1. Marco Jurídico Marco Jurídico Constitución de la República Bolivariana de Venezuela Art. 108 y 110 Ley Orgánica de la Educación Ley Orgánica de la Educación Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación. Decreto 825 Ley Orgánica de Telecomunicaciones Decreto 3.390 Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Las TIC´s en la Educación
2. Legalidad del uso de las TICS en la educación Ley Orgánica de Telecomunicaciones Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e innovación Ley Sobre Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas Const. República Bolivariana de Venezuela Art. 108-110 Decreto 825 El gobierno dotará a los colegios de tecnología suficiente para el desarrollo tecnológico Se definen los lineamiento que definen las políticas y estrategias para la actividad científica y tecnológica Normaliza el acceso y uso de Internet como política prioritaria para el desarrollo cultural, económico y política Decreto en el cual se obliga la Administración Pública a emplear el Software Libre de estándares abiertos Aparece la regulación general de las telecomunicaciones a fin de garantizar el derecho a las común Su finalidad es otorgar y reconocer eficacia y valor jurídico a la firma electrónica MARCO JURÍDICO DE LAS TICS EN VENEZUELA Fomenta a la creación, producción de información dirigidas a niños, niñas y adolescente Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Art. 68, 69, 70, 71, 72, 73 Decreto 3390 El estado optimizará la educación nocturna y la educación a distancia Ley Nacional de la Juventud Art. 29, 29, 38 Organiza y define lineamientos para tal fin Decreto N ° 1.290 Con fuerza de Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e Innovación