4. 8 . Posee gran versatilidad en la respuesta frente al delito económico, lo que lo diferencia de la delincuencia convencional que usualmente es voluble en materia penales. 9. Tutela intereses colectivas o supraindividuales: No hay titularidad personal del sujeto pasivo No opera el consentimiento en tanto pernusa legal o causa de atipicidad Supone la organización de los afectados colectivos para la defensa de los intereses lesionados o puestos en peligro 10. Por lo general a la normativa extrapenal para completar el marco de su tipicidad. 11. Supera o desborda el contenido del ilícito económico administrativo, al circunscribirse este a las relaciones anómalas entre el sujeto económico y la administración reguladora; en cambio el ilícito penal económico confronta al agente económico infractor con toda la sociedad.