Alberto Lara López presenta una demanda ante el Juez de Primera Instancia de lo Familiar para cancelar la obligación alimenticia que tiene hacia su hija Karina Lara Tapia. Argumenta que su hija ya es mayor de edad y recientemente contrajo matrimonio, por lo que ya no requiere los alimentos. Solicita que se cite a Karina Lara Tapia, se ofrezcan pruebas como declaraciones y documentos, y en su momento se dicte sentencia a favor de la cancelación de la obligación alimenticia.
1. ALBERTO LARA LOPEZ
VS.
KARINA LARA TAPIA
INCIDENTE DE CANCELACION DE
PENSION ALIMENTICIA
I N I C I O.-
EXPEDIENTE NÚMERO: 234/2010
C. JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE LO FAMILIAR
PRESENTE
ALBERTO LARA LOPEZ, mexicano, mayor de edad, con la personalidad
que tengo debidamente acreditada en autos del expediente al rubro indicado,
promoviendo por mi propio derecho y señalando como domicilio procesal el
ubicado en ubicado en Mártires de Cananea, Fraccionamiento Misión,
Ensenada Baja California, autorizando como nuestros abogado patrono en los
términos del artículo 46 del Código Procesal Civil vigente en el Estado, a los
CC.LICS. Alberto Martinez Crisci, Lopez Meza, Murillo Muñoz e Hirales
Barragan, asi mismo y solo para recibir documentos y o notificaciones a los
P.D.D, Juan Perez Sandez.
Ante usted con el debido respeto comparezco para:
EXPONER:
Que por medio del presente escrito y con fundamento en el articulo 317
fraccion II del Codigo Civil en vigor, vengo a solicitar LA CANCELACIÓN DE LA
OBLIGACION ALIMENTICIA, que hasta la fecha de hoy sigo otorgando a favor de
mi hija de nombre KARINA de apellido LARA TAPIA, la cual puede ser
emplazada en Calle dieciocho numero 549 zona centro, de esta ciudad
siriviendo de fundamento los siguiente hecho considerados de derecho que a
continuacion se mencionan :
HECHOS:
1.- Como se acredito en el momento procesal oportuno dentro del
expediente 234/2009 el cual obra en los archivos de este H. Juzgado, en el año de
1990 contraje matrimonio civil con la C. KAREN TAPIA HERNANDEZ
2.- Producto de nuestro matrimonio, procreamos una hija de nombre
Karina de apellidos Lara Tapia, como quedo acreditado dentro de los autos del
expediente principal 234/2009 con las copias de los atestados de nacimiento y
que a la fecha acredita que es mayor de edad.
3.- Que con el escrito inicial de demanda de fecha (30) treinta de
septiembre del dos mil nueve (2009), promovimos nuestro divorcio por mutuo
consentimiento como consta en dicho expediente.
4- Mediante sentencia ejecutoriada se decreto la disolución del
vinculo matrimonial y se aprobó en todas y cada una de sus partes el convenio
celebrado que para tal fin se presento y quedo estipulado una PENSION
ALIMENTICIA a favor de mi hija de nombre KAREN de apellidos TAPIA
HERNANDEZ, por la cantidad resultante del 25% ( VEINTICINCO POR CIENTO)
de mi sueldo, como se puede observar en el expediente en cita.
5.- Que a la fecha de hoy mi hija KAREN de apellidos TAPIA
HERNANDEZ no requiere los alimentos para subsistir debido a que es mayor de
edad y recientemente acaba de contraer nupcias.
2. Por todo lo anteriormente expuesto y con fundamento en el articulo 317 fraccion II
y demás relativos y aplicables del Codigo Civil vigente para el Estado de Baja
California, me veo precisado a instaurar la presente demanda a efecto de que
cese la obligación alimentaria que tengo para con mi hija, que a la fecha es mayor
de edad y esta casada.
PRUEBAS :
I- LA CONFESIONAL a cargo de la demandada, KAREN TAPIA
HERNANDEZ, consistente en pliego de posiciones que deberá absolver en
forma personal y no por medio de apoderado legal el dia y hora que su señoria
señale, con el apercibimiento, de que en aso de no comparecer sin causa justa, se
le tendrá por confesa de aquellas posiciones que se califican de legales. Esta
prueba la relaciono con todos y cada uno de los hechos de mi escrito inicial de
demanda.
II- LA DECLARACION DE PARTE: a cargo de KAREN TAPIA
HERNANDEZ, consistente en interrogatorio que será formulado por esta parte
actora en relación a los hechos que motivaron la presente demanda. Esta prueba
la relaciono con todos y cada uno de los hechos de mi escrito de demanda.
III- DOCUMENTAL PUBLICA: consistente en copias simples del expediente
234/2009 el cual obra en los archivos de este H. Juzgado primero de lo familiar
del partido judicial de Ensenada, las cuales exhibo anexas al presente escrito y
lo dejo relacionado con todos y cada uno de los hechos de mi escrito inicial de
demanda
IV- DOCUMENTAL PUBLICA: consiste en acta de matrimonio certificada
expedida por el C. OFICIAL DEL REGISTRO CIVIL DE ESTA CIUDAD en
la cual acredito el matrimonio de mi hija KAREN TAPIA HERNANDEZ
DERECHO :
Son aplicables en cuanto al fondo lo contenido en el articulo 317 fraccion II y demás
relativos y aplicables del Codigo Civil vigente para el Estado de Baja California.
Norman el procedimiento lo dispuesto por los artículos 94 segundo párrafo, 925, 926,
927, 928 y demás relativos y aplicables del Codigo de Procedimientos Civiles vigente
para el Estado de Baja California.
Por lo anteriormente expuesto y fundado, A USTED C. JUEZ, atentamente pido
PRIMERO.- Tenerme pro presentado con este escrito, copia y documentos anexos,
demandado la cancelación de la obligación alimenticia que tengo para con mi hija, en la
forma propuesta.
SEGUNDO.- Con la copia simple de la demanda y demás documentos que le
acompañan, correr traslado y emplazar a la demandada para que produzcan contestación
a la presente, dentro de la forma y términos establecidos por la Ley
TERCERO.- Tenerme por ofrecidas las pruebas señaladas en el capitulo respectivo de
este escrito.
3. CUARTO.- Señalar fecha y hora para que tengan verificativo la audiencia de admisión
y desahogo de las pruebas ofrecidas.
QUINTO.- En su oportunidad y previo el agotamiento de los términos procesales,
dictar sentencia decretando que ha cesado la obligación alimenticia del suscrito respecto
a mi hija KAREN de apellido TAPIA HERNANDEZ
PROTESTO LO NECESARIO
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ALBERTO LARA LOPEZ
Ensenada, Baja California, a la fecha de 28 de octubre del 2011