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CONTENIDO DEL ROC
TÍTULO I. Del alumnado (derechos y deberes).
TÍTULO II. El profesorado.
TÍTULO III. Las familias.
TÍTULO IV. El PAS.
TÍTULO V. El centro docente:
- Autonomía pedagógica.
- Plan de Centro.
- Plan de Convivencia.
- Normas de convivencia.
- Órganos colegiados de gobierno.
- Órganos de coordinación docente.
TÍTULO VI. Evaluación de los institutos.
COMPETENCIAS
a) Formular propuestas al Equ. Dir. y el Cons. Esc.
para el PdC.
b) Aprobar y evaluar los aspectos educativos del
PdC.
c) Aprobar las programaciones didácticas.
d) Fijar los criterios referidos a la tutoría y a la
orientación del alumnado.
e) Proponer iniciativas (experimentación,
innovación, investigación y formación).
f) Elegir sus representantes en el Cons. Esc. y
participar en la selección.
g) Conocer las candidaturas y los proyectos
presentados a la dirección.
h) Analizar y valorar el funcionamiento
general del instituto y el resultado de las
evaluaciones (externas e internas).
i) Informar el ROF.
j) Informar la Memoria de Autoevaluación.
k) Conocer la resolución de conflictos y la
imposición de sanciones velando porque
se ajusten a normativa.
l) Proponer medidas e iniciativas que
favorezcan la convivencia.
a) Velar por el buen funcionamiento del instituto.
b) Establecer el horario.
c) Adoptar las medidas para que se ejecuten los
acuerdos y velar por el cumplimiento de las
decisiones.
d) Elaborar el PdC y la Memoria de Autoevaluación.
e) Impulsar la coordinación con el resto de centros.
f) Favorecer la participación en redes de centros.
g) Colaborar con la Consejería.
h) Cumplimentar la documentación solicitada.
 Un director/a, un jefe/a de estudios, un secretario/a.
 Con 16 o más unidades y FP inicial, además una
vicedirección.
 Con 20 o más unidades una jefatura de estudios
adjunta.
 Entre 30 y 39 unidades, que impartan ESO, bachillerato
y formación profesional: dos jefaturas de estudios
adjuntas.
 Con 40 o más unidades que impartan ESO, bachillerato
y FP inicial: tres jefaturas de estudios adjuntas.
 Ostentar la representación del centro, representar a la
Adm. Educativa en el mismo y hacerles llegar los
planteamientos, aspiraciones y necesidades de la
comunidad educativa.
 Dirigir y coordinar todas las actividades del instituto.
 Ejercer la dirección pedagógica, facilitar un clima de
colaboración, designar el profesorado de atención a la
diversidad, promover la innovación e impulsar planes.
 Garantizar el cumplimiento de las leyes.
 Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito.
 Ejercer la potestad disciplinaria.
 Favorecer la convivencia en el centro.
 Impulsar la colaboración con las familias, instituciones y
organismos.
 Impulsar las evaluaciones internas y colaborar con las
externas.
 Convocar y presidir los actos académicos y sesiones del
Claustro y Consejo Escolar, ejecutando los acuerdos.
 Realizar las contrataciones de obras, servicios y
suministros, así como autorizar los gastos y ordenar los
pagos de acuerdo con el presupuesto.
 Visar las certificaciones y documentos oficiales.
 Proponer el nombramiento y el cese de los miembros
del equipo directivo.
 Proponer requisitos de especialización y capacitación
profesional respecto de determinados puestos de trabajo
docente del centro.
 Establecer el horario de dedicación del equipo directivo.
 Proponer el nombramiento y cese de las jefaturas de
departamento y otros órganos de coordinación didáctica,
oído el Claustro.
 Designar las jefaturas de la coordinación de las áreas de
competencia y nombrar y cesar a los tutores y tutoras.
 Decidir sobre las sustituciones del profesorado.
 Firmar convenios de colaboración con centros de
trabajo, previo informe favorable del Consejo Escolar.
 Incumplimiento injustificado del horario
hasta un máximo de 9 horas al mes.
 La falta injustificada en un día.
 El incumplimiento de los deberes y
obligaciones previstos en la legislación,
que no sean falta grave.
Estas faltas podrán ser sancionadas con apercibimiento.
 Colaborar con la dirección en el desarrollo de sus
funciones.
 Sustituir al director o directora.
 Mantener las relaciones administrativas con la Delegación.
 Promover e impulsar relaciones con el entorno.
 Promover relaciones con los centros de trabajo.
 Promover y coordinar las actividades complementarias y
extraescolares.
 Fomentar la participación de la comunidad educativa en la
vida y el gobierno del centro.
 Facilitar información sobre la vida del instituto.
 Promover e impulsar la movilidad del alumnado.
 Ejercer la jefatura del personal docente.
 Sustituir al director/a cuando no exista
vicedirector/a.
 Ejercer la presidencia en el ETCP.
 Proponer a la dirección el nombramiento/cese
de tutores/as.
 Coordinar las actividades con Primaria.
 Elaborar los horarios: general, alumnado,
profesorado, de acuerdo con los criterios del
Proyecto Educativo.
 Elaborar el Plan de Reuniones de los órganos de
coordinación docente.
 Coordinar la realización de pruebas y exámenes.
 Planificar las sesiones de evaluación.
 Coordinar las actividades de las jefaturas de dpto.
 Garantizar el cumplimiento de las programaciones
didácticas.
 Organizar los actos académicos.
 Organizar la atención y el cuidado del alumnado en los
recreos.
 Adoptar las decisiones relativas a la atención a la
diversidad.
 Ordenar el régimen administrativo del
instituto.
 Ejercer la secretaría de los órganos
colegiados.
 Custodiar los libros oficiales y archivos.
 Expedir las certificaciones.
 Realizar el inventario general y tenerlo
actualizado.
 Adquirir el material y equipamiento, custodiar,
gestionar y velar por su mantenimiento.
 Ejercer la jefatura del PAS y de atención
educativa complementaria.
 Elaborar el anteproyecto de presupuesto
de ingresos y gastos.
 Ordenar el régimen económico del
instituto, realizar la contabilidad y rendir
cuentas ante la Consejería.
 Renuncia motivada aceptada por la Delegación
Provincial, previo informe razonado de la dirección,
oído el Consejo Escolar.
 Cese de la dirección que los propuso.
 Cuando deje de prestar servicios en el centro.
 Cuando la reducción de unidades impida el
nombramiento de vicedirección o jefaturas adjuntas.
 A propuesta de la dirección, mediante escrito
razonado, previa audiencia al interesado y
comunicación al Claustro y Consejo Escolar.
CAPÍTULO VI
 Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del
grupo.
 Realizar la evaluación del alumnado.
 Garantizar que cada profesor/a informe al alumnado de
su programación.
 Mejorar el clima de convivencia del grupo.
 Tratar coordinadamente los conflictos del grupo.
 Conocer y participar en la información a las familias.
 Proponer y elaborar las ACIs no significativas.
 Atender a las familias.
 Colaborar con el Equ. Dir. en el Plan de Acción
Tutorial y el Plan de Convivencia.
 Colaborar y asesorar en el desarrollo de la
Atención a la Diversidad.
 Elaborar la programación didáctica de los
programas de Div. Curric.
 Elaborar la programación de los módulos
obligatorios de los PCPIs.
 Asesorar al alumnado sobre las opciones del
sistema educativo y la orientación profesional.
 Realizar la evaluación psicopedagógica del
alumnado.
 Asistir a las sesiones de evaluación.
 Asesorar al profesorado.
 Asesorar en mediación, resolución y regulación
de conflictos.
 Asesorar en la atención a la diversidad.
 Colaborar en el desarrollo del Plan de
Orientación y Acción Laboral.
 Asesorar a las familias.
 Impartir docencia.
 Realizar el diagnóstico de las necesidades formativas.
 Proponer al Equipo Directivo las actividades
formativas. (Plan de Formación)
 Elaborar con los CEPs los proyectos de formación en
centros.
 Coordinar la realización de actividades de
perfeccionamiento.
 Informar al Claustro de la oferta formativa del CEP.
 Investigar y difundir las buenas prácticas docentes.
 Fomentar el trabajo cooperativo.
 Informar sobre las líneas de investigación didáctica.
 Fomentar en los departamentos la elaboración de
materiales.
 Promover que las optativas y proyectos integrados se
basen en trabajos de investigación.
 Establecer indicadores de calidad.
 Elevar al Claustro el plan para evaluar.
 Colaborar con la AGAEVE.
 Proponer planes de mejora.
 Directrices para elaborar los aspectos educativos del PdC.
 Fijar las líneas generales de actuación pedagógica.
 Asesorar el Equ. Dir. en la elaboración de PdC.
 Directrices para elaborar las programaciones.
 Asesorar sobre el aprendizaje y la evaluación en
competencias.
 Proponer los criterios y procedimientos para atender a la
diversidad.
 Criterios para el funcionamiento del Aula de Convivencia.
 Velar por la evaluación y el cumplimiento de los aspectos
educativos del PdC.
 Desarrollar las actividades del Plan de Orientación y Acción
Tutorial.
 Conocer la aptitudes e intereses del alumnado.
 Coordinar la intervención educativa del Equipo Docente.
 Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas.
 Garantizar la coordinación de las actividades de
enseñanza/aprendizaje que se propongan a su alumnado.
 Organizar y presidir las reuniones del Equipo Docente y las
sesiones de evaluación.
 Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado.
 Cumplimentar la documentación personal y académica del
alumnado a su cargo.
 Recoger la opinión del alumnado respecto de su
proceso de enseñanza/aprendizaje.
 Informar al alumnado y a sus familias sobre el
desarrollo de su aprendizaje.
 Facilitar la comunicación y cooperación entre el
profesorado del Equipo Docente y las familias,
incluyendo la tutoría electrónica.
 Mantener una relación permanente con las familias
(entrevistas en horario de tarde)
 Facilitar la integración la participación del alumnado
en el grupo.
 Colaborar en la gestión del programa de gratuidad de
libros de texto.
 Colaborar con el Equipo Directivo en la elaboración de los
aspectos educativos del PdC.
 Elaborar la programación didáctica de acuerdo con el proyecto
educativo.
 Velar para que las programaciones didácticas incluyan el hábito
de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita.
 Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la
programación didáctica.
 Elaborar, realizar y evaluar las pruebas específicas para la
obtención del título de graduado en ESO.
 Organizar e impartir las materias en los cursos destinados a la
preparación de las pruebas de acceso a la formación profesional
inicial, de grado medio o superior.
 Colaborar en la aplicación de las medidas de atención a la diversidad.
 Organizar y realizar las pruebas para el alumnado de bachillerato o
ciclos formativos con materias o módulos pendientes.
 Resolver en 1ª instancia las reclamaciones derivadas del proceso de
evaluación.
 Proponer la distribución entre el profesorado de las materias,
atendiendo a criterios pedagógicos.
 Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza-
aprendizaje de las materias del dpto.
 Proponer los libros de texto y materiales complementarios.
 En los dptos de familia profesional: coordinar las actividades de los
módulos para asegurar la adquisición de las competencias
profesionales.
 Mantener actualizada la metodología didáctica y adecuarla a los
diferentes grupos y niveles.
 Podrá contemplarse su existencia o no en
el Proyecto Educativo.
 Promoverá, coordinará y organizará la
realización de las actividades.
 Tendrá un Jefe/a de departamento.
 Realizará sus funciones en colaboración
con la Vicedirección.
 Coordinar y dirigir las actividades del departamento.
 Convocar y presidir las reuniones del departamento y levantar
acta de las mismas.
 Coordinar la elaboración y aplicación de las programaciones
didácticas.
 Coordinar la organización de espacios e instalaciones, proponer
la adquisición de materiales y velar por su mantenimiento.
 Colaborar con la secretaría en la realización del inventario.
 Representar al departamento en la reuniones de las áreas de
competencias.
 En los departamentos de familia profesional, colaborar con la
vicedirección en las relaciones con las empresas.
 Cuando cese la dirección que las
propuso.
 Renuncia motivada aceptada por la
persona titular de la Delegación
Provincial, previo informe razonado de la
dirección.
 A propuesta de la dirección, mediante
informe razonado, oído el Claustro y con
audiencia al interesado/a.
CAPÍTULO VI
 La AGAEVE elaborará y desarrollará los planes
de evaluación de los IES.
 Las conclusiones obtenidas deberán tenerse
en cuenta para las próximas evaluaciones, así
como las situaciones socioeconómicas y
culturales del alumnado y las familias.
 La Consejería publicará periódicamente las
conclusiones de las evaluaciones llevadas a
cabo por la AGAEVE.

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Resumen Decreto 327 2010 ROC

  • 1. CONTENIDO DEL ROC TÍTULO I. Del alumnado (derechos y deberes). TÍTULO II. El profesorado. TÍTULO III. Las familias. TÍTULO IV. El PAS. TÍTULO V. El centro docente: - Autonomía pedagógica. - Plan de Centro. - Plan de Convivencia. - Normas de convivencia. - Órganos colegiados de gobierno. - Órganos de coordinación docente. TÍTULO VI. Evaluación de los institutos.
  • 3. a) Formular propuestas al Equ. Dir. y el Cons. Esc. para el PdC. b) Aprobar y evaluar los aspectos educativos del PdC. c) Aprobar las programaciones didácticas. d) Fijar los criterios referidos a la tutoría y a la orientación del alumnado. e) Proponer iniciativas (experimentación, innovación, investigación y formación). f) Elegir sus representantes en el Cons. Esc. y participar en la selección. g) Conocer las candidaturas y los proyectos presentados a la dirección.
  • 4. h) Analizar y valorar el funcionamiento general del instituto y el resultado de las evaluaciones (externas e internas). i) Informar el ROF. j) Informar la Memoria de Autoevaluación. k) Conocer la resolución de conflictos y la imposición de sanciones velando porque se ajusten a normativa. l) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia.
  • 5.
  • 6. a) Velar por el buen funcionamiento del instituto. b) Establecer el horario. c) Adoptar las medidas para que se ejecuten los acuerdos y velar por el cumplimiento de las decisiones. d) Elaborar el PdC y la Memoria de Autoevaluación. e) Impulsar la coordinación con el resto de centros. f) Favorecer la participación en redes de centros. g) Colaborar con la Consejería. h) Cumplimentar la documentación solicitada.
  • 7.  Un director/a, un jefe/a de estudios, un secretario/a.  Con 16 o más unidades y FP inicial, además una vicedirección.  Con 20 o más unidades una jefatura de estudios adjunta.  Entre 30 y 39 unidades, que impartan ESO, bachillerato y formación profesional: dos jefaturas de estudios adjuntas.  Con 40 o más unidades que impartan ESO, bachillerato y FP inicial: tres jefaturas de estudios adjuntas.
  • 8.  Ostentar la representación del centro, representar a la Adm. Educativa en el mismo y hacerles llegar los planteamientos, aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.  Dirigir y coordinar todas las actividades del instituto.  Ejercer la dirección pedagógica, facilitar un clima de colaboración, designar el profesorado de atención a la diversidad, promover la innovación e impulsar planes.  Garantizar el cumplimiento de las leyes.  Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito.  Ejercer la potestad disciplinaria.  Favorecer la convivencia en el centro.
  • 9.  Impulsar la colaboración con las familias, instituciones y organismos.  Impulsar las evaluaciones internas y colaborar con las externas.  Convocar y presidir los actos académicos y sesiones del Claustro y Consejo Escolar, ejecutando los acuerdos.  Realizar las contrataciones de obras, servicios y suministros, así como autorizar los gastos y ordenar los pagos de acuerdo con el presupuesto.  Visar las certificaciones y documentos oficiales.  Proponer el nombramiento y el cese de los miembros del equipo directivo.
  • 10.  Proponer requisitos de especialización y capacitación profesional respecto de determinados puestos de trabajo docente del centro.  Establecer el horario de dedicación del equipo directivo.  Proponer el nombramiento y cese de las jefaturas de departamento y otros órganos de coordinación didáctica, oído el Claustro.  Designar las jefaturas de la coordinación de las áreas de competencia y nombrar y cesar a los tutores y tutoras.  Decidir sobre las sustituciones del profesorado.  Firmar convenios de colaboración con centros de trabajo, previo informe favorable del Consejo Escolar.
  • 11.  Incumplimiento injustificado del horario hasta un máximo de 9 horas al mes.  La falta injustificada en un día.  El incumplimiento de los deberes y obligaciones previstos en la legislación, que no sean falta grave. Estas faltas podrán ser sancionadas con apercibimiento.
  • 12.  Colaborar con la dirección en el desarrollo de sus funciones.  Sustituir al director o directora.  Mantener las relaciones administrativas con la Delegación.  Promover e impulsar relaciones con el entorno.  Promover relaciones con los centros de trabajo.  Promover y coordinar las actividades complementarias y extraescolares.  Fomentar la participación de la comunidad educativa en la vida y el gobierno del centro.  Facilitar información sobre la vida del instituto.  Promover e impulsar la movilidad del alumnado.
  • 13.  Ejercer la jefatura del personal docente.  Sustituir al director/a cuando no exista vicedirector/a.  Ejercer la presidencia en el ETCP.  Proponer a la dirección el nombramiento/cese de tutores/as.  Coordinar las actividades con Primaria.  Elaborar los horarios: general, alumnado, profesorado, de acuerdo con los criterios del Proyecto Educativo.
  • 14.  Elaborar el Plan de Reuniones de los órganos de coordinación docente.  Coordinar la realización de pruebas y exámenes.  Planificar las sesiones de evaluación.  Coordinar las actividades de las jefaturas de dpto.  Garantizar el cumplimiento de las programaciones didácticas.  Organizar los actos académicos.  Organizar la atención y el cuidado del alumnado en los recreos.  Adoptar las decisiones relativas a la atención a la diversidad.
  • 15.  Ordenar el régimen administrativo del instituto.  Ejercer la secretaría de los órganos colegiados.  Custodiar los libros oficiales y archivos.  Expedir las certificaciones.  Realizar el inventario general y tenerlo actualizado.  Adquirir el material y equipamiento, custodiar, gestionar y velar por su mantenimiento.
  • 16.  Ejercer la jefatura del PAS y de atención educativa complementaria.  Elaborar el anteproyecto de presupuesto de ingresos y gastos.  Ordenar el régimen económico del instituto, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante la Consejería.
  • 17.  Renuncia motivada aceptada por la Delegación Provincial, previo informe razonado de la dirección, oído el Consejo Escolar.  Cese de la dirección que los propuso.  Cuando deje de prestar servicios en el centro.  Cuando la reducción de unidades impida el nombramiento de vicedirección o jefaturas adjuntas.  A propuesta de la dirección, mediante escrito razonado, previa audiencia al interesado y comunicación al Claustro y Consejo Escolar.
  • 19.
  • 20.  Llevar a cabo el seguimiento global del alumnado del grupo.  Realizar la evaluación del alumnado.  Garantizar que cada profesor/a informe al alumnado de su programación.  Mejorar el clima de convivencia del grupo.  Tratar coordinadamente los conflictos del grupo.  Conocer y participar en la información a las familias.  Proponer y elaborar las ACIs no significativas.  Atender a las familias.
  • 21.
  • 22.
  • 23.
  • 24.  Colaborar con el Equ. Dir. en el Plan de Acción Tutorial y el Plan de Convivencia.  Colaborar y asesorar en el desarrollo de la Atención a la Diversidad.  Elaborar la programación didáctica de los programas de Div. Curric.  Elaborar la programación de los módulos obligatorios de los PCPIs.  Asesorar al alumnado sobre las opciones del sistema educativo y la orientación profesional.
  • 25.  Realizar la evaluación psicopedagógica del alumnado.  Asistir a las sesiones de evaluación.  Asesorar al profesorado.  Asesorar en mediación, resolución y regulación de conflictos.  Asesorar en la atención a la diversidad.  Colaborar en el desarrollo del Plan de Orientación y Acción Laboral.  Asesorar a las familias.  Impartir docencia.
  • 26.
  • 27.  Realizar el diagnóstico de las necesidades formativas.  Proponer al Equipo Directivo las actividades formativas. (Plan de Formación)  Elaborar con los CEPs los proyectos de formación en centros.  Coordinar la realización de actividades de perfeccionamiento.  Informar al Claustro de la oferta formativa del CEP.  Investigar y difundir las buenas prácticas docentes.
  • 28.  Fomentar el trabajo cooperativo.  Informar sobre las líneas de investigación didáctica.  Fomentar en los departamentos la elaboración de materiales.  Promover que las optativas y proyectos integrados se basen en trabajos de investigación.  Establecer indicadores de calidad.  Elevar al Claustro el plan para evaluar.  Colaborar con la AGAEVE.  Proponer planes de mejora.
  • 29.
  • 30.  Directrices para elaborar los aspectos educativos del PdC.  Fijar las líneas generales de actuación pedagógica.  Asesorar el Equ. Dir. en la elaboración de PdC.  Directrices para elaborar las programaciones.  Asesorar sobre el aprendizaje y la evaluación en competencias.  Proponer los criterios y procedimientos para atender a la diversidad.  Criterios para el funcionamiento del Aula de Convivencia.  Velar por la evaluación y el cumplimiento de los aspectos educativos del PdC.
  • 31.  Desarrollar las actividades del Plan de Orientación y Acción Tutorial.  Conocer la aptitudes e intereses del alumnado.  Coordinar la intervención educativa del Equipo Docente.  Coordinar las adaptaciones curriculares no significativas.  Garantizar la coordinación de las actividades de enseñanza/aprendizaje que se propongan a su alumnado.  Organizar y presidir las reuniones del Equipo Docente y las sesiones de evaluación.  Coordinar el proceso de evaluación continua del alumnado.  Cumplimentar la documentación personal y académica del alumnado a su cargo.
  • 32.  Recoger la opinión del alumnado respecto de su proceso de enseñanza/aprendizaje.  Informar al alumnado y a sus familias sobre el desarrollo de su aprendizaje.  Facilitar la comunicación y cooperación entre el profesorado del Equipo Docente y las familias, incluyendo la tutoría electrónica.  Mantener una relación permanente con las familias (entrevistas en horario de tarde)  Facilitar la integración la participación del alumnado en el grupo.  Colaborar en la gestión del programa de gratuidad de libros de texto.
  • 33.  Colaborar con el Equipo Directivo en la elaboración de los aspectos educativos del PdC.  Elaborar la programación didáctica de acuerdo con el proyecto educativo.  Velar para que las programaciones didácticas incluyan el hábito de la lectura y la mejora de la expresión oral y escrita.  Realizar el seguimiento del grado de cumplimiento de la programación didáctica.  Elaborar, realizar y evaluar las pruebas específicas para la obtención del título de graduado en ESO.  Organizar e impartir las materias en los cursos destinados a la preparación de las pruebas de acceso a la formación profesional inicial, de grado medio o superior.
  • 34.  Colaborar en la aplicación de las medidas de atención a la diversidad.  Organizar y realizar las pruebas para el alumnado de bachillerato o ciclos formativos con materias o módulos pendientes.  Resolver en 1ª instancia las reclamaciones derivadas del proceso de evaluación.  Proponer la distribución entre el profesorado de las materias, atendiendo a criterios pedagógicos.  Evaluar la práctica docente y los resultados del proceso de enseñanza- aprendizaje de las materias del dpto.  Proponer los libros de texto y materiales complementarios.  En los dptos de familia profesional: coordinar las actividades de los módulos para asegurar la adquisición de las competencias profesionales.  Mantener actualizada la metodología didáctica y adecuarla a los diferentes grupos y niveles.
  • 35.  Podrá contemplarse su existencia o no en el Proyecto Educativo.  Promoverá, coordinará y organizará la realización de las actividades.  Tendrá un Jefe/a de departamento.  Realizará sus funciones en colaboración con la Vicedirección.
  • 36.  Coordinar y dirigir las actividades del departamento.  Convocar y presidir las reuniones del departamento y levantar acta de las mismas.  Coordinar la elaboración y aplicación de las programaciones didácticas.  Coordinar la organización de espacios e instalaciones, proponer la adquisición de materiales y velar por su mantenimiento.  Colaborar con la secretaría en la realización del inventario.  Representar al departamento en la reuniones de las áreas de competencias.  En los departamentos de familia profesional, colaborar con la vicedirección en las relaciones con las empresas.
  • 37.  Cuando cese la dirección que las propuso.  Renuncia motivada aceptada por la persona titular de la Delegación Provincial, previo informe razonado de la dirección.  A propuesta de la dirección, mediante informe razonado, oído el Claustro y con audiencia al interesado/a.
  • 39.  La AGAEVE elaborará y desarrollará los planes de evaluación de los IES.  Las conclusiones obtenidas deberán tenerse en cuenta para las próximas evaluaciones, así como las situaciones socioeconómicas y culturales del alumnado y las familias.  La Consejería publicará periódicamente las conclusiones de las evaluaciones llevadas a cabo por la AGAEVE.

Editor's Notes

  1. Los institutos que impartan educación permanente de adultos tendrán un jefatura de estudios específica. En el equipo directivo se integrará el profesorado responsable de la coordinación de aquellos planes estratégicos que se determinen. La dirección, previa comunicación al Claustro y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento del equipo directivo a la Delegación provincial, de entre el profesorado con destino en el centro.
  2. Los profesores de horario compartido pueden optar por pertenecer al Claustro del Centro donde imparten mayor horario.
  3. Convocatorias: 4 días mínimos de antelación las ordinarias y 48 horas las extraordinarias. Asistencia obligatoria: falta injustificada por incumplimiento de horario. Lo convoca el director o al menos un tercio del Claustro.
  4. Los institutos que impartan educación permanente de adultos tendrán un jefatura de estudios específica. En el equipo directivo se integrará el profesorado responsable de la coordinación de aquellos planes estratégicos que se determinen. La dirección, previa comunicación al Claustro y al Consejo Escolar, formulará propuesta de nombramiento del equipo directivo a la Delegación provincial, de entre el profesorado con destino en el centro.
  5. Las competencias de la jefatura de estudios adjunta serán las que le sean delegadas por la jefatura de estudios.
  6. En los institutos con formación profesional: departamentos de familia profesional. Los órganos creados tendrán un responsable con la misma categoría que la jefatura de dpto. Las funciones de estos responsables se recogerán en el proyecto educativo. El proyecto educativo podrá establecer los criterios pedagógicos para el funcionamiento de otros órganos de coordinación docente, siempre que su número no exceda el previsto en el ROC.
  7. La Jefatura de Estudios incluirá en el horario la planificación de las reuniones del los Equipos Docentes.
  8. Agruparán a los departamentos de coordinación didáctica.
  9. El representante, dispondrá de al menos 2 horas de reducción en su horario lectivo. Su designación corresponde a la dirección y será un jefe de dpto de los pertenecientes al área.
  10. Oído el claustro, la dirección formulará a la Delegación la propuesta de nombramiento de las jefaturas entre los definitivos en el centro y por dos cursos. Serán ejercidas, preferentemente, por los catedráticos/as.