1. EL PLAGIO
se define plagio como acción de «copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como
propias». Desde el punto de vista legal es una infracción al derecho a autor acerca de
una obra artística o intelectual de cualquier tipo, en la que se incurre cuando se presenta
una obra ajena como propia u original.
Así pues, una persona comete plagio si copia o imita algo que no le pertenece y se hace
pasar por el (la) autor(a) de ello. En el caso de documentos escritos, por ejemplo, se
tipifica este delito cuando, sin uso de comillas o sin indicar explícitamente el origen, ni
citar la fuente original de la información, se incluye una idea, un párrafo o una frase
ajenos.
Esto constituye específicamente una violación a la paternidad de la obra, considerada
dentro del marco de los derechos morales
2. El plagio posee dos características
1. La copia total o parcial no autorizada de una obra ajena
2. La presentación de la copia como obra original propia, suplantando al autor verdadero
Que se puede a plagiar
Cualquier información en cualquier soporte, o cualquier obra literaria, científica o
artística:
exámenes, etc.
Monografías, folletos, impresos, escritos, informes, conferencias, etc.
Artículos de revistas, artículos de prensa, investigaciones de otras personas,
grabaciones, diagramas, gráficos, Composiciones musicales, con o sin letra
Obras dramáticas, musicales, coreografías y, en general teatrales
Obras cinematográficas y audiovisuales, obras multimedia y obras fotográficas
Escultura, dibujo, pintura y demás obras plásticas
Obras arquitectónicas y de ingeniería
Programas de ordenador y bases de datos
Formas de dibujos, signos, modelos, patentes, marcas, lemas y frases divulgatorias
de objetos producidos por las artes industriales
Y las obras derivadas de las originales, como las traducciones, adaptaciones,
revisiones, compendios, arreglos musicales, entre otros
3.
4. ¿COMO EVITO EL PLAGIO?
a) Cite directamente la fuente entre comillas y cite la referencia.
Ejemplo:
Como lo dijo un educador: "El plagio se define mejor como una actividad deliberada
– la copia consciente del trabajo de otros" (Swales, 125).
b) Parafrasee las ideas y cite la referencia. Usted no puede usar oraciones o párrafos
exactamente como están en el texto, aún cuando cite usted la referencia. Las
palabras que utilice deben ser LAS SUYAS.
Ejemplo:
Jhon Swales ha dicho que el plagio ocurre cuando una persona copia el trabajo de
otra y es perfectamente consciente de lo que está haciendo (125).
Fuente: Swales, Jhon y Christine B. Feak. Escritura Académica para Estudiantes
Graduados. Ann Arbor: University of Michigan Press, 1994.
(Las pautas de la MLA se utilizaron en las citas anteriores).
5. ¿COMO PUEDO PARAFRASEAR Y ESTAR SEGURO DE QUE NO
ME ESTOY “ROBANDO” LA FRASE DE OTRA PERSONA
a) Use sinónimos para todas las palabras que no sean genéricas.
b) Cambie de la voz activa a la pasiva, o viceversa.
c) Cambie la estructura de la frase.
d) Reduzca párrafos a frases.
e) Cambie partes del texto.
Miremos esta frase original:
A medida que los Estados Unidos se ha movido de una economía basada
en la industria a una que tiene como base los servicios y la información, se
ha presentado una caída en el nivel de los salarios de los trabajadores
industriales.
(Crandall, Joann,Maryanne Kearny Datesman y Edward N. Kearny, The
American Ways. Upper Saddle River: Prentice Hall Regents, 1997).
6. FORMAS ACEPTABLES PARA
PARAFRASEAR
El número de trabajos bien remunerados en las fabricas ha disminuido desde
que la economía americana se ha desplazado de la industria hacia el
suministro de servicios e información. (se cambió la estructura de la frase y
se usaron sinónimos)
Con la economía americana basada más información y servicios, existen cada
vez menos trabajos industriales bien pagados. (Párrafo reducido a frase,
uso de sinónimos)
El punto es que usted no puede sustituir simplemente algunas palabras por
sinónimos, o cambiar el orden de las palabras, –usted debe hacer un
esfuerzo importante para trasformar la oración en otra que conserve el
significado de la original, pero tan diferente de ésta como sea posible.
7. EL DERECHO DE AUTOR
El derecho de autor es un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos
morales y patrimoniales que la ley concede a los autores (losderechos de autor), por el solo
hecho de la creación de una obra literaria, artística, musical, científica o didáctica, esté publicada
o inédita.
Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la declaraciòn universal de
los derechos humanos
Que abarca el derecho de autor ?
El tipo de obras que abarca el derecho de autor incluye: obras literarias como novelas, poemas,
obras de teatro, documentos de referencia, periódicos y programas informáticos; bases de datos;
películas, composiciones musicales y coreografías; obras artísticas como pinturas, dibujos,
fotografías y escultura; obras arquitectónicas; publicidad, mapas y dibujos técnicos.
8. LOS DERECHOS DE AUTOR
El titular de los derechos de autor goza de derechos exclusivos respecto de:
Reproducir la obra en copias o fonogramas.
Preparar obras derivadas basadas en la obra.
Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de
transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias.
Presentar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y
coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales.
Mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas coreográficas,
pantomimas, obras pictóricas, gráficas y esculturales, incluyendo imágenes individuales de
películas u otras producciones audiovisuales.
En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión
audiodigital.
La protección del derecho de autor existe desde que la obra es creada de una forma fijada. El
derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor
que creó dicha obra. Solo el autor o aquellos cuyos derechos derivan del autor pueden reclamar
propiedad.
Los autores de una obra colectiva son co-dueños del derecho de autor de dicha obra a menos que
haya un acuerdo que indique lo contrario.
El derecho de autor de cada contribución individual de una publicación periódica o en serie, o
cualquier otra obra colectiva, existen a parte del derecho de autor de una obra colectiva en su
totalidad y están conferidos inicialmente al autor de cada contribución. La mera posesión de un
libro, manuscrito, pintura o cualquier otra copia o fonograma le otorga al dueño el derecho de
autor.
Los menores de edad pueden reclamar derecho de autor, pero las leyes específicas pueden
reglamentar cualquier transacción relacionada con este tema donde ellos sean parte.
9. CLASES DE DERECHOS DE
AUTOR
Dentro de la tradición jurídica del Derecho continental, Derecho internacional, y Derecho
mercantil, se suelen distinguir los siguientes tipos de derechos de autor:
Derechos patrimoniales: son aquellos que permiten de manera exclusiva la explotación
de la obra hasta un plazo contado a partir de la muerte del último de los autores,
posteriormente pasan a formar parte del dominio público pudiendo cualquier persona
explotar la obra.
Derechos morales: son aquellos ligados al autor de manera permanente y son
irrenunciables e imprescriptibles.
Derechos conexos: son aquellos que protegen a personas distintas al autor, como
pueden ser los artistas, intérpretes, traductores, editores, productores, etc.
Derechos de reproducción: es un fundamento legal que permite al autor de la obra
impedir a terceros efectuar copias o reproducciones de sus obras.
Derecho de comunicación pública: derecho en virtud del cual el autor o cualquier otro
titular de los derechos puede autorizar una representación o ejecución viva o en
directo de su obra, como la representación de una pieza teatral o la ejecución de una
sinfonía por una orquesta en una sala de concierto. Cuando los fonogramas se
difunden por medio de un equipo amplificador en un lugar público, como una
discoteca, un avión o un centro comercial, también están sujetos a este derecho.
Derechos de traducción: para reproducir y publicar una obra traducida se debe solicitar
un permiso del titular de la obra en el idioma original.
10. INTEGRANTES:
DANIELA CASAS
CINTHYA ROA
SARY GARCIA BRUNO