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INFORME DE PRENSA

          NUEVO INCREMENTO SALARIAL Y AYUDA ESCOLAR
               Será efectivo con los haberes de marzo de 2012.

Mediante Acuerdo Nº 100/12, el Superior Tribunal de Justicia estableció un
incremento salarial remunerativo y bonificable neto para todos los agentes del
Poder Judicial de la Provincia de San Luis, consistente en el 14,50 %, a partir del
1 de marzo de 2012 y del 7,50% a partir del 1 de julio de 2012.
El incremento salarial dispuesto se calculará aumentando en los porcentajes
establecidos en el Sueldo Básico, Compensación Jerárquica, incluidos los
complementos remunerativos liquidados al mes de febrero de 2012.
En el caso de los agentes que -aun aplicándose los incrementos dispuestos en el
presente, perciban un salario neto inferior a Pesos Tres Mil Cinco Con Sesenta y
Dos Centavos ($ 3.005,62) a partir del 1º de Marzo de 2012 y Pesos Tres Mil
Doscientos Dos con Cincuenta Centavos ($ 3.202,50) a partir de julio de 2012,
excluidas las asignaciones familiares-, recibirán en carácter suplementario, una
suma no remunerativa hasta alcanzar ese monto. Dicha suma no será tomada en
cuenta para el calculo de ningún adicional u otro instituto salarial.
Por otra parte, en la misma, acordada, se anunció el pago por única vez de la
suma de ciento setenta pesos ($ 170,00) en concepto de “Plus Canasta Escolar
2012” por cada hijo de cada trabajador alcanzado por los Artículos 10º y 11º de
la Ley Nº I-0708-2010, la que se hará efectiva con la liquidación de haberes
correspondiente al mes de marzo de 2012.
Dicha disposición surge de la adhesión del Poder Judicial al Decreto del Poder
Ejecutivo Nº 301-MHyOP-2012 de fecha 23/02/2012, el cual en su art. 10 invita
al Poder Judicial a adherir a lo dispuesto en el decreto citado.
La presente medida fue firmada por la Dra. Lilia Ana Novillo, con fundamentos
propios de los Dres. Florencio Damián Rubio y Omar Esteban Uría y la disidencia
del Ministro Horacio Zavala Rodriguez.


Para leer los fundamentos, remitirse al Acuerdo Nº 100/12.




Informe de Prensa Nº 184                   San Luis, 5 de marzo de 2012.-

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  • 2. La presente medida fue firmada por la Dra. Lilia Ana Novillo, con fundamentos propios de los Dres. Florencio Damián Rubio y Omar Esteban Uría y la disidencia del Ministro Horacio Zavala Rodriguez. Para leer los fundamentos, remitirse al Acuerdo Nº 100/12. Informe de Prensa Nº 184 San Luis, 5 de marzo de 2012.-