2. Objetivos
Conocer las generalidades de la Ley de Impuesto a la
Transferencia de Bienes Muebles y a la Prestación de
Servicios.
Dualidad del IVA.
Identificar los cuatro hechos generadores que son
reconocidos por esta Ley.
Saber cuales son los principales requisitos para calificar y
registrarse como contribuyente de IVA.
Proceso de legalización de documentos y libros .
Caso practico.
3. En El Salvador fue adoptado un impuesto
similar en el año de 1900 por medio de la Ley
de Papel Sellado y Timbres, pero se presentó el
problema del efecto cascada ya que gravaba de
manera acumulativa todas las transacciones, la
cual fue sujeta a muchas reformas para hacer
correcciones dando origen a la creación de Ley
de Impuesto a la Transferencia de Bienes
Muebles y a la Prestación de Servicios, mejor
conocida como Ley del IVA. Su aprobación se
realizó mediante Decreto Legislativo número
296 de fecha 24 julio de 1992.
GENERALIDADES
5. IVA-CRÉDITO FISCAL
Corresponde al impuesto soportados en
algunos de los siguientes documentos
tributarios, comprobante de crédito fiscal
por compra, notas de crédito recibidas
que acrediten adquisiciones u utilización
de servicios efectuados en el periodo
respectivo. Es una cuenta del Activo.
Representa el IVA a favor del
contribuyente.
Definición
6. Clasificación del IVA
Crédito Fiscal
- Crédito fiscal por compras locales
- Crédito fiscal por importaciones
IVA Percibido -
Remanente de IVA crédito fiscal
7. IVA – DÉBITO FISCAL
Corresponde al impuesto soportados en
algunos de los siguientes documentos
tributarios; comprobante de crédito fiscal
por venta a contribuyente, facturas de
ventas a consumidor final,
comprobantes de retención a terceros y
notas de débitos. Es una cuenta del
pasivo. Representa el IVA a favor del
ministerio de hacienda.
Definición
11. 1.Transferencia de Bienes Muebles Corporales:
Artículo 5.- En el concepto de bienes muebles
corporales se comprende cualquier bien
tangible que sea transportable de un lugar a
otro por sí mismo o por una fuerza o energía
externa.
12. 2. Retiro de las Empresas de
Bienes Muebles Corporales:
Artículo 11.- Constituye hecho
generador del impuesto, el retiro o
desafectación de bienes muebles
corporales del activo realizable de la
empresa, aún de su propia producción,
efectuados por el contribuyente con
destino al uso o consumo propio, de los
socios, directivos o personal de la
empresa.
13. 3. Importación e Internación
de Bienes Muebles y
Servicios: Artículo 14.- Existe importación o
internación de servicios cuando la
actividad que generan los servicios se
desarrolla en el exterior y son prestados
a un usuario domiciliado en el país que
los utiliza en él, tales como: asesorías o
asistencias técnicas, marcas, patentes,
modelos, informaciones, programas de
computación y arrendamiento de bienes
muebles corporales.
14. a) Importación: es la introducción legal
de mercancías y la utilización de
servicios procedentes del exterior, para
su uso o consumo en el territorio
aduanero nacional, previo cumplimiento
de todas las formalidades aduaneras y
de otro carácter que sean necesarias,
para que dichas mercancías queden en
libre circulación o se cumplan las
condiciones o requisitos para su
utilización.
15. b) Internación: es la introducción legal de
mercancías originarias de los países
firmantes del Tratado General de Integración
Económica Centroamericana y la utilización
de servicios prestados por dichos países,
para su uso o consumo en el territorio
aduanero nacional, previo cumplimiento
de todas las formalidades aduaneras y de
otro carácter, que sean necesarias para que
dichas mercancías queden en libre circulación
o se cumplan las condiciones o requisitos
para su utilización, en el caso de los servicios.
16. 4. Prestación de Servicios:
Artículo 17.- Para los efectos del impuesto, son
prestaciones de servicios todas aquellas
operaciones onerosas, que no consistan en la
transferencia de dominio de bienes muebles
corporales, señalándose entre ellas las siguientes:
17. a) asesorías técnicas y elaboración de
planos y proyectos;
b) arrendamientos de bienes muebles
corporales con o sin promesa de venta u
opción de compra, subarrendamientos,
concesión o cualquier otra forma de cesión
del uso o goce de bienes muebles
corporales.
18. ¿QUIENES SON SUJETOS A INSCRIPCION?
De acuerdo al artículo 28 de la Ley del IVA los sujetos a inscribirse
son:
PERSONA NATURAL
Activo mayor a 20,000.00₵
equivalentes a $2,285.71
Ventas o Prestación de Servicios de
los últimos 12 meses anteriores
mayor a 50,000.00 equivalentes a₵
$5,714.29
Importaciones e Internaciones es
obligatoria la inscripción
PERSONA JURIDICA Es obligación inscribirse
19. REQUISITOS PARA SER CONTRIBUYENTES
SECTOR
DOCUMENTOS
ORIGINALY
COPIADE
CONTRATO DE
ARRENDAMIENTO
DE LOCAL
ORIGINAL Y
COPIA DE
RECIBOS
DEAGUA,
LUZO
TELÉFONO
BALANCE
INICIAL
COPIA
SIMPLE Y
LEGIBLE DE
CARTA DE
COMPRA
VENTA DE
RESES
COPIA SIMPLE
Y LEGIBLE DE
CONTRATO DE
COMPRA
VENTA DE
COSECHA
CONTRATO
DE TRABAJO,
CONSTANCIA
0 CARTA DE
CLIENTES
COPIA SIMPLE
Y LEGIBLE DE
TITULO
PROFESIONAL
ORIGINAL Y
COPIA
SIMPLE Y
LEGIBLE DE
FIANZA
VISA
VIGENTE
TARJETA DE
CIRCULACION DE
VEHICULO 0
DOCUMENTO DE
COMPRAVENTA 0
CONTRATO DE
ARRENDAMIENTO
COMERCIO X X X
AGRICULTURA X X X X
GANADERIA X X X X
INDUSTRIA X X X
SERVICIOS
X X X X
PROFESIONALES X
SERVICIOS DE
ENCOMIENDA
X
X X X
TRANSPORTE X X
X
21. Solicitud de Asignación y autorización de correlativo
para la emisión de documentos legales por imprenta.
22. Es un documento que
muestra el carácter, la
cantidad, el precio las
condiciones, la forma
de entrega y otras
actividades, dentro de
un centro de trabajo.
¿Qué es una
factura?
23. ¿Para
que se
utiliza?
• Para reflejar la entrega
de un producto o de
un servicio y el
impuesto cobrado al
consumidor.
24. ¿Qué es un comprobante de
crédito fiscal?
El Comprobante
de Pago es un
documento que
acredita la
transferencia de
bienes, la
entrega en uso
o la prestación
de servicios.
25. ¿Para que
se utiliza?
Para la disminución
de un gasto sobre
los ingresos
(deducción) y/o la
disminución de un
impuesto contra el
que se tiene a cargo
(acreditamiento), y a
la vez permite
comprobar un
ingreso.
26. ¿Qué es una nota de
crédito?
Es el comprobante que una
empresa envía a su cliente, con el
objeto de informar la acreditación
en su cuenta un valor
determinado, por el concepto que
se indica en la misma nota.
27. Para productos vendidos, rebajas o disminución de
precios, devoluciones o descuentos especiales, o
corregir errores por exceso en la facturación. La
nota crédito disminuye la deuda o el saldo.
Por ejemplo: si por error, al cliente se le cobró por
las mercancías que se le vendieron, un valor mayor
al real, la empresa emite una nota crédito
mediante la cual disminuye la deuda del cliente por
el valor cobrado en exceso. Esta nota crédito es
una erogación para la empresa puesto que se debe
disminuir el valor que inicialmente se registró como
venta.
¿Para que se utiliza?
28. Es un comprobante que una empresa
envía a su cliente, en la que se le notifica
haber cargado o debitado en su cuenta
una determinada suma o valor, por el
concepto que se indica en la misma nota.
¿Qué es una nota
de débito?
29. Este documento incrementa el valor de la deuda
o saldo de la cuenta, ya sea por un error en la
facturación, interés por mora en el pago, o
cualquier otra circunstancia que signifique el
incremento del saldo de una cuenta.
Por ejemplo, si se le cobran intereses a un
cliente por incurrir en mora en el pago de sus
obligaciones, la empresa emite una nota debito
por el valor de los intereses, intereses que son
un ingreso financiero para la empresa. En este
caso, para el cliente la nota debito se convierte
en un egreso puesto que con ella se le esta
causando un cobro de intereses.
¿Para que se utiliza?
30. ¿Qué es comprobante
de retención?
Es una constancia de
que alguna persona
moral te retuvo algún
tipo de impuesto,
(relativo al Impuesto
Sobre la Renta), y sirve
para demostrar que
dicho impuesto te fue
retenido, y presentarlo a
las autoridad fiscal en
caso que te sea
requerido
• Para comprobar que
tu no eres la o él
responsable de
pagar esos
impuestos
31. MANEJO FISICO DE LA CUENTA
LIBROS
Compras
Ventas a contribuyente
Ventas a consumidor final