Este documento presenta definiciones de empresa, sociedad y comerciante. Define una empresa como una actividad económica organizada para la producción, transformación o prestación de servicios. Explica los elementos de una empresa como personas, capital y trabajo. Clasifica las empresas por actividad, número de socios y forma de capital. Define una sociedad como la unión de personas con fines comunes y clasifica las sociedades comerciales en de personas, de capital y de naturaleza mixta. Finalmente, define un comerciante como alguien que se dedica profesionalmente a actividades
1. CONTABILIDAD GENERAL I
EMPRESAS Y SOCIEDADES
Mónica Sotelo Aguilar
sotello76@gmail.com
UNIVERSIDAD PANAMERICANA
2012
2. DEFINICION
“el organismo formado por
personas, bienes
materiales, aspiraciones y
realizaciones comunes para
dar satisfacciones a su
clientela“
Marketing, de Ricardo Romero, Editora Palmir E.I.R.L., Pág. 9.
3. DEFINICION
“Unidad de organización
dedicada a actividades
industriales, mercantiles o de
prestación de servicios con
fines lucrativos”
Real Academia Española - RAE
4. DEFINICION
EMPRESA
“Se entenderá por empresa toda
actividad económica organizada
para la producción,
transformación, circulación,
administración o custodia de
bienes, o para la prestación de
servicios. Dicha actividad se
realizará a través de uno o mas
establecimientos de comercio”
Art. 25 Codigo de Comercio
5. ELEMENTOS DE LA EMPRESA
1. Personas: Talento Humano
(propietarios, administradores
y trabajadores)
2. Capital: Aportes de los
propietarios (dinero, especie)
3. Trabajo: Actividad que realizan
las personas para lograr el
objetivo – (producción de
bienes, comercialización o
servicios)
6. CLASIFICACION DE LAS EMPRESAS
Actividad Agropecuarias
Comerciales
Mineras
Industriales
Servicios
No. Socios
Privada
Capital Publica
Mixta
7. SOCIEDAD
CONCEPTO
Reunión mayor o menor de personas, familias,
pueblos o naciones. RAE
La sociedad es un conjunto de individuos que
comparten una cultura con sus conductas y fines, y
que interactúan entre sí para formar una comunidad
8. SOCIEDAD
ART. 98. CONTRATO DE
SOCIEDAD
CONCEPTO - Por el contrato de sociedad dos o más
personas se obligan a hacer un aporte en dinero, en trabajo
o en otros bienes apreciables en dinero, con el fin de
repartirse entre sí las utilidades obtenidas en la empresa o
actividad social.
La sociedad, una vez constituida legalmente, forma una
persona jurídica distinta de los socios individualmente
considerados.
9. CLASIFICACION DE LAS SOCIEDADES
COMERCIALES
Son de naturaleza Sociedades de Personas
comercial cuando Sociedades de Capital
contemplan dentro Sociedades de Naturaleza
de su objeto social la Mixta
ejecución de una o Sociedades de
mas actividades Comercialización
mercantiles entre Internacional
http://www.virtual.unal.edu.co/cursos/e
ellas se encuentran: conomicas/2006862/lecciones/capitulo%
202/cap2_c_c1.htm
10. Sociedades de Personas
Aquellas sociedades donde Sociedad colectiva
lo mas importante son sus
las personas que la Sociedad en
conforman, su socios, y comandita simple
por lo general éstas Sociedad
sociedades están unipersonal
conformadas por
Cooperativas
miembros de una familia o
por amigos muy cercanos.
www.gerencie.com
Clasificación
11. Sociedad colectiva
Socios : Dos o Mas
Nombre: Socios Colectivos
Responsabilidad: Personal, ilimitada y
solidariamente.
Razón Social : Apellidos de los socios, algunos o
algunas de ellas, con la agregación de las
expresiones y compañía, hermanos e hijos u otra
análoga cuando no incluye los apellidos de los
socios Sociedades de
personas
12. Sociedad Comanditaria Simple
Formada por socios gestores que la administran y otros que no la
administran llamados socios comanditarios.
Responsabilidad ante terceros:
Comanditarios: Únicamente por el aporte que hicieron a la sociedad.
Gestores: Con los bienes de esta y con los bienes particulares
Comandita Simple
Razón Social: Se forma con el nombre completo o el apellido de uno o
mas socios gestores y se agrega la expresión y compañía, seguida de
las letras S en C
Sociedades de
personas
13. Sociedad unipersonal
Cantidad de Socios: Uno
Persona Natural o Juridica
A fin de facilitar los
Normatividad: Ley 222
tramites de tipo legal y
de 1995
fomentar la creación de
Asimiladas a las personas empresa, se expidio la Ley
limitadas 1258 del 2008 -con la que se
Responsabilidad: Limitada al creo la Sociedad Por
valor de los bienes acciones simplificadas - SAS
aportados
Razon Social: Nombre de la
empresa seguida de la letra
Sociedades de
E.U. personas
14. Cooperativas
a) Que el número de socios sea variable,
el capital variable e ilimitado y la duración
Es cooperativa toda indefinida;
b) Que funcione conforme a principios
asociación voluntaria de de autonomía democrática;
personal en que se organicen c) Que asegure la igualdad de derechos y
obligaciones de los socios, sin
esfuerzos y recursos, con el consideración a sus aportaciones de
capital; d)
propósito principal de servir Que los excedentes cooperativos se
directamente a sus distribuyan entre los socios en
proporción a las transacciones que cada
miembros, sin ánimo de uno realice con la sociedad, o la
lucro. participación en el trabajo, según el tipo
de cooperativa de que se trate;
ART. 4 DR Nº1.598 DE LAS SOCIEDADES e) Que el interés al capital, cuando sea
COOPERATIVA reconocido, no sea superior al 6% anual, y
f) Que se proponga impulsar
permanentemente la educación.
Sociedades de
personas
15. Sociedades de Capital
Sociedad anónima
Lo que importa Sociedad en comandita
por acciones
son los aportes
Sociedad de economía
económicos, las
mixta
acciones y no las
personas
www.gerencie.com
Clasificación
16. Sociedad anónima
Razón social: El capital se divide se dividen en tres clases:
Se identifica con la denominación que Autorizado: Es la cuantía fija que
determinen los socios seguida de las determina el tope máximo de
palabras “sociedad anónima” o su capitalización de la sociedad; este
abreviatura “S.A.”. tope es fijado por los accionistas
Socios: libremente.
Se debe conformar mínimo con cinco Suscrito: Es la parte del capital
accionista no tiene un tope máximo de autorizado que los accionistas se
accionistas y su responsabilidad es comprometen a pagar a plazo, y debe
limitada al valor se sus aportes. ser al momento de su constitución no
La representación de la sociedad y menos de la mitad del autorizado.
administración de los negocios Pagado: Es la parte del suscrito que
sociales, corresponden al los accionistas efectivamente han
representante legal y suplentes,
pagado y que ha ingresado a la
quienes podrán ser nombrados
indefinidamente y removidos en
sociedad el cual, al constituirse esta
cualquier tiempo. no puede ser menos de la tercera
parte del capital suscrito.
Sociedades
de capital
17. Sociedad comandita por acciones
Comandita por Acciones
Requiere socios gestores y comanditarios
No. Socios Comanditarios: Mínimo 5
Razón Social: Se forma completo con el nombre o
apellido de uno o mas socios gestores, agregando la
expresión y compañía, seguida de las palabras
sociedad comanditaria por acciones o la abreviatura
S.C.A.
Sociedades
de capital
18. Sociedades de Naturaleza Mixta
Aquella en la cual
Sociedades
se sabe quienes son
responsabilidad
los socios, pero
limitada.
esto responden
solamente hasta el
monto de sus
aportes
Clasificación
19. Sociedad Limitada
No. Socios: No menos de dos, mas de 25
Razón Social: Se identifican con la denominación o razón social que
determinen los socios, seguida de la palabra “limitada” o su abreviatura
“Ltda”
Responsabilidad: En cuanto a la responsabilidad, cada socio responde, hasta
por el valor de su aporte pero es posible pactar para todos o algunos de los
socios una responsabilidad mayor, prestaciones, asesorías o garantías
suplementarias, expresando su naturaleza, cuanta, duración y modalidades.
Capital: Esta dividido en cuotas o partes de igual valor que debe ser pagado
en su totalidad al momento de constituir la sociedad, así como al momento
de solemnizar cualquier aumento del mismo.
Sociedades
de capital
20. SOCIEDADES DE COMERCIALIZACIÓN
INTERNACIONAL (CI):
Es un instrumento de promoción y apoyo a las
comercializaciones, a través del cual las
empresas que tengan por objeto principal
efectuar operaciones de comercio exterior y,
particularmente, orientar sus actividades hacia
la promoción y comercialización de productos
colombianos en los mercados externos,
recibiendo además algunos beneficios
tributarios.
Clasificación
21. COMERCIANTES
CONCEPTO
“ Son comerciantes las personas
que profesionalmente se ocupan
de las actividades que la ley
considera mercantiles. La
calidad de comerciantes se
adquiere aunque la actividad
mercantil se ejerza por medio de
apoderado, intermedio o
interpuesta persona”
Art. 10 C.C
Actividades Mercantiles – art 20 C.C.
22. DEBERES DE LOS COMERCIANTES
Matricularse en el registro mercantil
Llevar contabilidad, conforme a las normas legales
Inscribir en el registro mercantil todos los actos,
libros y documentos relacionados con sus
negocios o actividades.
Conservar la correspondencia y demás
documentos relacionados con sus negocios o
actividades
Denunciar, ante un juez competente, la cesación
en el pago corriente de sus obligaciones
mercantiles
Abstenerse de ejecutar actos de competencia
desleal
(Art. 19 C.C)