socio se acreditará con el título nominativo expedido por la Junta Directiva con la firma del Presidente. ARTICULO 9.Los socios saldrán de la Asociación por alguna de las siguientes razones: a) Por voluntad propia, b) Por cometer acciones que perjudiquen los intereses de la asociación, mediante acuerdo de Asamblea General Extraordinaria, c) Por no cumplir con los requisitos de asociación necesarios. RESUMEN EJECUTIVO
  • 6. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com CAPITULO IV ESTRUCTURA Y FUNCIONES DE LOS ORGANOS DE ADMINISTRACIÓN, DIRECCIÓN Y REVISORIA FISCAL ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS, DIRECTOR EJECUTIVO, SUPLENTE Y REVISOR FISCAL ARTICULO. 6°. ADMINISTRACION: La dirección y administración de la Asociación, estarán a cargo de los siguientes órganos: a) La Asamblea General de Asociados, b) El Director Ejecutivo Principal y Director Ejecutivo Suplente, Secretario y o Tesorero ART. 7°. LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS la integran los asociados siendo la máxima autoridad, reunidos con el quórum y en las demás condiciones establecidas en estos estatutos. Sus reuniones serán ordinarias y extraordinarias. LAS REUNIONES ORDINARIAS se celebrarán dentro de los tres primeros meses siguientes al vencimiento del ejercicio social, por convocatoria del Director Ejecutivo, hecha mediante comunicación por escrito dirigida a cada uno de los Asociados con quince (15) días hábiles de anticipación, por lo menos. Las Reuniones Ordinarias tendrán por objeto examinar la situación de la fundación, designar los Administradores y demás funcionarios de su elección, determinar las directrices de la fundación, considerar las cuentas y balances del último ejercicio, resolver sobre la distribución de utilidades y acordar todas las providencias necesarias para asegurar el cumplimiento del objeto social. LAS REUNIONES EXTRAORDINARIAS se efectuarán cuando las necesidades imprevistas o urgentes de la fundación así lo exijan, por convocatoria del Director Ejecutivo. La convocatoria para las reuniones extraordinarias se hará en la misma forma que para las ordinarias, pero con una anticipación de cinco (5) días comunes. ART. 9° CON EL AVISO DE CONVOCATORIA PARA LAS REUNIONES EXTRAORDINARIAS se especificaran los asuntos sobre los que se deliberara y decidirá sin que puedan tratarse temas distintos, una vez agotado el orden del día. En todo caso, podrá remover a los funcionarios cuya designación corresponda. ART. 10°. SI SE CONVOCA LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS y la reunión no se efectúa por falta de quórum, se citará a una nueva reunión que sesionará y decidirá válidamente con un número plural de asociados. La nueva reunión deberá efectuarse no antes de los diez (10) días hábiles, ni después de los treinta (30) días, también hábiles, contados desde la fecha fijada para la primera reunión o cuando el Director Ejecutivo lo considere necesario. En todo caso, las reformas estatutarias se adoptarán con la mayoría requerida por la ley o por estos estatutos, cuando así la misma ley lo dispusiere. RESUMEN EJECUTIVO
  • 7. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com ART.11°. HABRÁ QUÓRUM para deliberar y decidir tanto en las sesiones ordinarias como en las extraordinarias si están presentes y/o representados la mayoría absoluta de los miembros que conforman la Asamblea General de Asociados. ART.12°. TODO ASOCIADO podrá hacerse representar en las reuniones de la Asamblea General de Asociados mediante poder otorgado por escrito, en el que se indique el nombre del apoderado, la persona en quien éste puede sustituirlo y la fecha de la reunión para la cual se confiere, así como los demás requisitos señalados en los estatutos. El poder otorgado podrá comprender dos o más reuniones de la Asamblea General de asociados. ART. 13°. LAS DECISIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS se harán constar en actas aprobadas por la misma, o por las personas que se designen en la reunión para tal efecto, y firmadas por el Presidente y el Secretario de la misma, en las cuales deberá indicarse su número, el lugar, la fecha y hora de la reunión; ART. 14°. SON FUNCIONES DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ASOCIADOS: a) Estudiar y aprobar las reformas de estatutos; b) Examinar, aprobar o improbar nuevas políticas y supervigilar su aplicación; c) aprobar y adicionar el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Asociación ; d) Ejercer control sobre el funcionamiento general de la Asociación; e) examinar las cuentas ,balances y correspondencia y demás documentos de la Asociación; f) estudiar, aprobar o improbar los informes periódicos del revisor fiscal; g) promover la consecución de auxilios y donaciones y velar por su adecuada inversión de acuerdo a los objetivos de la Asociación; h) aceptar o no el ingreso de nuevos asociados, ya sea de carácter activo o como colaboradores o como miembros honorarios; i) determinar el porcentaje que corresponda como ingreso de patrimonio de Asociación; j) solicitar, recibir, aprobar o desaprobar los informes del director ejecutivo y del revisor fiscal; k) expedir su propio reglamento y las demás que le asignen las leyes y los estatutos. RESUMEN EJECUTIVO
  • 8. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com CAPITULO V REFORMA ESTATUTARIA ARTICULO 15°. LA REFORMA DE LOS ESTATUTOS, Las reformas de estatutos únicamente podrán realizarse a través de la Asamblea General de Asociados, convocada para tal fin y serán aprobadas con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus Asociados. CAPITULO VI DIRECTOR EJECUTIVO ARTICULO 16°.DIRECTOR EJECUTIVO: La Asociación tendrá un Director Ejecutivo de libre nombramiento y remoción de la Asamblea General de asociados, el cual tendrá un suplente, que lo reemplazará en sus faltas absolutas, temporales o accidentales y cuya designación y remoción corresponderá también a la Asamblea. El Director Ejecutivo tendrá un período de 2 años, sin perjuicio de que pueda ser reelegido indefinidamente o removido en cualquier tiempo. ART 17°. El Director Ejecutivo es el Representante Legal de la Asociación, con facultades, por lo tanto para ejecutar todos los actos y contratos acordes con la naturaleza de su encargo y que se relacionen directamente con el giro ordinario de los negocios sociales. En especial, el Director Ejecutivo tendrá las siguientes facultades: a) actuar como representante legal de la Asociación; b) ejecutar las decisiones de la Asamblea general de asociados y cumplir las ordenes emanadas de la misma; c) presentar para el estudio y consideración de la Asamblea general de asociados, los planes y programas que deba desarrollar la Asociación; d) elaborar el presupuesto anual de ingresos y gastos de la Asociación y presentarlo a consideración de la Asamblea; e) informar periódicamente a la Asamblea general de asociados sobre la situación de la entidad y el cumplimiento de los fines propios de la misma; f) velar por la adecuada utilización de los bienes y rentas de la Asociación., g) administrar el personal al servicio de la Asociación, para cuyo efecto celebrara los contratos y efectuara las operaciones a que hubiere lugar, h) constituir mandatarios para que representen a la Asociación en asuntos judiciales y extrajudiciales, i) celebrar los contratos y ejecutar los actos relacionados con los objetivos de la Asociación, con organismos nacionales y extranjeros, públicos o privados, con personas naturales o jurídicas hasta un monto de trescientos salarios mínimos mensuales, sin autorización de la Asamblea y por sumas mayores cuando ella la autorice, j) crear los cargos necesarios para el normal funcionamiento de la Asociación y establecer su remuneración. RESUMEN EJECUTIVO
  • 9. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com CAPITULO VII REVISOR FISCAL ARTICULO 18. DEL REVISOR FISCAL. a. Velar por que la contabilidad, actas, libros de tesorería, correspondencia y ejecución presupuestal estén permanentemente actualizados y en regla. b. Ejercer el control y vigilancia de todos los bienes de la Asociación. PARÁGRAFO: Cuando el revisor fiscal abandone sus funciones sin causa justa, la Asamblea General de Asociados, convocará a asamblea general para elegir su reemplazo por el resto del periodo para el cual fue elegido. CAPITULO VIII DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN ARTICULO 19°. La Asociación se disolverá y liquidará: a) Por voluntad de sus Asociados, b) Cuando transcurridos dos años contados a partir del reconocimiento de personería jurídica, no hubieren iniciado actividades, c) Cuando se cancele la personería jurídica, d) Por extinción de su patrimonio o destrucción de los bienes destinados a su manutención, e) Por imposibilidad de desarrollar su objetivo social,f) Por las demás causales señaladas por la ley. ARTICULO 20°. Decretada la disolución, la Asamblea General de Asociados procederá a nombrar liquidador o liquidadores. Mientras no se hagan dichos nombramientos, actuará el último representante legal inscrito en la cámara de comercio competente. ARTICULO 21°. Terminado el trabajo de liquidación si existe un remanente después de realizado el balance financiero, pasará en calidad de donación a otra entidad sin ánimo de lucro que desarrolle un objeto social igual o similar al de la Asociación. RESUMEN EJECUTIVO
  • 10. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com Beneficios de Afiliado Afiliándose a Aso Marketing Digital podrá acceder a información muy útil para su negocio antes que otras empresas no afiliadas como estadísticas de mercado, lanzamiento de nuevos productos, actualizaciones de plataformas y además podrá participar de comités, capacitaciones, eventos y cursos con el objetivo de ampliar el conocimiento de su equipo de trabajo y así aprovechar al máximo los medios digitales y sus ventajas. Estos son algunos de nuestros beneficios: 1) Obtén nuestro sello de Afiliado Podrás publicar nuestro sello de afiliación para que tus clientes y demás agencias comprueben que eres una agenciad digital totalmente capacitada y que cumple con los requerimientos para una buena prestación de servicio. 2) Acceso a todas nuestras capacitaciones Accede a todos nuestros cursos online sin ningún costo adicional y mantente actualizado, Aso Marketing Digital estará ofreciendo mensualmente cursos y capacitaciones puntuales, esenciales para el desarrollo del Marketing Digital. 3) Acceso a la bolsa de empleo Aso Marketing Digital ha creado un espacio en el que todas las empresas del medio tengan la opción de buscar los profesionales que mejor se adapten a sus necesidades con la seguridad de que tendrán los conocimientos y experiencias necesarios, gracias al filtro de hojas de vida que realiza la Asociación. Así mismo podrán publicar sus ofertas laborales sin ningún costo. 4) Análisis periódicos del mercado Mantente informado y actualizado de las tendencias del mercado digital en Colombia y el mundo. Conoce el perfil de tus consumidores y las estadísticas de consumo digital. 5) Actualización constante en las novedades del Marketing Digital Conoce las novedades del Marketing Digital; aplicaciones, programas, nuevas agencias, nuevas plataformas. 6) Descuentos en capacitaciones, seminarios y eventos Disfruta de descuentos en cursos externos, seminarios y eventos privados. 7) Asesoría legal Podrás tener a tu disposición asesoramiento jurídico para atender cuestiones relativas a Publicidad Digital, Datos protegidos, e- commerce, etc. RESUMEN EJECUTIVO Afiliaciones
  • 11. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com Nuestras tarifas de afiliación dependerán del nivel de facturación anual, Todo con ánimo de ser equitativos con aquellas agencias jóvenes o que están en proceso de creación. De esta manera, nuestras tarifas de afiliación son las siguientes: De igual manera deberán pagar una cuota de administración, la cual será Mensual y se liquidará de igual manera: Nota: Todas las agencias aspirantes deberán someterse a la auditoria correspondiente para garantizar el cumplimiento de los requisitos mínimos de ingreso. RESUMEN EJECUTIVO Tarifas Facturación Tarifa Más de $600.000.000 $3´600.000 Entre $150.000.000 y $600.000.000 $1´800.000 Hasta $150.000.000 $900.000 Facturación Tarifa Más de $600.000.000 $500.000 Entre $150.000.000 y $600.000.000 $300.000 Hasta $150.000.000 $150.000
  • 12. Calle 63a 70 62 Bogotá | Tel. 4 340 199 | E-mail: contacto@asomarketingdigital.com | www.asomarketingdigital.com Servicios que ofrece Aso Marketing Digital Aso Marketing Digital actúa como ente de respuesta a todas aquellas necesidades que puedan tener los asociados en el país. Así mismo las agencias emprendedoras a la hora de hacer realidad sus proyectos y poner en práctica sus negocios, pueden dirigirse a la Asociación y sus profesionales, quienes darán una respuesta clara a sus dudas y necesidades a través de equipos profesionales en el desarrollo del marketing Digital, de esta manera encontraran los siguientes servicios: - Cursos y capacitaciones. - Bolsa de Empleos. - Revista impresa y digital de la Asociación. - Análisis e información del mercado actualizada. - Actualización constante en las novedades del Marketing Digital - Descuentos en capacitaciones, seminarios y eventos. - Asesoría legal Contactar con Aso Marketing Digital DIRECCION EJECUTIVA Alejandro González Prieto Móvil: 314 269 6240 E-mail: director@asomarketingdigital.com RESUMEN EJECUTIVO DIRECCION EJECUTIVA Alejandro González Prieto Móvil: 314 269 6240 E-mail: director@asomarketingdigital.com