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¿Qué es el Monotributo Social?
 Es un régimen tributario optativo (Ley 26.565), creado
con el objeto de facilitar y promover la incorporación
a la economía formal de aquellas personas en situación
de vulnerabilidad social que han estado históricamente
excluidas.
 Este régimen es de carácter nacional y el organismo
encargado de gestionarlo es el Ministerio de Desarrollo
Social de la Nación.
¿A quién va dirigido?
A aquellas personas que:
 Realicen una única actividad económica
de producción, comercialización y/o servicios,
 Cumplan con los requisitos de ingreso
según la Resolución SCyMI Nº 10.204,
 Tengan un ingreso anual por dicha actividad
no superior a $32.196.
¿A quiénes considera Pequeños
Contribuyentes este régimen?
 Personas Físicas que realicen venta de cosas
muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios.
 Grupos asociativos de hasta tres (3) personas
denominados Proyectos Productivos que realicen
venta de cosas muebles, locaciones y/o
prestaciones de servicios.
 Grupos asociativos de seis (6) o más personas
conformados como Cooperativa de Trabajo.
¿Qué derechos reconoce?
Los monotributistas sociales pagando un monto fijo
mensual (actualmente $35) pueden:
 Emitir factura;
 Acceder a una obra social,
 Ingresar al sistema previsional (jubilación) y
 Ser proveedores del Estado por compra directa.
¿Tiene límite la permanencia en este
régimen?
 El Monotributo Social es un régimen tributario
optativo y la permanencia en el mismo no tiene
limitación en tanto y en cuanto se mantenga la
vulnerabilidad social y la situación declarada por el
titular al momento de la inscripción.
Inscripción
El trámite es personal y presencial en el Registro Nacional de
Efectores o en cualquiera de los Centros de Referencia del
Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. También en las
Organizaciones Ejecutoras del Programa de Microcrédito “Padre
Carlos Cajade”, que tengan convenio.
El interesado deberá completar un formulario de inscripción con
carácter de Declaración Jurada y presentar la documentación
correspondiente.
El Registro Nacional de Efectores evalúa la solicitud cotejando
datos patrimoniales y sociales.
Una vez aprobada la solicitud, se generará el Formulario 152
(credencial de pago) que quedará a disposición del interesado en
la página de AFIP
Compatibilidades
Los cruces o hallazgos compatibles serán:
 Propietarios de un bien mueble registrable y un bien
inmueble;
 Seguro de Desempleo (al momento de registrarse el alta
como monotributista social, dejará de percibirlo);
 Pensión no contributiva;
 Pensión contributiva o jubilación que no supere los valores
del Salario Mínimo, Vital y Móvil;
 Titulares de la Asignación Universal por Hijo;
 Antecedentes en el Monotributo General,
 Participen de un programa de ingreso social municipal,
provincial o nacional.-
Incompatibilidades
Los cruces o hallazgos incompatibles serán:
 Profesionales para ejercicio de su profesión;
 Personas en relación de dependencia;
 Personas registradas como empleadoras;
 Titulares de acciones de sociedades comerciales;
 Propietarios de dos o más bienes muebles registrables no
afectados al emprendimiento;
 Propietarios de dos o más bienes inmuebles;
 Quienes perciban una jubilación superior al Salario
Mínimo, Vital y Móvil;
 Personas cuyos ingresos brutos anuales no superen los
$32.196,
 Inscriptos en el Régimen de Servicio Doméstico u otro
régimen especial.
¿Cuánto y dónde se debe abonar?
 Una vez aprobado el trámite, el titular accede a la
credencial de pago (Formulario 152) que contiene la Clave
Única de Identificación Tributaria (CUIT), el Código Único
de Revista (CUR) y el importe a abonar.
El monotributista social paga el 50% del componente de la
obra social.
 La credencial puede bajarse de www.afip.gov.ar sin clave
fiscal.
 El pago se realizará del 1 al 20 de cada mes preferentemente
en entidades bancarias o lugares habilitados para tal efecto.
¿Qué documentación se necesita para
inscribirse?
Persona Física
Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta Cívica
(LC) o Libreta de Enrolamiento (LE). Fotocopia de 1º y 2º
hoja. Los extranjeros con DNI argentino deberán
presentar hasta la 3º hoja inclusive.
Proyecto Productivo
DNI, LC o LE de cada uno de los integrantes. Fotocopia
de 1º y 2º hoja. Extranjeros con DNI argentino hasta la 3º
hoja inclusive.
Cooperativa de Trabajo
DNI, LC o LE de cada uno de los asociados. Fotocopia de
1º y 2º hoja. Extranjeros con DNI argentino hasta la 3º
hoja inclusive.
¿Qué tipo de facturación se emite?
En los casos de las Personas Físicas y los Proyectos
Productivos la factura que se emite es de tipo “C”. Las
Cooperativas de Trabajo podrán emitir
comprobantes de tipo “A”, “A con leyenda de CBU
informado” o “M”, según el destinatario.
Los Proyectos Productivos y las Cooperativas de
Trabajo son quienes emiten la factura (no sus
integrantes o asociados).
Obra social
 La elección de la obra social se realiza al momento de la
inscripción en el Registro Nacional de Efectores.
 Son las mismas obras sociales nacionales sindicales que
brindan cobertura a los monotributistas generales.
 Las obras sociales tienen la obligación de brindar el Plan
Médico Obligatorio (PMO), al que se accede
progresivamente hasta alcanzar la totalidad de la cobertura
a los tres meses.
Altas y bajas de familiares a la obra
obra social
 Para efectuar el alta o la baja de los familiares a la obra
social, el titular podrá completar el formulario
correspondiente en el Registro Nacional de Efectores o
enviar una nota a dicho organismo expresando su solicitud.
Cambio de obra social
 La opción de cambio puede ser ejercida una vez al año
(el primer cambio puede realizarse sin esperar un año,
y marca el inicio del período anual hasta el próximo
cambio).
Se hará efectivo el primer día del tercer mes a partir de la
presentación de la solicitud.
 La opción de cambio deberá realizarse en la obra social a la
cual se desea ingresar, excepto que el inscripto no haya
realizado ningún pago, en en cuyo caso se tramitará en el
Registro Nacional de Efectores.
Componente previsional
Al monotributista social se le reconocerá como período
trabajado el tiempo de permanencia en este régimen.
Para certificar el período correspondiente al Monotributo
Social, el inscripto deberá solicitar en el Registro Nacional de
Efectores el Formulario 09.001 y presentarlo en ANSES para
iniciar el trámite jubilatorio.
Impuestos nacionales
En el Monotributo Social las Personas Físicas se encuentran
exentas del pago del componente impositivo (IVA e impuesto
a las Ganancias).
Las Cooperativas de Trabajo están exentas del pago del
impuesto a las Ganancias. Con respecto al IVA, gozan de una
reducción del 50% de la alícuota general siempre que el
comprador, locador o prestatario sea el Estado y se
encuentren inscriptas en el Registro Nacional de Efectores.
Impuestos provinciales
En la mayoría de las provincias, los monotributistas
sociales se encuentran exentos del pago impuesto a los
Ingresos Brutos, debiendo cumplir con los deberes
formales exigidos por cada autoridad provincial.
Argentina Compra Sustentable
El portal Argentina Compra es un sitio de encuentro entre los
organismos que contratan y los proveedores que abastecen al
Estado.
A partir del acuerdo alcanzado con la Oficina Nacional de
Compras, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros de
la Nación, desde www.argentinacompra.gob.ar se puede
acceder al listado de monotributistas sociales o
emprendedores inscriptos en el programa Marca Colectiva.
Así, se promueve la contratación directa por parte de organismos
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Monotributo social (1)

  • 1.
  • 2. ¿Qué es el Monotributo Social?  Es un régimen tributario optativo (Ley 26.565), creado con el objeto de facilitar y promover la incorporación a la economía formal de aquellas personas en situación de vulnerabilidad social que han estado históricamente excluidas.  Este régimen es de carácter nacional y el organismo encargado de gestionarlo es el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
  • 3. ¿A quién va dirigido? A aquellas personas que:  Realicen una única actividad económica de producción, comercialización y/o servicios,  Cumplan con los requisitos de ingreso según la Resolución SCyMI Nº 10.204,  Tengan un ingreso anual por dicha actividad no superior a $32.196.
  • 4. ¿A quiénes considera Pequeños Contribuyentes este régimen?  Personas Físicas que realicen venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios.  Grupos asociativos de hasta tres (3) personas denominados Proyectos Productivos que realicen venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios.  Grupos asociativos de seis (6) o más personas conformados como Cooperativa de Trabajo.
  • 5. ¿Qué derechos reconoce? Los monotributistas sociales pagando un monto fijo mensual (actualmente $35) pueden:  Emitir factura;  Acceder a una obra social,  Ingresar al sistema previsional (jubilación) y  Ser proveedores del Estado por compra directa.
  • 6. ¿Tiene límite la permanencia en este régimen?  El Monotributo Social es un régimen tributario optativo y la permanencia en el mismo no tiene limitación en tanto y en cuanto se mantenga la vulnerabilidad social y la situación declarada por el titular al momento de la inscripción.
  • 7. Inscripción El trámite es personal y presencial en el Registro Nacional de Efectores o en cualquiera de los Centros de Referencia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación. También en las Organizaciones Ejecutoras del Programa de Microcrédito “Padre Carlos Cajade”, que tengan convenio. El interesado deberá completar un formulario de inscripción con carácter de Declaración Jurada y presentar la documentación correspondiente. El Registro Nacional de Efectores evalúa la solicitud cotejando datos patrimoniales y sociales. Una vez aprobada la solicitud, se generará el Formulario 152 (credencial de pago) que quedará a disposición del interesado en la página de AFIP
  • 8. Compatibilidades Los cruces o hallazgos compatibles serán:  Propietarios de un bien mueble registrable y un bien inmueble;  Seguro de Desempleo (al momento de registrarse el alta como monotributista social, dejará de percibirlo);  Pensión no contributiva;  Pensión contributiva o jubilación que no supere los valores del Salario Mínimo, Vital y Móvil;  Titulares de la Asignación Universal por Hijo;  Antecedentes en el Monotributo General,  Participen de un programa de ingreso social municipal, provincial o nacional.-
  • 9. Incompatibilidades Los cruces o hallazgos incompatibles serán:  Profesionales para ejercicio de su profesión;  Personas en relación de dependencia;  Personas registradas como empleadoras;  Titulares de acciones de sociedades comerciales;  Propietarios de dos o más bienes muebles registrables no afectados al emprendimiento;  Propietarios de dos o más bienes inmuebles;  Quienes perciban una jubilación superior al Salario Mínimo, Vital y Móvil;  Personas cuyos ingresos brutos anuales no superen los $32.196,  Inscriptos en el Régimen de Servicio Doméstico u otro régimen especial.
  • 10. ¿Cuánto y dónde se debe abonar?  Una vez aprobado el trámite, el titular accede a la credencial de pago (Formulario 152) que contiene la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT), el Código Único de Revista (CUR) y el importe a abonar. El monotributista social paga el 50% del componente de la obra social.  La credencial puede bajarse de www.afip.gov.ar sin clave fiscal.  El pago se realizará del 1 al 20 de cada mes preferentemente en entidades bancarias o lugares habilitados para tal efecto.
  • 11.
  • 12.
  • 13. ¿Qué documentación se necesita para inscribirse? Persona Física Documento Nacional de Identidad (DNI), Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE). Fotocopia de 1º y 2º hoja. Los extranjeros con DNI argentino deberán presentar hasta la 3º hoja inclusive. Proyecto Productivo DNI, LC o LE de cada uno de los integrantes. Fotocopia de 1º y 2º hoja. Extranjeros con DNI argentino hasta la 3º hoja inclusive. Cooperativa de Trabajo DNI, LC o LE de cada uno de los asociados. Fotocopia de 1º y 2º hoja. Extranjeros con DNI argentino hasta la 3º hoja inclusive.
  • 14. ¿Qué tipo de facturación se emite? En los casos de las Personas Físicas y los Proyectos Productivos la factura que se emite es de tipo “C”. Las Cooperativas de Trabajo podrán emitir comprobantes de tipo “A”, “A con leyenda de CBU informado” o “M”, según el destinatario. Los Proyectos Productivos y las Cooperativas de Trabajo son quienes emiten la factura (no sus integrantes o asociados).
  • 15. Obra social  La elección de la obra social se realiza al momento de la inscripción en el Registro Nacional de Efectores.  Son las mismas obras sociales nacionales sindicales que brindan cobertura a los monotributistas generales.  Las obras sociales tienen la obligación de brindar el Plan Médico Obligatorio (PMO), al que se accede progresivamente hasta alcanzar la totalidad de la cobertura a los tres meses.
  • 16. Altas y bajas de familiares a la obra obra social  Para efectuar el alta o la baja de los familiares a la obra social, el titular podrá completar el formulario correspondiente en el Registro Nacional de Efectores o enviar una nota a dicho organismo expresando su solicitud.
  • 17. Cambio de obra social  La opción de cambio puede ser ejercida una vez al año (el primer cambio puede realizarse sin esperar un año, y marca el inicio del período anual hasta el próximo cambio). Se hará efectivo el primer día del tercer mes a partir de la presentación de la solicitud.  La opción de cambio deberá realizarse en la obra social a la cual se desea ingresar, excepto que el inscripto no haya realizado ningún pago, en en cuyo caso se tramitará en el Registro Nacional de Efectores.
  • 18. Componente previsional Al monotributista social se le reconocerá como período trabajado el tiempo de permanencia en este régimen. Para certificar el período correspondiente al Monotributo Social, el inscripto deberá solicitar en el Registro Nacional de Efectores el Formulario 09.001 y presentarlo en ANSES para iniciar el trámite jubilatorio.
  • 19. Impuestos nacionales En el Monotributo Social las Personas Físicas se encuentran exentas del pago del componente impositivo (IVA e impuesto a las Ganancias). Las Cooperativas de Trabajo están exentas del pago del impuesto a las Ganancias. Con respecto al IVA, gozan de una reducción del 50% de la alícuota general siempre que el comprador, locador o prestatario sea el Estado y se encuentren inscriptas en el Registro Nacional de Efectores.
  • 20. Impuestos provinciales En la mayoría de las provincias, los monotributistas sociales se encuentran exentos del pago impuesto a los Ingresos Brutos, debiendo cumplir con los deberes formales exigidos por cada autoridad provincial.
  • 21. Argentina Compra Sustentable El portal Argentina Compra es un sitio de encuentro entre los organismos que contratan y los proveedores que abastecen al Estado. A partir del acuerdo alcanzado con la Oficina Nacional de Compras, dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Nación, desde www.argentinacompra.gob.ar se puede acceder al listado de monotributistas sociales o emprendedores inscriptos en el programa Marca Colectiva. Así, se promueve la contratación directa por parte de organismos públicos nacionales de emprendedores de la Economía Social.