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“2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
Senado de la Nación
Secretaria Parlamentaria
Dirección General de Publicaciones
VERSION PRELIMINAR SUSCEPTIBLE DE CORRECCION UNA VEZ
CONFRONTADO CON EL ORIGINAL IMPRESO
(S-3488/13)
PROYECTO DE LEY
El Senado y Cámara de Diputados,...
Artículo 1°: Conforme lo establecido en el artículo 48 de la Ley 24521
y de Educación Superior -, créase la Universidad Nacional de Medio
Ambiente en la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, que estará sujeta al régimen jurídico aplicable a las
Universidades Nacionales.
Artículo 2°: Será objeto de la presente ley la propuesta académica de
carreras de grado y posgrados relacionadas con el medio ambiente y
sus múltiples competencias.
Artículo 3°: La sede de la Universidad Nacional de Medio Ambiente se
constituirá dentro del territorio de la provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur, conforme al Estudio de
Factibilidad vinculante que sustente la creación establecida en el
Artículo 1º.
Artículo 4°: Para dar cumplimiento al artículo precedente, se acordará
con los municipios y el gobierno provincial, en concordancia con las
normativas legales y reglamentarias vigentes prescriptas en la Ley de
Educación Superior.
Artículo 5°: El Estudio de Factibilidad y/o Relevamiento Regional y de
Campo relacionado con la creación establecida en el artículo 1º y
exigida por la Ley de Educación Superior 24.521, acompañará la
presentación de la presente propuesta de creación.
Artículo 6°: El Poder Ejecutivo Nacional quedará facultado para
gestionar con el Gobierno de la Provincia de Tierra del Fuego,
Antártida e Islas del Atlántico Sur, municipios e instituciones públicas y
privadas, la cesión de bienes muebles e inmuebles que constituirán el
patrimonio de la Universidad Nacional de Medio Ambiente. El proceso
de transferencia se formalizará a través de la firma de un acuerdo
marco y/o de la utilización de herramientas legales pertinentes.
Artículo 7°: El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la
Nación dispondrá la designación de un Rector-Organizador que tendrá
“2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
las atribuciones conferidas por el artículo 49 de la Ley de Educación
Superior 24.521, propias del cargo y las correspondientes al Consejo
Superior.
Artículo 8°: El Rector-Organizador permanecerá en su cargo hasta
tanto sean elegidas las autoridades que establezca el futuro
Estatuto de la Universidad Nacional de Medio Ambiente de la
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Artículo 9°: El Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del Ministerio
de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, designará una
Comisión Especial integrada por:
• UN (1) representante del Ministerio
• UN (1) representante del Gobierno Provincial
• DOS (2) representantes designados por el Rector-Organizador
La citada Comisión asistirá y asesorará al Rector-Organizador en la
formulación del Proyecto Institucional.
Artículo 10°: El Rector-Organizador será asistido, para la formulación
del nuevo Proyecto Institucional, por una Comisión Asesora, a los
efectos de elaborar el Estatuto Provisorio. Ambos documentos serán
elevados a consideración del Ministerio de Educación, Ciencia y
Tecnología de la Nación, para su análisis y remisión a la Comisión
Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), a los
fines de su aprobación definitiva.
Artículo 11°: El plazo de normalización de la Universidad Nacional de
Medio Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas
del Atlántico Sur, no deberá superar los 2 (dos) años a partir de la
fecha de su creación.
Artículo 12°: La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación
Universitaria (CONEAU) evaluará la implementación de las siguientes
Carreras de Grado:
• Tecnicatura en Evaluación Ambiental
• Tecnicatura Universitaria en Gestión, Manejo y Conservación de
la Biodiversidad
• Licenciatura en Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
Iberoamericano
• Licenciatura en Saneamiento Ambiental
• Licenciatura en Bromatología y Medio Ambiente
• Licenciatura en Higiene y Seguridad en el Trabajo
• Tecnicatura en Información y Gestión Ambiental
• Licenciatura en Saneamiento y Protección Ambiental
“2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
• Magíster en Paisaje, Medio Ambiente y Ciudad
• Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente
• Magister en Recursos Naturales y Ambientales
• Magister en Manejo de la Vida Silvestre
• Licenciatura en Planeamiento Paisajístico y Ambiental
• Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Medio Ambiente
• Magíster en Contaminación Ambiental y Riesgo Toxicológico
• Tecnicatura en Análisis y Administración de Efluentes
Industriales
• Magíster en Gerenciamiento Ambiental
• Tecnicatura en Industrias de la Alimentación
• Tecnicatura en Ingeniería e Industrias Agrícolas y de la
Alimentación
• Ingeniería en Petróleo
• Ingeniería de Reservorios y Extracción de Hidrocarburos
• Tecnicatura en Producción Pesquera y Maricultura
• Tecnicatura Superior en Acuicultura y Procesamiento Pesquero
• Tecnicatura Superior en Piscicultura e Ictiología
Artículo 13°: El Proyecto Institucional deberá responder a las
necesidades regionales, sociales, económicas, culturales y
demográficas de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, debiendo contemplar un proceso de diseño viable que
se ajuste a las variables de crecimiento y que permita establecer
sedes efectivas, con una oferta académica sustantiva y equilibrada en
los principales centros urbanos del territorio provincial.
Artículo 14°: La presente ley priorizará la implementación de carreras
con capacitación práctica e inserción en el mercado laboral regional,
fomentando el desarrollo de actividades académicas y de
investigación, relacionadas con una visión integral del medio ambiente
y sus múltiples competencias.
Artículo 15°: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10° de la
presente ley, el Rector-Organizador y la Comisión Especial Asesora
del Proyecto Institucional convocarán a la primera Asamblea
Universitaria, que elaborará el Estatuto definitivo que regirá los
destinos de la Universidad Nacional de Medio Ambiente de la
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
Artículo 16°: Será prioridad de la presente ley, compatibilizar y articular
el plan de estudios y las carreras a crearse, con las ya existentes en
otras universidades de la región.
Artículo 17°: La Universidad Nacional de Medio Ambiente de la
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
quedará facultada a suscribir convenios destinados al funcionamiento
“2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
de sus actividades académicas y de investigación, que posibiliten el
intercambio curricular, cultural, la práctica profesional pautada y los
sistemas de pasantías rentadas.
Artículo 18°: El presupuesto nacional asignará anualmente las partidas
correspondientes para el funcionamiento de la Universidad Nacional
creada por el artículo 1 de la presente ley.
Artículo 19°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Mario J. Colazo. -
FUNDAMENTOS
Señor Presidente
El presente Proyecto de Ley de Creación de la Universidad Nacional
de Medio Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e
Islas del Atlántico Sur, pretende con su aprobación e implementación,
dar respuesta a un anhelado sueño de toda la comunidad fueguina.
La Universidad Nacional de Medio Ambiente apunta a la formación de
profesionales, científicos y docentes en el campo del medio ambiente
y sus competencias afines, en un marco universitario contemporáneo
que de respuestas a las necesidades sociales, culturales y
económicas de la provincia.
La propuesta absolutamente innovadora, no sólo en la Argentina sino
en Latinoamérica y hasta en el mundo, busca adecuar la enseñanza a
las necesidades del nuevo siglo. Tiene como objetivo facilitar la
interrelación entre las distintas artes, respetando las diferencias de
cada área pero potenciando los infinitos cruces de fronteras entre uno
y otro lenguaje.
La firma de convenios con universidades y entidades del ámbito
público y privado, en el orden nacional e internacional, apunta a
impulsar y desarrollar las actividades de la Universidad en conexión
con otras universidades y entidades del medio, tanto sea en el orden
privado como en el orden municipal, provincial, nacional o
internacional. Asimismo, se busca elaborar y poner en práctica
actividades de extensión como eventos, seminarios, coloquios,
reuniones y otras actividades. Por otra parte, se promueve el
desarrollo de programas destinados a la comunidad universitaria en
los que se fomenta la organización de trabajos sobre la realidad
nacional e internacional.
“2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
Se procura mediante estos convenios establecer un programa de
Colaboración Institucional que sirva de marco para el desarrollo y
dictado de programas académicos, realización de trabajos de
investigación conjuntos, intercambio de información científica y
tecnológica, emprendimiento de proyectos de interés común en el área
de formación y capacitación integral en materia educativa y de
producción ambiental.
La Universidad Nacional de Medio Ambiente de la Provincia de Tierra
del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, dispone de Unidades
Académicas que ofrecen un amplio abanico de competencias
relacionadas con el medio ambiente, la ciencia y la tecnología como
asimismo, proyectos de capacitación destinados a la formación de las
nuevas generaciones fueguinas.
Por ello, la Universidad Nacional de Medio Ambiente propone una
vasta oferta académica:
• Tecnicatura en Evaluación Ambiental
• Tecnicatura Universitaria en Gestión, Manejo y Conservación de
la Biodiversidad
• Licenciatura en Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
Iberoamericano
• Licenciatura en Saneamiento Ambiental
• Licenciatura en Bromatología y Medio Ambiente
• Licenciatura en Higiene y Seguridad en el Trabajo
• Tecnicatura en Información y Gestión Ambiental
• Licenciatura en Saneamiento y Protección Ambiental
• Magíster en Paisaje, Medio Ambiente y Ciudad
• Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente
• Magister en Recursos Naturales y Ambientales
• Magister en Manejo de la Vida Silvestre
• Licenciatura en Planeamiento Paisajístico y Ambiental
• Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Medio Ambiente
• Magíster en Contaminación Ambiental y Riesgo Toxicológico
• Tecnicatura en Análisis y Administración de Efluentes
Industriales
• Magíster en Gerenciamiento Ambiental
• Tecnicatura en Industrias de la Alimentación
• Tecnicatura en Ingeniería e Industrias Agrícolas y de la
Alimentación
• Ingeniería en Petróleo
• Ingeniería de Reservorios y Extracción de Hidrocarburos
• Tecnicatura en Producción Pesquera y Maricultura
• Tecnicatura Superior en Acuicultura y Procesamiento Pesquero
• Tecnicatura Superior en Piscicultura e Ictiología
“2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
Para la mayoría de los habitantes de la provincia, la problemática
generada por el desarraigo y el desmembramiento familiar constituye
un denominador común.
Son las mismas familias, actuales motores de la sociedad fueguina,
que ven partir a sus hijos a capacitarse y completar sus estudios
superiores en centros urbanos alejados, como consecuencia de la
imposibilidad de poder realizarlo en su lugar de origen.
El fenómeno del desarraigo se vuelve a producir, potenciado por el
contexto de la situación socioeconómica imperante, que tiende a
producir un fracaso irreparable en la primera etapa de la juventud.
El concepto de una Universidad Nacional en cada provincia argentina
garantiza la organización territorial de estudios universitarios en toda la
Nación. Constituye una garantía de respuesta a los intereses sociales,
regionales y de integración institucional en redes académicas.
Desde que asumí mi banca en el Senado de la Nación, he dirigido mis
esfuerzos a garantizar y mejorar la calidad de la educación de mi
querida provincia. Soy autor del Proyecto de Ley que posibilitó la
creación de la Universidad de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del
Atlántico Sur, que evita el desarraigo y la migración de los jóvenes
fueguinos. Asimismo, he presentado en el transcurso del presente año
el Proyecto de Ley sobre creación de la Universidad Nacional del Mar,
vinculada al desarrollo sustentable de la región y cuya oferta
académica cuenta con carreras afines a las actividades y riquezas que
ofrece nuestro rico litoral marítimo austral.
Hoy, reafirmo mi compromiso de continuar trabajando por la educación
de mis conciudadanos presentando un nuevo Proyecto de Ley para la
creación de la Universidad Nacional de Medio Ambiente, que pretende
dar respuesta a las necesidades básicas de aquellos jóvenes
interesados en capacitarse en las distintas competencias y carreras
relacionadas con el medio ambiente.
Se busca garantizar que los profesionales formados y capacitados en
esta nueva institución académica, puedan alcanzar un nivel que les
permita competir con profesionales formados en otras Universidades
Nacionales e Internacionales, lo que evitaría la migración de hijos
dilectos de la provincia.
Sr. Presidente, por todo lo expuesto, solicito a mis pares me
acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Mario J. Colazo. -
“2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813”
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  • 2. “2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” las atribuciones conferidas por el artículo 49 de la Ley de Educación Superior 24.521, propias del cargo y las correspondientes al Consejo Superior. Artículo 8°: El Rector-Organizador permanecerá en su cargo hasta tanto sean elegidas las autoridades que establezca el futuro Estatuto de la Universidad Nacional de Medio Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Artículo 9°: El Poder Ejecutivo Nacional, por intermedio del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, designará una Comisión Especial integrada por: • UN (1) representante del Ministerio • UN (1) representante del Gobierno Provincial • DOS (2) representantes designados por el Rector-Organizador La citada Comisión asistirá y asesorará al Rector-Organizador en la formulación del Proyecto Institucional. Artículo 10°: El Rector-Organizador será asistido, para la formulación del nuevo Proyecto Institucional, por una Comisión Asesora, a los efectos de elaborar el Estatuto Provisorio. Ambos documentos serán elevados a consideración del Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, para su análisis y remisión a la Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU), a los fines de su aprobación definitiva. Artículo 11°: El plazo de normalización de la Universidad Nacional de Medio Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, no deberá superar los 2 (dos) años a partir de la fecha de su creación. Artículo 12°: La Comisión Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria (CONEAU) evaluará la implementación de las siguientes Carreras de Grado: • Tecnicatura en Evaluación Ambiental • Tecnicatura Universitaria en Gestión, Manejo y Conservación de la Biodiversidad • Licenciatura en Ordenación del Territorio y Medio Ambiente Iberoamericano • Licenciatura en Saneamiento Ambiental • Licenciatura en Bromatología y Medio Ambiente • Licenciatura en Higiene y Seguridad en el Trabajo • Tecnicatura en Información y Gestión Ambiental • Licenciatura en Saneamiento y Protección Ambiental
  • 3. “2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” • Magíster en Paisaje, Medio Ambiente y Ciudad • Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente • Magister en Recursos Naturales y Ambientales • Magister en Manejo de la Vida Silvestre • Licenciatura en Planeamiento Paisajístico y Ambiental • Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Medio Ambiente • Magíster en Contaminación Ambiental y Riesgo Toxicológico • Tecnicatura en Análisis y Administración de Efluentes Industriales • Magíster en Gerenciamiento Ambiental • Tecnicatura en Industrias de la Alimentación • Tecnicatura en Ingeniería e Industrias Agrícolas y de la Alimentación • Ingeniería en Petróleo • Ingeniería de Reservorios y Extracción de Hidrocarburos • Tecnicatura en Producción Pesquera y Maricultura • Tecnicatura Superior en Acuicultura y Procesamiento Pesquero • Tecnicatura Superior en Piscicultura e Ictiología Artículo 13°: El Proyecto Institucional deberá responder a las necesidades regionales, sociales, económicas, culturales y demográficas de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, debiendo contemplar un proceso de diseño viable que se ajuste a las variables de crecimiento y que permita establecer sedes efectivas, con una oferta académica sustantiva y equilibrada en los principales centros urbanos del territorio provincial. Artículo 14°: La presente ley priorizará la implementación de carreras con capacitación práctica e inserción en el mercado laboral regional, fomentando el desarrollo de actividades académicas y de investigación, relacionadas con una visión integral del medio ambiente y sus múltiples competencias. Artículo 15°: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 10° de la presente ley, el Rector-Organizador y la Comisión Especial Asesora del Proyecto Institucional convocarán a la primera Asamblea Universitaria, que elaborará el Estatuto definitivo que regirá los destinos de la Universidad Nacional de Medio Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur. Artículo 16°: Será prioridad de la presente ley, compatibilizar y articular el plan de estudios y las carreras a crearse, con las ya existentes en otras universidades de la región. Artículo 17°: La Universidad Nacional de Medio Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur quedará facultada a suscribir convenios destinados al funcionamiento
  • 4. “2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” de sus actividades académicas y de investigación, que posibiliten el intercambio curricular, cultural, la práctica profesional pautada y los sistemas de pasantías rentadas. Artículo 18°: El presupuesto nacional asignará anualmente las partidas correspondientes para el funcionamiento de la Universidad Nacional creada por el artículo 1 de la presente ley. Artículo 19°: Comuníquese al Poder Ejecutivo. Mario J. Colazo. - FUNDAMENTOS Señor Presidente El presente Proyecto de Ley de Creación de la Universidad Nacional de Medio Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, pretende con su aprobación e implementación, dar respuesta a un anhelado sueño de toda la comunidad fueguina. La Universidad Nacional de Medio Ambiente apunta a la formación de profesionales, científicos y docentes en el campo del medio ambiente y sus competencias afines, en un marco universitario contemporáneo que de respuestas a las necesidades sociales, culturales y económicas de la provincia. La propuesta absolutamente innovadora, no sólo en la Argentina sino en Latinoamérica y hasta en el mundo, busca adecuar la enseñanza a las necesidades del nuevo siglo. Tiene como objetivo facilitar la interrelación entre las distintas artes, respetando las diferencias de cada área pero potenciando los infinitos cruces de fronteras entre uno y otro lenguaje. La firma de convenios con universidades y entidades del ámbito público y privado, en el orden nacional e internacional, apunta a impulsar y desarrollar las actividades de la Universidad en conexión con otras universidades y entidades del medio, tanto sea en el orden privado como en el orden municipal, provincial, nacional o internacional. Asimismo, se busca elaborar y poner en práctica actividades de extensión como eventos, seminarios, coloquios, reuniones y otras actividades. Por otra parte, se promueve el desarrollo de programas destinados a la comunidad universitaria en los que se fomenta la organización de trabajos sobre la realidad nacional e internacional.
  • 5. “2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” Se procura mediante estos convenios establecer un programa de Colaboración Institucional que sirva de marco para el desarrollo y dictado de programas académicos, realización de trabajos de investigación conjuntos, intercambio de información científica y tecnológica, emprendimiento de proyectos de interés común en el área de formación y capacitación integral en materia educativa y de producción ambiental. La Universidad Nacional de Medio Ambiente de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, dispone de Unidades Académicas que ofrecen un amplio abanico de competencias relacionadas con el medio ambiente, la ciencia y la tecnología como asimismo, proyectos de capacitación destinados a la formación de las nuevas generaciones fueguinas. Por ello, la Universidad Nacional de Medio Ambiente propone una vasta oferta académica: • Tecnicatura en Evaluación Ambiental • Tecnicatura Universitaria en Gestión, Manejo y Conservación de la Biodiversidad • Licenciatura en Ordenación del Territorio y Medio Ambiente Iberoamericano • Licenciatura en Saneamiento Ambiental • Licenciatura en Bromatología y Medio Ambiente • Licenciatura en Higiene y Seguridad en el Trabajo • Tecnicatura en Información y Gestión Ambiental • Licenciatura en Saneamiento y Protección Ambiental • Magíster en Paisaje, Medio Ambiente y Ciudad • Ingeniería en Recursos Naturales y Medio Ambiente • Magister en Recursos Naturales y Ambientales • Magister en Manejo de la Vida Silvestre • Licenciatura en Planeamiento Paisajístico y Ambiental • Ingeniería Sanitaria y Ciencias del Medio Ambiente • Magíster en Contaminación Ambiental y Riesgo Toxicológico • Tecnicatura en Análisis y Administración de Efluentes Industriales • Magíster en Gerenciamiento Ambiental • Tecnicatura en Industrias de la Alimentación • Tecnicatura en Ingeniería e Industrias Agrícolas y de la Alimentación • Ingeniería en Petróleo • Ingeniería de Reservorios y Extracción de Hidrocarburos • Tecnicatura en Producción Pesquera y Maricultura • Tecnicatura Superior en Acuicultura y Procesamiento Pesquero • Tecnicatura Superior en Piscicultura e Ictiología
  • 6. “2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” Para la mayoría de los habitantes de la provincia, la problemática generada por el desarraigo y el desmembramiento familiar constituye un denominador común. Son las mismas familias, actuales motores de la sociedad fueguina, que ven partir a sus hijos a capacitarse y completar sus estudios superiores en centros urbanos alejados, como consecuencia de la imposibilidad de poder realizarlo en su lugar de origen. El fenómeno del desarraigo se vuelve a producir, potenciado por el contexto de la situación socioeconómica imperante, que tiende a producir un fracaso irreparable en la primera etapa de la juventud. El concepto de una Universidad Nacional en cada provincia argentina garantiza la organización territorial de estudios universitarios en toda la Nación. Constituye una garantía de respuesta a los intereses sociales, regionales y de integración institucional en redes académicas. Desde que asumí mi banca en el Senado de la Nación, he dirigido mis esfuerzos a garantizar y mejorar la calidad de la educación de mi querida provincia. Soy autor del Proyecto de Ley que posibilitó la creación de la Universidad de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, que evita el desarraigo y la migración de los jóvenes fueguinos. Asimismo, he presentado en el transcurso del presente año el Proyecto de Ley sobre creación de la Universidad Nacional del Mar, vinculada al desarrollo sustentable de la región y cuya oferta académica cuenta con carreras afines a las actividades y riquezas que ofrece nuestro rico litoral marítimo austral. Hoy, reafirmo mi compromiso de continuar trabajando por la educación de mis conciudadanos presentando un nuevo Proyecto de Ley para la creación de la Universidad Nacional de Medio Ambiente, que pretende dar respuesta a las necesidades básicas de aquellos jóvenes interesados en capacitarse en las distintas competencias y carreras relacionadas con el medio ambiente. Se busca garantizar que los profesionales formados y capacitados en esta nueva institución académica, puedan alcanzar un nivel que les permita competir con profesionales formados en otras Universidades Nacionales e Internacionales, lo que evitaría la migración de hijos dilectos de la provincia. Sr. Presidente, por todo lo expuesto, solicito a mis pares me acompañen en la aprobación del presente Proyecto de Ley. Mario J. Colazo. -
  • 7. “2013 – AÑO DEL BICENTENARIO DE LA ASAMBLEA GENERAL CONSTITUYENTE DE 1813” ..10//..